http://www.economistjurist.es/noticias.php?id=573
4 vocales del CGPJ proponen un control horario de jueces en sus sedes.
4 vocales del Consejo General del Poder Judicial han elaborado un documento planteando una serie de reformas legales de la Administración de Justicia, entre ellas el establecimiento de un control del horario "presencial de los jueces en sus respectivas sedes durante el tiempo de audiencia pública".
Lo que se pretende, según este informe, es fijar un "control de rendimiento" para "posibilitar la implantación" de figuras recogidas en el recientemente aprobado Reglamento de Carrera Judicial, "como la reducción de la jornada laboral (conciliación de vida personal y profesional), la jubilación parcial o la incapacidad parcial".
El documento, elaborado por 4 vocales del considerado sector progresista -Margarita Robles, José Manuel Gómez Benítez, Inmaculada Montalbán y Félix Azón-, será debatido mañana en el pleno del CGPJ, y necesitará del respaldo de la mayoría de sus miembros para su aprobación.
Los 4 vocales reclaman además que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) asuma competencias exclusivas, en detrimento del Ministerio de Justicia, en materia de retribuciones y en el proceso de selección de jueces y magistrados.
Abordan también "la dispersión e indefinición competencial en materia de Justicia" y observan que una de las principales disfunciones es "la dispersión de competencias entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y los gobiernos de las Comunidades Autónomas en el ámbito de la oficina judicial".
Destacan además que "sin una adecuada reforma procesal que imprima agilidad a los procesos no hay organización judicial, ni número de jueces que pueda hacer frente" al volumen de litigios que deben resolver los tribunales en plazos de tiempo razonables.
Respecto a la asunción de competencias en materia de retribuciones de jueces y magistrados, los vocales proponen la aprobación de una ley específica que "permita definir grados y categorías dentro de la magistratura" con el correspondiente efecto retributivo.
Creen además necesario que el CGPJ tenga "la dotación presupuestaria necesaria para ejercer funciones de planificación y ejecución de las medidas de refuerzo de órganos jurisdiccionales, sustituciones y suplencias".
En cuanto a las reformas que afectan directamente al órgano de gobierno de jueces y magistrados, estos 4 vocales entienden que la renovación de sus miembros debería hacerse de forma parcial y no cada 5 años, siguiendo un sistema similar al del Tribunal Constitucional.
También consideran que deberían "reforzarse los requisitos de mérito y capacidad para acceder al gobierno del poder judicial" y así, el nombramiento de:
1.- los 12 miembros de procedencia judicial sean los que tengan más méritos, "estén asociados o no", y
2.- los 8 de procedencia no judicial deberían ser nombrados entre juristas con más de 15 años de ejercicio profesional.
Plantean asimismo que el cese de los vocales sea automático, "una vez superado un plazo de sesenta días tras el vencimiento de su mandato".
Fuente : EFE
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 24 de septiembre de 2011
La Ley de Economía Sostenible estableció el silencio positivo como regla general
http://www.economistjurist.es/noticias.php?id=578
MEDIDAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
Silencio positivo y otras medidas
La Ley de Economía Sostenible estableció el silencio positivo como regla general en los trámites de cualquier ciudadano o empresa con las distintas Administraciones, con un plazo de tiempo variable en función del procedimiento en cuestión.
La existencia de procedimientos con silencio desestimatorio genera barreras, trabas y efectos disuasorios que pueden, en ocasiones, tener como consecuencia final el cierre del mercado a nuevos emprendedores.
De esta manera, se han identificado 124 procedimientos administrativos en los que operaba el silencio desestimatorio, que mediante este Real Decreto Ley pasan a positivo.
Con ello se evitan retrasos, dilaciones e impedimentos que impidan desarrollar nuevas actividades y el crecimiento empresarial, fomentando la eficiencia de las empresas, la competencia y el desarrollo de la innovación.
Se mejora el intercambio electrónico de información entre las diferentes administraciones públicas, reduciendo las cargas administrativas, y se facilita a los ciudadanos la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones oficiales a través de los registros de sus entidades locales, que se constituyen como puntos de entrada del ciudadano a las Administraciones Públicas.
Se estima que esta medida reducirá costes y cargas para más de 14 millones de ciudadanos.
Mediante la supresión de exigencias de licencias municipales contenidas en normas estatales y en cumplimiento del mandato de la Ley de Economía Sostenible, se facilita a las entidades locales la aplicación de medios de intervención más favorables al ejercicio de la actividad económica, como son las comunicaciones o las declaraciones responsables, sin necesidad de que tengan que recurrir a licencias de actividad u otros actos de control preventivo.
El objetivo de esta medida es evitar dilaciones innecesarias en la creación de empresas.
MEDIDAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
Silencio positivo y otras medidas
La Ley de Economía Sostenible estableció el silencio positivo como regla general en los trámites de cualquier ciudadano o empresa con las distintas Administraciones, con un plazo de tiempo variable en función del procedimiento en cuestión.
La existencia de procedimientos con silencio desestimatorio genera barreras, trabas y efectos disuasorios que pueden, en ocasiones, tener como consecuencia final el cierre del mercado a nuevos emprendedores.
De esta manera, se han identificado 124 procedimientos administrativos en los que operaba el silencio desestimatorio, que mediante este Real Decreto Ley pasan a positivo.
Con ello se evitan retrasos, dilaciones e impedimentos que impidan desarrollar nuevas actividades y el crecimiento empresarial, fomentando la eficiencia de las empresas, la competencia y el desarrollo de la innovación.
Se mejora el intercambio electrónico de información entre las diferentes administraciones públicas, reduciendo las cargas administrativas, y se facilita a los ciudadanos la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones oficiales a través de los registros de sus entidades locales, que se constituyen como puntos de entrada del ciudadano a las Administraciones Públicas.
Se estima que esta medida reducirá costes y cargas para más de 14 millones de ciudadanos.
Mediante la supresión de exigencias de licencias municipales contenidas en normas estatales y en cumplimiento del mandato de la Ley de Economía Sostenible, se facilita a las entidades locales la aplicación de medios de intervención más favorables al ejercicio de la actividad económica, como son las comunicaciones o las declaraciones responsables, sin necesidad de que tengan que recurrir a licencias de actividad u otros actos de control preventivo.
El objetivo de esta medida es evitar dilaciones innecesarias en la creación de empresas.
Se amplía el límite de inembargabilidad
http://www.economistjurist.es/noticias.php?id=578
El Ejecutivo establece el silencio administrativo positivo como regla general.
-Se amplía el límite de inembargabilidad de los ingresos desde el actual 110 % del salario mínimo interprofesional hasta el 150 % (961 euros efectivos) para aquellos deudores que han perdido su vivienda habitual. (....)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que contiene un amplio conjunto de actuaciones para fomentar de forma inmediata la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y el apoyo a los emprendedores, tal como avanzó el presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación celebrado la pasada semana.
MEDIDAS DE APOYO A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS
La iniciativa aprobada hoy busca una mayor protección de los segmentos sociales más vulnerables y más expuestos a la crisis, en línea con la propuesta de resolución aprobada ayer por el Congreso de los Diputados.
Inembargabilidad de rentas de deudores que han perdido su vivienda habitual en una ejecución hipotecaria
Mediante la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha elevado el umbral de inembargabilidad en los casos en que el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado.
Los elementos principales de la medida son:
** Incremento del límite a la inembargabilidad desde el actual 110 % del Salario Mínimo Interprofesional hasta el 150 % (961 euros efectivos).
** Incremento del porcentaje adicional de inembargabilidad hasta el 30 % por persona dependiente del núcleo familiar y no perceptora de ingresos.
** Extensión del porcentaje adicional de inembargabilidad del 30 %, no sólo a los miembros del núcleo familiar que no dispongan de ingresos, sino también a aquellos cuyos ingresos anuales no alcancen el cómputo anual del Salario Mínimo (por ejemplo, pensiones no contributivas o personas con otros ingresos reducidos).
Adjudicación en subasta de bienes hipotecados
Se eleva del 50 al 60 % del valor de tasación el límite mínimo para la adjudicación del bien en los casos en los que el acreedor solicite adjudicarlo por importe inferior a su valor en aplicación de su facultad discrecional.
En los supuestos de subastas sin postor, se impide a partir de ahora cualquier adjudicación inferior al 60 % del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total.
Depósito en subasta
Dentro del proceso de ejecución hipotecaria de una vivienda, tiene una especial relevancia para la protección de los intereses, tanto del acreedor como del deudor, la correcta ejecución de la subasta del bien inmueble sobre el que recae la garantía de los préstamos hipotecarios.
