Barcelona, a 29 de Junio de 2.007
Esto lo enviaron a los medios de comunicación con el afan de tapar bocas y manipular la verdad...
Observamos con enorme preocupación el aluvión de información que se difunde a través de los medios de comunicación, sobre el llamado "Síndrome de alienación parental" , así como de la sentencia de Manresa, que retira la custodia de una menor a su madre, presuntamente por "inculcar en ésta odio hacia su padre".
http://www.mujerese nred.net/ news/article. php3?id_article= 1088
(....) última instancia, y gracias a algunos profesionales, apoyados por la campaña mediática (consciente o inconsciente) están convirtiendo a las víctimas en verdugos.
Y algunos Jueces, que confían sus decisiones a la opinión de esos profesionales, dictan sentencias que pueden ser muy injustas y lo que es aún peor, gravemente perjudiciales para el bienestar, equilibrio y salud física y mental de los menores, a los que dicen proteger, por que en ocasiones se trata de negar credibilidad al relato materno sobre los posibles abusos, maltrato ó haber presenciado maltrato a la madre Anteponer el derecho al contacto con el progenitor no custodio al derecho del menor.
En relación a la sentencia de Manresa, tanto el Presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría Infantil, como otros muchos prestigiosos profesionales, han definido como "un grave error" la mencionada sentencia, calificando de "agresión en toda regla" la separación de madre e hija ordenada por la Jueza.
Por que , según el Dr. Joseph Tomás, "la niña ha establecido una relación de dependencia afectiva con su madre, como ocurre de forma habitual y se la separa para obligarla a estar con quien no quiere. Y eso se llama agresión".
Afirma además el Dr. Tomás que "el fallo judicial puede incrementar de forma inconsciente pero duradera la aversión de la menor hacia su padre".
"Es posible que le coja mucha más manía y que eso aumente al llegar a la adolescencia, cuando lea y analice todo lo que está pasando".
Al Presidente del Colegio de Psicólogos de Madrid le parece "excesivo el tiempo de distanciamiento fijado por la Jueza. Seis meses sin contacto es mucho tiempo, es un plazo muy largo para un adulto y mucho más para una niña".
Por su parte el Dr. Vicente Garrido, Profesor de Psiquiatría de la Universidad de Valencia, pedía que antes de entregar a la menor a sus anuelos paternos, "se analice la idoneidad y predisposición de éstos", agregando que "lo adecuado sería buscar un punto de encuentro entre los tres, la mediación de un profesional imparcial".
Por último, señalar nuestra satisfacción ante la noticia de que el Ministerio Fiscal, que es el organismo encargado de velar y defender los intereses de los menores, ha apelado la Sentencia, al entender que se ha detectado un "error en la valoración de la prueba", ya que la Jueza no tuvo en cuenta más que el Informe presentado por la defensa del padre, y no el de la madre, ni el elaborado por los servicios adscritos al Juzgado, solicitado por la propia Jueza, contrarios ambos a que se retirara la custodia a la madre.
Según la Fiscalía, el informe encargado por la Jueza reconoce la gravedad del problema de la menor con su padre, advirtiendo que "quitarle la custodia a la madre no es desde el punto de vista técnico y psicológico el más adecuado".
Nos gustaría que cuando se hable de Sentencias pioneras en Catalunya, no lo fueran por defender posturas como la comentada.
Montserrat FERNANDEZ-GARRIDO
Abogada y Mediadora de Familia
Responsable de Medios de comunicación de l' Associació "DONES JURISTES"
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