Otros Medios: La Razón,
Aunque lo verdaderamente costoso es todo lo que viene después, divorciarse conlleva una serie de trámites y gastos que a menudo pasan desapercibidos. ¿Qué tipos de divorcios hay? ¿Cuál es la forma más barata de hacerlo?
¿Qué pasa cuando toca repartir el patrimonio?
Un experto nos ayuda a salir de dudas.
INÉS MARTÍNEZ, 24/10/2021
El Instituto Nacional de Estadística (INE) advertía hace unas semanas de la caída que habían sufrido los divorcios en 2020. La mayor en 2 décadas debido a la pandemia. Parte del retraso se achaca al parón en los juzgados, pero el resto no es más que la tendencia natural que tiende a repetirse en tiempos de crisis.
En definitiva, que nadie piense que todas esas horas de encierro forzoso supusieron el triunfo del amor. Nada más lejos de la realidad. Como decíamos, cuando las cosas pintan mal toca apretarse el cinturón y, ante el aumento del desempleo, la incertidumbre… lo último en la lista de prioridades suele ser empezar una vida de cero.
Queda claro que el grueso del desembolso pasa por buscar una 2ª vivienda o hablar de manutención cuando hay hijos de por medio pero ¿qué hay de los trámites añadidos? ¿Cuántos tipos de divorcio hay? ¿Cuál es la forma más rápida y económica de divorciarse? Salimos de dudas.
¿Separación o divorcio?
Aunque ambas opciones implican el fin de la convivencia, la única forma de disolver el vínculo matrimonial –y por ende, poder volver a casarse, por ejemplo– es mediante el divorcio. Si todavía existen dudas y necesitáis algo menos definitivo, huid de esta opción. La separación, sin embargo, sí es reversible.
Si elegimos divorcio, ¿de mutuo acuerdo o contencioso?
Existen 2 vías. Lo ideal sería dejar las diferencias a un lado y solicitar un divorcio de mutuo acuerdo. Será más rápido y barato. Si los cónyuges no están de acuerdo con las condiciones del divorcio, la custodia de los hijos o la pensión, por ejemplo, habrá que recurrir al plan B: el divorcio contencioso ante un juez. Hugo Gutiérrez Colás, abogado y socio fundador de Colás Abogados, nos explica todas las diferencias.
“El procedimiento de mutuo acuerdo siempre es la opción ideal, ya sea ante notario o judicialmente. El proceso notarial es muy rápido, ya que solo hay que firmar una escritura y presentarla en el registro civil. Los gastos serán la suma de los honorarios notariales, que varían según la notaría pero suelen rondar los 200 €, y los honorarios del abogado compartido entre ambos, que pueden rondar los 500 €, siempre dependiendo de la complejidad del caso.
El procedimiento de mutuo acuerdo judicial también es rápido, pero implica presentar una demanda conjunta ante el juzgado, contratar un procurador y esperar varios meses hasta que el acuerdo se homologue judicialmente. Como en este caso habría que pagar al abogado y al procurador, el coste total puede ir de los 800 a los 1.500 € de media, aunque lógicamente depende en gran manera de la complejidad del asunto, de los bienes a repartir, el valor de estos...”, aclara.
Requisitos del ‘divorcio exprés’ o notarial
Parecería natural escoger la opción más sencilla e inmediata pero no es aplicable a todos los casos. Desde 2015 pueden divorciarse ante notario quienes cumplan estos requisitos: que el divorcio sea de mutuo acuerdo y se lleve al menos 3 meses casados, que no existan hijos menores de edad o incapacitados y que la mujer no esté embarazada en el momento de iniciarse el trámite. Además, es obligatorio que estén asistidos por un abogado en ejercicio, tal y como explica nuestro experto consultado.
Consecuencias del divorcio contencioso
Si en el mutuo acuerdo ambas partes remaban en la misma dirección con un convenio regulador común, las desavenencias en el contencioso hacen que ir a juicio sea inevitable. Tal y como adelantan desde Colás Abogados, la demora aquí es considerable, ya que habrá que valorar las pruebas que presenten los cónyuges. Además, a veces surge la necesidad de solicitar pruebas añadidas, como el informe psicosocial que examina el entorno familiar, alargando inevitablemente el proceso.
En definitiva, si un divorcio amistoso por vía judicial podía estar resuelto de 3 a 6 meses, aquí superará el año fácilmente. Además a menudo surgen costes adicionales, como informes de psicólogos infantiles, un tasador de vivienda... o los costes que conlleva recurrir en caso de no estar satisfecho. En cualquier caso, la cifra varía pero un divorcio sencillo puede oscilar entre los 1.500 y los 2.000 € fácilmente.
Repartir el patrimonio también cuesta
“En ambos procesos, lógicamente, hay que tener en cuenta si los cónyuges están casados bajo el régimen de separación de bienes o el de comunidad de bienes (gananciales), ya que en este último caso habría que proceder a la liquidación de la sociedad conyugal y repartir los bienes en común”, explica Hugo.
Esto puede hacerse ante notario. Cada cónyuge se adjudicará unos bienes por igual valor o compensando al otro si se excede. Si es por la vía judicial, lo resolverá la sentencia. Sin embargo, aquí “salir ganando” se paga.
“Los excesos de adjudicación al disolverse la sociedad de gananciales tributan por el impuesto de transmisiones patrimoniales. Es decir, si se divide el patrimonio en una proporción 60 % - 40 %, el que obtiene ese 10 % de más debe tributar por ITP, un impuesto que varía según la comunidad autónoma y que puede suponer hasta un 10 %”, advierte este abogado experto en derecho inmobiliario.
Los costes añadidos no terminan aquí.