La Ley de Enjuiciamiento Civil hasta ahora exigía, para tomar parte en la subasta, que los postores efectuaran un depósito por importe del 30 % del valor del bien ejecutado.
Este porcentaje, en un contexto económico del mercado de la vivienda como el actual, puede estar configurando una barrera de entrada excesiva, que llega a impedir la intervención de quienes pudieran poseer verdadera voluntad de adjudicarse el bien subastado.
Por ello, al objeto de mejorar la eficacia de las subastas, se reduce hasta el 20 % dicho porcentaje exigido a los postores para participar en una subasta.
De este modo, se facilita la presencia de postores y la mejor adjudicación de los bienes hipotecados.
(Fuente: la-moncloa.es)
El Ejecutivo establece el silencio administrativo positivo como regla general.
-Se amplía el límite de inembargabilidad de los ingresos desde el actual 110 % del salario mínimo interprofesional hasta el 150 % (961 euros efectivos) para aquellos deudores que han perdido su vivienda habitual. (....)
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que contiene un amplio conjunto de actuaciones para fomentar de forma inmediata la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y el apoyo a los emprendedores, tal como avanzó el presidente del Gobierno en el Debate sobre el Estado de la Nación celebrado la pasada semana.
MEDIDAS DE APOYO A LOS DEUDORES HIPOTECARIOS
La iniciativa aprobada hoy busca una mayor protección de los segmentos sociales más vulnerables y más expuestos a la crisis, en línea con la propuesta de resolución aprobada ayer por el Congreso de los Diputados.
Inembargabilidad de rentas de deudores que han perdido su vivienda habitual en una ejecución hipotecaria
Mediante la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha elevado el umbral de inembargabilidad en los casos en que el precio obtenido por la venta de la vivienda habitual hipotecada sea insuficiente para cubrir el crédito garantizado.
Los elementos principales de la medida son:
** Incremento del límite a la inembargabilidad desde el actual 110 % del Salario Mínimo Interprofesional hasta el 150 % (961 euros efectivos).
** Incremento del porcentaje adicional de inembargabilidad hasta el 30 % por persona dependiente del núcleo familiar y no perceptora de ingresos.
** Extensión del porcentaje adicional de inembargabilidad del 30 %, no sólo a los miembros del núcleo familiar que no dispongan de ingresos, sino también a aquellos cuyos ingresos anuales no alcancen el cómputo anual del Salario Mínimo (por ejemplo, pensiones no contributivas o personas con otros ingresos reducidos).
Adjudicación en subasta de bienes hipotecados
Se eleva del 50 al 60 % del valor de tasación el límite mínimo para la adjudicación del bien en los casos en los que el acreedor solicite adjudicarlo por importe inferior a su valor en aplicación de su facultad discrecional.
En los supuestos de subastas sin postor, se impide a partir de ahora cualquier adjudicación inferior al 60 % del valor de tasación, independientemente de la cuantía de la deuda total.
Depósito en subasta
Dentro del proceso de ejecución hipotecaria de una vivienda, tiene una especial relevancia para la protección de los intereses, tanto del acreedor como del deudor, la correcta ejecución de la subasta del bien inmueble sobre el que recae la garantía de los préstamos hipotecarios.
La Ley de Enjuiciamiento Civil hasta ahora exigía, para tomar parte en la subasta, que los postores efectuaran un depósito por importe del 30 % del valor del bien ejecutado.
Este porcentaje, en un contexto económico del mercado de la vivienda como el actual, puede estar configurando una barrera de entrada excesiva, que llega a impedir la intervención de quienes pudieran poseer verdadera voluntad de adjudicarse el bien subastado.
Por ello, al objeto de mejorar la eficacia de las subastas, se reduce hasta el 20 % dicho porcentaje exigido a los postores para participar en una subasta.
De este modo, se facilita la presencia de postores y la mejor adjudicación de los bienes hipotecados.
(Fuente: la-moncloa.es)
El Supremo rechaza indemnizar a un magistrado
http://www.economistjurist.es/noticias.php?id=579
El Supremo rechaza indemnizar a un magistrado por vulneración de su derecho al honor.
Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la libertad de expresión del abogado en juicio en defensa de su cliente prevalece sobre el derecho al honor del juez.
La sentencia en cuestión rechaza indemnizar a un magistrado por vulneración de su derecho al honor en el marco de un procedimiento en el que el letrado utilizó ciertas expresiones en las que atribuía arbitrariedad y desviación en el ejercicio de la función jurisdiccional.
El magistrado presentó una demanda contra un letrado y su cliente por las expresiones utilizadas en el curso de un procedimiento abierto en el que se reclamaba la posible responsabilidad civil del juez.
Por ejemplo, que el juez había "actuado de forma negligente por no acceder a la nulidad de unas subastas celebradas".
En esta línea, en la demanda contra el magistrado "se sugería que el juez había cometido un delito de prevaricación doloso, tildándole de contumaz, arbitrario y desviado, o acusándole de obstinarse o empecinarse en mantener ilegal y reiteradamente la idoneidad de las subastas".
En otras palabras, como explica el propio magistrado ponente de la sentencia, Xiol Ríos, especialista reconocido en procedimientos relacionados con el Derecho al Honor, "en la demanda se imputa al magistrado dictar resoluciones judiciales contrarias al ordenamiento jurídico, se critica su insistencia y perseverancia en mantener sus decisiones, y se le atribuye haber actuado como mínimo de manera culposa, antijurídica, arbitraria y desviada".
Más interesante y práctica es la interpretación del magistrado.
Y lo es porque puede englobar en un futuro un amplio espectro de expresiones lanzadas desde la defensa que estarían amparadas por la libertad de expresión.
Precisamente, por tratarse de un caso.
Según la sentencia, " tales imputaciones si bien aisladamente y descontextualizadas pudieran resultar atentatorias contra el honor y el prestigio profesional del juez, lo cierto es que al enmarcarse dentro de una demanda judicial el grado de crítica admisible es mayor, no solo por estar en juego el derecho de defensa, sino también por el hecho de que en definitiva la certeza de las imputaciones va a ser enjuiciada por un tribunal y, por ende, sometida a un test de fundamentación y racionalidad".
"En caso contrario", matiza Xiol, "el derecho al honor constituiría o podría constituir, un obstáculo para que a través de procesos judiciales seguidos con todas las garantías -como el que nos ocupa- se pudieran enjuiciar las actividades profesionales a las que se impute haber incurrido en ilicitud dañosa".
(Fuente: Expansión)
El Supremo rechaza indemnizar a un magistrado por vulneración de su derecho al honor.
Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la libertad de expresión del abogado en juicio en defensa de su cliente prevalece sobre el derecho al honor del juez.
La sentencia en cuestión rechaza indemnizar a un magistrado por vulneración de su derecho al honor en el marco de un procedimiento en el que el letrado utilizó ciertas expresiones en las que atribuía arbitrariedad y desviación en el ejercicio de la función jurisdiccional.
El magistrado presentó una demanda contra un letrado y su cliente por las expresiones utilizadas en el curso de un procedimiento abierto en el que se reclamaba la posible responsabilidad civil del juez.
Por ejemplo, que el juez había "actuado de forma negligente por no acceder a la nulidad de unas subastas celebradas".
En esta línea, en la demanda contra el magistrado "se sugería que el juez había cometido un delito de prevaricación doloso, tildándole de contumaz, arbitrario y desviado, o acusándole de obstinarse o empecinarse en mantener ilegal y reiteradamente la idoneidad de las subastas".
En otras palabras, como explica el propio magistrado ponente de la sentencia, Xiol Ríos, especialista reconocido en procedimientos relacionados con el Derecho al Honor, "en la demanda se imputa al magistrado dictar resoluciones judiciales contrarias al ordenamiento jurídico, se critica su insistencia y perseverancia en mantener sus decisiones, y se le atribuye haber actuado como mínimo de manera culposa, antijurídica, arbitraria y desviada".
Más interesante y práctica es la interpretación del magistrado.
Y lo es porque puede englobar en un futuro un amplio espectro de expresiones lanzadas desde la defensa que estarían amparadas por la libertad de expresión.
Precisamente, por tratarse de un caso.
Según la sentencia, " tales imputaciones si bien aisladamente y descontextualizadas pudieran resultar atentatorias contra el honor y el prestigio profesional del juez, lo cierto es que al enmarcarse dentro de una demanda judicial el grado de crítica admisible es mayor, no solo por estar en juego el derecho de defensa, sino también por el hecho de que en definitiva la certeza de las imputaciones va a ser enjuiciada por un tribunal y, por ende, sometida a un test de fundamentación y racionalidad".
"En caso contrario", matiza Xiol, "el derecho al honor constituiría o podría constituir, un obstáculo para que a través de procesos judiciales seguidos con todas las garantías -como el que nos ocupa- se pudieran enjuiciar las actividades profesionales a las que se impute haber incurrido en ilicitud dañosa".
(Fuente: Expansión)
viernes, 23 de septiembre de 2011
lecciones sobre comprar casa que nunca deberíamos volver a olvidar
http://www.idealista.com/news/archivo/2011/09/20/0349804-4-lecciones-sobre-comprar-casa-que-nunca-deberiamos-volver-a-olvidar?xtor=EPR-76-[boletin_20110923]-20110923-[noticias__11]-[]-[]
4 lecciones sobre comprar casa que nunca deberíamos volver a olvidar
Martes, 20 Septiembre, 2011.Por equipo@idealista
lecciones a aprender, según la revista time.
En un momento en el que prácticamente todos estamos afectados por la situación actual marcada por:
a.- la recesión del sector inmobiliario,
b.- los pisos de bancos,
c.- los desahucios,
d.- las hipotecas superiores al valor de la vivienda y
e.- la dificultad para comprar y vender una casa, es momento para hacer una lista de lecciones y líneas rojas que nunca se deberían volver a traspasar para no encontrarnos en la situación actual de nuevo.
1. comprar por menos dinero del que te apruebe el banco
hace unos años, conseguir una hipoteca era sencillo, tanto que era un puro trámite.
los bancos daban todo el dinero que se necesitara o incluso ofrecían más para comprar coche, muebles o pagar las vacaciones. mucha gente lo cogió bajo el dogma de que la vivienda siempre subiría y a la mañana siguiente sería más rico y no tendría problemas para pagarlo. mucha de esta gente sufre ahora las consecuencias de una hipoteca que no puede pagar o que simplemente que es superior al valor de su vivienda, con lo que le tiene bloqueado el acceso a más crédito.
Actualmente la gente negocia mucho el precio y hace ofertas a la baja que ayudan a tener que pedir menos dinero al banco en un momento en el que además, éste escasea.
para el futuro hay que recordar que se debe abrir la hipoteca que se necesite, conservadora y por el dinero que se pueda pagar incluso en un escenario adverso como puede ser la pérdida del empleo o una mala racha.
también se debe ser consciente de que hay que comprar una vivienda acorde con las necesidades, ya que a más casa, también más gastos (comunidad, mantenimiento, seguros, impuestos, etc)
2. hay que comprar pensando en el largo plazo
en el pico del mercado la gente compró viviendas sobre plano con la esperanza de venderlas en menos de 1 año o en el peor de los casos en 3 o 4 ejercicios con unas sustanciales ganancias.
también se financiaron muchas casas con hipotecas fáciles de pagar al principio y que luego se elevaban (hipotecas variables con carencia o demás productos financieros como las hipotecas a 40 años) que hicieron que adquirir una vivienda pareciera fácil pese a los elevados precios de venta. todo sabemos cómo acabó aquello
a la hora de comprar casa hay que hacerlo pensando en el largo plazo y no como si fuera la bolsa o una inversión especulativa de la que nos podemos deshacer en meses apuntándonos jugosos beneficios.
la mayoría de los compradores actuales descuentan que van a estar en las viviendas al menos 7 o 10 años.
además, la compra se hace pensando en la vida que podemos tener en los próximos 10 años (en zonas residenciales o una casa suficientemente grande si se piensa en tener hijos).
si se piensa que no se va a estar en la casa ese tiempo o nuestro trabajo demanda desplazamientos y/o mudanzas, es mejor tener la flexibilidad de vivir de alquiler.
3. ahorrar y liquidar los créditos antes de pedir hipoteca.
ahorrar, intentar mantener los ingresos y no tener deudas al ir a comprar una casa son reglas que pueden parecer obvias pero que en el pasado no lo fueron.
¿cuánta gente tenía un coche nuevo potente comprado con un crédito al recibir su primer sueldo?,
¿cuánta gente iba a comprar casa sin ahorros?,
¿cuánta gente pidió hipotecas por el 100% o 120% de la vivienda? o
¿cuánta compró con trabajos poco estables y/o sueldos por desgracia bajos? aquí hay que intentar ser un clásico y no dejarse llevar por las modas.
a comprar casa hay que ir con ahorros, a poder ser sin deudas y con unos ingresos lo más estables posibles.
antes los bancos daban hipotecas con un aprobado raspado en tu calificación de crédito, pero hoy sólo se lo dan a los sobresaliente y eso es a lo que se debe aspirar.
pasar de curso (tener una hipoteca) con una nota raspada casi siempre te asegura que lo vas a pasar mal en el curso siguiente, por lo que mejor ir con los deberes hechos desde el principio y no tener que confiar en que el profesor (el banco) sea un blando y haga casi aprobado general
4. leer bien los documentos de la hipoteca
los hipotecados en apuros que hay actualmente en el mercado suelen ser de 2 tipos:
1.- o son víctimas de una hipoteca que no conocían bien
2.- o han perdido alguna de sus fuentes de ingresos.
es cierto que algunos caen en los 2 puntos.
nunca se debe caer en el primer grupo, ya que pecamos de omisión.
un hipotecado debe conocer al dedillo su hipoteca, sus clausulas, plazos, comisiones y productos asociados.
si en algún momento no se entiende algo, se debe preguntar sin ningún tipo de vergüenza y mostrar su rechazo llegado el caso.
si no se conocen bien las hipotecas o si no se está cómodo, siempre hay profesionales dispuestos a ayudarnos que nos pueden evitar muchos pagos y disgustos futuros.
artículo visto en moneyland.time.com: 4 Home Buying Lessons We Should Never Forget Again
http://moneyland.time.com/2011/09/13/4-home-buying-lessons-we-should-never-forget-again/
4 lecciones sobre comprar casa que nunca deberíamos volver a olvidar
Martes, 20 Septiembre, 2011.Por equipo@idealista
lecciones a aprender, según la revista time.
En un momento en el que prácticamente todos estamos afectados por la situación actual marcada por:
a.- la recesión del sector inmobiliario,
b.- los pisos de bancos,
c.- los desahucios,
d.- las hipotecas superiores al valor de la vivienda y
e.- la dificultad para comprar y vender una casa, es momento para hacer una lista de lecciones y líneas rojas que nunca se deberían volver a traspasar para no encontrarnos en la situación actual de nuevo.
1. comprar por menos dinero del que te apruebe el banco
hace unos años, conseguir una hipoteca era sencillo, tanto que era un puro trámite.
los bancos daban todo el dinero que se necesitara o incluso ofrecían más para comprar coche, muebles o pagar las vacaciones. mucha gente lo cogió bajo el dogma de que la vivienda siempre subiría y a la mañana siguiente sería más rico y no tendría problemas para pagarlo. mucha de esta gente sufre ahora las consecuencias de una hipoteca que no puede pagar o que simplemente que es superior al valor de su vivienda, con lo que le tiene bloqueado el acceso a más crédito.
Actualmente la gente negocia mucho el precio y hace ofertas a la baja que ayudan a tener que pedir menos dinero al banco en un momento en el que además, éste escasea.
para el futuro hay que recordar que se debe abrir la hipoteca que se necesite, conservadora y por el dinero que se pueda pagar incluso en un escenario adverso como puede ser la pérdida del empleo o una mala racha.
también se debe ser consciente de que hay que comprar una vivienda acorde con las necesidades, ya que a más casa, también más gastos (comunidad, mantenimiento, seguros, impuestos, etc)
2. hay que comprar pensando en el largo plazo
en el pico del mercado la gente compró viviendas sobre plano con la esperanza de venderlas en menos de 1 año o en el peor de los casos en 3 o 4 ejercicios con unas sustanciales ganancias.
también se financiaron muchas casas con hipotecas fáciles de pagar al principio y que luego se elevaban (hipotecas variables con carencia o demás productos financieros como las hipotecas a 40 años) que hicieron que adquirir una vivienda pareciera fácil pese a los elevados precios de venta. todo sabemos cómo acabó aquello
a la hora de comprar casa hay que hacerlo pensando en el largo plazo y no como si fuera la bolsa o una inversión especulativa de la que nos podemos deshacer en meses apuntándonos jugosos beneficios.
la mayoría de los compradores actuales descuentan que van a estar en las viviendas al menos 7 o 10 años.
además, la compra se hace pensando en la vida que podemos tener en los próximos 10 años (en zonas residenciales o una casa suficientemente grande si se piensa en tener hijos).
si se piensa que no se va a estar en la casa ese tiempo o nuestro trabajo demanda desplazamientos y/o mudanzas, es mejor tener la flexibilidad de vivir de alquiler.
3. ahorrar y liquidar los créditos antes de pedir hipoteca.
ahorrar, intentar mantener los ingresos y no tener deudas al ir a comprar una casa son reglas que pueden parecer obvias pero que en el pasado no lo fueron.
¿cuánta gente tenía un coche nuevo potente comprado con un crédito al recibir su primer sueldo?,
¿cuánta gente iba a comprar casa sin ahorros?,
¿cuánta gente pidió hipotecas por el 100% o 120% de la vivienda? o
¿cuánta compró con trabajos poco estables y/o sueldos por desgracia bajos? aquí hay que intentar ser un clásico y no dejarse llevar por las modas.
a comprar casa hay que ir con ahorros, a poder ser sin deudas y con unos ingresos lo más estables posibles.
antes los bancos daban hipotecas con un aprobado raspado en tu calificación de crédito, pero hoy sólo se lo dan a los sobresaliente y eso es a lo que se debe aspirar.
pasar de curso (tener una hipoteca) con una nota raspada casi siempre te asegura que lo vas a pasar mal en el curso siguiente, por lo que mejor ir con los deberes hechos desde el principio y no tener que confiar en que el profesor (el banco) sea un blando y haga casi aprobado general
4. leer bien los documentos de la hipoteca
los hipotecados en apuros que hay actualmente en el mercado suelen ser de 2 tipos:
1.- o son víctimas de una hipoteca que no conocían bien
2.- o han perdido alguna de sus fuentes de ingresos.
es cierto que algunos caen en los 2 puntos.
nunca se debe caer en el primer grupo, ya que pecamos de omisión.
un hipotecado debe conocer al dedillo su hipoteca, sus clausulas, plazos, comisiones y productos asociados.
si en algún momento no se entiende algo, se debe preguntar sin ningún tipo de vergüenza y mostrar su rechazo llegado el caso.
si no se conocen bien las hipotecas o si no se está cómodo, siempre hay profesionales dispuestos a ayudarnos que nos pueden evitar muchos pagos y disgustos futuros.
artículo visto en moneyland.time.com: 4 Home Buying Lessons We Should Never Forget Again
http://moneyland.time.com/2011/09/13/4-home-buying-lessons-we-should-never-forget-again/
La acusación particular pide recusar al presidente del TSJA
La acusación particular pide recusar al presidente del TSJA para que no juzgue al juez Serrano.
SEVILLA, 23 Sep.2011 (EUROPA PRESS) -
La mujer que denunció al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de su hijo de 11 años establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá', ha solicitado la recusación de 2 de los magistrados que juzgarán el próximo mes de octubre al juez, entre ellos el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río.
En el escrito presentado este mismo viernes ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación particular que ejerce el letrado Iñigo Moreno Lara esgrime varias causas para recusar al presidente del Alto Tribunal andaluz, y cita en primer lugar que éste "ha trabajado y trabaja profesionalmente" para el hermano de Joaquín Moeckel, "letrado del juez Serrano y, simultáneamente, abogado del padre del niño y citado a declarar como testigo" ante el propio Lorenzo del Río.
De este modo, argumenta que el presidente del TSJA figura como profesor en Icide, "compartiendo claustro" con el juez Serrano; Joaquín Moeckel; su hermano; el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Manuel Damián Álvarez, y Miguel García Diéguez, letrado en esta causa del propio juez Serrano, para quien la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros.
Por todo lo anterior, la acusación particular considera que Lorenzo del Río "debe ser recusado" para enjuiciar al magistrado sevillano, ya que "de otro modo estaría, por ejemplo, dirigiendo los interrogatorios hacia sus compañeros y amigos de Icide y estaría oyendo al letrado de la defensa, también compañero y amigo de Icide".
FORMACIÓN DE UN CRITERIO PREVIO
También esgrime que el presidente del TSJA "ya ha intervenido en la causa como presidente de la Sala de Gobierno, formándose presuntamente criterio y habiendo tomado una decisión gravísima contra la tutela judicial efectiva de la acusación particular", ya que el recusado "confirmó la multa que el acusado" impuso al abogado de la acusación particular "por el simple hecho de acusarle", una multa que le fue comunicada el 20 de diciembre de 2010, "a la misma hora en que comenzaba el interrogatorio del imputado".
A su juicio, esto es algo "extraordinario" en Derecho, pues "el acusado pudo imponer una multa fortísima --3.000 euros-- al abogado que le acusaba y el presidente del TSJA lo encontró ajustado a Derecho", lo que explica la causa de recusación, "ya que de otro modo podría eventualmente silenciar la libertad de expresión de la acusación particular, dañando el derecho de la denunciante a la tutela judicial efectiva".
Lorenzo del Río "no debe intervenir" en el actual procedimiento, puesto "que ya ha tomado postura, ciertamente irregular, a favor de su compañero magistrado y colega docente en Icide".
El letrado Iñigo Moreno también pide recusar al magistrado Jerónimo Garvín Ojeda, quien "formó opinión y resolvió a favor del acusado, exonerándole del intento de silenciar a quien le acusaba multando al letrado de la acusación particular", y recuerda que el auto de archivo decretado por Garvín Ojeda en el asunto de la multa "vulneró frontalmente la doctrina del TS y del TC sobre la libertad de expresión de los letrados en ejercicio de sus funciones y su íntima relación con la tutela judicial efectiva de sus clientes".
EL JUICIO, A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tiene previsto juzgar entre los próximos días 3 y 5 de octubre al juez Francisco Serrano por un presunto delito de prevaricación, en una vista oral en la que la acusación particular pedirá para el imputado 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
El juicio contra el juez Serrano se celebrará a pesar de que la Sección IIª de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó un auto en el cual desestimó el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y la impugnación formulada por la representación procesal de la madre del menor, al entender que la decisión del juez Serrano se apoyó "en razones de urgencia y necesidad", por lo que "su competencia difícilmente puede ser cuestionada".
SEVILLA, 23 Sep.2011 (EUROPA PRESS) -
La mujer que denunció al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de su hijo de 11 años establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá', ha solicitado la recusación de 2 de los magistrados que juzgarán el próximo mes de octubre al juez, entre ellos el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río.
En el escrito presentado este mismo viernes ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación particular que ejerce el letrado Iñigo Moreno Lara esgrime varias causas para recusar al presidente del Alto Tribunal andaluz, y cita en primer lugar que éste "ha trabajado y trabaja profesionalmente" para el hermano de Joaquín Moeckel, "letrado del juez Serrano y, simultáneamente, abogado del padre del niño y citado a declarar como testigo" ante el propio Lorenzo del Río.
De este modo, argumenta que el presidente del TSJA figura como profesor en Icide, "compartiendo claustro" con el juez Serrano; Joaquín Moeckel; su hermano; el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Manuel Damián Álvarez, y Miguel García Diéguez, letrado en esta causa del propio juez Serrano, para quien la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros.
Por todo lo anterior, la acusación particular considera que Lorenzo del Río "debe ser recusado" para enjuiciar al magistrado sevillano, ya que "de otro modo estaría, por ejemplo, dirigiendo los interrogatorios hacia sus compañeros y amigos de Icide y estaría oyendo al letrado de la defensa, también compañero y amigo de Icide".
FORMACIÓN DE UN CRITERIO PREVIO
También esgrime que el presidente del TSJA "ya ha intervenido en la causa como presidente de la Sala de Gobierno, formándose presuntamente criterio y habiendo tomado una decisión gravísima contra la tutela judicial efectiva de la acusación particular", ya que el recusado "confirmó la multa que el acusado" impuso al abogado de la acusación particular "por el simple hecho de acusarle", una multa que le fue comunicada el 20 de diciembre de 2010, "a la misma hora en que comenzaba el interrogatorio del imputado".
A su juicio, esto es algo "extraordinario" en Derecho, pues "el acusado pudo imponer una multa fortísima --3.000 euros-- al abogado que le acusaba y el presidente del TSJA lo encontró ajustado a Derecho", lo que explica la causa de recusación, "ya que de otro modo podría eventualmente silenciar la libertad de expresión de la acusación particular, dañando el derecho de la denunciante a la tutela judicial efectiva".
