http://www.ccoomadrid.es/comunes/temp/recursos/14/1085249.pdf
¿Sabías que...?
Puedes cobrar un subsidio por desempleo cuando finalice la prestación contributiva siempre que:
- Carezcas de rentas propias superiores al 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de 2 pagas extraordinarias (481,05 euros, en 2011).
Además, debes encontrarte en alguna de las siguientes situaciones:
- Acreditar responsabilidades familiares por tener a cargo al cónyuge o hijos e hijas menores de 26 años, personas mayores incapacitadas o menores en acogimiento familiar, y la renta del conjunto de toda la unidad familiar (incluida la tuya) dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de 2 pagas extraordinarias (en 2011, 481,05 euros/mes).
La duración es de 6 meses prorrogables en periodos iguales hasta un máximo de 30 meses, dependiendo de la edad y los meses de prestación por desempleo a los que se ha tenido derecho.
- Ser mayor de 45 años, no tener responsabilidades familiares y haber agotado una prestación de 4 o más meses, la duración será de 6 meses.
Si la prestación por desempleo que agota es de 720 días, previamente a este subsidio podrá cobrar el Subsidio Especial (6 meses).
- Ser mayor de 52 años, haber cotizado durante toda la vida laboral al menos 6 años por la contingencia de desempleo y reunir todos los requisitos para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación del sistema de la Seguridad Social, salvo la edad.
En el caso de agotar prestación contributiva para eventuales agrarios, no se tiene derecho a percibir ningún tipo de subsidio.
Referencia normativa:
a.- Art. 215 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por RD Legislativo 1/94 de 20 de junio.
b.- Art. 4 de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por desempleo y Mejora de la Ocupabilidad.
La cuantía del subsidio por desempleo para 2011 es de 426 euros.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
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