Alba Marchador, 18.07.2022
Una separación o un divorcio con hijos conlleva tener que llegar a multitud de acuerdos que, en caso de judicializarse, quedan reflejados en el convenio regulador. En este documento, que regulará las relaciones entre padres e hijos hasta que éstos alcancen la independencia económica, también constará la forma de repartir el tiempo de vacaciones de los menores con ambos progenitores.
Los problemas suelen aparecer cuando 1 de los 2 pretende viajar al extranjero con los hijos y el otro se niega. ¿Qué sucede si se opone? ¿Necesita una autorización para poder salir de nuestras fronteras?
Riesgo de sustracción internacional
La regla general es que no existe impedimento legal para que los menores viajen fuera de España con 1 solo de los progenitores durante los periodos vacacionales, siempre y cuando el país de destino no se haya considerado de riesgo por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o que en la sentencia de divorcio o de medidas paternofiliales se hubiese establecido un cierre de fronteras o prohibición de salida del territorial nacional. O incluso prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se le hubiera expedido, "todo ello ante el riesgo de sustracción internacional”, señala Sofía Maraña, abogada de familia y socia fundadora del despacho Maraña Abogados.
“En estos supuestos, los hijos sólo podrán viajar al extranjero con el consentimiento de ambos cónyuges o con una autorización judicial previa". Si los padres no pudieran irse de vacaciones libremente con sus hijos se saturarían los juzgados de familia y "sería inviable viajar fuera de España”, añade esta abogada madrileña.
En caso de necesitar, según convenio, autorización del otro progenitor para viajar más allá de nuestras fronteras y de que éste se niegue a darla, “deberá solicitarse autorización judicial". Se trata del procedimiento de jurisdicción voluntaria del art. 156 del C.Civil relativo a los desacuerdos en materia de patria potestad de los padres, indica Sofía Maraña.
Una separación o un divorcio con hijos conlleva tener que llegar a multitud de acuerdos que, en caso de judicializarse, quedan reflejados en el convenio regulador. En este documento, que regulará las relaciones entre padres e hijos hasta que éstos alcancen la independencia económica, también constará la forma de repartir el tiempo de vacaciones de los menores con ambos progenitores.
Los problemas suelen aparecer cuando 1 de los 2 pretende viajar al extranjero con los hijos y el otro se niega. ¿Qué sucede si se opone? ¿Necesita una autorización para poder salir de nuestras fronteras?
Riesgo de sustracción internacional
La regla general es que no existe impedimento legal para que los menores viajen fuera de España con 1 solo de los progenitores durante los periodos vacacionales, siempre y cuando el país de destino no se haya considerado de riesgo por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o que en la sentencia de divorcio o de medidas paternofiliales se hubiese establecido un cierre de fronteras o prohibición de salida del territorial nacional. O incluso prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se le hubiera expedido, "todo ello ante el riesgo de sustracción internacional”, señala Sofía Maraña, abogada de familia y socia fundadora del despacho Maraña Abogados.
“En estos supuestos, los hijos sólo podrán viajar al extranjero con el consentimiento de ambos cónyuges o con una autorización judicial previa". Si los padres no pudieran irse de vacaciones libremente con sus hijos se saturarían los juzgados de familia y "sería inviable viajar fuera de España”, añade esta abogada madrileña.
En caso de necesitar, según convenio, autorización del otro progenitor para viajar más allá de nuestras fronteras y de que éste se niegue a darla, “deberá solicitarse autorización judicial". Se trata del procedimiento de jurisdicción voluntaria del art. 156 del C.Civil relativo a los desacuerdos en materia de patria potestad de los padres, indica Sofía Maraña.
Delito de sustracción de menores
Si en la sentencia de divorcio o de medidas paternofiliales se ha establecido la prohibición de salida del territorio nacional de un menor --salvo autorización judicial o el consentimiento de ambos cónyuges-- y uno de los progenitores, sin causa justificada, sale del país con su hijo, sí que se estaría "incurriendo en un delito de sustracción de menores del art. 225 bis del C.Penal”, opina Maraña.
A la práctica, “normalmente no suele pasar nada, porque se trata de una situación puntual no recurrente”, matiza Maite Pons, abogada de familia y socia fundadora del despacho barcelonés BPM Abogados.
Se recomienda llegar a un acuerdo
No obstante, si un progenitor sabe que el otro va a viajar con el hijo de ambos sin consentimiento, aún necesitándolo, puede instar una demanda de ejecución para que judicialmente se requiera al otro de cumplimiento del convenio y, en caso de no hacerlo, “que se aperciba de un posible cambio de custodia. Pero como esta medida es posterior a los hechos, se formularía a nivel preventivo para evitar futuras conductas similares y que constara el incumplimiento”, explica Pons.
En definitiva, en caso de que en el convenio conste que es necesaria la autorización de ambos progenitores para viajar al extranjero, lo mejor “es intentar llegar a un acuerdo por el bien del menor" y, en caso de no lograr un entendimiento, solicitar autorización judicial para poder viajar.
No obstante, si un progenitor sabe que el otro va a viajar con el hijo de ambos sin consentimiento, aún necesitándolo, puede instar una demanda de ejecución para que judicialmente se requiera al otro de cumplimiento del convenio y, en caso de no hacerlo, “que se aperciba de un posible cambio de custodia. Pero como esta medida es posterior a los hechos, se formularía a nivel preventivo para evitar futuras conductas similares y que constara el incumplimiento”, explica Pons.
En definitiva, en caso de que en el convenio conste que es necesaria la autorización de ambos progenitores para viajar al extranjero, lo mejor “es intentar llegar a un acuerdo por el bien del menor" y, en caso de no lograr un entendimiento, solicitar autorización judicial para poder viajar.
"Es recomendable solicitarlo con tiempo, por la saturación que sufren algunos juzgados, para que la resolución judicial llegue antes del viaje”, concluyen desde BPM Abogados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario