María Valero (IAHORRO)/18-12-2014
Ya hay nuevas ayudas que fomentan el alquiler de viviendas. El
Ministerio de Fomento ha puesto en marcha ya las nuevas ayudas que
tienen como objetivo estimular y apoyar el alquiler como una forma útil e
idónea para que haya acceso a la vivienda. Todo ello se recoge en el
Plan Estatal de Fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación
edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.
Los precios de las viviendas parece que vuelven a subir poco a poco, según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su última publicación del Índice de Precios de Vivienda (IPV), los precios de la vivienda se incrementan un 0,2% en relación al 2º trimestre de 2014. Lo que parece indicar que, aunque el ritmo de crecimiento de los precios se ralentiza, la época de viviendas a bajo precio puede que llegue a su fin. Por lo tanto, el ahorro se torna cada vez más importante si se quiere acceder a una vivienda y más si es en propiedad.
El acceso a la vivienda ha sido y sigue siendo una cuestión difícil para muchos. Por ello el Plan de Vivienda 2013-2016 que ha impulsado el Ministerio de Fomento, pretende ayudar a que sean más familias las que puedan acceder a una vivienda en forma de alquiler.
¿En qué consisten estas ayudas?
¿Qué ingresos máximos hay que tener para acceder a la ayuda?
Este plan estatal tiene por objeto facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de la población que cuenten con menos recursos. Por este motivo, las personas que quieran convertirse en beneficiarios de las ayudas para los alquileres, deberán tener un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos múltiples), es decir, ingresos inferiores a 22.365,42 euros al año. Este límite puede variar según el nº de miembros que conformen la llamada “unidad de convivencia” y también según la comunidad autónoma en cuestión ya que puede fijar límites inferiores. Por ejemplo, si la unidad de convivencia la forma una persona, el límite de ingresos es 1 vez del IPREM anual, si está compuesta por 2 o más personas, la 1ª persona adulta computa 1 vez el IPREM y cada persona adicional mayor de 14 años computa 0,5 veces el IPREM (los menores de 14 años computan el IPREM 0,3 veces).
Además solo pueden acceder a esta ayuda las personas físicas mayores de edad y desde el Ministerio de Fomento aseguran que tendrán preferencia aquellas personas que se hayan visto afectadas por procedimientos de desahucios. Los beneficiarios gozarán de una ayuda que cubra hasta el 40% del alquiler anual y cuenta con un límite de 2.400 euros anuales por cada vivienda.
¿Cómo acceder a la ayuda?
Estas ayudas están destinadas para todos aquellos que tengan en vigor un contrato de alquiler o bien vayan a tenerlo. En ese caso, el contrato de alquiler se deberá presentar en un plazo de 30 días desde el momento en el que queda resuelta la concesión de la ayuda al alquiler. No se recibirá ayuda alguna si no se presenta el contrato de alquiler. En caso de ser titular del contrato de alquiler, se deberá aportar el contrato y el certificado de empadronamiento que verifique las personas que tienen dicha vivienda como domicilio habitual.
Además, uno de los requisitos para acceder a la ayuda es que el alquiler mensual sea igual o inferior a 600 euros. Esta ayuda estatal es incompatible con otro tipo de ayudas al alquiler que puedan ser concedidas por las comunidades autónomas u otras administraciones públicas. Para su solicitud hay que acudir a la propia comunidad autónoma ya que es su competencia la gestión.
El plazo para ser beneficiario de la ayuda es de 12 meses aunque es posible obtener una prórroga hasta el fin del plan que será el 31 de diciembre de 2016.
Los precios de las viviendas parece que vuelven a subir poco a poco, según el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su última publicación del Índice de Precios de Vivienda (IPV), los precios de la vivienda se incrementan un 0,2% en relación al 2º trimestre de 2014. Lo que parece indicar que, aunque el ritmo de crecimiento de los precios se ralentiza, la época de viviendas a bajo precio puede que llegue a su fin. Por lo tanto, el ahorro se torna cada vez más importante si se quiere acceder a una vivienda y más si es en propiedad.
El acceso a la vivienda ha sido y sigue siendo una cuestión difícil para muchos. Por ello el Plan de Vivienda 2013-2016 que ha impulsado el Ministerio de Fomento, pretende ayudar a que sean más familias las que puedan acceder a una vivienda en forma de alquiler.
¿En qué consisten estas ayudas?
¿Qué ingresos máximos hay que tener para acceder a la ayuda?
Este plan estatal tiene por objeto facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de la población que cuenten con menos recursos. Por este motivo, las personas que quieran convertirse en beneficiarios de las ayudas para los alquileres, deberán tener un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos múltiples), es decir, ingresos inferiores a 22.365,42 euros al año. Este límite puede variar según el nº de miembros que conformen la llamada “unidad de convivencia” y también según la comunidad autónoma en cuestión ya que puede fijar límites inferiores. Por ejemplo, si la unidad de convivencia la forma una persona, el límite de ingresos es 1 vez del IPREM anual, si está compuesta por 2 o más personas, la 1ª persona adulta computa 1 vez el IPREM y cada persona adicional mayor de 14 años computa 0,5 veces el IPREM (los menores de 14 años computan el IPREM 0,3 veces).
Además solo pueden acceder a esta ayuda las personas físicas mayores de edad y desde el Ministerio de Fomento aseguran que tendrán preferencia aquellas personas que se hayan visto afectadas por procedimientos de desahucios. Los beneficiarios gozarán de una ayuda que cubra hasta el 40% del alquiler anual y cuenta con un límite de 2.400 euros anuales por cada vivienda.
¿Cómo acceder a la ayuda?
Estas ayudas están destinadas para todos aquellos que tengan en vigor un contrato de alquiler o bien vayan a tenerlo. En ese caso, el contrato de alquiler se deberá presentar en un plazo de 30 días desde el momento en el que queda resuelta la concesión de la ayuda al alquiler. No se recibirá ayuda alguna si no se presenta el contrato de alquiler. En caso de ser titular del contrato de alquiler, se deberá aportar el contrato y el certificado de empadronamiento que verifique las personas que tienen dicha vivienda como domicilio habitual.
Además, uno de los requisitos para acceder a la ayuda es que el alquiler mensual sea igual o inferior a 600 euros. Esta ayuda estatal es incompatible con otro tipo de ayudas al alquiler que puedan ser concedidas por las comunidades autónomas u otras administraciones públicas. Para su solicitud hay que acudir a la propia comunidad autónoma ya que es su competencia la gestión.
El plazo para ser beneficiario de la ayuda es de 12 meses aunque es posible obtener una prórroga hasta el fin del plan que será el 31 de diciembre de 2016.
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