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Manuel Altozano
Madrid
27 JUL 2013
En la presentación del anteproyecto de ley de corresponsabilidad
parental, el ministro Alberto Ruiz-Gallardón trató de trasladar un
titular a los medios: “La custodia compartida deja de ser un régimen
excepcional en España”, aunque luego matizó que tampoco se convertiría
en el “preferente o general”.
En realidad, las estadísticas aseguran que
lo sigue siendo. Incluso en las comunidades con derecho propio y que
han aprobado ya sus propias leyes sobre la materia.
La norma general
sigue siendo la de siempre: la atribución de los hijos a la madre.
1. Aragón. La pionera aprobación de la ley de
custodia compartida en esta comunidad provocó un incremento de las
rupturas que concluyeron con ese régimen de corresponsabilidad, al que
el derecho aragonés da preferencia. Pero 2 años después de la
aplicación, la custodia de la madre sigue siendo el régimen general.
En
2010, de los 1.192 divorcios que se produjeron en Aragón (sin tener en
cuenta las separaciones), 174 acabaron con custodia compartida y 1 año
después en el 1º año completo en que la ley estuvo en vigor,
ascendieron a 234 (de 1.206 divorcios).
En ambos años la custodia
materna era aún la más extendida: en 2010 se acordó en 928 rupturas de
este tipo, y en 2011, en 887. La custodia paterna sigue siendo residual y
no llega al centenar de casos, según los datos del Instituto Nacional
de Estadística (INE).
2. Cataluña. El derecho civil catalán no establece
la preferencia de la custodia compartida pero, como en el anteproyecto
de Gallardón, queda sujeta al único criterio del juez. Aun así, el
régimen sigue siendo residual según las estadísticas.
En los 9.682
divorcios celebrados, la madre fue la elegida para convivir con los
hijos en 7.142 frente a los 2.014 casos en los que la custodia se otorgó
a ambos progenitores, según los últimos datos del INE, relativos a
2011.
3. Comunidad Valenciana. El mismo patrón se sigue en
los juzgados valencianos, en los que las custodias compartidas en
divorcios durante 2011 fueron 949, muy lejos de las 5.540 guardas y
custodias atribuidas a la madre. Como en toda España, la custodia al
padre fue residual. Solo se acordó en 386 ocasiones. En total, los
divorcios ese año fueron 6.875.
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