martes, 4 de junio de 2019

El convenio regulador en el divorcio, los pactos entre los cónyuges

Israel Guerra, 3 junio 2019
El convenio regulador en el divorcio, los pactos entre los cónyuges,
España es el 2º país de la Unión Europea con mayor tasa de divorcios. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2016 se produjeron un total de 96.284, un 0.3% más que el año anterior.
Los procesos de divorcio pueden ejecutarse mediante 2 vías: llegando a un acuerdo con la expareja o sin entendimiento, por la vía judicial. 
En España, el divorcio de mutuo acuerdo, también considerado como exprés porque se soluciona de una manera más rápida. En ese año, 2016, más de 74.000 se resolvieron mediante una negociación entre las partes, lo que supone que los restantes 22.000 se pusieron en manos de la justicia.
Cuando se produce un divorcio de mutuo acuerdo, el documento que certifica ese acuerdo es el convenio regulador. 
El convenio regulador rige tanto para los divorcios amistosos como para las separaciones de mutuo acuerdo.
¿Qué es el convenio regulador?
El convenio regulador de divorcio es el documento que contiene los pactos alcanzados por los cónyuges de mutuo acuerdo sobre los aspectos personales y patrimoniales del matrimonio que regirán después del divorcio.
Este documento no comienza a tener efectos jurídicos hasta que no es aprobado judicialmente y es obligatorio cuando lo solicitan ambos cónyuges o bien cuando lo solicita solo uno pero dispone del consentimiento del otro.
En caso de que ambos cónyuges no lleguen, no se pongan de acuerdo sobre las medidas o reglas que deberán regir entre ellos en el futuro, el divorcio no será de mutuo acuerdo, sino contencioso y es un juez quien determina las reglas o el acuerdo a cumplir, que deja de ser un convenio regulador.
Para simplificar, el convenio regulador en el divorcio es la mejor solución cuando ocurre una situación de este tipo. (....)
¿Qué aspectos incluye el convenio regulador?
El convenio regulador incluye temas de calado importantes como el tipo de guarda y la custodia de los hijos, en caso de que los hubiera, así como el régimen de comunicación y estancia del progenitor que no tenga la guarda y custodia de los pequeños.
El cuidado de los hijos se puede atribuir a uno solo de los progenitores, se habla entonces de custodia monoparental, o a ambos, custodia compartida. Un aspecto de relevancia, también relacionado con el cuidado de los hijos, es el régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos. En este sentido, siempre debe regir el interés de los pequeños.
Si no hay hijos en común, en el convenio regulador se fijan decisiones como la atribución del uso de la vivienda y el ajuar familiar, la contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización.
Cuando proceda, los cónyuges deben decidir también sobre la liquidación del régimen económico de su matrimonio, algo que debe figurar también en el convenio regulador.
Finalmente, cuando el divorcio suponga un desequilibrio económico para uno de los miembros, es el convenio regulador el documento que indica cuál es la pensión compensatoria que se fija.
El convenio regulador y la aprobación judicial
Una vez aceptados los términos del convenio regulador ha de ser el juez el que apruebe este documento. Si el juez aprecia que los acuerdos adoptados pueden ser dañosos o perjudiciales para uno de los cónyuges o para los hijos, las partes deberán presentar ante el juzgado una nueva propuesta para su aprobación.
En caso de que por 2ª vez tampoco hubiera aprobación judicial, queda en manos del juez determinar las medidas que considere oportunas. 
Si estas medidas inadecuadas afectan a los hijos menores de edad o incapacitados judicialmente, el juez ha de informar al Ministerio Fiscal para que intervenga en beneficio de los menores o incapacitados.
Cuando el convenio regulador se aprueba judicialmente, este documento tiene la misma validez que una resolución judicial y solo puede ser recurrida por parte del Ministerio Fiscal, para velar por los intereses de los hijos menores o incapacitados.

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