sábado, 15 de marzo de 2025

El Gobierno Vasco regala 2.400 euros extra a las familias con hijos: así puedes beneficiarte

El Gobierno Vasco amplía la ayuda económica para familias con hijos pequeños, extendiendo la prestación de 200 euros mensuales hasta los 4 años
La Razón, 14.03.2025 
El Gobierno Vasco ha dado un nuevo paso en su estrategia para fomentar la natalidad y apoyar a las familias con la ampliación de la ayuda de 200 euros mensuales por hijo hasta los 4 años. Esta medida, que supondrá un desembolso de 112 millones de euros en los próximos 4 años, tiene la intención de aliviar la carga económica de la crianza y ofrecer a los padres un mayor respaldo en los primeros años de vida de sus hijos. Con este cambio, las familias recibirán 2.400 euros adicionales por hijo, lo que se suma a otros incentivos económicos que ya estaban en vigor en el País Vasco.

Hasta ahora, esta ayuda solo se concedía hasta los 3 años de edad, pero el nuevo planteamiento amplía el rango de beneficiarios. Además de esta ampliación, se ha mejorado otra prestación que ya existía: la ayuda de 100 euros mensuales para el 3º hijo y siguientes, que ahora podrá recibirse hasta los 10 años en lugar de los 7, como estaba estipulado anteriormente. Con estas medidas, el Ejecutivo autonómico pretende hacer frente al reto demográfico que enfrenta la región.

Un respaldo económico para la crianza
Entre los gastos en alimentación, pañales, guardería y otros cuidados esenciales, los padres afrontan un desembolso considerable durante los primero años de vida de un menor. En este orden de ideas, la ayuda busca reducir parte de esta carga y dar un incentivo adicional a aquellas familias que están considerando tener hijos en un contexto donde la conciliación laboral y la estabilidad económica son factores clave a la hora de tomar decisiones sobre la natalidad.

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, Nerea Melgosa, ha subrayado que esta medida es una parte fundamental de la estrategia demográfica vasca. "Estamos abordando el rejuvenecimiento del País Vasco, el mantenimiento del equilibrio intergeneracional y la garantía del modelo de bienestar", ha señalado.
Además, desde el Ejecutivo se ha insistido en que estas ayudas no solo buscan fomentar la natalidad, sino también reforzar la estructura social de vasca.

Requisitos para acceder a la ayuda
Para poder beneficiarse de esta prestación, las familias deben cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 27/2023, que regula las ayudas a la crianza en el País Vasco. En 1º lugar, es necesario ser residente y tener hijos a cargo por nacimiento, adopción, delegación de guarda para la convivencia preadoptiva o tutela. En los casos de guarda y custodia compartida, ambos progenitores deberán llegar a un acuerdo expreso para determinar quién solicitará la ayuda.

El objetivo del Gobierno Vasco es garantizar que estas ayudas lleguen a quienes realmente las necesitan y evitar cualquier tipo de traba burocrática que pueda dificultar su acceso. Por ello, se espera que el proceso de solicitud sea ágil y que las familias puedan recibir la ayuda en los plazos establecidos sin grandes dificultades.

Asimismo, desde el Gobierno Vasco también se espera que estas medidas contribuyan a reducir la desigualdad en el acceso a recursos esenciales para la infancia, asegurando que todos los niños tengan las mismas oportunidades desde sus primeros años de vida. Además, se trata de un incentivo para que las familias que ya tienen hijos puedan afrontar con mayor tranquilidad la posibilidad de ampliar su núcleo familiar sin que ello suponga un desajuste financiero excesivo.

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IRPF 2024: Divorcio y Pensiones

Otros Medios: 20minutos,
Extracto de la Declaración del IRPF 2024: Pensiones.
Marga Castilloexpansion, 13 Marzo 2025 
8. Situación civil, subvenciones y ayudas públicas
Para aprovechar las ventajas fiscales, los técnicos instan a modificar el borrador cuando cambie la situación civil o familiar, sea por matrimonio, nacimiento o adopción de hijos.

En caso de separación o divorcio con pensiones compensatorias o de alimentos a favor de los hijos, implica modificar el borrador de la siguiente manera:
En la declaración del pagador, la pensión compensatoria pagada reduce su base imponible general sin que pueda resultar negativa. El remanente, si lo hubiera, reducirá la base imponible del ahorro sin que la misma, tampoco, pueda resultar negativa como consecuencia de dicha disminución. En cambio, en la declaración del perceptor, la pensión compensatoria recibida del cónyuge es un rendimiento del trabajo no sometido a retención por no estar obligado a retener.

