20MINUTOS, 10.12.2023
Cuando se rompe una pareja por separación o divorcio, uno de los aspectos a los que hay que prestarle atención es la hipoteca, en el caso de que esté suscrita por la pareja.
Tal y como recoge el portal especializado en vivienda Idealista, en España en 2022 se registraron 84.551 rupturas de parejas, de las que el 96,2% de los casos fueron divorcios.
En el reportaje de Idealista, Rocío Ocaña, abogada y socia de Marín & Mateo Abogados, pone en relieve la importancia de no descuidar el pago de la hipoteca en caso de ser compartida.
Como recuerda esta experta, en préstamos hipotecarios conjuntos, la deuda es solidaria, lo que significa que, aunque ambos sean copropietarios, el banco puede exigir el pago completo.
Cuando se rompe una pareja por separación o divorcio, uno de los aspectos a los que hay que prestarle atención es la hipoteca, en el caso de que esté suscrita por la pareja.
Tal y como recoge el portal especializado en vivienda Idealista, en España en 2022 se registraron 84.551 rupturas de parejas, de las que el 96,2% de los casos fueron divorcios.
En el reportaje de Idealista, Rocío Ocaña, abogada y socia de Marín & Mateo Abogados, pone en relieve la importancia de no descuidar el pago de la hipoteca en caso de ser compartida.
Como recuerda esta experta, en préstamos hipotecarios conjuntos, la deuda es solidaria, lo que significa que, aunque ambos sean copropietarios, el banco puede exigir el pago completo.
Si se hace caso omiso a estas condiciones, la situación puede desencadenar procedimientos legales, que pueden suponer incluso el desahucio en situaciones extremas.
Normalmente, hay 2 alternativas: vender la propiedad y liquidar la hipoteca o realizar ajustes para que un solo titular asuma la cuota, aunque esto no siempre es factible, porque las entidades financieras pueden rechazar esas modificaciones.
A la hora de exigir responsabilidades, es importante si hay régimen de gananciales o separación de bienes. En el 1º caso, se recurre a la acción de repetición o reembolso, permitiendo no solo la recuperación de pagos indebidos, sino también la exigencia de intereses correspondientes.
Para recuperar las cantidades, existe un plazo de 5 años, aunque en la práctica este período puede extenderse debido a la naturaleza continua de la obligación. Ocaña advierte de que los procedimientos legales pueden conducir al embargo de otros bienes, incluso la parte de la vivienda objeto de la reclamación.
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