martes, 19 de noviembre de 2024

España: la realidad de la mujer ante el divorcio

Carmelina Pla, abogada,
19/11/2024 
Adam Smith, el padre de la economía moderna, afirmaba que no cenábamos cada noche gracias a la benevolencia del carnicero o el panadero, sino porque ambos se preocupaban por su propio bienestar. Pero esa no es toda la verdad. 
Smith cenaba cada noche porque su madre le preparaba la cena, y lo hacía por amor, no por interés. Esta realidad invisible —el trabajo no remunerado— sigue siendo ignorada en la economía moderna.

En España, aunque las mujeres se han incorporado masivamente al mercado laboral, siguen siendo quienes mayoritariamente cuidan, limpian y crían. Según el INE, las mujeres dedican el doble de tiempo que los hombres a tareas domésticas y de cuidados, y además solicitan un 84% de excedencias por cuidados familiares. 
La brecha salarial persiste: en 2023, las mujeres cobran un 18% menos que los hombres. A esto se suma que muchas mujeres tienen pocas oportunidades de acceder a puestos directivos, ya que, como reflejan los datos, seguimos siendo invisibles en estos niveles. Y cuando finalmente se nos ofrecen esos puestos, muchas preferimos renunciar para poder atender a nuestras familias.

Ante esta realidad, es evidente que muchas mujeres, durante el matrimonio, pierden oportunidades de crecimiento profesional y personal en favor del bienestar de la familia. Estas oportunidades, en casos de divorcio, merecen ser compensadas. 
¿Y por qué? Porque siendo cierto que el divorcio empobrece generalmente a todos los miembros de la familia, aquellas mujeres que han renunciado a su desarrollo profesional para cuidar, criar y sostener el hogar, quedan además en una situación de vulnerabilidad económica. 
Para ellas, la pensión compensatoria sigue siendo necesaria en la mayoría de los casos, no como un favor, sino como una medida de justicia.

No obstante, existe una creciente percepción de que la pensión compensatoria es obsoleta en un mundo donde ambos cónyuges trabajan. En nombre de la "igualdad", hemos normalizado el matrimonio en separación de bienes, así como la costumbre de que las mujeres trabajen lo justo para compatibilizar su trabajo con el cuidado del hogar, mientras sus maridos avanzan profesionalmente. Como resultado, los gastos se dividen a la mitad, pero los bienes son privativos, y muchas mujeres, al divorciarse, se quedan sin propiedades, sin ahorros y sin una compensación justa.

A esta realidad se suma la custodia compartida, presentada como símbolo de igualdad por muchos hombres, que a menudo reclaman el derecho a cuidar de sus hijos justo en el momento en que se termina el matrimonio, sin evaluar que es lo mejor para el bienestar de los pequeños. Eso si, la mayoría confunde custodia compartida con reparto de gastos por mitad, ignorando la brecha económica que existe entre los progenitores.

El Tribunal Supremo ha dejado claro que esta percepción es errónea; custodia compartida no exime del pago de una pensión de alimentos ni implica el pago por mitad de los gastos comunes de los hijos. Cuando hay desproporción en los ingresos de los progenitores, los gastos deben repartirse de forma proporcional a su capacidad económica
Así, la verdadera igualdad no consiste en dividir todo a la mitad, sino en repartir las cargas de manera justa, asegurando que se prioricen las necesidades de los hijos.

En un contexto, donde la igualdad se convierte en un lema vacío, es crucial que reconozcamos las realidades subyacentes que afectan a las mujeres, especialmente en situaciones de divorcio. Ni la pensión compensatoria ni la pensión de alimentos son caprichos, sino herramientas esenciales para garantizar que quienes han sacrificado su desarrollo profesional y han asumido la mayor parte de las responsabilidades del hogar no queden en una situación de vulnerabilidad económica. Al entender que la equidad implica reconocer las diferencias y las cargas que cada uno asume, podemos comenzar a construir un sistema más justo que proteja a las mujeres y beneficie a toda la familia. Es hora de dejar atrás las narrativas que perpetúan desigualdades y adoptar un enfoque más comprensivo que valore el esfuerzo y el sacrificio de todos los miembros de la familia.

