miércoles, 30 de marzo de 2011

Aragón ya tiene su propio Código Foral

http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=658948
Aragón ya tiene su propio Código Foral tras refundir sus leyes civiles.
Es en la 2ª comunidad, tras Cataluña, en tener una norma general.


30/03/2011 E. BAYONA

Aragón dispone desde ayer de su propio Código Civil.
El BOA publicó el decreto legislativo 1/2011, "por el que se aprueba, con el título de Código de Derecho Foral de Aragón, el texto refundido de las leyes civiles aragonesas", que son:
1.-  las de sucesiones por causa de muere,
2.- de parejas estables no casadas,
3.- de régimen económico matrimonial y viudedad,
4.- de derecho de la persona,
5.- de custodia compartida y
6.- de derecho civil patrimonial.


Todas ellas van encabezadas por el actualizado título preliminar de la histórica Compilación del Derecho Civil de Aragón de 1967 --fue retocado en 1985 y 1999--, que consagra la primacía de las normas aragonesas sobre las estatales en las relaciones privadas que aquellas regulan.

"El Derecho Civil general del Estado se aplicará como supletorio solo en defecto de normas aragonesas", señala el recuperado título preliminar, antes de establecer que "la costumbre tendrá fuerza de obligar cuando no sea contraria a la Constitución o a las normas imperativas del Derecho aragonés".

El Código Foral actualiza la vigencia del standum est chartae, el principio de libertad civil plena característico de Aragón en virtud del cual "la voluntad de los otorgantes, expresada en pactos o disposiciones", prevalece sobre cualquier precepto, "en juicio y fuera de él", siempre que no resulte "de imposible cumplimiento o contraria" a la Carta Magna o las normas autonómicas.


La publicación del decreto legislativo, firmado por el presidente saliente de la DGA, Marcelino Iglesias, y por la consejera de Presidencia y candidata del PSOE para relevarle, Eva Almunia, cierra un ciclo de reformulación de las normas de algo más de 12 años en el que, según señala el preámbulo, el Derecho Civil aragonés "ha revitalizado sus viejas raíces", que se remontan al medievo, al tiempo que "se ha adaptado a las nuevas necesidades y deseos" de los ciudadanos y "ha adquirido mayor presencia en nuestra sociedad".


En el códice, que convierte a Aragón en la 2ª comunidad --tras Cataluña-- en tener una compilación de este tipo, conviven figuras tradicionales del derecho aragonés, como la del menor de edad mayor para decidir --única en Europa-- o el particular régimen económico matrimonial, junto con otras modernas como las parejas de hecho o el establecimiento de la custodia compartida de los hijos como primera opción en caso de divorcio.

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