Modificó el régimen de visitas de un menor para que pudiera acudir a una procesión de Semana Santa.
MADRID, 31 Octubre 2012 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha
inadmitido a trámite la petición de nulidad planteada por el exjuez de
Familia de Sevilla Francisco Serrano contra la sentencia que lo condenó a
10 años de inhabilitación por un delito de prevaricación dolosa, por
modificar el régimen de visitas de un menor para que saliera en Semana
Santa.
El auto del Supremo, conocido este
miércoles, rechaza los 3 motivos de nulidad planteados por el juez,
que había alegado que durante su proceso vio vulnerado su derecho a la
tutela judicial efectiva.
La resolución, de la que ha sido
ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, señala que Serrano pudo
defenderse de la impugnación realizada por la acusación particular ante
el Supremo en su recurso de casación.
Esta acción tuvo como consecuencia
que la condena de inhabilitación se incrementara de los 2 hasta los
10 años.
Añade que en este caso se contó
además la presencia del acusado en la vista de casación, lo que había
sido solicitado por su defensa, y que ello "satisface la necesidad de
audiencia establecida en los recientes pronunciamientos de la
jurisprudencia".
Además, el Supremo niega haber
realizado una revalorización de las pruebas presentadas contra Serrano
que supusieran una modificación de los hechos probados que justificaron
su condena, "aunque sí se ha efectuado una valoración de la inferencia
sobre la concurrencia del tipo subjetivo en el delito de prevaricación".
Dicha valoración motivó el aumento de la pena.
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