lunes, 1 de abril de 2019

El CGPJ estudia como NO aplicar la Custodia Compartida

El Poder Judicial estudia cómo se aplica la custodia compartida en España.
Pone en funcionamiento un grupo de trabajo con jueces, catedráticas, abogados, fiscales y forenses.
El objetivo es realizar una "guía de criterios" si deciden aplicar la custodia compartida en procesos judiciales
ALBERTO POZAS, Madrid, 01/04/2019
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha puesto en marcha un grupo de expertos y expertas para que estudien cómo aplican los tribunales españoles la custodia compartida. El objetivo, según confirman a la Cadena SER fuentes del órgano de gobierno de los jueces, es elaborar una guía de criterios de actuación para entregar a los magistrados y magistradas españoles que deciden sobre asuntos de familia.
Como en otras ocasiones, el Consejo ha puesto en marcha un grupo de trabajo multidisciplinar con magistrados como José A. Seijas, fiscales, abogados especializados en familia, una catedrática de psicología, 2 psicólogas forenses y 1 trabajadora social. Estos expertos y expertas trabajan junto con el equipo del propio CGPJ y los vocales Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Gerardo Martínez Tristán y Concepción Sáez.
El objetivo es elaborar esta guía, similar a las presentadas recientemente por ejemplo sobre la trata de seres humanos, estudiando diversos aspectos de la aplicación de la custodia compartida en nuestro país para poner estas herramientas de estudio a disposición de la judicatura. Un estudio normativo del Código Civil y de algunas normativas autonómicas, un estudio de derecho comparado con normas de otros países y también un análisis de cómo aplican la custodia compartida el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y una Audiencia Provincial de cada comunidad autónoma.
Ante un tema que desde el CGPJ entienden que genera "inquietud social", y de una importancia que consideran capital al afectar sobre todo a menores de edad, el órgano de gobierno de los jueces pretende así localizar las cuestiones más litigiosas y controvertidas en estos procesos judiciales de familia, ver qué diferentes interpretaciones pueden estar haciéndose desde distintos tribunales y ver cómo se resuelven.
Un tercio de los casos
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) sólo el pasado año 2017 el 30,2% de las custodias de hijos menores fue otorgada a ambos cónyuges de forma compartida frente al 65% de ocasiones en las que se concede sólo a la madre y el 4,4% sólo al padre. En cuanto a la custodia compartida el dato de 2017 supone un aumento del 6,7% con respecto al año anterior y confirmando una sentencia ascendente en la última década: en 2007 solo el 9,7% de las custodias se concedían de forma compartida.
A nivel judicial la custodia compartida empezó a abrirse paso como una opción preferente en 2013 cuando en mayo el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia y estableció que el régimen de custodia compartida se podría imponer en todo caso basando la decisión en el interés del menor afectado y no de los padres.

Nota: Ni una palabra para los propios afectados, Y es que hay que eliminar la custodia compartida: Los hijos para la madre a cambio del Uso y disfrute de la que fue vivienda familiar.

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