viernes, 26 de noviembre de 2021

El TJUE dice que un divorcio debe ser avalado por la justicia de un solo país

EFE/swissinfo.ch, Bruselas, 25 noviembre 2021 
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dijo este jueves que una petición de divorcio únicamente podrá ser procesada por los tribunales de 1 solo país de la Unión aunque 1 de los 2 cónyuges haga su vida o trabaje en 2 Estados distintos a la vez.
Esta es la conclusión del TJUE tras analizar una cuestión preliminar planteada a la justicia europea por un tribunal de apelación de París, que debía resolver un divorcio entre un hombre francés y una mujer irlandesa, casados hace 27 años en Irlanda.
El cónyuge francés pidió separarse de su esposa ante un tribunal de primera instancia de París, que se declaró territorialmente incompetente para resolver el caso, dado que el matrimonio vivía desde 1999 en Irlanda junto a sus 3 hijos.
Sin embargo, según explica el TJUE en su resolución, el marido argumentó que en los últimos años viajaba todas las semanas a Francia por cuestiones laborales, y por ello recurrió la decisión del tribunal parisino de declararse incompetente.
El hombre alegó que tenía 2 residencias habituales: una en Irlanda, donde vivía con la familia, y otra en Francia, donde trabajaba, y por lo tanto, según él, la justicia gala debía admitir su demanda ya que, a su parecer, era igual de competente que la justicia irlandesa para procesar la separación.
Cuando el recurso del marido llegó al tribunal de apelaciones de París, los magistrados decidieron elevar la cuestión al TJUE para conocer la posición de la justicia europea.
Y este jueves Estrasburgo aclaró que, aunque un cónyuge puede perfectamente desempeñar su vida en varios Estados distintos de la UE, a efectos legales solo puede tener un lugar de residencia habitual y que, por lo tanto, los tribunales de un único país son los competentes para dirimir una petición de divorcio.
Según los magistrados europeos, que uno de los cónyuges tuviera legalmente varios domicilios habituales "menoscabaría la seguridad jurídica" del otro miembro del matrimonio, "al dificultar de antemano la determinación de los tribunales que pueden pronunciarse sobre el divorcio".
Además, señalan que, para considerar que Francia era el domicilio habitual del marido, el cónyuge debería haber indicado antes la voluntad de establecer el país galo como nueva residencia regular y "haber demostrado que su presencia en ese Estado miembro acredita un grado suficiente de estabilidad", sostiene el TJUE.
Así pues, con esta decisión, Estrasburgo muestra su posición jurídica pero no resuelve el caso, si no que devuelve el litigio a la justicia francesa para que dicte una sentencia de acuerdo con el pronunciamiento del tribunal comunitario. 

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