Nota: Confunde la Pensión de Alimentos a los hijos menores de edad o discapacitados con la Pensión compensatoria a la madre. 
La ley indica que se concederá a la persona que salga perjudicada económicamente en el proceso de divorcio.


martes, 12 de noviembre de 2024

Derecho de los abuelos al regimen de visitas de sus nietos.

El Tribunal Supremo
acota el derecho de los abuelos a solicitar un régimen de visitas para poder mantener la relación con sus nietos.
Sara Segovia del Moral, 12 Nov 2024 
Estas situaciones, por tristes que nos parezcan, son cada vez más frecuentes debido a la mala relación existente entre progenitores tras el divorcio y que, en ocasiones, son extensibles a los abuelos.

Debido a ello, los abuelos se ven en la obligación de solicitar a los tribunales un régimen de visitas con el fin de poder seguir manteniendo la relación afectiva con sus nietos ya sea por la imposibilidad de poder verlos cuando están con su hijo/a o bien porque la parte contraria se lo impide debido a la enemistad manifiesta.

Pues bien, estas situaciones de conflicto y los términos en que la autoridad judicial puede resolverlos, encuentran su respaldo legal en el art. 160.2 del C. Civil al establecer que: 
No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados. En caso de oposición, el Juez, a petición del menor, hermanos, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre hermanos, y entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitoras”.

Hasta la fecha, los juzgados y tribunales estaban resolviendo favorablemente a las peticiones realizadas por los abuelos, ya que no es posible impedir el derecho de los nietos al contacto con ellos únicamente por la falta de entendimiento que ellos tuvieren con los progenitores.

Se ha venido recordando que, aunque la relación prioritaria es la paterno- filial, debe prestarse una especial atención a la relación abuelos- nietos, en interés del propio menor, ya que ocupan una situación respecto de los nietos de carácter singular y desempeñan un papel fundamental de cohesión y transmisión de valores en la familia, que es el agente de solidaridad por excelencia de la sociedad civil.

Pues bien, el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 27 de junio de 2024 ha puesto, por 1ª vez, límites a estas peticiones, fijando que, no puede establecerse un régimen de visitas entre abuelos y nietos cuando no hay impedimento a la relación entre ambos.

En el caso concreto analizado en la sentencia, la abuela paterna, que convivía con el padre tras producirse el divorcio, solicitó que se estableciera un régimen de visitas a su favor ya que el que se le había reconocido al padre en el procedimiento principal, le parecía escaso.
El Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda presentada por la abuela, en solicitud de efectividad de los derechos del art. 160 del C.Civil, en la que demandaba el establecimiento de un régimen de visitas a su favor alegando que la madre le impedía de manera sistemática el poder ver a su nieto, cuando en realidad veía a su nieto todas las semanas coincidiendo con el régimen de visitas del padre.

La abuela del menor, no conforme con dicha resolución, interpuso el correspondiente recurso de apelación que fue estimado parcialmente por la Audiencia Provincial estableciendo un régimen de visitas a favor de la abuela en el que podía ver a su nieto un día intersemanal cuando no le correspondía al padre ver a su hijo el fin de semana.
Como era de esperar, la madre interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por interés casacional en el que el único motivo denunciado fue la infracción y vulneración de la doctrina del Tribunal Supremo a la hora de aplicar e interpretar el art. 160 C.Civil.

En particular, el Ministerio Fiscal solicitó la estimación del recurso de casación interpuesto por la madre, alegando que no es necesario reconocer un régimen de visitas a los abuelos cuando nada impide la relación de estos con sus nietos no concurre el presupuesto del art. 160 CC y que “la intervención judicial supondría una intromisión no justificada del Estado en las relaciones entre particulares, en un ámbito especialmente sensible, como son las relaciones familiares

La decisión final del Tribunal Supremo ha sido la estimación del recurso precisamente con base en el argumento apuntado por el Ministerio Fiscal confirmando que, efectivamente, la intervención judicial en este supuesto supondría efectivamente una intromisión injustificada del Estado en las relaciones familiares.

