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El riesgo de una legislación preventiva
P. R. - Barcelona - 30/11/2009
El continuo endurecimiento del Código Penal para combatir la violencia de género ha llevado a algunos juristas y colectivos de afectados a plantearse si no se estaba implantando el llamado "derecho penal del enemigo", una expresión que define la actitud del Estado cuando no pretende sancionar los delitos, sino asegurarse que no se producirán.
Es decir, combatir el peligro que puede generar el enemigo, que en este caso sería el varón.
La expresión provoca verdadero sarpullido entre los juristas y no es fácil que la verbalicen en público por temor a ser acusados de condescendientes con la violencia de género.
"La resolución de la violencia de género no pasa sólo con la cárcel. Y el Código Penal mete en el mismo saco conductas que son gravísimas con otras que no lo son tanto y que podrían resolverse con penas de tratamiento, multas o trabajos en beneficio de la comunidad".
Así se expresa el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga José Luis Díez Ripollés, que preside el Grupo de Estudios de Política Criminal, un colectivo de juristas que desde hace años cuestiona el endurecimiento de las penas y lo que consideran un "abuso" de la orden de prisión para casi todos los delitos.
"Efecto ejemplarizante"
Pero en el combate de la violencia machista existen muchas voces que reclaman más Código Penal.
La abogada María Pérez Galván entiende que "el que resulte culpable debe cumplir la pena íntegra, no cabe concederle beneficios. Con ello se conseguiría un efecto ejemplarizante y acabar con el bulo de que, aunque te condenen, no pasa nada si no tienes antecedentes".
La juez Amaya Olivas, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Mollet del Vallès (Barcelona) forma parte del sector minoritario de la judicatura que considera que se ha de ser muy garantista con los derechos fundamentales de los acusados y que la sociedad ha de asumir ciertos riesgos.
"El juez no es un autómata y debe evitar una aplicación de la ley a la ligera. Creo que hemos de ser muy cuidadosos antes de dictar una orden de prisión, y no sé si en ocasiones no recurrimos con más habitualidad de la necesaria", asegura.
La abogada María Pérez Galván relata que "muchos jueces de violencia nos dicen que, ante la duda, acuerdan una orden de alejamiento porque no quieren verse al día siguiente en los medios por negar la medida y que la denunciante sea otra víctima más".
O sea, la utilización del derecho penal para prevenir los riesgos del enemigo.
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