Carlos Berbell, 25 / 12 / 2025
El incumplimiento deliberado de las obligaciones económicas después de una ruptura no puede reducirse a un simple desacuerdo patrimonial ni a un problema estrictamente civil.
En muchos casos —y cada vez con mayor claridad— se trata de una forma de violencia económica y de dominación que encaja plenamente en la violencia de género.
Sus efectos, además, no recaen solo sobre la mujer, sino que alcanzan de lleno a los hijos e hijas menores.
Así lo expuso el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet durante su intervención telemática en las I Jornadas Formativas PROLAJ, celebradas en el Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria bajo el lema “Por una justicia más eficaz frente a la violencia de género”.
En ese marco, Magro impartió la ponencia titulada “Novedades y criterios en materia de violencia de género”, en la que dedicó especial atención a la violencia económica ejercida a través del impago estratégico de pensiones y otras obligaciones fijadas judicialmente, subrayando su gravedad cuando hay menores a cargo.
El impago como forma de control tras la ruptura.
Uno de los mensajes centrales del magistrado fue que la violencia no siempre termina con la convivencia. A menudo, simplemente cambia de forma.
“El agresor sustituye el golpe por el impago”, afirmó, explicando cómo el control económico se convierte en una herramienta eficaz para mantener la dominación sobre la mujer y prolongar una relación de poder que, en teoría, ya debería haber cesado.
Desde esta óptica, Magro precisó que lo relevante no es el impago aislado, sino la intención que lo motiva. “Cuando no responde a una imposibilidad real, sino a la voluntad de someter, estamos ante violencia económica”, señaló.
Esta conducta, añadió, resulta aún más dañina cuando compromete la subsistencia de los hijos e hijas, convirtiendo el dinero en un instrumento de presión emocional y material.
Los menores como víctimas directas de la violencia económica
Otro de los ejes de su intervención fue la consideración de los menores como víctimas directas de este tipo de violencia.
El impago de pensiones de alimentos, recordó, no solo perjudica a la mujer, sino que pone en riesgo derechos básicos de los hijos e hijas, como una alimentación adecuada, la vivienda o la estabilidad educativa. “El daño no es únicamente económico; es estructural y también emocional”, advirtió.
Magro insistió en que dejar de pagar para castigar a la madre implica, inevitablemente, dañar a los hijos. “Cuando se utiliza el impago como arma, los menores quedan atrapados en el conflicto”, afirmó, reclamando que esta realidad se refleje tanto en la calificación jurídica de los hechos como en la respuesta judicial.
Del conflicto civil a la violencia de género: mirar el contexto
El magistrado alertó del peligro de analizar los impagos de manera aislada, sin atender al contexto de violencia previo.
“Si se examina el impago como un hecho suelto, parece un simple conflicto económico; cuando se contextualiza, la violencia se hace evidente”, señaló.
Esta falta de perspectiva, añadió, contribuye a invisibilizar el impacto real sobre el núcleo familiar.
En los casos en los que hay menores, trasladar automáticamente el problema al ámbito civil puede resultar especialmente perjudicial.
La lentitud de los procedimientos de ejecución agrava situaciones de precariedad que afectan directamente a su desarrollo. “La asfixia económica mantenida en el tiempo también es una forma de maltrato infantil”, advirtió.
Autoridad judicial y protección de la infancia
Desde una perspectiva institucional, el magistrado subrayó que el incumplimiento reiterado de resoluciones judiciales que fijan obligaciones económicas no solo daña a la víctima, sino que erosiona el propio sistema de protección de la infancia.
Perspectiva de género y de infancia en la justicia
Magro insistió en que identificar correctamente la violencia económica exige aplicar de manera conjunta la perspectiva de género y la perspectiva de infancia.
“Juzgar con perspectiva de género no significa prejuzgar, sino comprender mejor el contexto familiar”, explicó, recordando que la precariedad impuesta condiciona de forma grave las decisiones vitales de mujeres y menores.
“La pobreza impuesta también es violencia cuando afecta a la crianza y al desarrollo de los hijos”, subrayó, reclamando resoluciones judiciales sensibles a esta realidad tanto en el ámbito penal como en el civil.
Visibilizar la violencia económica
La intervención de Vicente Magro concluyó con un llamamiento claro a dejar de tratar los impagos como meros incumplimientos patrimoniales y a reconocerlos como una forma de violencia de género con un impacto directo en los menores.
“Mientras sigamos interpretando estas conductas como simples conflictos económicos entre adultos, seguiremos dejando desprotegidos a muchos niños y niñas”, concluyó el magistrado, insistiendo en que proteger a la infancia pasa también por combatir de forma decidida la violencia económica.
El encuentro, organizado por PROLAJ junto a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, reunió a profesionales del ámbito jurídico para analizar los criterios más recientes del Tribunal Supremo en esta materia.
Sus efectos, además, no recaen solo sobre la mujer, sino que alcanzan de lleno a los hijos e hijas menores.
Así lo expuso el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet durante su intervención telemática en las I Jornadas Formativas PROLAJ, celebradas en el Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria bajo el lema “Por una justicia más eficaz frente a la violencia de género”.
En ese marco, Magro impartió la ponencia titulada “Novedades y criterios en materia de violencia de género”, en la que dedicó especial atención a la violencia económica ejercida a través del impago estratégico de pensiones y otras obligaciones fijadas judicialmente, subrayando su gravedad cuando hay menores a cargo.
El impago como forma de control tras la ruptura.
Uno de los mensajes centrales del magistrado fue que la violencia no siempre termina con la convivencia. A menudo, simplemente cambia de forma.
