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Las matan y algunas sentencias las rematan
05/10/2010 Tribuna Plataforma contra la Violencia Machista
En la Plataforma contra la Violencia Machista de León, que desde el año 2005 se concentra todos los lunes en los que en la semana anterior un hombre haya cometido un crimen contra una mujer que sea o haya sido su pareja, no salimos de nuestra perplejidad tras la información difundida, relativa a una mujer de 42 años que fue asesinada el 1 de Julio del presente año, presuntamente por su ex-“pareja, un hombre de 67 años mediante golpes en la cabeza producidos con una azada en plena calle del municipio de Pinos Puente (Granada).
Después de manifestarnos contra este crimen y enviar al correspondiente Ayuntamiento nuestra solidaridad con sus amistades y familia hemos tenido noticia de que esta mujer estaba cautelarmente «protegida» por una orden de alejamiento que, por supuesto, el presunto incumplió y lo peor, que el hombre la mató y la posterior sentencia de donde emanaba esa orden de alejamiento cautelar, la remató.
Es decir, la víctima puso en conocimiento de la Administración de Justicia unos hechos tipificados en el Código Penal como constitutivos de delito hizo todo lo que estaba en su mano, y lo hizo con toda diligencia y esmero, denunció a su asesino por unos hechos ocurridos inmediatamente anteriores al asesinato y se celebró el correspondiente juicio y justo un día antes de notificar a las partes la sentencia absolutoria, el individuo absuelto de malos tratos la mató.
La prueba de que su ex pareja la maltrataba era su testimonio, pero, una vez más el juez no la creyó.
Según explica el Juez Ernesto Carlos Manzano en la sentencia absolutoria que dictó, la mujer explicó los hechos con «excesiva parquedad» y puso «escasísima pasión» durante el juicio.
Con lo cual, cuando se hacen llamamientos a las víctimas para que denuncien hay que decirles que las denuncias ¿deben ser pasionales? ¿Tienen que dramatizar para demostrar que su pareja le pega o le amenaza?.
Creíamos ingenuamente superado el concepto de crimen pasional, pero parece que no es así. Sabemos que un juez tiene que tener argumentos suficientes para dictar una sentencia y tiene que respetar la presunción de inocencia, pero el juicio de valor emitido en esta Sentencia nos parece repugnante.
La dificultad de prueba es la misma que la de tantos otros delitos que se comenten en la intimidad o en la clandestinidad buscada lógicamente a propósito por el agresor.
El verdadero problema radica en la presencia incansable de potentes prejuicios sexistas y de falsas creencias, resultando más fácil cambiar leyes que modificar mentalidades que devalúan la palabra de las mujeres hasta el punto de no otorgarles credibilidad alguna, a pesar de las evidencias de carácter objetivo.
Este es un ejemplo más de cómo se viene aplicando la ley 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Hay demasiados jueces y juezas que ni entienden que la violencia machista se diferencia de cualquier otra porque pone a las víctimas en una situación de dependencia emocional que dificulta enormemente su paso por los tribunales, ni entienden ni quieren entender el ciclo de la violencia -”un proceso lento de destrucción de la personalidad en el que las etapas felices son sólo una manipulación del agresor para que la situación se mantenga-”.
El miedo, que en teoría debería llevar a la víctima a huir de su pareja, conduce en la práctica a permanecer con él.
Y es considerado por los expertos como uno de los principales síntomas de maltrato.
Sin embargo al juez Ernesto Carlos Manzano le resulta paradójico que la mujer no se vaya de la casa si tiene pánico.
Y con esta concepción que el juez Ernesto comparte con tantos otros y otras profesionales de la judicatura, se ha instalado en los entornos judiciales, más que en ningún otro lugar, el discurso de las denuncias falsas que refuerza al maltratador en sus convicciones y que deja a la víctima todavía más indefensa, porque se convence de que no la van a creer, sintiéndose maltratada en el estrado, dado que se la interroga como si fuera culpable y no víctima.
Pobre de ti, si a juicio de «su señoría» no tienes el perfil cultural, económico, sociológico o psicológico de la mujer maltratada.
En consecuencia, no nos podemos extrañar de los datos del balance del primer semestre de 2010 aportados por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género que revelan un incremento del 26% en el número de víctimas mortales en los primeros 6 meses del año, con un total de 33 fallecidas -”de las que habían denunciado 10-”, así como otras 17 agresiones graves a mujeres.
Igualmente algo tendrá que ver con tanta reticencia judicial, el resultado de la encuesta realizada por dicha delegación del Gobierno en relación con la percepción de la población sobre este tipo de violencia, la cual pone de manifiesto que 4 de cada 10 personas piensa que la mujer es la culpable de sufrir violencia machista por seguir conviviendo con su agresor y el 70% cree que los agresores tienen problemas psicológicos.
La percepción social que culpa a la mujer ha aumentado un 3% respecto al año anterior.
Por último y una vez acreditada la «sabiduría» de la judicatura en relación con este complejo problema, el paso inmediato es que el Tribunal Supremo siente doctrina definitiva y les amplíe el arbitrio judicial para que con «ese extraordinario conocimiento» que demuestran cada día tener, decidan si en la relación sentimental de un hombre y una mujer hay discriminación, desigualdad o subordinación y solo en ese caso y en virtud de su «sabio y prudente arbitrio» habrá o no una infracción penal constitutiva de violencia de género.
Por todo ello, nos permitimos solicitar al Consejo General del Poder Judicial que vigile la sacrosanta independencia judicial a cuyo amparo se dictan resoluciones tan deplorables.
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