La prueba del informe emitido por el gabinete psicosocial es una prueba fundamental en todo procedimiento de familia contencioso, determinante muchas veces a la hora de clarificar la atribución de la custodia, con quien de los progenitores los menores se encuentran mejor según los psicólogos.
El ámbito de esta prueba pericial en los procesos de familia tiene por finalidad la aportación de los conocimientos científicos referidos a la psicología infantil y a otras ramas del conocimiento relativas a las relaciones interpersonales.
El objetivo último de la evaluación psicológica forense es elaborar un informe que corresponda con el objeto del litigio.
Una vez que es acordada por el Juzgado, se comunica la fecha en que se va a realizar y allí acudirán los progenitores, incluso los menores.
¿A partir de que edad se realiza una prueba psicológica a un menor? Lo habitual es a partir de los 5 años y hasta los 12, siendo que a partir de esta edad se puede acordar la exploración directamente por el juez a presencia si fuera necesaria de un psicólogo.
Es una prueba que podemos solicitar los abogados en nuestra demanda o contestación a la demanda, también el Ministerio Fiscal o bien de oficio por el Juez.
De esta manera el juez se puede formar una convicción de lo que piensa el menor, cuando se trata de niños más mayores.
La exploración del menor es la entrevista o preguntas que el Juez le hace al niño, la cual suele ser bastante informal y con preguntas sencillas para los menores, sin presencia de sus progenitores, muchas veces no estamos presentes ni los abogados.
El gabinete psicosocial emitirá un informe una vez entrevistados los padres y muchas veces las conclusiones de este informe influirán en el Juez a la hora de tomar la decisión, aunque se trate de una prueba más, sin embargo es decisiva porque en la misma los psicólogos aportarán datos relevantes a tener en cuenta por el Juez.
En caso de celebrarse el juicio el perito psicólogo que haya elaborado y emitido el informe tendrá que ir a ratificarlo y responder a las preguntas formuladas por las partes.
En definitiva, el informe del Equipo Psicosocial es la prueba “principal” en los procesos de familia en los que se discute la custodia o las visitas y es conveniente que su abogado la prepare convenientemente para que su cliente acuda tranquilo y en la vista y una vez conocido el informe hacer las preguntas que fueran pertinentes a los efectos de aclarar el mismo.
Nota: El Informe no es vinculante para el Juez, pero se han dado cuenta que el Informe Psicosocial es el chivo expiatorio si la cosa sale mal, aunque se han dado cuenta que la Custodia Compartida reduce considerablemente la conflictividad en el proceso de ruptura de la pareja.
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