Los matices que se deben tener en consideración tras la lectura de esta sentencia en relación con el alcance que debe darse a lo preceptuado en el art. 160 del C.Civil tienen un especial valor jurídico, ya que nunca antes el Tribunal Supremo había tenido la oportunidad de pronunciarse en un supuesto como este.

Lo usual es que los Juzgados se encuentren con peticiones por parte de los abuelos cuando estos no tienen relación con sus nietos, pero no una petición tan peculiar como la solicitada en este caso motivada por la “insatisfacción” que generaba en el abuelo/-a el régimen de visitas que tenía atribuido el progenitor tras el procedimiento judicial de divorcio.

Por el contrario, muchos abuelos que se sientan privados de la convivencia con sus nietos y quieran reclamarlo judicialmente pueden sentirse una vez más alentados a llevarlo a cabo gracias al reconocimiento, una vez más, por parte del Alto Tribunal de su papel trascendente en el desarrollo personal de sus nietos.
Eso sí, tomemos nota, de la importancia de la correcta acreditación de la prueba en todos los pronunciamientos de familia.

Pensión de Alimentos: El Registro de Impagados Judiciales (RIJ).

Otros Medios: confilegal,
Los jueces de familia ya advierten a los deudores que no pagan la pensión alimenticia su entrada en la lista de morosos de la Abogacía.
El Registro de Impagados Judiciales está permitiendo el cobro de las deudas en menos de 20 días, frente a los 3 años de media que estaban tardando antes de implantarse esta solución
JORGE VELASCO, Madrid - 11 NOV 2024 
Los juzgados de familia, a través de diligencias de ordenación, ya advierten a los deudores que no están pagando las pensiones de alimentos su inclusión en el Registro de Incidencias e Impagados Judiciales (RIJ)
Una especie de lista de morosos desarrollada por la Abogacía Española para reducir los tiempos en las reclamaciones de dinero y las ejecuciones de pago. 
En concreto, este sistema ayuda a los tribunales y despachos de abogados a ejercer el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos y contribuye a la protección de los menores en los casos de incumplimiento de las obligaciones alimenticias.

El Registro de Impagados Judiciales está siendo un recurso muy efectivo para acelerar el cobro de las pensiones alimenticias y desatascar el colapso de los juzgados de familia. 
Esta disposición legal está permitiendo el cobro exprés de ejecuciones que se eternizaban en el tiempo, llegando incluso a darse casos de cobro de ejecuciones de impagados en menos de 20 días, frente a los 3 años de media que estaban tardando antes de implantarse esta solución”, señalan desde el RIJ.

De hecho, una reciente diligencia de ordenación emitida por un juzgado de familia asturiano señala que en caso de que el ciudadano no se haga cargo de abonar la pensión de alimentos, se informa al deudor de que su nombre está en la lista de morosos. Esta decisión tendrá efectos negativos a nivel financiero, como la dificultad de acceder a créditos bancarios.

El procedimiento para incluir a un deudor en el RIJ puede gestionarse dentro del mismo proceso judicial de reclamación o ejecución de la deuda. 
Basta la admisión judicial a trámite del procedimiento para poder instar el alta de la reclamación en el RIJ por el abogado del perjudicado. De esta forma, el juzgado comunica y advierte al deudor de la incorporación de los datos en el registro.

El nuevo servicio de notificación judicial está siendo muy útil para cobrar las cuantías pendientes. En caso de las pensiones alimenticias, señalan, la sola advertencia de inclusión en el RIJ está consiguiendo que el deudor, que no está cumpliendo con la resolución judicial dictada por un juez, haga frente al pago. 
Si el deudor sigue sin hacerse cargo de la pensión de alimentos en los 30 días siguientes del aviso, su nombre quedará registrado y publicado en el RIJ.

