Le quitan la pensión de alimentos porque su hija vive por su cuenta en Holanda.
Ha quedado demostrado que la joven alquila sola un piso cobrando un sueldo de 1.800 euros.
Efe, Murcia, 26.03.2019
La A. P. de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer que pretendía que su exmarido continuara pagándole la pensión de alimentos por la hija, pese a que esta, desde hace 3 años, hace vida independiente en Holanda, donde trabaja, y que en 2016 y 2017 realizó viajes a Vietnam, Nicaragua, Cuba e Irlanda.
La sentencia confirma así la resolución del Juzgado de Familia de Murcia, que estimó íntegramente la demanda presentada por el padre y modificó las medidas adoptadas en su día tras la separación, por lo que la pensión de alimentos quedó extinguida desde la fecha de interposición de la demanda, en enero de 2017.
En su recurso, la madre negó que la hija común hiciera vida independencia, «ya que está aún en periodo de formación y tiene ingresos insuficientes para su sustento, ya que su trabajo es en prácticas y está pendiente de realizar un máster».
La Audiencia señala que se ha demostrado que la hija común reside en Holanda desde octubre de 2015, desde que finalizó sus estudios en Valencia.
Y añade que desde el 1º momento tenía unos ingresos netos que en 2016 eran de 1.700 euros, y en 2017 de 1.800 euros, «trabajo que conservaba en 2018, cuando se celebró el juicio».
El tribunal recoge así mismo en su sentencia que la hija vive en un piso que tiene alquilado para ella sola, y añade que «la suficiencia de sus ingresos se deduce no solo del importe acreditado, sino de los viajes al extranjero acreditados: en 2016 y 2017 viajó a Vietnam, Nicaragua, Cuba e Irlanda».
La hija no compareció al juicio, pese a que estaba citada como testigo, y la madre ha sido condenada a pagar las costas por haber actuado con mala fe.
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