La reforma introducida por el
Papa agiliza los trámites, que desde este año son gratuitos en la Diócesis.
Un proceso que antes duraba más
de 2 años, ahora se puede solventar en 2 meses, asegura el vicario judicial
de Gipuzkoa, Sebas Uría.
JUANMA VELASCO /SAN SEBASTIÁN/16 octubre 2016
Las noticias sobre las nulidades de matrimonios por la
Iglesia siempre han estado ligadas a la prensa rosa. El papel cuché ha aireado
las circunstancias de un torero por aquí o de otra tonadillera y duquesa por
allá, en su empeño de demostrar que un matrimonio que en su día se hizo a los
ojos de Dios fuera declarado nulo por la Iglesia, es decir, que nunca existió,
para que el diestro de turno se casara como Dios manda en 2ª nupcias. Se
contaba que eran procesos al alcance de muy pocos, por la factura que tocaba
desembolsar -en Gipuzkoa una media de 4.500 euros-, y por lo farragoso y
prolongado de la tramitación, que se alargaba en ocasiones 4o años.
LA CIFRA: 4.500 EUROS
Es el precio medio que solía costar hasta ahora un
proceso de nulidad matrimonial en Gipuzkoa, en donde se incluían las tasas
judiciales (que ahora se han eliminado), los honorarios de los abogados y las
pruebas periciales
Pues bien, gracias a una reforma del papa Francisco, este
proceso que antes parecía estar reservado a muy pocos y cuya eterna duración
frenaba a otros, ahora es mucho más fácil y más barato. A finales del año
pasado, el Papa decretó introducir cambios en el Derecho Canónico que
posibilitan que los obispos realicen sentencias de nulidad exprés en apenas dos
meses y sin la necesidad de abonar tasas al tribunal eclesiástico (sí hay que
pagar al abogado y a los peritos). El cambio ha permitido ya las primeras
sentencias de nulidad exprés en España -la 1ª fue declarada en Bilbao en
marzo- y ha disparado un 300% en Gipuzkoa las consultas sobre este asunto. Eso
sí, de momento el obispo José Ignacio Munilla no ha firmado ninguna sentencia
de nulidad exprés aquí.
Porque una cosa son los matrimonios y divorcios civiles,
que se rigen por la legalidad y justicia ordinaria, y otra los enlaces por la
Iglesia, que en teoría son «para toda la vida», a no ser que confluyan unas
circunstancias excepcionales que permitan que un tribunal eclesiástico los
declare nulos, a petición de los cónyuges. Demostrar una importante inmadurez
en el momento del matrimonio o una enfermedad psíquica grave que le incapacite
asumir las obligaciones del matrimonio, por ejemplo, son motivos por los que un
tribunal eclesiástico puede dictar la nulidad.
«Hay más interés»
La reforma introducida por Francisco en el Derecho
Canónico a finales del año pasado -entró en vigor en diciembre de 2015-
introduce 3 importantes novedades en los procesos de nulidad matrimonial:
tender a la gratuidad del proceso -en Gipuzkoa se han eliminado las tasas
judiciales-, eliminar la obligación de una doble sentencia y que en los casos más
evidentes sea el propio obispo el que lleve la causa.
Según explica el vicario judicial de la Diócesis de
Gipuzkoa, Sebas Uría, desde que entrase en vigor el cambio en el derecho
canónico se han multiplicado las consultas de fieles que se interesan por el
nuevo proceso de nulidad. En lo que va de año llevan una treintena y, a este
ritmo, esperan que el año se termine con alrededor de 40. Nada que ver con las
10-15 que se recibían en los últimos años en la Diócesis por este asunto. «Ya
en 2015 notamos un incremento, sobre todo de consultas que llegaron en el
último tramo del año pasado, una vez que entró en vigor la medida, y recibimos
20 consultas», añade el vicario judicial.
José Ramón Aramendi, abogado donostiarra especializado en
Derecho Canónico, también lo corrobora. «Hay más interés y curiosidad. Hasta
ahora era un tema lleno de tópicos y leyendas urbanas y ahora parece que la
gente se está acercando un poco más», afirma.
