La Patria Potestad se refiere a todos los derechos y
obligaciones respecto de un menor y sus bienes. Aunque este concepto varía de
un Estado miembro a otro, en general comprende la custodia y los derechos de
visita.
Si su pareja es nacional de otro país y tienen uno o más
niños y se van a separar, deberán ponerse de acuerdo sobre su custodia.
¿Qué hay que hacer primero?
Mientras los padres conviven, suelen mantener la custodia
conjunta de sus hijos. Pero, si se divorcian o se separan, tienen que decidir
cómo van a seguir ejerciendo esa responsabilidad.
Pueden decidir que el niño viva alternativamente con ambos o
que viva con uno de ellos. En este caso, el otro progenitor suele tener derecho
a visitar al niño en determinados momentos.
Los derechos de custodia cubren también otros derechos y
deberes relacionados con la educación y el cuidado del niño, lo que incluye el
derecho de velar por el niño y sus bienes. Normalmente, los padres tienen la
patria potestad pero esta puede otorgarse también a una institución a la que se
haya concedido la tutela del niño.
Quién decide sobre la custodia y los derechos de visita
Los padres pueden decidir sobre ambas cosas por acuerdo
mutuo.
Si no se ponen de acuerdo, puede recurrirse a un mediador o un abogado.
Si los padres no llegan a un acuerdo, pueden acudir a un
juez. Este podrá decidir que la custodia la ejerzan los 2 (custodia
compartida) o concedérsela a uno de ellos (custodia exclusiva).
En caso de que
la custodia la tenga solo uno, el juez podrá establecer derechos de visita para
el otro progenitor.
Si los padres tienen distinta nacionalidad, la normativa de
la UE fija el órgano jurisdiccional que entiende del asunto.
Se trata sobre todo de impedir que ambos progenitores acudan
al tribunal cada uno en su país y se dicten 2 resoluciones para el mismo
asunto.
El principio es que el tribunal competente es el del país donde resida
habitualmente el menor.
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