jueves, 16 de enero de 2025

El Divorcio en España: Aumenta a partir de los 60 años

El divorcio tardío crece en España: los mayores de 60 también rompen sus matrimonios.
Desde 2006 se observa un aumento de los divorcios en mayores de 60 años y una disminución en los otros grupos de edad.
Aurora Gómez Garrido, VozPopuli, 15/01/2025 
El pasado septiembre se cumplieron 43 años de los primeros divorcios oficiales en España tras la aprobación de la Ley 30/1981 que, a pesar de no ser la 1ª, fue todo un reflejo de la bien denominada transición democrática. Julia Ibars fue la 1ª mujer divorciada tras la implantación de esta ley. 
El divorcio era una novedad, pero su estigma social y religioso aún era profundo. Esto explica la gran cobertura mediática que tuvo aquel 1º caso.

No sería hasta 2005 cuando comenzaron a surgir avances como el divorcio exprés y el fondo público de garantía del pago de alimentos. Tampoco debería olvidarse la labor de las llamadas “divorcionetas”, furgonetas donde “patrullan” especialistas en la materia en busca de clientes para tramitar divorcios exprés a precios de bajo coste.
Sin duda, la legalización del divorcio en 1981 significó todo un antes y un después en la estructura familiar y en los valores tradicionales. 
La tasa global de divorcios se disparó de manera exponencial a pesar de la resistencia ejercida por los sectores más conservadores de la sociedad española.

Una decisión pospuesta
Las palabras del entonces ministro de Justicia, Francisco Fernández Ordóñez, pronunciadas en 1981, siguen resonando hoy: “No podemos impedir que los matrimonios se rompan, pero sí podemos disminuir el sufrimiento de los matrimonios rotos”. Sin embargo, y aunque hayan pasado 4 décadas, es en la población mayor donde más se reflejan.

Efectivamente, la tasa global de divorcios en España lleva experimentando unas décadas de cambios en su estructura por edades y evolución. 
Desde 2006 se observa un aumento de los divorcios en mayores de 60 años y una disminución en los otros grupos de edad, según los datos más recientes del INE.

Las cifras lo dicen todo
La reducción del número de matrimonios explica, en parte, este descenso paulatino de la tasa global de divorcios. Sin embargo, una vez más, podemos observar la heterogeneidad de los fenómenos sociales. 
En un contexto de disminución generalizada, las disoluciones matrimoniales en mayores de 60 años han aumentado un 47 % entre 2013 y 2023 en España, y casi la mitad (48 %) ocurren en matrimonios de más de 15 años, según las mismas fuentes.

Este fenómeno está siendo denominado divorcio tardío. Se trata de aquella ruptura matrimonial que se pospone a las edades avanzadas o bien tiene lugar después de muchos años de convivencia.
Varias causas explican este fenómeno. El aumento de la longevidad y la mejora en la salud de las personas mayores son las principales, así como los cambios sociales. Todo ello ha permitido el surgimiento de nuevas formas de experimentar la vejez y la jubilación.

Destacan también los avances en igualdad y el feminismo, que han empoderado a las mujeres. Estas ahora tienen consciencia crítica sobre su papel como cuidadoras del hogar y de la familia. En muchos casos, también sobre las actitudes violentas que hasta la ley del 81 habían sido normalizadas e invisibilizadas. No olvidemos que el amor líquido del que hablaba el sociólogo polaco Zygmunt Bauman –relaciones sin calidez, fugaces y superficiales– se aplica a todas las edades.

Cuando los hijos se van de casa

Estudios recientes indican que una de las principales motivaciones para posponer la decisión de divorciarse es esperar a la emancipación de los hijos del hogar familiar.
Esta situación ha sido denominada síndrome del nido vacío y podría percibirse como una forma de facilitar el proceso de ruptura. 
Por un lado, se eliminan aspectos administrativos relacionados con la custodia y la manutención. Y, por otro, se minimizan los posibles traumas que la separación podría ocasionar en hijos cuando son pequeños.

El mayor tiempo libre tras la jubilación a menudo viene acompañado de un cuestionamiento de las expectativas vitales, así como de una mayor exigencia de las mujeres respecto a la participación de sus parejas en las tareas domésticas. 
Este último aspecto puede dificultar la relación conyugal, especialmente si los hombres no han incorporado los cambios sociales en sus representaciones matrimoniales, lo cual les lleva a no adaptarse a las nuevas exigencias de igualitarismo familiar.

