lunes, 28 de abril de 2014

Rigor de la medida del uso de la vivienda familiar tras el divorcio

Sentencia del  Tribunal Supremo de 3 de abril de 2014, recurso nº 1719/2012. 
Ponente: Excmo. Sr. D. José A. Seijas Quintana
Esta Sala valora, como no podía ser de otra forma, los razonamientos de la sentencia, similares a los ya expuestos en otras ocasiones por esta misma Audiencia Provincial, como valora las criticas que desde distintos sectores se están haciendo contra el rigorismo de la medida de uso de la vivienda familiar que se realiza al amparo del art. 96 del C. Civil, especialmente en unos momentos de crisis económica en que se han puesto en cuestión algunos de los postulados que permitieron su inicial redacción y que se han complicado especialmente en los casos de guarda y custodia compartida, haciendo inexcusablemente necesaria una nueva y completa regulación. Pero lo que no comparte en absoluto, como ya ha tenido ocasión de señalar en reiteradas sentencias procedentes de la misma Audiencia, es que la jurisprudencia de esta Sala se refiera a casos concretos y particulares, como se argumenta.
 
El art. 96 del CC no permite establecer ninguna limitación a la atribución del uso de la vivienda a los menores mientras sigan siéndolo

La sentencia aquí

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