A diferencia de otros ficheros de morosidad, el RIJ se centra en deudas cuya reclamación judicial ya están admitidas a trámite en un juzgado, proporcionando una mayor seguridad jurídica y transparencia. Su operativa ha permitido democratizar los tradicionales Sistemas de Información Crediticia, permitiendo a cualquier particular, autónomo, pyme o empresa reclamar y publicar en el fichero, a través de su abogado, la información sobre el impago. Su innovadora operativa ha hecho que más de 12.000 abogados usen ya el Sistema de Información Crediticia para acelerar el cobro de las reclamaciones de deudas y prevenir la morosidad.

domingo, 10 de noviembre de 2024

La Pareja: Diferencia de Edad en el seno de la pareja.

Esta es la diferencia de edad ideal con tu pareja para reducir drásticamente el riesgo de divorcio.
Según recoge un estudio difundido por la revista 'Forever Young', las probabilidades se reducen a un 3%.
HuffPost, 09/11/2024 
Lo más habitual a la hora de conocer gente nueva es que nos acerquemos a las personas que más se aproximen a nuestra franja de edad, aunque los años no sean estrictamente los mismos. Lo mismo se puede aplicar a la hora de buscar pareja, que, por norma general, la diferencia de edad no sea excesiva.

Ahora bien, desde la revista portuguesa Forever young han recogido un estudio realizado por científicos de la Universidad Emory en Atlanta (EE.UU.), en el que han investigado cuál es la diferencia de edad ideal en el seno de una pareja para que tenga más posibilidades de funcionar y no terminar en divorcio.
Se trata de no más de 1 año, según el estudio que han liderado los profesores Randal Olsen, Andrew Francis y Hugo Mialon. Para poder llegar a esa conclusión, ejecutaron un análisis a 3.000 personas que estaban o habían estado casadas.

Durante la investigación, pudieron comprobar que, en función que aumentaba la diferencia de edad en el seno de las parejas, lo mismo pasaba con las posibilidades de que estas terminaran separándose.
Si esa diferencia era de unos 5 años, según ha reportado Forever Young, las posibilidades de divorcio eran de un 28%. 
Ahora bien, cuando separaban 10 años el nacimiento de cada uno de los miembros de una pareja, esas posibilidades aumentaban hasta un 39%. En el caso de aquellas que se llevan 20 años, las probabilidades eran del 95%, según cita la publicación.

Sin embargo, las parejas que apenas se llevaban 1 año las posibilidades de terminar en divorcio terminaron siendo del 3%. Por lo tanto, la gran conclusión que pudieron extraer fue que, efectivamente, una mayor diferencia de edad equivale a una mayor probabilidad de divorcio.

viernes, 8 de noviembre de 2024

Qué trámites hay que hacer en un divorcio de mutuo acuerdo

Para poder llevarlo a cabo, las 2 partes deben alcanzar un pacto que determine distintos aspectos que regularán la familia en adelante, conocido como Convenio Regulador de Divorcio.
Marina Vítora, 07 Nov 2024 
Cuando una pareja se casa, no lo hace pensando en el divorcio. Sin embargo, de trata de una opción muy recurrente en la actualidad -en 2023 se registraron un total de 80.065 anulaciones matrimoniales-. 
En estos casos, es importante destacar que lo mejor y más fácil es hacerlo de mutuo acuerdo

Pero, ¿Cuál es el proceso?
Lo 1º que hay que saber, como explica el art. 82 del C.Civil español, es que “Los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo transcurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio”. Es decir, que hasta el 3º mes no se puede firmar.
Este mismo artículo aclara que se debe hacer “mediante la formulación de un convenio regulador ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública ante Notario, en el que, junto a la voluntad inequívoca de separarse, determinarán las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación”. 
Esto supone que, para poder llevarlo a cabo, las 2 partes (los 2 cónyuges) deben alcanzar un pacto que determine distintos aspectos que regularán la familia en adelante.

Como explica la abogada especializada en derecho de familia, Carolina Torremocha, alguna de las decisiones que habrá que consensuar serían:
Dónde y con quién vivirán los hijos.
Cómo se organizarán los períodos de convivencia con los hijos.
Decisiones sobre la vivienda familiar.
Cómo se contribuirá a los gastos de los hijos.
Distribución de los gastos relacionados con los bienes comunes.
Determinar si se realizará la división de los bienes comunes y de qué manera.