Las mujeres ganan autonomía
Finalmente, el impacto diferencial del divorcio en hombres y mujeres deja traslucir otro dato importante que tiene que ver con las mujeres: diversos estudios muestran que estas tienden a permanecer solteras tras divorciarse. 
Si encuentran pareja, lo suelen hacer más tarde que los hombres y tienen una menor propensión a la cohabitación.

Por tanto, la evidencia indica que las mujeres mayores perciben el divorcio como una oportunidad para mejorar su autonomía y liberarse de las tareas del cuidado de sus maridos. La ruptura también beneficia significativamente a las mujeres que han vivido experiencias machistas y de violencia en sus matrimonios. Pero, en cualquiera de los 2 casos, la disolución se muestra como una vía para finalizar el sufrimiento vivido y otros problemas resultantes del mal funcionamiento del matrimonio.

En definitiva, el divorcio es un fenómeno complejo y multifactorial, caracterizado por su heterogeneidad, donde factores como la edad y el género ejercen una influencia significativa en sus tendencias.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

miércoles, 15 de enero de 2025

Divorcio 2025: “La adjudicación de la vivienda sigue siendo cuestión clave en una crisis de pare

Luisja Sánchez, Periodista jurídico, 14/01/2025 
Carmen Varela, abogada de familia: “La adjudicación de la vivienda sigue siendo cuestión clave en una crisis de pareja
Esta experimentada letrada está ahora introduciendo el arbitraje, siguiendo las pautas de la UIA en declaraciones de gananciales.

Más de tres décadas lleva Carmen Varela desde su Barcelona natal siendo uno de los referentes del derecho de familia en nuestro país. A lo largo de estos años ha visto la evolución de los conflictos familiares, que se han ido complicando a medida que han ido surgiendo modelos de familia diferentes del convencional, la falta de respuesta del legislador ante esas nuevas realidades y el papel de los jueces, en especial los de la Sala Civil del Tribunal Supremo, que han resuelto cuestiones pendientes sobre este actual panorama.

En especial, muchas de las sentencias de esa sala Civil del Supremo han resuelto asuntos preocupantes para las familias, como ha sido el tema de la custodia compartida, la adjudicación de la vivienda o los derechos de la pareja de hecho, un colectivo con menos derechos que un matrimonio convencional. 
Precisamente, ahora se espera que el Tribunal Constitucional respalde o no la Ley de vivienda de parejas de hecho catalana tras una cuestión de inconstitucionalidad planteada, pero aún no resuelta. “Por el momento sabemos que anuló la Ley de parejas de hecho de Valencia y la de Navarra, con lo cual las perspectivas en Cataluña no son muy optimistas”, expresa Varela.

Esta abogada, como muchos otros españoles, ha seguido la actividad de nuestros 2 principales partidos políticos, que este domingo y este pasado lunes presentaron distintas medidas para resolver el problema de la vivienda. A su juicio, sería bueno que llegasen a un pacto de Estado de vivienda. Tal y como nos comentaba Cristina Vallejo, otra abogada experta en la materia, Valera también coincide en que los alquileres se han disparado y comprar una vivienda no es fácil.

La vivienda sigue siendo el principal problema cuando hay una separación de pareja. El tema sería más sencillo si hiciéramos como en Inglaterra, donde hay un tribunal para todo lo que tiene que ver con los niños y hay otro para las cuestiones de patrimonio. Nosotros en España, al vincular el uso de la vivienda con la custodia, el que tiene los niños tiene el uso de la vivienda, lo que genera bastantes problemas. Que la custodia se una a la adjudicación de la vivienda complica mucho los procesos. La solución sería seguir el modelo inglés para evitar este tipo de conflictos”, comenta.

Ahora, los abogados de familia están bastante enfadados con el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones de las Cortes. En marzo del 2024, su secretario de Estado, Manuel Olmedo, aseguró ante un auditórium formado por medio millar de juristas convocados por la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y otra docena de periodistas —entre los que nos encontrábamos— que la reivindicación histórica de contar con una sección de familia capacidad e infancia sería una realidad en la Ley de Eficiencia Procesal, ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pero la aprobación de la Ley no ha traído ese cumplimiento obligatorio, sino algo voluntario.

