VLex. 26.07.2013
No es posible impedir el derecho de los nietos al contacto con sus
abuelos, únicamente por la falta de entendimiento de éstos con los
progenitores, siempre que no se afecte el interés de los menores.
Se recurre la sentencia de 2ª Instancia que negó el derecho de los
abuelos a relacionarse y comunicarse con su nieta. El TS sostuvo que, no
es posible impedir el derecho de los nietos al contacto con sus
abuelos, únicamente por la falta de entendimiento de éstos con los
progenitores, o, como ocurre en este caso, por las malas relaciones
existentes entre la progenitora y su madre, abuela de la menor, cuando
no afectan al interés de los menores.
Rige en la materia un criterio de
evidente flexibilidad en orden a que el Juez pueda emitir un juicio
prudente y ponderado, en atención a las particularidades del caso, el
cual deberá tener siempre como guía fundamental el interés superior del
menor.
El TS estima el recurso y anula la sentencia recurrida.
La sentencia en nuestra web
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