Una vez que estas decisiones estén definidas, será preciso contactar con los abogados de cada parte, que redactarán un documento que detalle todas las medidas acordadas, conocido como Convenio Regulador de Divorcio
En él, se deben reflejar los acuerdos alcanzados. Al estar regulado por el art. 90 del C.Civil, este escrito deberá incluir, al menos:
Quién se encargará del cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos.
Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con
    sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de los niños.
El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta
    el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal.
La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de
   actualización y garantías en su caso.
La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
La pensión que conforme al art. 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de
   los cónyuges.

Una vez firmado el Convenio Regulador de Divorcio, debe presentarse en el Juzgado para que tenga efectos legales y se inscriba en el Registro Civil. 
El Procurador designado presenta la demanda en el Juzgado correspondiente, generalmente el del domicilio familiar. 
En unos días, el Juzgado cita a las partes para la ratificación judicial. Acompañados por el abogado y el procurador, ambas partes deben acudir al Juzgado con su DNI, confirmar el contenido del convenio y firmarlo por separado. 
El abogado recibe un acta de ratificación. Poco después, el Juez dicta sentencia aprobando el convenio, con el visto bueno del Ministerio Fiscal. 
La sentencia es notificada al Procurador mediante una plataforma electrónica.

En semanas, se entrega al Procurador el testimonio de la sentencia, documento original que debe presentarse ante organismos públicos que lo requieran. 
Es importante conservarlo y tenerlo accesible. En caso de incumplimiento de las medidas acordadas, se necesitará para la ejecución de la sentencia.

Cuáles son los documentos necesarios:
A la hora de realizar un divorcio de mutuo acuerdo, no se requiere mucha documentación, y la mayoría se puede obtener por registro electrónico. Según la letrada Torremocha, será necesario aportar:
Certificado de matrimonio, que expide el Registro civil donde se contrajo.
Certificado de nacimiento del Registro civil donde se inscribieron.
Certificado de empadronamiento que emitirá el Ayuntamiento del domicilio familiar.
Convenio Regulador.

jueves, 7 de noviembre de 2024

España: Divorciarse a los 40´

Otras noticias: 
'¿Hasta que la muerte nos separe?'
Así es la década en la que es más probable que te divorcies: 
"Las parejas tienen que reajustarse".
Según el INE, más de 29.000 divorcios en España se producen cuando los cónyuges pasan por esos 10 años. 2 expertos explican por qué tantas personas sufren la crisis de los 7 años.
Nuria Ibáñez, 06/11/2024 
Con 45 años de edad, 2 hijos en común con Gerard Piqué y tras 11 años de relación, Shakira se separa del exjugador del Fútbol Club Barcelona
La cantante tiene justo 45 años en el momento de su divorcio, por tanto, se encuentra en mitad de la franja de edad en la que más divorcios tienen lugar en España, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Solo en el año 2023, en España se produjeron 29.240 divorcios en los que los cónyuges tenían entre 40 y 49 años.

Es entre los 40 y los 49 años cuando más gente se divorcia en un país en el que de forma anual se producen alrededor de 100.000 divorcios al año; y en el que los matrimonios han ido disminuyendo durante los últimos 40 años
En 1980, por cada 1.000 habitantes, se llevaban a cabo 5,86 matrimonios; mientras que en 2019 la cifra se vio reducida hasta alcanzar los 3,51 (Movimiento Natural de Población, INE 1980-2019).

Aunque cada vez menos personas pasan por el altar, el número de divorcios presenta una tendencia al alza y esto se debe, entre otros motivos, a que "las barreras culturales para la divorcialidad han disminuido. 
En la actualidad hay una socialización en el divorcio, es decir, en los años 80 un divorcio era un drama porque suponía la ruptura de 2 familias; sin embargo, ahora las relaciones de pareja están cada vez más individualizadas. 
Por tanto, son relaciones más personales, de 2 personas", explica Luis Ayuso Sánchez, Catedrático de Sociología en Universidad de Málaga, a El Confidencial.