No solamente no han creado dicha sección, sino que la han complicado porque las grandes ciudades siguen teniendo sus jugados especializados en familia, pero en los juzgados mixtos llevan de todo. Ahora tienen más trabajo. Les ponen familia, junto con penal o civil y las incapacidades. Al mismo tiempo, esta Ley de Eficiencia quiere que los juzgados de violencia de género lleven todos los asuntos relacionados con agresiones sexuales, lo que puede generar cierto colapso. De momento no tendrán más recursos y Justicia tampoco se plantea remunerarles mejor. Desde esta perspectiva, la Ley de Eficiencia es una gran equivocación”, critica.

Para esta letrada, “no parece claro que introducir la mediación y los métodos alternativos de solución de controversias (MASC) como elementos obligatorios vaya a generar menos procesos judiciales. De momento las intentonas que se han hecho de derivaciones de juzgados de familia de Madrid y Barcelona a mediación no ha conseguido frenar la ola de asuntos, que sigue creciendo. El que quiere mediar, lo hace desde el inicio, no hace falta una ley que le obligue a hacerlo antes de interponer su demanda civil o mercantil. Nosotros en el despacho apostamos ahora mucho por el arbitraje en temas patrimoniales para evitar litigios sobre los bienes gananciales de una pareja que pueden durar años”.

En su opinión, una ley de este tipo que cambia la organización total de la Justicia implica la necesidad de «dotarla de medios técnicos como de profesionales especializados que puedan afrontar este cambio hacia los tribunales de instancia y de reformas legislativas. En el Código Civil común se habla aún del delito del abandono de hogar, que ya no existe pero que ahí sigue en esta norma centenaria que ha sufrido muchos cambios. El legislador en materia de familia debe hacer su trabajo y no delegar tanto en el poder judicial, cuya encomienda queda clara que es juzgar por encima de todo».

Los juicios online no funcionan
Otro tema que es mejorable en todos los juzgados españoles es el uso de las videoconferencias y de los teams, tanto en algunas comparecencias como en algunos juicios que se presten a ello. Para Varela, “hay más interés en acudir a estos métodos online tras el Covid, donde se avanzó mucho en los juicios online, pero para que se utilicen tienen que funcionar, cuestión que en muchos juzgados se producen muchos fallos sobre su funcionamiento, mientras que en otros no existen. La falta de medios de nuestros juzgados debe ser el objetivo principal de esta nueva Ley de Eficiencia Organizativa, por encima de todo”.

Esta boutique legal que Carmen arrancó hace 7 años, en este último año ha crecido en tamaño y ya cuenta con una decena de profesionales de los que 5 son letrados. La expansión es progresiva y esta boutique legal no descarta abrir oficina en Madrid, de donde llegan muchos asuntos de toda índole. 
Lo estamos estudiando para ver el momento adecuado de cuándo nos vamos a ubicar en Madrid, una de las ciudades referentes de nuestro país», celebra.

Su hija, Julia Camón, se ha incorporado como socia y lidera el área del departamento penal-familiar y también —como es el caso de Carmen, una de las fundadoras de la Asociación contra la sustracción internacional de menores (ASIME)— forma parte de esta red de juristas. Sobre esa sustracción de menores, los datos dicen que el fenómeno empeora. «Ahora en España estamos en unos 700 casos anuales. Cada vez hay más movilidad geográfica, lo que genera problemas. Al final, cuando uno se divorcia y vive en otro país, tiende a volver a sus país de origen y ahí hay problemas si hay hijos por medio”, menciona.

En los últimos, la firma que lleva su nombre, gracias a la actividad de su socia fundadora en la Unión Internacional de Abogados (UIA) como en la Asociación Internacional de Abogados de Familia (AIJUDEFA) —entidades a las que sigue a través de los eventos que organizan— han crecido los asuntos internacionales en la misma proporción que los domésticos.

Como antes comenté, queremos introducir el arbitraje en derecho de familia en el ámbito patrimonial para evitar las larguísimas litigaciones de gananciales y los procesos largos también para liquidar bienes. En la propia UIA hemos visto que en muchos países la aplicación del arbitraje funciona bien en este tipo de prácticas. Ahora hay que ver cómo lo desarrollamos en España”, subraya.

