Un juzgado gallego avala un acuerdo en el que se da la tutela del hijo menor a ambos padres y a la madre la del mayor.
MARÍA CEDRÓN, REDACCIÓN / LA VOZ 02/05/2017
El mes pasado, un juzgado de familia de A Coruña dio luz verde al acuerdo pedido por los representantes legales de una pareja divorciada en el que demandaban la custodia compartida para el hijo menor y para la madre la del mayor, que ya era preadolescente. Aunque el caso no es nada habitual porque, como apunta el presidente de la A. P. de A Coruña, José Luis Seoane, «hay una regla que suelen respetar los jueces, que es la de no separar a los hermanos», muestra la tendencia cada vez más extendida a hacer «trajes a medida» adaptados a las circunstancias de cada familia para el cuidado de los hijos tras la ruptura de la pareja.
La custodia compartida empieza a ser, además, una medida al alza, incluso en comunidades como Galicia, donde no hay una historia jurisprudencial tan asentada en este sentido como, por ejemplo, en Madrid. De hecho, el Parlamento gallego debatirá una iniciativa legislativa popular presentada por la Asociación de Pais e Nais Separadas que pide una ley de relaciones familiares en igualdad tras el cese de la convivencia entre las personas progenitoras parecida a la que rige en el País Vasco o Cataluña. La que había en Valencia fue anulada el pasado mes de noviembre por el Tribunal Constitucional por invadir competencias estatales.
«Hemos conseguido ya los apoyos necesarios, pero continuaremos recogiéndolos hasta junio», explica Lois Toirán, responsable del colectivo que ha puesto en marcha la propuesta. Este padre confía en que la norma salga adelante, pero la profesora de la Universidade de Vigo Helena Martínez, que toma parte en la comisión de la Xunta para el estudio y desarrollo del derecho civil en Galicia, quiere ser prudente. «En Galicia hay voluntad política, pero es muy dudosa la competencia de la Xunta en la materia. Hay un temor a que pueda ocurrir aquí lo de Valencia», dice.
Lo que es verdad es que la custodia compartida es una solución cada vez más demandada en Galicia. «El 90 % de los padres la piden. Las madres son más reacias a hacerlo», explica Carmen Alarcón, abogada civilista de la Asociación de Abogados de Familia de España. Los motivos son variados. Pero el económico pesa.
En ese sentido, José Luis Seoane recuerda que, pese a que el Código Civil habla de esta figura como «excepcional», la línea jurisprudencial abierta por el Tribunal Supremo ha provocado un cambio. El alto tribunal lo ve, indica, como algo normal e incluso «aconsejable porque permite mantener los vínculos con los 2 progenitores, y resulta más conveniente para el interés de los menores». Solo hace un matiz: «Hay supuestos en los que no cabe. Son casos donde hay violencia machista, supuestos donde los padres abogan por modelos educativos divergentes o cuando hay una mala relación entre los progenitores durante la fase de ruptura con respecto al hijo».
No mezclar con la violencia
Pero la profesora Helena Martínez, defensora de la medida, explica que uno de los motivos principales por el que no se otorga la custodia compartida en los juzgados es la existencia de un alto nivel de conflictividad entre los progenitores. Ante ello, añade, «el Tribunal Supremo en reiteradas ocasiones ha declarado que la custodia compartida es aún más deseable en los casos de una alta conflictividad, ya que ayuda a minimizar los efectos negativos que un divorcio puede acarrear en los menores».
Porque la prioridad ha de ser el bienestar del menor. De ahí que, como apuntan fuentes de la Fiscalía, «no debe plantarse una solución global para todos los casos, hay que buscar una solución adaptada a cada familia».
Menores que se quedan en la casa familiar y padres que se turnan, una vía fallida
«Lo acordé una vez. Fue hace tiempo. Los padres debían compartir el cuidado de los niños, que se habían quedado a vivir en la casa familiar. Eran los mayores los que se movían en función de los días que les tocaba cuidarlos, no los hijos que continuaban en su casa. Fue durante un tiempo determinado, mientras los padres no se deshacían de la vivienda común». Carmen Alarcón recuerda un caso que se corresponde con una medida adoptada en algunos casos de custodia compartida, pero que no acaba de resultar bien vista por los juristas.
La experiencia mostró que era un fracaso en la mayor parte de los casos. «Hay que disponer de 3 viviendas, con todo lo que ello supone», matiza Carmen.
Y la letrada de Camelle (Camariñas) del despacho madrileño Aba Abogadas Tania Pose apunta que «no gustan nada las casas nido a los jueces, porque acaban, en la mayor parte de los casos, como un completo desastre, incluso ha habido algún caso que llegó al juzgado de lo penal».
Una solución ideal pasa por evitar el fenómeno de los niños maleta
No hay una fórmula estándar para resolver el régimen de responsabilidad de cada progenitor en una custodia compartida. «Una solución ideal pasa por evitar lo que se llama niños maleta -explica tania Pose-, lo que implica que los pequeños tengan sus cosas personales por duplicado en la casa de su madre y de su padre para que no tengan que andar con la maleta de un lado a otro. De esa manera únicamente deberían llevar el material escolar».
Para Helena Martínez, una fórmula que está bastante bien es la custodia compartida semanal. «La idea es que recojan a los niños a la salida del colegio los lunes. De esa forma los pequeños no tienen que desplazarse tanto y lo hacen de una forma más ordenada que en una custodia individual con un régimen, por ejemplo, de pasar fines de semana alternos con el padre o madre no custodio». Con todo, lo mejor es adaptar el acuerdo a cada caso.
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