miércoles, 10 de septiembre de 2014

Guia sobre las exploraciones judiciales de menores


La doctrina mayoritaria ha dejado de entender que la exploración del menor es un medio de prueba para considerar que es una diligencia a través de la cual el menor puede ejercer su derecho a ser oído.
Pero la intervención directa y personal de un menor en el procedimiento judicial no siempre puede suponer un beneficio. 
El experto Paul Legarde, en su informe explicativo del Convenio de 1996, ya sostenía que no siempre es de interés del niño tener que dar su opinión, particularmente si sus progenitores están de acuerdo en la medida a adoptar y ésta no resulta claramente perjudicial para éste.
Asimismo, desde la psicología (por ejemplo, Hodges, 1996), se viene alertando sobre el perjuicio que puede suponer para el menor bajo ciertas circunstancias, por ejemplo, si ello le hace pensar y sentir que es él quien toma una determinada decisión que afecta a su relación con sus referentes primarios. 
El documento en la web

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