El despacho está trabajando en contar con su propio modelo de inteligencia artificial (IA), sobre todo a nivel de herramienta que ayude a los abogados de la firma a mejorar la redacción y documentación de las demandas que se lleven al juzgado. Para Varela, se trata de la optimización del tiempo y ser más operativo
Es un elemento útil para la gestión de despacho, a nivel administrativo también. Una de las ideas que tenemos para este 2025 es tener un Copilot solo para el despacho, práctica que muchas firmas norteamericanas así lo implementan. Sabemos que es una herramienta que nos puede ayudar a ser más eficaces, tanto a nivel interno como en las relaciones que mantengamos con los clientes”.

lunes, 13 de enero de 2025

El 'caso Juana Rivas' enfrenta a jueces y organizaciones feministas

...... por las críticas a la última actuación judicial.
La Coordinadora Estatal contra la Violencia Vicaria denuncia desprotección y falta de diligencia, mientras que togados critican un "ataque personalizado" hacia una compañera.
María G. San Narciso, Madrid,  12 ENE 2025 
La decisión del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 2 de Granada, que ha rechazado resolver sobre si el hijo de Juana Rivas debía quedarse en España o volver con su padre a Italia, ha agitado aún más todo lo que rodea a un caso que lleva cerca de nueve años siendo objeto de gran atención mediática
La última en tomar voz ha sido la Coordinadora Estatal para la Erradicación de la Violencia Vicaria y la Violencia de Género Institucional, que ha respondido al comunicado de apoyo de 107 jueces y juezas de violencia a la magistrada Aurora Angulo.

Mientras que los jueces de violencia creen que se está produciendo un "ataque personalizado" a su compañera y un intento por "iniciar una campaña mediática" dirigida a estigmatizar cualquier decisión judicial que pueda resultar contraria a los intereses" de Juana Rivas, la Coordinadora VVVI, que desde 2022 agrupa a diversas organizaciones dedicadas a combatir la violencia vicaria y la violencia de género institucional, señala en una carta de respuesta algunos casos concretos de actuación judicial que, según ellas, no cumplieron con los estándares de diligencia debida, generando desprotección para las víctimas. Defienden que se pueda criticar actuaciones judiciales y se centran, sobre todo, en el caso de Juana Rivas.

"Consideramos que, partiendo de argumentos jurídicos (y obviamente sin utilizar expresiones ofensiva o aportar datos falsos), criticar las actuaciones de un juez o jueza, en cuanto que servidores públicos cuyas resoluciones, en determinados casos, tienen evidente interés para la opinión pública, no solo forma parte del legítimo derecho a la libertad de expresión, sino que es síntoma de una sociedad avanzada, con capacidad para profundizar en la mejora de su sistema de Justicia", asegura la Coordinadora.

Las críticas del caso
En la misiva, critican decisiones puntuales de la jueza Angulo que, en su opinión, no cumplieron con los estándares de diligencia debida, sobre el caso de Juana Rivas, quien denunció nuevos episodios de maltrato por parte de su expareja. Destacan, por ejemplo, retrasos en la traducción y remisión de la denuncia a las autoridades en el pasado. Aseguran que el auto de la jueza del Juzgado N.º 2 de Violencia sobre la Mujer de Granada, que "niega a Rivas la posibilidad de presentar la denuncia en el territorio español", les dejó a ella y a "sus hijos en una situación de total abandono, generándoles, en consecuencia, una gravísima situación de indefensión". 
Además, indican que el mismo juzgado desestimó solicitudes de medidas de protección para los menores en 2017.

Por último, denuncian que ante el "Informe de Valoración Policial de Riesgo (VioGén)", hecho por "personal de la Guardia Civil altamente cualificado", y que "concluye que es de riesgo alto, y califica de caso de especial relevancia", el Juzgado de Violencia sobre al Mujer N.º2 de Granada decrete un "sobreseimiento provisional, sin la práctica de ninguna actuación, ni escucha de las víctimas". En su opinión, esto desoye "no solo la denuncia presentada por la parte afectada, sino la valoración de los Cuerpos de Seguridad del Estado y la petición de los Servicios Públicos Especializados en Violencia de Género".

Datos alarmantes
Así, la Coordinadora destaca la necesidad de autoexigencia y evaluación permanente en el sistema judicial especializado, al ser, como dicen los propios jueces, "la pieza necesaria y fundamental para que todas las actuaciones dirigidas a la concienciación en la lucha contra la violencia de género lleguen a buen fin". 
Por eso, creen que la "crítica ha de formar parte de las reglas de juego de un auténtico estado de Derecho".