En la declaración del pagador, las anualidades por alimentos a favor de los hijos satisfechas no reducen la base imponible general, sino que se sujetan a un tratamiento especial consistente en que, cuando el importe de dichas anualidades sea inferior a la base liquidable general y no se tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, se someten a gravamen separadamente con el fin de limitar la progresividad de las escalas del impuesto.
No tiene repercusión fiscal para los hijos perceptores de dichas anualidades al considerarse rentas exentas.

Simulador de la Renta 2024-25: ya puede consultar si la declaración le sale a pagar o a devolver

domingo, 9 de marzo de 2025

las herencias en caso de divorcio o separación: “No hay compromiso de dejarle nada”

Más información: 
Heredar puede salir caro en España: la trampa fiscal que muchos desconocen del impuesto de sucesiones.
Cuando los herederos no se ponen de acuerdo: ¿cómo cobrar la herencia en España según la ley?.
David Jiménez y las herencias en caso de divorcio o separación: “No hay compromiso de dejarle nada”.
Te contamos las diferentes situaciones que pueden darse y que afectan tanto al cónyuge como a los hijos.

Valentín Bustos, 8 marzo 2025 
Hasta que la muerte os separe, o hasta que haya de por medio un divorcio o una separación. Así es el amor. Pero la pregunta que surge es qué ocurre con el reparto de una herencia si se da alguno de estos casos.
Para responder, el abogado experto en herencias, David Jiménez, subraya que “el divorcio tiene un impacto significativo en las herencias”. Conviene recordar que el cónyuge posee derechos hereditarios al ser heredero forzoso
Así está recogido en el art. 834 del C.Civil.
Pero si deja de serlo, bien por divorcio, separación legal e, incluso, si existe separación de hecho, perderá sus derechos hereditarios a dicha legítima. Y no podrá recibir nada de la herencia de su ex”, remarca el también economista y CEO de Eyco Abogados.

¿Qué ocurre con la herencia en caso de divorcio o separación?
Cuando una persona casada se divorcia deja de tener derechos sobre la herencia de su cónyuge. ¿Por qué? Porque ya no se le reconoce legítima alguna. Por tanto, no tendrá obligaciones sucesorias respecto a su anterior mujer o marido. “No hay compromiso de dejarle nada. La separación de los padres no afecta a la legítima de los hijos”, subraya David Jiménez.

Otra pregunta que surge es si la expareja podría recibir parte de la herencia después del divorcio. Con carácter general, no aunque hay matices que conviene reseñar. 
Por ejemplo, si se le ha reconocido algún derecho en el testamento por su condición distinta a la de ser cónyuge.
La ley permite disponer de parte de tu herencia a favor de extraños, por lo que conviene revisar el testamento para ver su concreta redacción y evitar, al menos, un conflicto interpretativo”, indica Jiménez.

Por ejemplo, supongamos que una persona le da 1 tercio de libre disposición a otra. “¿Se lo deja en su condición de cónyuge y, por tanto, al no serlo ya no hereda, o por mera voluntad distinta de dicha obligación legal? Conflicto al canto”.

Otro supuesto es cuando hay hijos comunes. “Imaginemos el siguiente caso. Matrimonio con hijos menores. Se divorcian. Si fallece tu ex, la herencia la reciben estos. Si, posteriormente, mueren sin tener descendencia, hereda su progenitor, es decir, tu ex. Pero no por ser cónyuge, sino ascendiente de los hijos en común”, explica el abogado.

Y un 3º caso se puede dar si se es beneficiario de un seguro de vida.Si has puesto a tu ex como beneficiario de un seguro de vida puede llegar a heredar también, salvo que se hiciera por su condición de cónyuge. Para evitar problemas, es recomendable revocar testamentos previos, hacer uno nuevo y actualizar los beneficiarios de seguros y otros derechos”, recomienda David Jiménez.

¿Y qué ocurre si una persona está casada en régimen de bienes gananciales?
Cuando se está casado en gananciales, lo 1º que hay que hacer en una herencia es la liquidación de estos bienes. Es decir, la adjudicación concreta de los que eran comunes hasta el divorcio.
Teníamos una casa, un coche y un fondo de inversión. Todo bienes gananciales. Al morir, la mitad corresponde al cónyuge viudo, la otra al fallecido y, por tanto, formarán parte de la masa hereditaria. Aquí, en esta fase de liquidación, hay implicaciones fiscales y porción del ahorro fiscal en las herencias”, señala el CEO de de Eyco Abogados.

Y concluye: “En caso de divorcio, es recomendable no demorarse en la liquidación de gananciales para evitar que tu ex concurra a la herencia con tus herederos y se ocasionen conflictos por los bienes en común no repartidos tras el divorcio”.