"En los 80 el inicio de la unión estaba establecido por una norma social. Ahora son los miembros de las parejas quienes ponen las normas de cómo es su relación, cuándo comienza y cuándo termina; es decir, es una cuestión de 2. 
Vivimos en una sociedad que está socializada en el divorcio y estamos cada vez más acostumbrados a dejar y a que nos dejen", continúa Ayuso Sánchez.

Las palabras del sociólogo coinciden con las de Patricia Maguet, psicóloga de parejas: "Socialmente, el divorcio está mucho más aceptado que hace 20 años y obviamente esto facilita mucho más tomar este tipo de decisiones. Hasta el punto de que ahora parece que las parejas de toda la vida son las excepciones porque prácticamente la mitad de las parejas se van a divorciar".

¿Qué ocurre entre los 40 y los 49 años?
Echando un vistazo a los datos publicados por el INE, claramente se produce un aumento de divorcios cuando los cónyuges cumplen 40 años y esta cifra empieza a disminuir a los 50 (21.935 divorcios entre los 50 y 59 años en 2023), aunque sigue siendo alta, con respecto al resto de franjas de edad. ¿Esto a qué se debe?

Antes de analizar los datos y los motivos que hacen que el número de divorcios aumente al convertirte en un 'cuarentón', Luis Ayuso hace hincapié en que "si tenemos solo en cuenta los divorcios no estamos analizando bien el fenómeno de las rupturas porque los divorcios solo se producen entre la gente que se ha casado. Tenemos que ser conscientes de que debajo de eso hay muchísimas más rupturas de parejas que conviven y que rompen, y que no figuran en ningún sitio; más aún teniendo en cuenta que los matrimonios están reduciéndose automáticamente todos los años".

No obstante, estos datos —los de los divorcios— son los únicos cuantificables y gracias a ellos puede observarse un patrón claro que Ayuso relaciona con la crisis que sufren muchas parejas a los 6, 7 u 8 años de relación
"Las parejas pasan por 3 baches importantes. Uno de ellos curiosamente se da al comienzo, hay muchas parejas que no llegan al año, se casan y al año y medio se divorcian; luego hay otro que se produce, aproximadamente, a los 7 años, que es cuando están en esta edad de los 40; y el último bache llega a los 20 años de matrimonio".

Mirando el INE y escuchando a Luis Ayuso, la crisis de los 7 años acaba con muchos matrimonios rotos (el 21,4% de los divorcios se produjeron entre 5 y 9 años después de la boda) y se da por diferentes motivos: "La principal razón suele ser el desgaste de las relaciones, pero coincide también con la gestión de los hijos —que, por un lado, dan estabilidad a los matrimonios, pero también inestabilidad—. Queremos vivir nuestras relaciones de pareja de manera intensa, por tanto, cuando se pasan los 2 o 3 años iniciales de intensidad, las parejas tienen que reajustarse y en ese reajuste de pareja entran en juego las expectativas que tiene cada uno sobre la unión, que no siempre se cumplen. Y, además de estas, existen muchas otras causas, pero una de las más importantes es el deterioro de la relación; hay que estar constantemente cultivándola, si no la cultivas se entra en una crisis".

"El inicio de la convivencia y la crianza de los hijos pueden ser elementos que tensan la relación hasta el punto de llevarla a su fin"

¿Por qué se producen más divorcios a partir de los 40 años? A la misma pregunta planteada a Ayuso, responde Patricia Maguet: "Si pensamos qué puede estar pasando en una pareja que lleva entre 5 y 9 años, podemos suponer que el inicio de la convivencia y la crianza de los hijos pueden ser elementos que tensan la relación hasta el punto de llevarla a su fin. Es una etapa en la que los proyectos individuales quedan relegados y lo mismo pasa con la relación de pareja a la que se le puede dedicar poco tiempo y energía. Todo esto unido al cansancio, a la energía que hay que invertir en la crianza, a la relación con las familias políticas o al estrés procedente del trabajo o de los malabares con la economía, nos dan el cóctel perfecto para que la relación se complique".