También subrayan que la falta de diligencia y la resistencia a la crítica generan desconfianza en las víctimas y en la sociedad, debilitando la lucha contra la violencia de género.
En este sentido, aportan algunas cifras "alarmantes" del Observatorio Estatal contra la Violencia Doméstica y de Género. En su informe de 2023, este mostró que en solo un 12,75% de las órdenes de protección se suspendió el régimen de visitas al "padre maltratador", pese a que "desde 2021 esta debe ser la regla general". Además, apenas el 0,59% de las medidas incluyen protección específica para menores.

Los jueces defienden a su compañera
Este pasado viernes, un centenar de jueces y de juezas emitieron un comunicado, al que después se adhirió el Foro Judicial Independiente, en el que criticaban la nota de prensa difundida por equipo jurídico de Juana Rivas. El texto enviado a los medios de comunicación por el despacho de abogados comenzaba así: "Quédense con este nombre: Aurora Angulo. Es la jueza del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 2 de Granada…".

Para los jueces, la crítica que se está produciendo sobre su compañera es un "ataque personalizado" y un intento por "iniciar una campaña mediática" dirigida a estigmatizar cualquier decisión judicial que pueda resultar contraria a los intereses" de Rivas.
En su manifiesto aseguraban que, cuando "se desprestigia a una compañera por su actuación profesional en un caso concreto que es objeto de una enorme atención mediática, se desprestigia en definitiva a todo el sistema judicial".

También la Asociación Profesional de la Magistratura defendió en otro comunicado "la independencia de los jueces y magistrados que desempeñan sus funciones" en España. "Las resoluciones judiciales están sujetas a crítica, pero los términos de la nota de prensa [de Aránguez Abogados] resultan de todo punto rechazables por suponer un ataque personal y directo a la juez encargada del caso y a la independencia judicial".

"Las resoluciones dictadas en el seno del procedimiento podrán ser recurridas ante la instancia superior, no siendo admisible en democracia el señalamiento público de los jueces por actos realizados en el ejercicio de sus funciones", añadían.

martes, 7 de enero de 2025

Adiós a la pensión compensatoria: estos son los supuestos en los que pueden anular el pago tras un divorcio

El cese del desequilibrio económico entre ambas partes, contraer matrimonio de nuevo o convivir maritalmente con otra persona
son las principales causas.
As.com, 6 Enero 2025 
La pensión compensatoria es el ingreso económico que recibe una persona por parte de su excónyuge cuando tras el divorcio la situación económica empeora de manera considerable. 
Según el Boletín Oficial del Estado (BOE),es un derecho personal que la Ley reconoce al cónyuge al que la separación o el divorcio produce un empeoramiento en la situación económica que gozaba durante el matrimonio, colocándole en posición de inferioridad frente a la que resulta para el otro consorte”.

No obstante, esta pensión podría llegar a anularse en un momento dado, especialmente si se producen una serie de causas. El art. 101 del Código Penal establece 3 supuestos en los que esta pensión se anularía: 
a.- por cesar la causa que lo motivó, 
b.- por contraer un nuevo matrimonio 
c.- o por vivir maritalmente con otra persona.

La causa principal por la que se establece este tipo de pensión es por un desequilibrio económico notable, por lo que si tras el divorcio, este desequilibrio deja de ser remarcable podría ser motivo de supresión del ingreso. 
Esto puede producirse por varios factores como un acceso al mercado laboral o el recibimiento de una serie de bienes, por ejemplo, a través de una herencia. Cabe destacar que mostrar falta de interés por la parte beneficiaria de acceder al mercado laboral también puede ser motivo de anulación de la pensión compensatoria.
El fallecimiento del deudor no es motivo de anulación

En 2º lugar, si el acreedor contrae un nuevo matrimonio, también se extingue su beneficio de cobro. La emisión de una demanda una vez se conoce la nueva situación de nuestra expareja tiene un efecto retroactivo, es decir, su extinción se hace desde el momento en que contrae matrimonio y no desde cuando se tiene conocimiento del mismo. De igual manera ocurre si convive de forma habitual con una pareja, por ejemplo, en el caso de las ‘parejas de hecho’. Si bien en este caso se necesitarán una serie de pruebas que lo demuestren como testigos, fotografías…

En cualquier caso, no supone la anulación del pago si fallece el deudor, aunque los herederos de este sí podrían solicitar una reducción o supresión de esta en caso de que existan deudas heredadas o esta herencia “afectara a sus derechos en la legítima”.
La modificación o extinción de la pensión compensatoria se puede hacer mediante 2 vías: por un lado, a través de un acuerdo entre ambas partes (lo más recomendable) y por otro lado, mediante una demanda. 
Esta última ha de estar acompañada de pruebas evidentes que demuestren que se ha dado un cambio sustancial en las circunstancias anteriormente descritas.

