Violencia de género: confirman perpetua a ex combatiente
cadena3.com/05/03/2013 |
El TSJ de Córdoba dijo que la decisión de la mujer de separarse por
malos tratos no constituye una ofensa de la víctima contra el varón, que
implique menor culpabilidad.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó la condena a prisión
perpetua impuesta a un ex combatiente de Malvinas por el homicidio de su
esposa, quien había interrumpido el vínculo marital luego de sufrir
múltiples episodios de violencia doméstica.
En su momento, la defensa pidió una reducción de la pena por considerar que el veterano de guerra actuó mediando “circunstancias extraordinarias de atenuación”.
En su momento, la defensa pidió una reducción de la pena por considerar que el veterano de guerra actuó mediando “circunstancias extraordinarias de atenuación”.
En ese sentido, los abogados esgrimieron que la condición de ex
combatiente de su asistido y la sensación de abandono que habría
experimentado cuando la mujer lo dejó disminuyeron notablemente sus
mecanismos defensivos y -según alegaron- “determinaron que fuera víctima
de su propio estado”.
Sin embargo, la Sala Penal del TSJ argumentó que “en escenarios que revelan violencia de género no se puede aceptar que la decisión de la mujer de terminar con una relación sentimental, la cual se encontraba signada por los malos tratos contra su persona, pueda funcionar como una ofensa inferida por la víctima mujer al ánimo del varón autor de la agresión, y que denote una menor culpabilidad”.
Sobre el fallo, la vocal del TSJ, María Esther Cafure de Battistelli, remarcó: “Es anterior a la modificación del Código Penal por eso se trabaja mucho con la aplicación de la atenuación extraordinaria. El Código actual excluye esta posibilidad y no se aplicará cuando se hubieran realizado actos de violencia anteriores sobre la víctima”.
Además manifestó: “El problema de hoy en Argentina es la violencia. No importa ningún atenuante si no hay incidencia en el episodio que se analiza. Se casa mucho después de Malvinas y toda su vida en el matrimonio fue una sucesión de violencia, golpes y malos tratos, que culminan con la mujer que se va y busca refugio en la casa del hermano del esposo”.
“Es el gran problema que tenemos con estas víctimas que tienen fuerza suficiente para sustraerse del todo. Uno de los primeros consejos que se les da es que no hablen más con el agresor”, dijo.
Sin embargo, la Sala Penal del TSJ argumentó que “en escenarios que revelan violencia de género no se puede aceptar que la decisión de la mujer de terminar con una relación sentimental, la cual se encontraba signada por los malos tratos contra su persona, pueda funcionar como una ofensa inferida por la víctima mujer al ánimo del varón autor de la agresión, y que denote una menor culpabilidad”.
Sobre el fallo, la vocal del TSJ, María Esther Cafure de Battistelli, remarcó: “Es anterior a la modificación del Código Penal por eso se trabaja mucho con la aplicación de la atenuación extraordinaria. El Código actual excluye esta posibilidad y no se aplicará cuando se hubieran realizado actos de violencia anteriores sobre la víctima”.
Además manifestó: “El problema de hoy en Argentina es la violencia. No importa ningún atenuante si no hay incidencia en el episodio que se analiza. Se casa mucho después de Malvinas y toda su vida en el matrimonio fue una sucesión de violencia, golpes y malos tratos, que culminan con la mujer que se va y busca refugio en la casa del hermano del esposo”.
“Es el gran problema que tenemos con estas víctimas que tienen fuerza suficiente para sustraerse del todo. Uno de los primeros consejos que se les da es que no hablen más con el agresor”, dijo.
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