Parejas divorciadas, ¿quién debe hacer frente a los gastos escolares?
Aspectos legales a tener en cuenta antes de casarse.
Cuando una pareja se separa, un juez debe valorar cuánto es la cantidad que uno de los progenitores debe abonar mensualmente para la educación de sus hijos.
Alejandra González, Madrid, 23/01/2019
Dentro del procedimiento de un divorcio con hijos destaca una parte esencial: la pensión de alimentos que los pequeños recibirán mensualmente. Se trata de una cuantía que uno de los progenitores pagará al otro para cubrir las necesidades básicas de los menores.
No existe un concepto determinado por hijo; lo decide un juez analizando caso por caso. «Se hace un cálculo proporcional de los medios del progenitor y de las carencias de los hijos», afirma Elena Crespo, especialista en derecho de familia y socia de Bressers Law.
Ante la inseguridad de muchos abogados por no saber a qué base mínima acogerse, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elaboró unas tablas orientadoras para determinar la pensión —dependiendo de los hijos y los ingresos—, aunque no tienen carácter vinculante, según subraya Crespo.
Así, «se suele tener en cuenta lo correspondiente al 30-35% de los ingresos del progenitor que va a pasar la pensión», comenta la experta. En caso de no tener éste medios económicos suficientes, se le asignará un mínimo vital que el niño necesita para vivir: 150 €.
«Siempre que el hijo o los hijos sean dependientes, no se tendrá en cuenta la edad de estos. Por tanto, aunque sea mayor de edad, se valorará sin distinción porque aún pueden quedarle gastos de universidad, máster...», asegura Crespo.
¿Puede modificarse la 1ª sentencia?
No hay nada definitivo. Una vez asignada la pensión de alimentos por un juez, ésta podría verse alterada por 3 circunstancias, sometiéndose, así, a posibles modificaciones.
— Si el progenitor que abona la pensión demuestra que ha cambiado su situación económica y no tiene los mismos recursos que cuando se divorció.
— Si el progenitor que paga arrastra una situación económica mala y no puede hacer frente a la pensión. «En ese caso hay una suspensión temporal de la cuantía, donde el adulto no pagará nada durante el tiempo que dure la suspensión», afirma Crespo.
— Si el progenitor custodio, la otra parte, alega que su expareja gana ahora más dinero y exige un incremento de la pensión. Entiende que tiene más recursos económicos.
Alejandra González, Madrid, 23/01/2019
Dentro del procedimiento de un divorcio con hijos destaca una parte esencial: la pensión de alimentos que los pequeños recibirán mensualmente. Se trata de una cuantía que uno de los progenitores pagará al otro para cubrir las necesidades básicas de los menores.
No existe un concepto determinado por hijo; lo decide un juez analizando caso por caso. «Se hace un cálculo proporcional de los medios del progenitor y de las carencias de los hijos», afirma Elena Crespo, especialista en derecho de familia y socia de Bressers Law.
Ante la inseguridad de muchos abogados por no saber a qué base mínima acogerse, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elaboró unas tablas orientadoras para determinar la pensión —dependiendo de los hijos y los ingresos—, aunque no tienen carácter vinculante, según subraya Crespo.
Así, «se suele tener en cuenta lo correspondiente al 30-35% de los ingresos del progenitor que va a pasar la pensión», comenta la experta. En caso de no tener éste medios económicos suficientes, se le asignará un mínimo vital que el niño necesita para vivir: 150 €.
«Siempre que el hijo o los hijos sean dependientes, no se tendrá en cuenta la edad de estos. Por tanto, aunque sea mayor de edad, se valorará sin distinción porque aún pueden quedarle gastos de universidad, máster...», asegura Crespo.
¿Puede modificarse la 1ª sentencia?
No hay nada definitivo. Una vez asignada la pensión de alimentos por un juez, ésta podría verse alterada por 3 circunstancias, sometiéndose, así, a posibles modificaciones.
— Si el progenitor que abona la pensión demuestra que ha cambiado su situación económica y no tiene los mismos recursos que cuando se divorció.
— Si el progenitor que paga arrastra una situación económica mala y no puede hacer frente a la pensión. «En ese caso hay una suspensión temporal de la cuantía, donde el adulto no pagará nada durante el tiempo que dure la suspensión», afirma Crespo.
— Si el progenitor custodio, la otra parte, alega que su expareja gana ahora más dinero y exige un incremento de la pensión. Entiende que tiene más recursos económicos.
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