Cada 6 minutos se divorcia un matrimonio en España: Los motivos y efectos colaterales

En el año 2023 se produjeron 80.065 casos de divorcio en España, lo que supuso una tasa de 1,7 por cada 1.000 habitantes.

Alberto García Cebrián, 06.01.2025

Según el INE durante el año 2023 se produjeron 80.065 casos de separación y divorcio. Lo que supuso una disminución del 5,3% respecto al 2022 y una tasa de 1,7 por cada 1.000 habitantes. Todo apunta a que el 2024 el número ha aumentado, pero no se suelen saber datos oficiales hasta pasados unos meses.
A pesar de ello, tomando como referencia los datos de 2023, en España de media se producen 219 divorcios al día, o lo que es lo mismo, 9 divorcios por hora
La cifra es más llamativa cuanto más se reduce la franja de tiempo, pues en nuestro país se produce un divorcio cada 6 minutos.

Vivimos en una sociedad que está en constante evolución. Cada vez son más las parejas que deciden no casarse y optan por ser pareja de hecho
Otras parejas incluso prefieren no convivir, son las denominadas parejas LAT.
En España el 92% de los matrimonios se casan en separación de bienes y prefieren no tener gananciales ni compartir su patrimonio. Cada vez son más las parejas que deciden no tener hijos pues seguimos en caída de la tasa de natalidad.

De manera correlativa tenemos cada vez más mascotas, pues estás se han convertido en un miembro más de las familias. Se está empanzando a acuñar la palabra “perrijos” para describir el vínculo de cariño y afecto que se crea con los perros hasta el punto de ser tratados como hijos.

Con la inflación y las dificultades económicas de las familias muchos matrimonios directamente no pueden divorciarse. Existe una dificultad de poder costear vidas por separado, principalmente por no poder pagar 2 viviendas que les permitan hacer vidas independientes.
Se calcula que 1/3 de los matrimonios que quieren divorciarse no pueden hacerlo por dificultades económicas. De hecho, la principal causa de divorcio en España ha pasado a ser las dificultades económicas que acaban dinamitando la relación sentimental.

Esto es un grave problema pues hay muchos matrimonios forzosos que se mantienen por sentir que no tienen la opción viable de divorciarse.
Todo esto nos muestra la radiografía de los matrimonios en España en la que cada 6 minutos se produce un divorcio. Pero en esas cifras no constan los matrimonios que realmente querrían divorciarse, pues la cifra sería mucho mayor.

La situación de los divorcios en España.
La media de edad en la que más matrimonios se rompe es en la crisis de los 40 años. Y la duración media de los matrimonios que se divorcian es de 16.4 años. 
El plazo medio de las hipotecas en España es de 24 años. Por lo que una situación muy frecuente son los matrimonios que se casan e hipotecan y cuyo matrimonio acaba antes que la hipoteca.
Con la inestabilidad matrimonial que tenemos los matrimonios que se hipotecan a 30 y 40 años lo que están haciendo es hipotecar un matrimonio. Que estadísticamente no durará tanto como el compromiso hipotecario de pago de la vivienda familiar.

La proporción entre los sueldos e ingresos en España y el precio de la vivienda dificulta enormemente que una persona sola pueda comprarse una vivienda. Pero en pareja, lo más probable estadísticamente es que acabe en ruptura y termine el matrimonio antes que la hipoteca.

Todo esto, unido al elevado precio del coste de vida hace que gran parte de los divorciados tengan grandes dificultadles para llegar a fin de mes, pues a las obligaciones individuales se les suma las necesidades de los hijos, préstamos.. etc. Muchos divorciados en España incluso tienen que irse a vivir en habitaciones, pero en pisos compartidos ni tan siquiera pueden cuidar de sus hijos.

Violencia doméstica y denuncias falsas

Otros Medios: edatv.news
Solo 2 de cada 10 denuncias por violencia de género terminan con la condena del hombre.
España ha registrado 2,7 millones de denuncias en toda su historia, pero sólo ha habido 600.000 sentencias condenatorias.
Marcos Ondarra, 06/01/2025 
Desde que entró en vigor la Ley Integral de Violencia de Género, aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2004, se han presentado en España 2.679.446 denuncias relacionadas con la materia, lo que arroja una media de casi 150.000 al año. De esa cifra total, 598.694 han terminado en condena (la mayoría por conformidad) y 2.080.752 en absolución. Esto es, solo el 22,3% de las denuncias por violencia de género concluyen con la condena del hombre acusado, según los datos publicados en el Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Número de denuncias, condenas y absoluciones en casos de violencia de género desde que el CGPJ recaba datos.