Sin embargo, Maguet asegura que estas situaciones no son irreversibles, que, aunque las parejas pasen por momentos complicados derivados de la convivencia, el nacimiento de los hijos, problemas laborales, de salud...; con una buena terapia de pareja, estos no tienen por qué concluir en un divorcio: "Estoy pensando en Dani y Elena, una pareja de 40 y pocos con 2 gemelos de 3 años, consultaron porque tenían discusiones muy frecuentes por cualquier cosa. La realidad es que había temas en los que no estaban de acuerdo, pero cada vez que intentaban hablar de ellos terminaban enfadados y luego pasaban mucho tiempo sin dirigirse la palabra".

En las sesiones de terapia que esta pareja tuvo con Maguet, pudieron hablar de "cómo se habían sentido cada uno desde que habían pasado de ser pareja a ser padres y esto les ayudó a ponerse mucho más en el lugar del otro. Prestamos atención a la forma en la que cada uno afrontaba las diferencias y vimos que tenían 2 estilos diferentes de manejar los conflictos. Dani prefería no hablarlos porque siempre terminaban discutiendo, así que intentaba dejar pasar las cosas y esperar a que se calmara el ambiente. En cambio, Elena, necesitaba hablar las cosas, aunque reconocía que al hablarlas se alteraba mucho y fácilmente terminaba enfadada. 
Al identificar todos estos patrones, pudimos buscar alternativas que les ayudaron a irse acercando de nuevo y recuperar la confianza, la complicidad, la conexión y, por supuesto, la intimidad".

Un 'mercado' muy amplio de príncipes y princesas
España es un país en con indicadores de tolerancia hacia el divorcio similares a los que tiene Suecia, que tiene una tasa de divorcio mucho mayor que la nuestra. Estamos más acostumbrados que las generaciones anteriores, también, asegura Luis Ayuso, "tenemos más experiencias de pareja que ninguna generación anterior, y, por tanto, estamos más familiarizados con dejar y con que nos dejen".

España es, asimismo, un país en el que las personas de entre 35 y 39 años no tienen hijos porque no encuentran parejas lo suficientemente estables para ello, según la Encuesta de Fecundidad del año 2018:
 "O sea que el tema de buscar pareja no es una tontería, sino que ya sabemos que está afectando a por qué no se tienen hijos, porque no hay parejas estables. Parejas para estar un rato hay muchas, pero para ser padres no hay tantas".

Y sí, en los últimos años, gracias a la digitalización, se han ampliado las opciones de encontrar pareja, se han alterado los 'mercados matrimoniales', tenemos más relaciones a lo largo de nuestra vida, explica Ayuso, algo que afecta paralelamente a los divorcios: "A la hora de divorciarnos hay que tener en cuenta el contexto, entonces una de las cosas que están cambiando es cómo nos emparejamos. Tradicionalmente, tú controlabas el mercado, entendiendo el mercado como los potenciales chicos o chicas con los que te podías emparejar. Tú tenías los chicos del barrio, los de la universidad...".

"Siempre cuando llegues a tu casa vas a tener la duda de si puedes encontrar algo mejor"

¿Qué ocurre entonces en 2024? Pues que con la digitalización esos círculos se han ampliado, porque puedes conocer gente de muchos lugares distintos y eso hace que "el coste de oportunidad aumente, es decir, si tú estás con una persona no estás con otra. Si tú conoces por redes a la mejor persona del mundo, quedas con ella, estás totalmente enamorado de esa persona, siempre cuando llegues a tu casa vas a tener la duda de si puedes encontrar algo mejor; eso antes ocurría mucho menos", manifiesta Ayuso. Generando esto una serie de pensamientos que pueden desencadenar en una ruptura.

