http://www.levante-emv.com/comarcas/2011/01/02/vecino-torrent-implora-juez-ex-pareja-lleve-hija-guinea/770343.html
Un vecino de Torrent implora al juez que su ex pareja no se lleve a su hija a Guinea.
La madre de la pequeña ha obtenido la custodia en los tribunales y la autorización para marcharse con ella a su país El afectado recurre el fallo.
LAURA SENA TORRENT. Domingo 02 de enero de 2011.
Un vecino de Torrent prepara un recurso a la sentencia por la que se ha concedido la custodia de su hija de 8 años a su ex pareja y madre de la niña, además de permitírsele marcharse a vivir a Guinea ecuatorial, su país de origen, con la pequeña.
El proceso judicial se inició a instancias de la madre hace varios meses, tras producirse la ruptura de la pareja, que había convivido sin casarse durante una década.
La madre pidió la custodia de la niña y solicitó autorización para regresar con ella a Guinea.
Hace varios meses, el juzgado de primera instancia nº 5 de Torrent dictó un auto por el que se concedía de forma provisional la custodia a la madre, aunque se mantenía la patria potestar para ambos padres.
Además, se fijaban las aportaciones que debía realizar el padre y el régimen de visitas para él durante los fines de semana.
Desde ese momento, la madre fijó su residencia en Burjassot, donde vive uno de sus hermanos, y cambió a la pequeña de colegio.
La sorpresa para este vecino, José Antonio Águeda, se ha producido hace escasos días cuando ha recibido notificación de la sentencia definitiva, en la que se concede a la madre el permiso para volver a su país con la niña.
La demandante alegó que estaba en España de forma irregular, que no tenía empleo y que en Guinea tenía mayores oportunidades laborales para sacar adelante a su hija, con la ayuda de la familia.
Además, añadió que la niña acudiría a un colegio público que regenta el Gobierno de España y, por lo tanto, seguiría el mismo sistema educativo que ahora tiene.
La sentencia establece que, si bien el traslado "podría comportar un cambio radical en el entorno social y parental con problemas de adaptación para la niña", al final se ha valorado que se atribuye la guarda y custodia a la madre "pues se ha revelado como la progenitora más idónea" y, además, no opta por un traslado de forma "caprichosa e injustificada".
El fallo dice asimismo que "la madre, en su país de origen puede proporcionar una mayor estabilidad a la menor" por la situación en la que se encuentra en España.
De este modo, el régimen de visitas del padre quedaría reagrupado en 6 semanas al año coincidiendo en la etapa de vacaciones y el mismo tendría que viajar a Guinea a recorgerla y a llevarla.
José Antonio Águeda pedirá en su recurso que se consulte a la menor antes de tomar una decisión "tan drástica" para su futuro y alegará que España ofrece mejores condiciones educativas y sociales para la pequeña.
Además, este vecino alega que la niña "ya tiene aquí sus raíces, su vida, sus amigos y tenía su colegio", por lo que se opone a que sea trasladada a "un lugar lejano y en peores condiciones.
Además, Águeda cree que la sentencia vulnera sus derechos como padre con la pequeña.
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