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El tribunal ordena vender un piso de dos separados porque lo usa también la nueva pareja de la mujer
La Audiencia de Almería considera "inadmisible" que un tercero se beneficie de la casa.
M. J. LÓPEZ DÍAZ - Almería - 26/04/2007
La Audiencia de Almería ha ordenado la venta de un piso de Rafael Rodríguez Santiago y su ex esposa, quien ocupaba el inmueble con su hijo desde la separación del matrimonio en marzo de 2001. Ambos conyuges son titulares del piso y pagaban al 50% la su hipoteca. La mujer rehizo su vida con un nuevo compañero, quien se trasladó a la casa. La Audiencia autoriza ahora a que se venda el piso al considerar "inadmisible por absurdo" que pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio del uso de un piso que se estableció para proteger a la mujer y al hijo, de 16 años.
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Rafael Rodríguez: "Cuando me enteré de la sentencia, me hinché de llorar"
La ex esposa de Rafael Rodríguez solicitó el divorcio el 23 de enero de 2005. También reclamó mantener el uso de la vivienda familiar, pese a que el esposo alegó que la incorporación de la nueva pareja modificaba las condiciones del primer acuerdo de separación. La sentencia en primera instancia consideró que no se produjo cambio en el uso del piso, situado en la calle Buenavista de la capital almeriense, por parte de la mujer, "con independencia de que sea cierto o no que vive una tercera persona".
El ex esposo recurrió. En la actualidad, el menor tiene 16 años y convive con su madre en el domicilio objeto del litigio.
Rafael alegó que su ex mujer vive maritalmente con otro hombre y posee recursos económicos suficientes, por lo que solicitó la modificación de las medidas concernientes al uso del piso.
El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia, presidido por Benito Gálvez, le ha dado la razón.
El tribunal dice que "resulta innegable" que se ha producido una "esencial modificación" de las circunstancias de la separación. "Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda".
El tribunal considera "lógico" y "oportuno" que, si la mujer desea fundar con una tercera persona una familia o unirse establemente a ella, "forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando".
En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.
Rafael Rodríguez, que trabaja como carnicero, destacó ayer la importancia de la sentencia de la Audiencia de Almería. "Cuando me enteré de la sentencia, llegué a mi casa y me hinché de llorar. Ha sido una lucha de casi seis años. Yo vivo compartiendo piso con dos personas más. Tras la separación me junté con una chica y tengo otro hijo con ella. Pero mi pareja vive en casa de su hermana con mi otro hijo porque no tenemos recursos", explica.
Rafael asegura que su ex mujer lleva conviviendo cuatro años con su nueva pareja en el domicilio conyugal y que se ha visto afectado económicamente de manera injusta. "Los primeros años yo pagaba el importe total de la vivienda porque ella trabajaba sin contrato y no se podía demostrar que tuviera trabajo. También pagaba la manutención de mi hijo. Cuando me quedé un año en paro acumulé retrasos en los pagos y he llegado a pagar 780 euros mensuales. Mi sueldo es de 980 euros".
Para la abogada que representa a Rafael Rodríguez, Isabel Bonilla, la sentencia"es un paso más para que podamos llegar a la guardia y custodia compartida en situaciones justas y, sobre todo, que los cónyuges, cuando se vayan a separar, lleguen a un entendimiento".
En el proceso, Bonilla, además de solicitar la extinción del uso de la vivienda pidió de forma subsidiaria, en caso de que el tribunal no acordara dicha extinción, que la mujer abonara a su ex marido una indemnización acorde con el valor de mercado que tuviera una renta de una vivienda de condiciones similares en cantidad equivalente a una tercera parte.
"Es que la casa es de los dos. Pero hay un tercero que llega de rositas, porque no fue un factor que se tuviera en cuenta en el momento de la separación. La mujer hace del uso que ella tiene atribuido por su hijo -ya que se ha quedado con el uso de la vivienda por el menor- el abuso de meter a un tercero. Y este tercero está beneficiándose de algo que era de otra familia", razona la letrada.
"La Audiencia ha tenido el coraje de enfrentarse con esta situación abusiva y darle una respuesta justa, valiente y eficaz", añadió la abogada.
Según dijo, el fallo va a beneficiar a las parejas que están en situación de separación o de divorcio y evitará que se sigan produciendo situaciones abusivas por parte de "terceros que no tienen nada que ver con la familia anterior y de la cual se vienen beneficiando".
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