Lorenzo del Río "no debe intervenir" en el actual procedimiento, puesto "que ya ha tomado postura, ciertamente irregular, a favor de su compañero magistrado y colega docente en Icide".
El letrado Iñigo Moreno también pide recusar al magistrado Jerónimo Garvín Ojeda, quien "formó opinión y resolvió a favor del acusado, exonerándole del intento de silenciar a quien le acusaba multando al letrado de la acusación particular", y recuerda que el auto de archivo decretado por Garvín Ojeda en el asunto de la multa "vulneró frontalmente la doctrina del TS y del TC sobre la libertad de expresión de los letrados en ejercicio de sus funciones y su íntima relación con la tutela judicial efectiva de sus clientes".
EL JUICIO, A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tiene previsto juzgar entre los próximos días 3 y 5 de octubre al juez Francisco Serrano por un presunto delito de prevaricación, en una vista oral en la que la acusación particular pedirá para el imputado 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
El juicio contra el juez Serrano se celebrará a pesar de que la Sección IIª de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó un auto en el cual desestimó el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y la impugnación formulada por la representación procesal de la madre del menor, al entender que la decisión del juez Serrano se apoyó "en razones de urgencia y necesidad", por lo que "su competencia difícilmente puede ser cuestionada".
Agredir a un menor es causa para perder patria potestad
http://noticierostelevisa.esmas.com/nacional/268329/scjn-agredir-menor-causa-perder-patria-potestad
SCJN: Agredir a un menor es causa para perder patria potestad
La SCJN determinó que amenazar y agredir a un menor de edad es causa para perder patria potestad; no es necesario detallar hechos.
Erica Mora.CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 11, 2011.-
En un hecho sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que amenazar y agredir verbalmente a un menor de edad es causa suficiente para perder la patria potestad.
Por unanimidad de votos, los ministros de la Iª sala de la Suprema Corte resolvieron que en las demandas de divorcio que se denuncie violencia intrafamiliar "es innecesario" detallar los hechos en los que se presentó la violencia.
Los ministros argumentaron que "sería prácticamente imposible" que un menor de edad recuerde los datos específicos de los actos violentos de los que fue objeto.
Concluyeron que en estos casos de violencia intrafamiliar es constitucional decretar:
1.- el divorcio,
2.- la perdida de la patria potestad y
3.- condenar al acusado a pagar una pensión alimenticia que garantiza los alimentos, salud, educación y recreación de los menores.
SCJN: Agredir a un menor es causa para perder patria potestad
La SCJN determinó que amenazar y agredir a un menor de edad es causa para perder patria potestad; no es necesario detallar hechos.
Erica Mora.CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 11, 2011.-
En un hecho sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que amenazar y agredir verbalmente a un menor de edad es causa suficiente para perder la patria potestad.
Por unanimidad de votos, los ministros de la Iª sala de la Suprema Corte resolvieron que en las demandas de divorcio que se denuncie violencia intrafamiliar "es innecesario" detallar los hechos en los que se presentó la violencia.
Los ministros argumentaron que "sería prácticamente imposible" que un menor de edad recuerde los datos específicos de los actos violentos de los que fue objeto.
Concluyeron que en estos casos de violencia intrafamiliar es constitucional decretar:
1.- el divorcio,
2.- la perdida de la patria potestad y
3.- condenar al acusado a pagar una pensión alimenticia que garantiza los alimentos, salud, educación y recreación de los menores.
México DF: Los Padres podrán recuperar patria potestad de sus hijos
http://noticierostelevisa.esmas.com/df/273580/padres-podran-recuperar-patria-potestad-hijos-df
Padres podrán recuperar patria potestad de hijos en el DF.
La ALDF señala que padres podrán recuperar patria potestad de menores si comprueban que han cumplido con obligaciones durante 1 año.
Evangelina Hernández.CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 29, 2011.-
En el Distrito Federal, los padres que hayan perdido la patria potestad de sus hijos tendrán la oportunidad de recobrarla.
"El cónyuge o concubino que perdió la patria potestad por el abandono de sus deberes alimentarios la podrá recuperar siempre y cuando compruebe que ha cumplido con esta obligación por más de 1 año, otorgue garantía anual, se le haya realizado un estudio de situación económica y de su comportamiento actual", señaló Julio César Moreno, presidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
"Me parece que si un padre o una madre se pone al día en sus obligaciones y entre las principales es darle mantenimiento a sus hijos y lo esta haciendo por 1 año y el juez acredita que la voluntad de corregir en los hechos es real, creo que vale la pena que todos tengamos una 2º oportunidad", indicó Carlos Pizano, vicepresidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
Esto será posible luego de que el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó modificaciones tanto al código civil como al código de procedimientos civiles del DF.
También se aprobaron modificaciones al artículo 444 del código civil para que un padre o una madre pierdan la patria potestad de los hijos si se viola el mandato de un juez que ordene no acercase a los hijos.
"Por el incumplimiento injustificado de las determinaciones judiciales que se haya ordenado al que ejerza la patria potestad tendientes a corregir actos de violencia familiar cuando estos actos hayan afectado a sus descendientes", señaló Julio César Moreno, presidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
Estas reformas entraran en vigor un día después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
Padres podrán recuperar patria potestad de hijos en el DF.
La ALDF señala que padres podrán recuperar patria potestad de menores si comprueban que han cumplido con obligaciones durante 1 año.
Evangelina Hernández.CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 29, 2011.-
En el Distrito Federal, los padres que hayan perdido la patria potestad de sus hijos tendrán la oportunidad de recobrarla.
"El cónyuge o concubino que perdió la patria potestad por el abandono de sus deberes alimentarios la podrá recuperar siempre y cuando compruebe que ha cumplido con esta obligación por más de 1 año, otorgue garantía anual, se le haya realizado un estudio de situación económica y de su comportamiento actual", señaló Julio César Moreno, presidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
"Me parece que si un padre o una madre se pone al día en sus obligaciones y entre las principales es darle mantenimiento a sus hijos y lo esta haciendo por 1 año y el juez acredita que la voluntad de corregir en los hechos es real, creo que vale la pena que todos tengamos una 2º oportunidad", indicó Carlos Pizano, vicepresidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
Esto será posible luego de que el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó modificaciones tanto al código civil como al código de procedimientos civiles del DF.
También se aprobaron modificaciones al artículo 444 del código civil para que un padre o una madre pierdan la patria potestad de los hijos si se viola el mandato de un juez que ordene no acercase a los hijos.
"Por el incumplimiento injustificado de las determinaciones judiciales que se haya ordenado al que ejerza la patria potestad tendientes a corregir actos de violencia familiar cuando estos actos hayan afectado a sus descendientes", señaló Julio César Moreno, presidente de la Comisión de Justicia de la ALDF.
Estas reformas entraran en vigor un día después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
México DF: El PRD Propone la custodia de hijos compartida
http://noticierostelevisa.esmas.com/df/337652/propone-prd-custodia-hijos-compartida-df
Propone PRD custodia de hijos compartida en el DF
Diputados del PRD presentan iniciativa ante la ALDF para que custodia de menores sea compartida por ambos padres con el fin de evitar peleas
Por: Evangelina Hernández.Fuente: Noticieros Televisa.CIUDAD DE MÉXICO, México, sep. 22, 2011.-
Con el fin de evitar las peleas extremas que se dan entre los padres divorciados por la custodia de los hijos, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) presentó una iniciativa de reformas para que la custodia de los menores sea compartida por ambos padres.
"Dichos fenómenos han causado una disputa entre madres y padres separados, pero lo que no hemos calculado son los daños psicológicos a los que se exponen a las niñas y a los niños que al convertirse en disputa para ver quien conserva la guarda y custodia", señaló Uriel González, diputado del PRD.
La iniciativa del legislador deroga el artículo 282 donde se establece que hasta los 12 años de edad el o los hijos, deberán permanecer al cuidado de la madre.
"Lo cual no siempre resulta ideal para una madre al quedar soltera por algún tipo de separación, pues no debe ser el caso resultante de una cuestión de lucha de género, sino lo que persigue precisamente esta reforma es conseguir la igualdad en cuanto a las obligaciones para con los descendientes de ambos progenitores", destacó el diputado perredista.
