Itziar Echeandia/ Rosa Alevito, 23.09.2020
PREGUNTA:
Me divorcié y se adjudicó el uso de la vivienda familiar a mi ex, que se quedó con la custodia de nuestra hija por razón de vivir con la niña, a pesar de que yo ganaba menos. Nada que objetar a ello, de hecho estuve de acuerdo. Sin embargo, la situación actual es distinta porque mi ex se volvió a casar y tiene 2 niños con su actual marido, todos viviendo en nuestro piso. A mí me vendría muy bien vender porque estoy sin trabajo. ¿Hasta cuándo dura es derecho de uso de la vivienda, no se tiene en cuenta la situación?
Hasta no hace mucho, el hecho de convivir en la casa con una nueva pareja, hijos, familiares, etc., no influía en sí mismo en la atribución de uso de la vivienda resultante de un pleito matrimonial.
Sin embargo, a finales de 2018 el Supremo dictó una sentencia (número 641/2018) que estableció que procedía extinguir el derecho de uso como consecuencia de convivir en la vivienda con una nueva pareja. El motivo que justifica la decisión es que la introducción de una 3ª persona con una relación estable (mucho más claro si, como en su caso, han contraído matrimonio) en la vivienda, cuyo uso tiene atribuido la progenitora por habérsele confiado la custodia de los hijos, hace perder a la vivienda en cuestión la condición de "vivienda familiar" de la familia inicial, ya que de hecho se ha convertido en vivienda de “otra” familia.
Se abre la vía, pues, a extinguir ese derecho de uso para poder poner a la venta la vivienda, como usted quiere. En la sentencia indicada se declaraba que el derecho de uso se extinguiría cuando se liquidasen los gananciales.
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