INÉS MARTÍNEZ, 24/10/2021
El Instituto Nacional de Estadística (INE) advertía hace unas semanas de la caída que habían sufrido los divorcios en 2020. La mayor en 2 décadas debido a la pandemia. Parte del retraso se achaca al parón en los juzgados, pero el resto no es más que la tendencia natural que tiende a repetirse en tiempos de crisis.
En definitiva, que nadie piense que todas esas horas de encierro forzoso supusieron el triunfo del amor. Nada más lejos de la realidad. Como decíamos, cuando las cosas pintan mal toca apretarse el cinturón y, ante el aumento del desempleo, la incertidumbre… lo último en la lista de prioridades suele ser empezar una vida de cero.
Queda claro que el grueso del desembolso pasa por buscar una 2ª vivienda o hablar de manutención cuando hay hijos de por medio pero ¿qué hay de los trámites añadidos? ¿Cuántos tipos de divorcio hay? ¿Cuál es la forma más rápida y económica de divorciarse? Salimos de dudas.
¿Separación o divorcio?
Aunque ambas opciones implican el fin de la convivencia, la única forma de disolver el vínculo matrimonial –y por ende, poder volver a casarse, por ejemplo– es mediante el divorcio. Si todavía existen dudas y necesitáis algo menos definitivo, huid de esta opción. La separación, sin embargo, sí es reversible.
Si elegimos divorcio, ¿de mutuo acuerdo o contencioso?
Existen 2 vías. Lo ideal sería dejar las diferencias a un lado y solicitar un divorcio de mutuo acuerdo. Será más rápido y barato. Si los cónyuges no están de acuerdo con las condiciones del divorcio, la custodia de los hijos o la pensión, por ejemplo, habrá que recurrir al plan B: el divorcio contencioso ante un juez. Hugo Gutiérrez Colás, abogado y socio fundador de Colás Abogados, nos explica todas las diferencias.
“El procedimiento de mutuo acuerdo siempre es la opción ideal, ya sea ante notario o judicialmente. El proceso notarial es muy rápido, ya que solo hay que firmar una escritura y presentarla en el registro civil. Los gastos serán la suma de los honorarios notariales, que varían según la notaría pero suelen rondar los 200 €, y los honorarios del abogado compartido entre ambos, que pueden rondar los 500 €, siempre dependiendo de la complejidad del caso.
El procedimiento de mutuo acuerdo judicial también es rápido, pero implica presentar una demanda conjunta ante el juzgado, contratar un procurador y esperar varios meses hasta que el acuerdo se homologue judicialmente. Como en este caso habría que pagar al abogado y al procurador, el coste total puede ir de los 800 a los 1.500 € de media, aunque lógicamente depende en gran manera de la complejidad del asunto, de los bienes a repartir, el valor de estos...”, aclara.
Requisitos del ‘divorcio exprés’ o notarial
Parecería natural escoger la opción más sencilla e inmediata pero no es aplicable a todos los casos. Desde 2015 pueden divorciarse ante notario quienes cumplan estos requisitos: que el divorcio sea de mutuo acuerdo y se lleve al menos 3 meses casados, que no existan hijos menores de edad o incapacitados y que la mujer no esté embarazada en el momento de iniciarse el trámite. Además, es obligatorio que estén asistidos por un abogado en ejercicio, tal y como explica nuestro experto consultado.
Consecuencias del divorcio contencioso
Si en el mutuo acuerdo ambas partes remaban en la misma dirección con un convenio regulador común, las desavenencias en el contencioso hacen que ir a juicio sea inevitable. Tal y como adelantan desde Colás Abogados, la demora aquí es considerable, ya que habrá que valorar las pruebas que presenten los cónyuges. Además, a veces surge la necesidad de solicitar pruebas añadidas, como el informe psicosocial que examina el entorno familiar, alargando inevitablemente el proceso.
En definitiva, si un divorcio amistoso por vía judicial podía estar resuelto de 3 a 6 meses, aquí superará el año fácilmente. Además a menudo surgen costes adicionales, como informes de psicólogos infantiles, un tasador de vivienda... o los costes que conlleva recurrir en caso de no estar satisfecho. En cualquier caso, la cifra varía pero un divorcio sencillo puede oscilar entre los 1.500 y los 2.000 € fácilmente.
Repartir el patrimonio también cuesta
“En ambos procesos, lógicamente, hay que tener en cuenta si los cónyuges están casados bajo el régimen de separación de bienes o el de comunidad de bienes (gananciales), ya que en este último caso habría que proceder a la liquidación de la sociedad conyugal y repartir los bienes en común”, explica Hugo.
Esto puede hacerse ante notario. Cada cónyuge se adjudicará unos bienes por igual valor o compensando al otro si se excede. Si es por la vía judicial, lo resolverá la sentencia. Sin embargo, aquí “salir ganando” se paga.
“Los excesos de adjudicación al disolverse la sociedad de gananciales tributan por el impuesto de transmisiones patrimoniales. Es decir, si se divide el patrimonio en una proporción 60 % - 40 %, el que obtiene ese 10 % de más debe tributar por ITP, un impuesto que varía según la comunidad autónoma y que puede suponer hasta un 10 %”, advierte este abogado experto en derecho inmobiliario.
Los costes añadidos no terminan aquí.
Si tras el reparto toca cambiar la titularidad de los bienes adjudicados, como casas o coches, habrá que pagar los costes consecuentes. Cancelar la hipoteca también conlleva gastos, al igual que los que puedan suponer las deudas contraídas por una de las partes en gananciales y que se atribuirán solidariamente tras el divorcio. En definitiva, si casarse es el acontecimiento del año, divorciarse puede serlo también.
Nada que no se solucione con paciencia y un buen asesoramiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario