DIVORCIOS CONTENCIOSOS.
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La custodia compartida se concede con cuentagotas en la comunidad
Los juzgados de familia solo han otorgado 1 guardia a ambos excónyuges en los últimos años.
Una propuesta de ley quiere cambiar la situación, pero choca con la preferencia por las madres.
31/01/2010 F. VALERO
El zaragozano Pedro G. F., de 40 años, se siente mal cada vez que va a casa de su exmujer en busca de su hijo.
El tiempo que está con el menor, regulado por un estricto régimen de visitas, le sabe a poco.
Por eso se considera un "padre frustrado" o, como él prefiere decir, "un mero visitador", una especie de paracaidista que aterriza intermitentemente en el mundo del chaval y se esfuma, sin apenas dejar huella, hasta el fin de semana siguiente.
"No hay derecho", se desahoga Pedro.
"En todos los divorcios conflictivos, sin mutuo acuerdo, siempre dan a la madre la custodia de los hijos", dice.
Ahora, una propuesta de ley del Partido Aragonés (PAR) para generalizar la custodia compartida en las rupturas de pareja contenciosas ha levantado la moral de numerosos padres que claman por estar con sus hijos tanto tiempo como sus progenitoras.
Sin embargo, la proposición, que apenas ha iniciado su tramitación parlamentaria, no se impondrá fácilmente en un país en el que las madres copan casi el 100 % de las custodias en los divorcios contenciosos.
"Todavía no he concedido ninguna custodia compartida en los casos en los que hay controversia", afirma Luis Badía, 1 de los 3 jueces de familia existentes en Zaragoza.
"Y me consta que, estos últimos años, solo se ha otorgado 1, pero era una situación excepcional, con un hijo de 17 años al que le pareció bien la solución", añade el magistrado.
EL MÁS COMPETENTE.
Badía explica que, en las separaciones, el Código Civil ampara ante todo los derechos del menor y obliga a que la guardia y custodia se otorgue al más competente de los excónyuges que, "con mucha frecuencia, suele ser la madre".
El juez de familia reconoce, no obstante, que este sistema "no es perfecto" y comprende que haya muchos padres que se sientan perjudicados al ser apartados de la crianza del menor, "aunque mantengan la patria potestad".
La custodia compartida requiere que se cumplan cuatro requisitos.
En primer lugar, debe reinar una buena armonía entre las parejas divorciadas, una condición que reúne más del 50% de los hogares rotos.
Después, los excónyuges deben vivir cerca uno de otro, para no alterar en exceso la vida del pequeño.
Además, es necesario un informe favorable del equipo psicosocial que asesora a los juzgados de familia, y,
finalmente, el fiscal debe estar de acuerdo en que se conceda.
"Con todo", advierte Badía, "se dan casos de custodias compartidas que fracasan y es necesario modificarlas".
Con este panorama, la propuesta del PAR, que realza la igualdad de los progenitores, puede acarrear unos cambios revolucionarios en los modos de vida.
Pero los jueces temen las consecuencias de la Ley de Igualdad en las Relaciones Familiares, como se denomina oficialmente.
"Si se aprobara, puede desbordar los juzgados, pues todos se lanzarían de golpe a pedir la custodia compartida", señala Badía.
Y los juzgados de familia ya trabajan al límite de sus posibilidades, por lo que, "si la ley no va acompañada de un aumento de los medios humanos y materiales, puede acabar en un fracaso", según el juez Badía.
De hecho, la provincia de Zaragoza solo cuenta con una trabajadora social "y serían necesarias muchas más para controlar que se respetan los derechos de los niños de las parejas separadas".
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
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1 comentario:
Magistrado Badía,
Debería tener claro que los adultos y sólo ellos, en su gran mayoría son los que, partiendo de un conflicto que no pueden, no saben o no desean resolver y solicitan libremente el divorcio debido al fracaso de su relación. La cuestión de los hijos es otra, no es parte del conflicto inicial que lleva al adulto a tomar la decisión de divorciarse, es un problema que aparece posteriormente a esa decisión.
Y suele ser un problema añadido, porque uno de los progenitores desea que un segundo conflicto se sume, con lo cual, el primer conflicto se torna más complejo y de mayor calado. Y la situación se agrava.
¿Porqué, durante la convivencia de pareja, a los hijos les enseñamos, como solución de conflictos a compartir con otros u otras? ¿Porqué al mismo tiempo les inculcamos, tolerancia, comprensión, respeto, responsabilidad, amistad, justicia…?
¿Qué ocurre con todos estos valores después de que una pareja tome la decisión de divorciarse?
¿Acaso creemos que las necesidades de nuestros hijos son diferentes tras el divorcio? ¿Esto es lo que realmente pensamos?
Creo que cuando un progenitor incluye a los hijos en el conflicto primario, es un acto de irresponsabilidad y de cobardía. A un problema de pareja que no supo o no quiso resolver, añade un segundo conflicto que además de agravar la situación, es cuestión de vital importancia para la estabilidad emocional de los hijos.
¿Cuál de los progenitores suele ser el impulsor del segundo conflicto? ¿Es necesario? ¿Es bueno para los hijos este segundo conflicto?
¿No se estaría potenciando unas diferencias que los hijos nunca provocaron?
¿El segundo conflicto, es incluido como un reto personal que se toma para aliviar el dolor del fracaso personal en la relación de pareja porque se sabe ganador en el juzgado?
¿Quién fracasa cuando una relación de pareja fracasa? ¿Acaso no fracasan los dos por igual?
Y entonces, ¿porqué no continuar cada uno su camino en cuanto a sus vidas personales, pero luchando codo con codo por los hijos comunes? ¿Acaso no tienen esta responsabilidad de por vida?
¿Alguno de los dos desea poseer más reconocimientos que el otro al final de su camino?
¿No sería mejor, un solo reconocimiento?
Bien, pues seguidamente a todo lo anterior, todavía la justicia no quiere reconocer que lo que consiguen con sus decisiones es ampliar y perpetuar el conflicto familiar más allá del lugar que puede servir de punto de inflexión para el inicio de un comportamiento responsable con quien es más importante, el menor. Estos, nunca son un problema en el divorcio de sus progenitores, son la escusa de uno de sus progenitores para aumentar el grado de conflictividad inicial.
A muchísimos jueces no les interesa ver que los adultos solicitantes de divorcio, tienen un problema de adultos y uno de los dos ha incluido a los hijos como segundo conflicto, aunque por regla general, el primer conflicto no se aprecia como tal, porque los adultos tienen perfecto derecho a decidir el momento en que desean terminar con su relación. En cambio, dado que la responsabilidad de los progenitores con sus hijos es adquirida automáticamente y de forma conjunta en el momento de la concepción y además, está última, es un acto voluntario decidido por adultos, dicha responsabilidad existe en el momento del divorcio, por ello el principio que debería regir siempre es que, ambos están obligados EN FORMA IGUALITARIA a cubrir todos deberes y facultades comprendidos en la patria potestad, esto es, velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles formación integral, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA.
Y es que en realidad nuestros hijos nunca desearían un comportamiento propio de alimañas.
“No es amor abrazar más fuerte, eso es comprimir”
Pedro Cruz Montesdeoca – Gran Canaria - 13 de marzo de 2010
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