De acuerdo con la reforma, el artículo 282 del Código civil para el Distrito Federal, quedaría de la siguiente manera:
El juez deberá decretar la guarda y custodia compartida siempre y cuando alguno de los progenitores no represente algún riesgo para el normal desarrollo del menor.
La iniciativa de reforma fue turnada a la Comisión de procuración de justicia para su estudio y dictaminación.
La figura de custodia compartida ya esta vigente en el estado de Morelos, Aguascalientes y Chiapas
Propone PRD custodia de hijos compartida en el DF
Diputados del PRD presentan iniciativa ante la ALDF para que custodia de menores sea compartida por ambos padres con el fin de evitar peleas
Por: Evangelina Hernández.Fuente: Noticieros Televisa.CIUDAD DE MÉXICO, México, sep. 22, 2011.-
Con el fin de evitar las peleas extremas que se dan entre los padres divorciados por la custodia de los hijos, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) presentó una iniciativa de reformas para que la custodia de los menores sea compartida por ambos padres.
"Dichos fenómenos han causado una disputa entre madres y padres separados, pero lo que no hemos calculado son los daños psicológicos a los que se exponen a las niñas y a los niños que al convertirse en disputa para ver quien conserva la guarda y custodia", señaló Uriel González, diputado del PRD.
La iniciativa del legislador deroga el artículo 282 donde se establece que hasta los 12 años de edad el o los hijos, deberán permanecer al cuidado de la madre.
"Lo cual no siempre resulta ideal para una madre al quedar soltera por algún tipo de separación, pues no debe ser el caso resultante de una cuestión de lucha de género, sino lo que persigue precisamente esta reforma es conseguir la igualdad en cuanto a las obligaciones para con los descendientes de ambos progenitores", destacó el diputado perredista.
De acuerdo con la reforma, el artículo 282 del Código civil para el Distrito Federal, quedaría de la siguiente manera:
El juez deberá decretar la guarda y custodia compartida siempre y cuando alguno de los progenitores no represente algún riesgo para el normal desarrollo del menor.
La iniciativa de reforma fue turnada a la Comisión de procuración de justicia para su estudio y dictaminación.
La figura de custodia compartida ya esta vigente en el estado de Morelos, Aguascalientes y Chiapas
Justicia apuesta por la subasta electrónica para evitar abusos
http://www.cincodias.com/articulo/economia/justicia-apuesta-subasta-electronica-evitar-abusos/20110922cdscdieco_6/
Una web permitirá pujar por los bienes embargados.
Justicia apuesta por la subasta electrónica para evitar abusos.
El Ministerio de Justicia presentó ayer el nuevo portal de subastas judiciales electrónicas que estará operativo a partir de noviembre.
Esta iniciativa permitirá, a través de internet, el seguimiento y participación de todos los ciudadanos en las subastas de cualquier clase de bien embargado.
El Gobierno espera frenar así los abusos en estos procesos.
R. Díaz Guijarro - Madrid - 22/09/2011
Ante la grave situación de crisis económica, "este es un proyecto muy importante porque pese a que:
1.- han aumentado exponencialmente las ejecuciones hipotecarias,
2.- el número de postores en las subastas presenciales es escaso", explicó ayer el ministro de Justicia, Francisco Caamaño.
Precisamente por culpa de que son muy pocos quienes primero se enteran de la existencia de la subasta (ahora la comunicación solo es posible a través de un edicto en el tablón de anuncios del juzgado correspondiente), Caamaño reconoció que los precios de adjudicación suelen ser bajos, alejados del valor real del bien.
Ese desconocimiento general de los ciudadanos y el difícil acceso a las subastas hace que se produzcan "prácticas colusorias de unos pocos" que, utilizando información privilegiada, pactan precios y perjudican a los ciudadanos embargados, tal y como reconocieron desde Justicia.
Con el nuevo portal de internet que está previsto que comience a funcionar en noviembre se trata de:
1.- evitar esos pactos de precios,
2.- la acción de los conocidos como subasteros y
3.- se ahorrarán trámites de papeleos innecesarios y desplazamientos.
Oficina Judicial
La idea es que gracias a ese ahorro de costes y al incremento en el número de postores, los bienes subastados logren:
a.- precios mejores,
b.- posibilitando que los embargados salden sus deudas y
c.- mejoren su situación económica.
El nuevo portal publicará todas las subastas que se produzcan en los juzgados del territorio nacional y los ciudadanos podrán acceder a la información acerca de las mismas.
Así, podrán conocer qué tipo de bienes se subastan, ya que no solo se venden a través de este mecanismo inmuebles que han sido previamente embargados.
También pueden adquirirse coches, fincas, joyas u obras de artes, entre otras.
Los ciudadanos podrán saber en qué lugar están los bienes que se van a subastar, incluso con imágenes de los mismos, y conocer su estado actualizado, gracias a los datos que faciliten organismos colaboradores como el Catastro, los registros de la propiedad y las notarías.
Una vez que se decida participar en la puja, se podrá hacer en tiempo real accediendo mediante el DNI electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido, o bien con un nombre de usuario y contraseña obtenido en el juzgado.
Por el momento, las subastas electrónicas se realizarán en los territorios dependientes de Justicia, comenzando por las ciudades en las que ya está implantado el modelo de la nueva Oficina Judicial: Burgos, Murcia, Cáceres, Ciudad Real, León, Cuenca y Mérida.
La lucha contra el desahucio, en el debate del 20-N
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) confía en sacar a la calle el próximo domingo a miles de ciudadanos en toda España en defensa del derecho a la vivienda, manifestaciones con las que quieren situar la batalla contra los desahucios en la agenda política de cara a las comicios del 20-N.
Algo más de 35 ciudades de toda España, entre ellas Barcelona, acogerán manifestaciones ciudadanas el domingo para reclamar:
1.- la adhesión a la fórmula de la dación en pago,
2.- la aprobación de una moratoria para los desahucios por motivos económicos y
3.- la reconversión de los pisos que las familias no puedan pagar en viviendas de alquiler social.
La portavoz de la PAH, Ada Colau, explicó ayer que las manifestaciones contribuirán a situar la problemática de los impagos de las hipotecas en el centro del debate electoral a las puertas de la campaña de los próximos comicios generales.
"Esperamos una participación masiva", dijo Colau, quien destacó el "eco social" que está teniendo la reivindicación de la fórmula de la "dación en pago", que permitiría saldar la hipoteca devolviendo el piso.
Un ejemplo de este éxito social, a su juicio, es que la Mesa del Congreso haya acabado por aceptar a trámite, tras meses de retraso, la ILP (iniciativa legislativa popular) promovida por diferentes entidades vecinales, sindicales y sociales.
En Barcelona, la manifestación partirá de la plaza Cataluña y recorrerá la vía Laietana hasta llegar a Pla de Palau, donde se encuentra la sede de Delegación de Gobierno.
Esta ILP, promovida desde Cataluña, encara ahora la tarea de recoger las 500.000 firmas necesarias.
El redactado de la nueva ILP defiende que se paren los desahucios y que las familias que entregan su piso para liquidar la hipoteca puedan quedarse en sus casas pagando "un alquiler social" durante 5 años.
Exportar el éxito de la prueba piloto de Murcia
El proyecto que ahora está a punto de ver la luz comenzó a gestarse en 2007 y se ha desarrollado como programa piloto en Murcia.
El ministro de Justicia avanzó que desde la implantación de las subastas electrónicas en dicha región la ratio de licitadores por internet frente a los presenciales creció casi un 190%, mientras el número de adjudicaciones lo hizo un 250%.
"Lo que demuestra que es una herramienta que cuando los ciudadanos la conocen, la utilizan", aclaró.
En los 6 primeros meses de este ejercicio, los juzgados de Murcia adjudicaron 113 bienes por internet frente a los 53 del mismo periodo de 2010, el 113% más.
El valor de esos bienes ascendió a 18,4 millones frente a los 6,6 de un año antes.
El incremento del precio de remate gracias al mayor nº de postores fue de entre el 20% y el 25%.
Una web permitirá pujar por los bienes embargados.
Justicia apuesta por la subasta electrónica para evitar abusos.
El Ministerio de Justicia presentó ayer el nuevo portal de subastas judiciales electrónicas que estará operativo a partir de noviembre.
Esta iniciativa permitirá, a través de internet, el seguimiento y participación de todos los ciudadanos en las subastas de cualquier clase de bien embargado.
El Gobierno espera frenar así los abusos en estos procesos.