Luis insiste en que "la expectativa ha cambiado porque los mercados matrimoniales han cambiado y como está muy fácil el acceso a un mercado donde hay mucha gente, a través del móvil o a través del ordenador, aunque conozcas a la mejor persona del mundo siempre tienes la duda de si puedes encontrar algo mejor porque al final estamos conectados todos con todos. Aunque conocí a mi princesa, puede haber muchas más princesas, y eso también hace que si nos cansamos sea mucho más fácil romper".

lunes, 4 de noviembre de 2024

¿Cómo predecir un divorcio? Los 4 Jinetes del Apocalipsis

Estos son los 4 comportamientos que predicen un divorcio, según un psicólogo.
El terapeuta John M. Gottman ha desarrollado una teoría que le lleva a saber, con un 94% de exactitud, si una pareja se va a separar o no.
Estibaliz Urcelay, 03 Nov 2024 
John M. Gottman es profesor de psicología en la Universidad de Washington y codirector del Seattle Marital and Family Institute. Ha publicado más de 100 artículos y decenas de libros sobre las relaciones sentimentales. Gracias a esta labor en el estudio de la familia y la pareja, ha sido galardonado en múltiples ocasiones. El experto ha desarrollado un nuevo e innovador enfoque en la terapia de los cónyuges. Esta teoría se basa en una investigación llevada a cabo durante 40 años con más de 3 mil parejas en 12 estudios diferentes.

Junto a su esposa y colaboradora, Julie, los realizaron en lo que nombraron como “el Laboratorio del amor”, tal y como detalla el portal web Centro Privado de Psicoterapias. Dentro de la Universidad de Washington, se creó un departamento equipado donde los participantes contaban con todas las comodidades que podrían tener en sus casas o en un hotel. Al estilo Gran Hermano, las parejas pasaban un fin de semana en este lugar, mientras los expertos observaban sus conductas.

Las indicaciones eran sencillas: actuar como en su vida cotidiana y en momentos se les solicitaba que hablaran de temas más banales o algunos más polémicos. Mientras ellos efectuaban sus tareas, los psicólogos realizaban lecturas de su actitud, analizando cómo de relajados o tensos estaban, sus conversaciones y las interacciones.

Más de 2 décadas de análisis.
Todos estos años, le han llevado a Gottman a saber con un 94% de exactitud si una pareja se va a separar después de escucharlos discutir. El psicólogo parte de 2 ejes principales para definir el estado de una relación: el grado de amistad y la forma en la que los cónyuges gestionan sus conflictos. Acorde al experto, no sirve de nada resolver las disputas si no existe una sólida amistad de base que sostenga la relación.

El terapeuta desarrolló la teoría de Los 4 jinetes del Apocalipsis, una metáfora para describir, con alta precisión, los compartimientos que predicen si una pareja está destinada al divorcio. Se trata de 4 comportamientos que, de sostenerse en el tiempo, llevará a la relación de pareja a romperse con seguridad.

Las críticas destructivas
El 1º jinete es la crítica. Se entiende como una serie de quejas, etiquetas, descalificaciones, reproches o comentarios negativos que ponen el foco sobre los defectos de la pareja. Son comentarios que se suelen hacer en 2ª persona, con un tono de voz elevado y despectivo, con una postura corporal amenazante y cuyo único propósito es crear culpa y malestar en la otra persona. Por ejemplo: “Nunca recoges la ropa”.

La actitud defensiva
Implica no aceptar los comentarios del cónyuge adoptando, además, una postura defensiva y contraatacando lo que empeora la situación. 
Se percibe como una amenaza y lo que se busca es desviar la conversación hasta darle la vuelta para hacer sentir culpable al otro. Ambos se basan en culpabilizar y responsabilizar al otro del conflicto, siendo difícil llegar a una solución.

El desprecio
Es el predictor de divorcio más decisivo, según Gottman. Incluye insultos, muecas, empleo de la ironía o el sarcasmo y se utiliza con fines ofensivos y para infravalorar a la otra persona. La ira y el resentimiento toman las riendas y vuelven totalmente imposible alcanzar un acuerdo.

El encierro o actitud evasiva
Esta actitud implica dar muestras de indiferencia ante los comentarios, quejas o críticas de la otra persona. Hacer como que no se escucha, mirar a otro lado, hacer que el otro no existe, son actitudes dañinas para ambos y pueden “encender” aún más el comportamiento del que está expresando sus sentimientos.

Es cierto que, en muchas ocasiones, alguno de estos 4 jinetes pueden aparecer en algún punto. Sin embargo, cuantos más aparezcan y cuanto más se repitan, más probable es que acaben con caminos separados.