Esto significa, por tanto, que el 77,7% de los denunciados acaba siendo declarado inocente o no culpable. Hay quienes sostienen que esto es debido a que el sistema es garantista y exige una prueba muy contundente y difícil de aportar, y hay quienes creen que esto es así porque la gran mayoría de las denuncias son falsas. Sea como fuere, ambas partes coinciden en que ese porcentaje incluye a quienes han sido denunciados con fundamento y sin fundamento.

La abogada penalista Paula Fraga atribuye estos datos a que «tenemos un sistema garantista que no enerva la presunción de inocencia y, por norma general, si no hay una prueba muy contundente o fehaciente no se condena a nadie». Por otro lado, Juanma Melgar, portavoz de la Fundación Para la Defensa de los Hombres Maltratados, sostiene que en realidad los inocentes son incluso más, pues habría muchos de ellos dentro de los condenados por conformidad.

«Los abogados de oficio instan a muchos denunciados a aceptar la condena por conformidad: les dicen que lo más seguro es que van a ser condenados y les impedirán ver a los hijos, pero que si aceptan la condena por conformidad solo tendrán que hacer un cursillo, un servicio a la comunidad y/o una multa y podrán ver a su hijo en un punto de encuentro», sostiene Melgar, que es mediador familiar, y que considera que esto es así porque «los juzgados de violencia de género están saturados, así se quitan casos y además abonan el relato con más condenas».

En este mismo sentido, Yobana Carril, abogada experta en derecho de familia, custodia compartida y violencia de género, sostiene que una parte de los condenados por conformidad «se declaran culpables porque no creen en la Justicia y no se arriesgan a una pena mayor»: «Si un padre tiene una denuncia de 6 años de prisión y el fiscal le ofrece 2 años sin entrar en la cárcel, no se arriesga».

Fraga, sin embargo, sostiene: «Los abogados decimos a las clientes en determinado punto procesal que lleguen a un acuerdo porque, aunque sabemos que el hombre es culpable, hay ocasiones en que es difícil probar su culpabilidad», por lo que «los acuerdos de conformidad suelen ser beneficiosos para ambas partes».

¿0,001% de denuncias falsas?
En lo que coincide cualquiera familiarizado con el tema es en que el argumento de que sólo el 0,001% de las denuncias por violencia de género son falsas es una falacia. Este porcentaje representa en exclusiva a las denuncias en que la Fiscalía actuó de oficio y condenó a la parte denunciante. «Esa es una cifra ridícula», denuncia Melgar, que explica que si fuera así «en 2023 solo habría habido 2 casos, y yo mismamente he tratado cientos sólo ese año».

«Hay una gran cantidad de denuncias con indicios de falsedad que no se persiguen», abunda Melgar, portavoz de una fundación que en 2024 atendió a más de 800 hombres maltratados, la mayoría de ellos denunciados por violencia de género. El problema, según el mediador familiar, es que «la memoria de la Fiscalía no parte de las denuncias que tienen indicios de falsedad, que oscilan en torno al 30%, sino que parte de las denuncias en las que el fiscal retira la acusación en el juicio oral, y la mayoría de denuncias falsas no llegan a juicio oral».

«En 2023 hicieron seguimiento a 12 denuncias, y la investigación ha terminado en 4: 2 han terminado en condena por denuncia falsa y 2 en absolución. La mitad de las denuncias que la Fiscalía persigue son falsas», zanja Melgar.

Suicidio varonil
El alto indicio de denuncias falsas podría ser uno de los factores que ayudaría a explicar, por ejemplo, la disparada tasa de suicidio varonil. Solo en 2023, cuando se denunció a 200.000 hombres por violencia de género y se absolvió a 150.000, 2.952 varones se suicidaron. En contraste, solo 1.000 mujeres se practicaron la autolisis.