R. Díaz Guijarro - Madrid - 22/09/2011
Ante la grave situación de crisis económica, "este es un proyecto muy importante porque pese a que:
1.- han aumentado exponencialmente las ejecuciones hipotecarias,
2.- el número de postores en las subastas presenciales es escaso", explicó ayer el ministro de Justicia, Francisco Caamaño.
Precisamente por culpa de que son muy pocos quienes primero se enteran de la existencia de la subasta (ahora la comunicación solo es posible a través de un edicto en el tablón de anuncios del juzgado correspondiente), Caamaño reconoció que los precios de adjudicación suelen ser bajos, alejados del valor real del bien.
Ese desconocimiento general de los ciudadanos y el difícil acceso a las subastas hace que se produzcan "prácticas colusorias de unos pocos" que, utilizando información privilegiada, pactan precios y perjudican a los ciudadanos embargados, tal y como reconocieron desde Justicia.
Con el nuevo portal de internet que está previsto que comience a funcionar en noviembre se trata de:
1.- evitar esos pactos de precios,
2.- la acción de los conocidos como subasteros y
3.- se ahorrarán trámites de papeleos innecesarios y desplazamientos.
Oficina Judicial
La idea es que gracias a ese ahorro de costes y al incremento en el número de postores, los bienes subastados logren:
a.- precios mejores,
b.- posibilitando que los embargados salden sus deudas y
c.- mejoren su situación económica.
El nuevo portal publicará todas las subastas que se produzcan en los juzgados del territorio nacional y los ciudadanos podrán acceder a la información acerca de las mismas.
Así, podrán conocer qué tipo de bienes se subastan, ya que no solo se venden a través de este mecanismo inmuebles que han sido previamente embargados.
También pueden adquirirse coches, fincas, joyas u obras de artes, entre otras.
Los ciudadanos podrán saber en qué lugar están los bienes que se van a subastar, incluso con imágenes de los mismos, y conocer su estado actualizado, gracias a los datos que faciliten organismos colaboradores como el Catastro, los registros de la propiedad y las notarías.
Una vez que se decida participar en la puja, se podrá hacer en tiempo real accediendo mediante el DNI electrónico o cualquier certificado electrónico reconocido, o bien con un nombre de usuario y contraseña obtenido en el juzgado.
Por el momento, las subastas electrónicas se realizarán en los territorios dependientes de Justicia, comenzando por las ciudades en las que ya está implantado el modelo de la nueva Oficina Judicial: Burgos, Murcia, Cáceres, Ciudad Real, León, Cuenca y Mérida.
La lucha contra el desahucio, en el debate del 20-N
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) confía en sacar a la calle el próximo domingo a miles de ciudadanos en toda España en defensa del derecho a la vivienda, manifestaciones con las que quieren situar la batalla contra los desahucios en la agenda política de cara a las comicios del 20-N.
Algo más de 35 ciudades de toda España, entre ellas Barcelona, acogerán manifestaciones ciudadanas el domingo para reclamar:
1.- la adhesión a la fórmula de la dación en pago,
2.- la aprobación de una moratoria para los desahucios por motivos económicos y
3.- la reconversión de los pisos que las familias no puedan pagar en viviendas de alquiler social.
La portavoz de la PAH, Ada Colau, explicó ayer que las manifestaciones contribuirán a situar la problemática de los impagos de las hipotecas en el centro del debate electoral a las puertas de la campaña de los próximos comicios generales.
"Esperamos una participación masiva", dijo Colau, quien destacó el "eco social" que está teniendo la reivindicación de la fórmula de la "dación en pago", que permitiría saldar la hipoteca devolviendo el piso.
Un ejemplo de este éxito social, a su juicio, es que la Mesa del Congreso haya acabado por aceptar a trámite, tras meses de retraso, la ILP (iniciativa legislativa popular) promovida por diferentes entidades vecinales, sindicales y sociales.
En Barcelona, la manifestación partirá de la plaza Cataluña y recorrerá la vía Laietana hasta llegar a Pla de Palau, donde se encuentra la sede de Delegación de Gobierno.
Esta ILP, promovida desde Cataluña, encara ahora la tarea de recoger las 500.000 firmas necesarias.
El redactado de la nueva ILP defiende que se paren los desahucios y que las familias que entregan su piso para liquidar la hipoteca puedan quedarse en sus casas pagando "un alquiler social" durante 5 años.
Exportar el éxito de la prueba piloto de Murcia
El proyecto que ahora está a punto de ver la luz comenzó a gestarse en 2007 y se ha desarrollado como programa piloto en Murcia.
El ministro de Justicia avanzó que desde la implantación de las subastas electrónicas en dicha región la ratio de licitadores por internet frente a los presenciales creció casi un 190%, mientras el número de adjudicaciones lo hizo un 250%.
"Lo que demuestra que es una herramienta que cuando los ciudadanos la conocen, la utilizan", aclaró.
En los 6 primeros meses de este ejercicio, los juzgados de Murcia adjudicaron 113 bienes por internet frente a los 53 del mismo periodo de 2010, el 113% más.
El valor de esos bienes ascendió a 18,4 millones frente a los 6,6 de un año antes.
El incremento del precio de remate gracias al mayor nº de postores fue de entre el 20% y el 25%.
España: 45 asesinadas en lo que va de año 2011
http://www.europapress.es/epsocial/familia-00324/noticia-dos-cada-tres-muertas-violencia-genero-no-denunciaron-agresor-20110922185351.html
45 asesinadas en lo que va de año.
2 de cada 3 muertas por violencia de género no denunciaron a su agresor.
MADRID, 22 Sep. 11(EUROPA PRESS) -
2 de cada 3 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas no presentaron denuncia contra su agresor, según los últimos datos de la Secretaría de Estado de Igualdad, que tras el caso de Puzol (Valencia), ocurrido esta madrugada, confirma que el número de víctimas asciende a 45 en lo que va de año.
Así, del total de mujeres muertas:
1.- sólo 14 denunciaron,
2.- 7 tenían medidas de protección en vigor y
3.- en 5 casos fueron quebrantadas sin consentimiento de la víctima.
Más de la mitad de las asesinadas, 28, convivía con el agresor, en 20 casos habían roto la relación o estaban en fase de ruptura y en 25 casos eran pareja.
En cuanto a las características de las víctimas:
a.- 31 eran españolas y 14 extranjeras,
b.- la edad de la mayoría de las asesinadas (31) se concentra en la franja de los 21 y los 50 años, aunque destaca que haya 11 víctimas con una edad comprendida entre los 21 y los 30.
Según este recuento, Andalucía es la comunidad que acumula más víctimas en lo que va de año, con un total de 11 casos, seguida de la Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid, ambas con 7, y Cataluña 6.
Destaca Extremadura, que no registra ninguna muerte por violencia de género.
45 asesinadas en lo que va de año.
2 de cada 3 muertas por violencia de género no denunciaron a su agresor.
MADRID, 22 Sep. 11(EUROPA PRESS) -
2 de cada 3 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas no presentaron denuncia contra su agresor, según los últimos datos de la Secretaría de Estado de Igualdad, que tras el caso de Puzol (Valencia), ocurrido esta madrugada, confirma que el número de víctimas asciende a 45 en lo que va de año.
Así, del total de mujeres muertas:
1.- sólo 14 denunciaron,
2.- 7 tenían medidas de protección en vigor y
3.- en 5 casos fueron quebrantadas sin consentimiento de la víctima.
Más de la mitad de las asesinadas, 28, convivía con el agresor, en 20 casos habían roto la relación o estaban en fase de ruptura y en 25 casos eran pareja.
En cuanto a las características de las víctimas:
a.- 31 eran españolas y 14 extranjeras,
b.- la edad de la mayoría de las asesinadas (31) se concentra en la franja de los 21 y los 50 años, aunque destaca que haya 11 víctimas con una edad comprendida entre los 21 y los 30.
Según este recuento, Andalucía es la comunidad que acumula más víctimas en lo que va de año, con un total de 11 casos, seguida de la Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid, ambas con 7, y Cataluña 6.
Destaca Extremadura, que no registra ninguna muerte por violencia de género.
Condenada una suegra por dudar en público de la paternidad de su nieto
http://www.europapress.es/sociedad/noticia-condenada-suegra-dudar-publico-paternidad-nieto-20110922132634.html
El asunto llega al Supremo: Condenada una suegra por dudar en público de la paternidad de su nieto.
MADRID, 22 Sep. 11(EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha ordenado a una suegra abstenerse de comunicar a terceras personas sus dudas sobre la paternidad de su nieto y a indemnizar con un pago de 9.000 euros a su nuera por difundir que el menor nació de una relación extramatrimonial de la perjudicada.