Sebas Uría, vicario judicial de
Gipuzkoa«Recibimos consultas de latinos que quieren declarar nulo
su enlace en su país de origen»
En Gipuzkoa, según el vicario judicial, está ocurriendo
además un fenómeno curioso. «Muchos de los que vienen a consultarnos son
latinoamericanos que viven aquí y quieren declarar nulo el matrimonio que
contrajeron en su país de origen», asegura.
De momento no se ha firmado ninguna nulidad por la vía
rápida en Gipuzkoa. «Nuestro tribunal es modesto y todavía no ha ocurrido. Por
el procedimiento ordinario también tenemos pocos casos. El año pasado entraron
2 causas nuevas y en 2016 nos ha entrado 1 que no cumple los requisitos
para ir por la vía abreviada».
Según detalla el vicario judicial de Gipuzkoa, los
cambios introducidos por Francisco también afectan al procedimiento ordinario,
en el que los jueces del tribunal eclesiástico son quienes dictan la sentencia.
Este proceso requería hasta ahora la intervención de 2 tribunales. «Si el
tribunal de 1ª instancia en Gipuzkoa sentenciaba que el matrimonio era
nulo, se requería que un tribunal superior, en este caso el de Pamplona,
refrendara esa sentencia», añade Uría.
La reforma del Papa elimina la 2ª
instancia por lo que, en el caso de que no haya apelación, también aligera este
proceso ordinario.
Este proceso ordinario solía prolongarse más de 2 años.
Aunque a veces se eternizaba durante 4, dependiendo de las circunstancias
de la pareja. «Ahora tenemos un caso de una persona que vive en Australia y eso
lo complica todo porque hay que enviar documentos por correo, hacer
traducciones...», explica el vicario judicial. En la actualidad, en la diócesis
mantienen abiertos 4 expedientes de nulidad. El más antiguo es de 2014.
Lo dicta el obispo
Pero la principal novedad es la vía abreviada, en la que
también interviene el tribunal eclesiástico como instructor, pero es el obispo
el que dicta sentencia. Para ir por esta vía, que puede solventarse en 2 o
4 meses, se deben dar algunas condiciones que aligeren el proceso, como
que al «entregar la demanda se entregue prácticamente la totalidad de las
pruebas» y que tanto «la esposa como el marido estén de acuerdo en pedir la
nulidad y ratifican lo que se cuenta», añade el vicario judicial.
José Ramón Aramendi, abogado de Derecho
Canónico«Con la reforma se da más importancia que antes a la
declaración de las partes»
A raíz de la reforma del Papa, en Gipuzkoa se ha decidido
no cobrar tasas en los proceso de nulidad, ni por la vía ordinaria ni por la
vía exprés. «Antes se cobraban tasas de 700-800 euros en el tribunal de 1ª
instancia y de otros 700-800 en 2ª instancia. Otras diócesis han reducido
estas tasas en lugar de eliminarlas», añade Uría.
Lo que sí se mantiene en el proceso es el pago a los
abogados y de los informes periciales que fueran necesarios en el proceso. «En
el Colegio de Abogados recomiendan una tarifa para el proceso de nulidad de
2.500 euros. Otra cosa es que unos cobren luego más o menos. Si a eso se le
suman las pruebas periciales y las tasas que antes se cobraban, el proceso
podía salir por 4.500 euros de media», afirma el vicario judicial, que recuerda
que hay situaciones en las que el proceso sale gratis. «Antes y ahora los
insolventes no pagaban ni tasas ni abogado, ya que el tribunal eclesiástico se
hacía cargo de los honorarios del abogado de oficio», explica el vicario.
Los procesos de nulidad ordinario se llevan en el único
tribunal eclesiástico que hay en Gipuzkoa, formado por 3 jueces -el
instructor es el vicario judicial-, un defensor del vínculo, el abogado de las
partes y un notario que levanta acta.
Una vez dictada la sentencia, los cónyuges se pueden
volver a casar por la Iglesia y pueden volver a comulgar. «Y dejarán de estar
en pecado si antes convivían maritalmente con una persona que no era su
cónyuge», recuerda el vicario judicial de Gipuzkoa.
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