“El agresor sustituye el golpe por el impago”, afirmó, explicando cómo el control económico se convierte en una herramienta eficaz para mantener la dominación sobre la mujer y prolongar una relación de poder que, en teoría, ya debería haber cesado.
Desde esta óptica, Magro precisó que lo relevante no es el impago aislado, sino la intención que lo motiva. “Cuando no responde a una imposibilidad real, sino a la voluntad de someter, estamos ante violencia económica”, señaló.
Esta conducta, añadió, resulta aún más dañina cuando compromete la subsistencia de los hijos e hijas, convirtiendo el dinero en un instrumento de presión emocional y material.
Los menores como víctimas directas de la violencia económica
Otro de los ejes de su intervención fue la consideración de los menores como víctimas directas de este tipo de violencia.
El impago de pensiones de alimentos, recordó, no solo perjudica a la mujer, sino que pone en riesgo derechos básicos de los hijos e hijas, como una alimentación adecuada, la vivienda o la estabilidad educativa. “El daño no es únicamente económico; es estructural y también emocional”, advirtió.
Magro insistió en que dejar de pagar para castigar a la madre implica, inevitablemente, dañar a los hijos. “Cuando se utiliza el impago como arma, los menores quedan atrapados en el conflicto”, afirmó, reclamando que esta realidad se refleje tanto en la calificación jurídica de los hechos como en la respuesta judicial.
Del conflicto civil a la violencia de género: mirar el contexto
El magistrado alertó del peligro de analizar los impagos de manera aislada, sin atender al contexto de violencia previo.
“Si se examina el impago como un hecho suelto, parece un simple conflicto económico; cuando se contextualiza, la violencia se hace evidente”, señaló.
Esta falta de perspectiva, añadió, contribuye a invisibilizar el impacto real sobre el núcleo familiar.
En los casos en los que hay menores, trasladar automáticamente el problema al ámbito civil puede resultar especialmente perjudicial.
La lentitud de los procedimientos de ejecución agrava situaciones de precariedad que afectan directamente a su desarrollo. “La asfixia económica mantenida en el tiempo también es una forma de maltrato infantil”, advirtió.
Impago y responsabilidad parental
Magro vinculó de forma directa la violencia económica con el incumplimiento de los deberes parentales. Recordó que la pensión de alimentos no es una obligación frente a la expareja, sino frente a los hijos e hijas.
“No pagar la pensión supone incumplir una responsabilidad parental básica”, afirmó, y reclamó un análisis especialmente riguroso cuando el impago responde a una estrategia de control.
En este sentido, defendió una valoración probatoria realista de la capacidad económica del obligado al pago. “No se puede trasladar a la víctima ni a los menores el coste de ingresos ocultos o trabajos no declarados”, señaló.
Magro vinculó de forma directa la violencia económica con el incumplimiento de los deberes parentales. Recordó que la pensión de alimentos no es una obligación frente a la expareja, sino frente a los hijos e hijas.
“No pagar la pensión supone incumplir una responsabilidad parental básica”, afirmó, y reclamó un análisis especialmente riguroso cuando el impago responde a una estrategia de control.
En este sentido, defendió una valoración probatoria realista de la capacidad económica del obligado al pago. “No se puede trasladar a la víctima ni a los menores el coste de ingresos ocultos o trabajos no declarados”, señaló.
Autoridad judicial y protección de la infancia
Desde una perspectiva institucional, el magistrado subrayó que el incumplimiento reiterado de resoluciones judiciales que fijan obligaciones económicas no solo daña a la víctima, sino que erosiona el propio sistema de protección de la infancia.
“Cuando una resolución que protege a los menores se incumple sin consecuencias, el mensaje que se transmite es devastador”, afirmó.
Por ello, defendió una respuesta judicial firme que impida que los impagos se normalicen como una forma más de violencia tras la ruptura.
“Si se permite que el dinero se use como arma, la violencia se cronifica y acaba trasladándose a los hijos”, advirtió.
Por ello, defendió una respuesta judicial firme que impida que los impagos se normalicen como una forma más de violencia tras la ruptura.
“Si se permite que el dinero se use como arma, la violencia se cronifica y acaba trasladándose a los hijos”, advirtió.
Perspectiva de género y de infancia en la justicia
Magro insistió en que identificar correctamente la violencia económica exige aplicar de manera conjunta la perspectiva de género y la perspectiva de infancia.
“Juzgar con perspectiva de género no significa prejuzgar, sino comprender mejor el contexto familiar”, explicó, recordando que la precariedad impuesta condiciona de forma grave las decisiones vitales de mujeres y menores.
“La pobreza impuesta también es violencia cuando afecta a la crianza y al desarrollo de los hijos”, subrayó, reclamando resoluciones judiciales sensibles a esta realidad tanto en el ámbito penal como en el civil.
Visibilizar la violencia económica
La intervención de Vicente Magro concluyó con un llamamiento claro a dejar de tratar los impagos como meros incumplimientos patrimoniales y a reconocerlos como una forma de violencia de género con un impacto directo en los menores.
“Mientras sigamos interpretando estas conductas como simples conflictos económicos entre adultos, seguiremos dejando desprotegidos a muchos niños y niñas”, concluyó el magistrado, insistiendo en que proteger a la infancia pasa también por combatir de forma decidida la violencia económica.
El encuentro, organizado por PROLAJ junto a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, reunió a profesionales del ámbito jurídico para analizar los criterios más recientes del Tribunal Supremo en esta materia.
Nota: Las teorías Feministas radicales en la Justicia española, sin duda alguna. Esto es un peligro.

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