miércoles, 18 de febrero de 2026

Divorcio y Vivienda: Liquidación de bienes

El Tribunal Supremo c
ambia las reglas de los divorcios: haber vivido en la casa no garantiza su propiedad al liquidar los bienes.
La Sala señala que debe primar la igualdad de los lotes.
MARCA,18/02/2026 - 
Cuando un matrimonio se divorcia en estado de gananciales, una de las primeras disputas que surgen es quién se queda con la casa. Hasta ahora se habían tenido en cuenta unos factores, pero ahora el Supremo ha cambiado las reglas, dictaminando que el derecho constitucional a una vivienda digna y el principio de protección del cónyuge más vulnerable ya no serán determinantes para la decisión.

Esto se ha conocido tras la sentencia del Tribunal en el divorcio de un matrimonio de Cuenca, en la que la Sala ha desestimado el recurso de casación de la mujer
Ella se quedó viviendo en la casa hasta el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales, el proceso mediante el cual se reparten los bienes acumulados durante el matrimonio.

El Tribunal Supremo ha rechazado los argumentos de la recurrente
Ante la falta de acuerdo entre los exconyuges, el juzgado designó a un contador-partidor (un profesional independiente encargado de hacer los lotes) para lograr la mayor igualdad. De esta manera, el experto decidió adjudicar la vivienda familiar al marido (valorada en 74.000 euros) y entregar el resto de bienes a la esposa, entre los que se encontraban un solar, un almacén y otra vivienda que se encontraba en estado de "inhabitabilidad".

La mujer, nada conforme, impugnó esta decisión y alegó que adjudicar la casa a su exmarido la dejaba en la calle, vulnerando su derecho constitucional (art. 47 CE). 
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha rechazado los argumentos de la recurrente, estableciendo una distinción clara entre el derecho de uso y la adjudicación de la propiedad.
La regla de evitación de la indivisión no es de aplicación imperativa [...], pero en este caso existe causa justa para apartarse de la regla general", argumenta la sentencia. Y es que, el tribunal considera que mantener a la exesposa en la vivienda perjudicaría gravemente el patrimonio del exmarido.

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