jueves, 24 de mayo de 2007

Custodia Compartida en Crisis de Familia:Opinión

http://www.abc.es/20070524/valencia-valencia/custodia-compartida-crisis-familiares_200705240253.html
La custodia compartida en las crisis familiares

Fernando Gimeno Fonfría.
A nadie escapa que el modelo tradicional de familia ha ido evolucionando en los últimos años, hasta el extremo de que la figura del padre patriarcal y patrimonial de antaño ha sido sustituida por una vinculación mas activa del mismo en la formación y cuidado de los hijos que lo convierten, así, en un ser más participativo y que comparte con la madre la vida familiar.

El legislador modificó en julio del año 2005 el Código Civil, instaurando «ex lege» la custodia compartida de los menores por ambos progenitores, que puede ser acordada por los órganos jurisdiccionales, si bien supeditada a que exista previo informe favorable del Ministerio Fiscal.

Dicha reforma se compadece poco y mal con la finalidad intrínseca que pretenden las medidas destinadas a los menores y con los estudios científicos sobre la materia que sostienen que «la custodia compartida debe ser la norma y no la excepción» -Profesor de Sicología de la Universidad de A Coruña: Dr. Miguel Clemente Díaz- y que «la mejor opción de custodia para el niño es la custodia compartida llevada a cabo con plena coparentalidad» -Profesores de Sicología de las Universidades de Santiago y Granada: Francisca Fariña, Ramón Arce, Mercedes Novo y Dolores Seijo-.

En Alemania, en el año 2000, en el 69´35 por ciento de los divorcios hubo lugar una guarda y custodia compartida.
Actualmente, tras la separación o divorcio, lo normal es que el padre se vea condenado a ocupar un papel secundario y que sólo tenga derecho a pasarle una pensión alimenticia a su ex mujer para la educación de los hijos, a los que verá uno de cada dos fines de semana y la mitad de las vacaciones escolares.

Durante todos estos años -desde 1981-, este sistema se ha convertido casi en una regla adoptada más por costumbre que por un convencimiento real de que éste sea el mejor modo de vida para el hijo.

Y así ha sido censurado por la doctrina jurídica -Navarro Fajardo, Rivero Hernández, López Alarcón, Alonso Pérez y Rocas Trías- y, en ocasiones, por la jurisprudencia, resultando muy ilustrativa la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia de 2 de febrero de 2000 al manifiestar que «el régimen usual de atribución de la custodia del hijo a un progenitor con exclusión del otro no satisface las exigencias de un saludable equilibrio de las figuras materna y paterna en el niño. Su convivencia continuada con solo uno de ellos provoca que tome a éste como único modelo de comportamiento, desdibujándose las referencias del otro, con el que se relaciona esporádicamente; la falta de contacto habitual condiciona también la conducta del progenitor no custodio, que con excesiva frecuencia trata de ganar en poco tiempo, con halagos y regalos excesivos, el afecto del pequeño; en otras ocasiones, la falta de convivencia provoca, antes o después, el enfriamiento de las relaciones interpersonales y el abandono del régimen de visitas, con evidente perjuicio del derecho del menor».

No obstante, hasta ahora, la madre es -por lo general- quien obtiene la custodia y, en muchas ocasiones, acaba agotada por las obligaciones diarias, que desde la separación asume en solitario. Mientras que el hombre, convertido en «padre intermitente» , busca a tientas su nuevo lugar. A veces se acomoda a ese papel secundario, pero no siempre sucede así. Tiene la sensación de que él es quien sale perdiendo en esta historia.

¿Y los hijos? Les cuesta establecer una relación estrecha con este padre que redescubren cada quince días, por lo que en no pocas ocasiones, la función paterna se reduce a mimar a los hijos durante el fin de semana y las vacaciones, mientras que la madre se tendría que ocupar de resolver el día a día. Es como si la madre tuviera todos los deberes, pero también todos los poderes de cara a sus hijos.

Por eso desde algunos sectores de la sociedad se ha venido pidiendo cada vez con más insistencia el establecimiento de un régimen de custodia compartida, porque piensan que el régimen de custodia tradicional por el que los hijos van a vivir con uno de los progenitores, normalmente la madre, deja al otro progenitor al margen de la educación y desarrollo de sus hijos.

De este modo la relación padre-hijo se diluye frecuentemente con el paso del tiempo, perdiéndose por parte de los hijos una imagen sólida de su padre. Se alega por los defensores de este régimen de custodia compartida que así se ayuda a mantener vivo el doble vínculo de paternidad y se logra la igual implicación de ambos progenitores en la crianza de los hijos, esto es, un régimen de coparentalidad.

Entiendo que -en lo sucesivo- se impone necesariamente una nueva perspectiva y una revisión del sistema de guarda que se ha ido aplicando desde el año 1981 por cuanto el régimen de guarda y custodia compartida ya tiene respaldo legal, siendo evidente que el modelo de guarda alterna constituirá, en los próximos años, el modelo principal, pues, es el que mejor responde a las necesidades de una sociedad moderna en la que el hombre y la mujer comparten durante la vida en común funciones y responsabilidad.

La previsión normativa sobre custodia compartida supone un reconocimiento por ley de que ambos progenitores pueden estar en compañía de su hijo. No se trata de compartir la patria potestad, sino que los períodos de estancias del menor con su padre y con su madre sean tan amplios que pueda hablarse de un reparto equitativo del tiempo, de tal forma que el derecho a estar en compañía del hijo se realice de una forma igualitaria.

La reforma alicorta del legislador, fruto de las presiones de los sectores mas feministas, impone una nueva reflexión y metodología de trabajo en los psicólogos forenses, vistos los errores del pasado que evidencian la cantidad de hijos que no tienen relación alguna con su padre.

El PP ha anunciado que en el nuevo Código de Familia que elaborará, en desarrollo del Derecho Civil Valenciano, instaurará la custodia compartida. A a ver si es verdad.
Abogado

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