La abogada Yobana Carril, tras haber estudiado profusamente la materia, sostiene que entre un 75% y un 80% de los hombres que se suicidan estaban inmersos en un proceso de divorcio viciado por la Ley Integral de Violencia de Género. «No es tanto por el divorcio en sí. La mayoría de casos son de hombres que llevan años sin ver a sus hijos. Algunos de ellos no saben ni dónde están», explica.

lunes, 6 de enero de 2025

Divorcio: Carta de una mala madre divorciada a los Jueces Magos

Manual de manipulación. Tampoco es cosa de pasarse de ambiciosa y ser una abusona.
INANE MONTERE MONTERA, 05 Ene 2025 
Ilustrísimos Jueces Magos:
Seguro que os acordáis de mí, soy aquella mujer que el año pasado decidió repudiar al padre de sus hijos y desahuciarlo, vamos, expulsarlo de casa y quedarme con el patrimonio acumulado durante la convivencia…
Como ya tenía decidido separarme, el año pasado me dirigí a vosotros para que me concedierais unas cuantas cosas más.

Os vuelvo a escribir este año 2024 que echa a andar, después de la agradable experiencia del año pasado en el que me concedisteis todos los regalos que os pedí, e incluso hubo alguna sorpresa inesperada de última hora. Antes de nada he de deciros que os estoy enormemente agradecida por todo ello.

Me gustó mucho el regalo del piso conyugal, aunque ya vivía en él con mi ex marido, desde ahora sólo lo disfrutaremos mis hijos y yo. Y, por supuesto mi ex marido continuará pagando la mayoría de la hipoteca ¡Como tiene que ser! ¿No?
También estuvo muy bien la pensión que me adjudicasteis para la manutención de mis hijos (por “alimentos” la llamáis vosotros en ese lenguaje que vosotros usáis y que generalmente no entiende casi nadie).

Con parte de ese dinero ya he hecho 2 viajes, pues nada más empezar a cobrar cambié a los niños del colegio privado en el que hasta ahora estudiaban a uno público que es más barato (¡Muchas gracias por no acceder a las peticiones que os hace mi “ex”, para que se revise la pensión de manutención o para que se me pidan cuentas de en qué gasto el dinero que él entrega todos los meses para la manutención –supuestamente- de mis hijos!) 
En esto sigo los sabios consejos de mi amiga Piluca que sabe mucho de estas cosas, pues ella ya se ha divorciado varias veces, y no para de decirme que para nosotras, las mujeres, es un fabuloso negocio eso de divorciarse.

¡Gracias, sobre todo, por la pensión de los niños, París me encantó!

Respecto de que me otorgarais la custodia exclusiva de los hijos, no sé si daros las gracias; pues, como ya es de lo más normal que se discrimine al padre sin contemplaciones por el hecho de ser hombre, sin darle ninguna opción; no sé si otorgaros algún mérito (aunque algunos de vosotros todavía seáis reacios a aplicar la “discriminación positiva” y la «perspectiva de género» en estos asuntos); pienso que mejor es darle las gracias a los políticos que siguen sin cumplir sus constantes promesas de cambiar el Derecho de Familia cuando se aproximan elecciones, pero bueno… de todos modos, os estoy muy agradecida por otorgarme la posibilidad de decidir en exclusiva respecto de todo lo que concierne a la educación y a la crianza de mis hijos y de mantener al margen al padre.

En cuanto a la orden de alejamiento que le impusisteis a mi ex estuvo pero que muy bien.
De todos modos creo que os pasasteis un poquito en mi interrogatorio; pero si ya sabíais que no tenía ninguna prueba, ni testigos, ni nada más que mi declaración; y sabíais de sobra que se trataba de una denuncia falsa por maltrato, como tantas otras que se presentan todos los días en España. 
Entonces ¿Para qué perder tanto tiempo con tantas preguntas?, ¿Acaso no aprobaron los políticos la ley de “violencia de género” (el 28 de diciembre de 2004, día de los “Santos Inocentes”, je, je,je) para condenar a los hombres sin ninguna prueba?.
¡Pues condenadlos y ya está! ¡Que se preocupen ellos de demostrar que son inocentes! Total, si cuando lo consiguen a nosotras tampoco nos pasa nada.

!Ah!, lo olvidaba! Gracias por archivar todas las denuncias que me puso el pesado de mi ex por no dejarlo ver a los niños, pero es que no entiende que los niños son míos, pues yo los he parido, y cuando a mí me parezca ya se los dejaré ver; y si no está de acuerdo que siga poniendo denuncias y vosotros las archiváis, y así que pierda más tiempo y se desespere más, ¡Hombre es que ya está bien!