Ricardo
Gª-Salmones Rovira, Advocat
Como es sabido, la Ley 25/10 de 29 de Julio ha establecido
de forma relativamente reciente una preferencia legal a favor del régimen de
CUSTODIA COMPARTIDA en Catalunya, sin embargo el
establecimiento de la misma no se produce de manera automática y es que
existe la creencia errónea de que a partir
de la aprobación de dicha norma es suficiente con solicitar la instauración del
régimen de custodia compartida de los hijos comunes para que el juez establezca
dicho régimen.
El documento completo en la web
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
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