Así lo establece la Sala de lo Civil del Supremo en una sentencia en la que confirma la condena que impuso la Audiencia Provincial de Huelva y rechaza el recurso interpuesto por la suegra, María del Carmen F.F.
Los hechos de enjuiciamiento parten de la demanda que interpuso María del Rosario G. contra su suegra por haber transmitido a varias personas que el hijo que había dado a luz no era fruto de la relación que mantenía con su marido, sino de una relación extramarital.
Según el relato de hechos probados, María del Rosario G. contrajo matrimonio en 2001 con el hijo de la demandada, después de que éste sufriera 3 años antes un grave accidente por el que se le declaró una incapacidad absoluta y permanente desde el año 2000.
Tras el accidente que sufrió su hijo, la suegra alegó haber caído en una depresión que cursó en "un hablar, hablar y hablar, sin saber lo que decía" y que "pudo decir que dudaba de que el hijo de la actora fuese de su hijo".
Al mismo tiempo, María del Rosario lamentó que su nombre hubiera "estado en boca de todo el mundo" y declaró que "cuando iba por la calle con el niño, la gente se acercaba a ella, comentando si se parecía o no al padre".
Después de escuchar estas dudas durante los 3 primeros años de edad del menor, optó así por interponer la demanda puesto que esta situación estaba llegando también a afectar a su hijo.
A pesar de que un juzgado de 1ª instancia de Ayamonte desestimó la demanda, la Audiencia Provincial de Huelva revocó esta decisión al entender que se había producido una intromisión ilegítima en el honor de la nuera y que, aunque el rumor fuera cierto, se habría atentado contra su intimidad.
ATENTADO CONTRA LA INTIMIDAD DE UNA MUJER CASADA
Ahora la Sala 1ª del Tribunal Supremo ha resuelto este conflicto entre el honor y la intimidad, por un lado, y la libertad de expresión e información, por otro.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, aprecia que existe efectivamente una atentado contra el honor de la nuera al haberse ejercitado la libertad de expresión e información de forma no legítima ya que "ningún interés tiene para el público en general ni para nadie en particular el conocimiento de ese asunto.
La Sala destaca que tampoco concurre el elemento de veracidad por la falta de diligencia en la difusión de un rumor difícilmente constatable y que, en todo caso, supone un atentado contra la intimidad personal de la demandante, "debiendo considerarse objetivamente atentatorio al honor y a la intimidad la atribución de un hijo extramatrimonial a una mujer casada".
El asunto llega al Supremo: Condenada una suegra por dudar en público de la paternidad de su nieto.
MADRID, 22 Sep. 11(EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha ordenado a una suegra abstenerse de comunicar a terceras personas sus dudas sobre la paternidad de su nieto y a indemnizar con un pago de 9.000 euros a su nuera por difundir que el menor nació de una relación extramatrimonial de la perjudicada.
Así lo establece la Sala de lo Civil del Supremo en una sentencia en la que confirma la condena que impuso la Audiencia Provincial de Huelva y rechaza el recurso interpuesto por la suegra, María del Carmen F.F.
Los hechos de enjuiciamiento parten de la demanda que interpuso María del Rosario G. contra su suegra por haber transmitido a varias personas que el hijo que había dado a luz no era fruto de la relación que mantenía con su marido, sino de una relación extramarital.
Según el relato de hechos probados, María del Rosario G. contrajo matrimonio en 2001 con el hijo de la demandada, después de que éste sufriera 3 años antes un grave accidente por el que se le declaró una incapacidad absoluta y permanente desde el año 2000.
Tras el accidente que sufrió su hijo, la suegra alegó haber caído en una depresión que cursó en "un hablar, hablar y hablar, sin saber lo que decía" y que "pudo decir que dudaba de que el hijo de la actora fuese de su hijo".
Al mismo tiempo, María del Rosario lamentó que su nombre hubiera "estado en boca de todo el mundo" y declaró que "cuando iba por la calle con el niño, la gente se acercaba a ella, comentando si se parecía o no al padre".
Después de escuchar estas dudas durante los 3 primeros años de edad del menor, optó así por interponer la demanda puesto que esta situación estaba llegando también a afectar a su hijo.
A pesar de que un juzgado de 1ª instancia de Ayamonte desestimó la demanda, la Audiencia Provincial de Huelva revocó esta decisión al entender que se había producido una intromisión ilegítima en el honor de la nuera y que, aunque el rumor fuera cierto, se habría atentado contra su intimidad.
ATENTADO CONTRA LA INTIMIDAD DE UNA MUJER CASADA
Ahora la Sala 1ª del Tribunal Supremo ha resuelto este conflicto entre el honor y la intimidad, por un lado, y la libertad de expresión e información, por otro.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, aprecia que existe efectivamente una atentado contra el honor de la nuera al haberse ejercitado la libertad de expresión e información de forma no legítima ya que "ningún interés tiene para el público en general ni para nadie en particular el conocimiento de ese asunto.
La Sala destaca que tampoco concurre el elemento de veracidad por la falta de diligencia en la difusión de un rumor difícilmente constatable y que, en todo caso, supone un atentado contra la intimidad personal de la demandante, "debiendo considerarse objetivamente atentatorio al honor y a la intimidad la atribución de un hijo extramatrimonial a una mujer casada".
Belén Esteban, abandonada por su marido Fran Álvarez
http://www.europapress.es/chance/gente/noticia-belen-esteban-abandonada-marido-fran-alvarez-20110922121838.html
Parece la crisis definitiva: Belén Esteban, abandonada por su marido Fran Álvarez
MADRID, 22 Sep. 2011(EUROPA PRESS)
La Princesa del Pueblo ha viajado esta semana hasta una de las capitales de la moda para presentar su nueva colección de zapatos y abrir las fronteras del mercado.
Mientras ella se dedica en cuerpo y alma a su trabajo, su marido se iba de juerga por la capital madrileña.
De hecho, la rubia más televisiva no sabe nada de él desde hace ya una semana. ¿Separación a la vista?
Tensa, seria y algo nerviosa. Así se mostraba Belén Esteban recién aterrizada de Milán.
Y es que ha sido poner los pies en territorio español y su programa, Sálvame, anunciaba una nueva separación de su marido, Fran Álvarez.
Acompañada por su representante, Toño Sanchís, solamente respondió a las preguntas relacionadas con su estancia en Italia: "Todo muy bien y muy bonito".
Mientras tanto, en su programa de Telecinco, Jorge Javier Vázquez lo tenía así de claro: "Creo que esta vez sí es la definitiva".
Desde su boda en junio de 2008 ya van 8 crisis, pero el miércoles pasado Belén, muy enfadada, se subía al coche que conducía Fran.
A las pocas horas, la Esteban era abandonada por su marido.
De hecho, su compañera Lidia Lozano era quien confirmaba que el todavía marido de la co-presentadora de Sálvame "lleva desde el miércoles sin aparecer por casa".
"Anoche él estuvo de copas en una discoteca con unos amigos", añadía la periodista a Europa Press a la salida del estreno de la obra de Arturo Fernández.
También Kiko Hernández se subía al carro y afirmaba que Belén y Fran están separados. Para el colaborador, esta vez "parece la definitiva. Por los datos que tengo creo que sí. Ya no se van a dar ninguna oportunidad más".
Y, por si quedaba alguna duda, el representante de la Princesa del Pueblo intervenía telefónicamente en Sálvame para confirmar la información:
"Me he quedado muy sorprendido. Siempre he sido un defensor incondicional de Fran, siempre he creído en esa pareja".
Pero es que al parecer, la ex de Jesulín está tan convencida de su decisión que ya ha pedido a Toño Sanchís que se encargue de los trámites legales:
"Belén me ha pedido que me pusiera en comunicación con el abogado para pedirle los papeles de la separación".
Finalmente, el representante apuntaba que Belén Esteban está "muy triste y muy disgustada", pero también "con los ojos abiertos".
¿Estaremos ante el divorcio definitivo? Solo el tiempo lo dirá.....
Parece la crisis definitiva: Belén Esteban, abandonada por su marido Fran Álvarez
MADRID, 22 Sep. 2011(EUROPA PRESS)
La Princesa del Pueblo ha viajado esta semana hasta una de las capitales de la moda para presentar su nueva colección de zapatos y abrir las fronteras del mercado.
Mientras ella se dedica en cuerpo y alma a su trabajo, su marido se iba de juerga por la capital madrileña.
De hecho, la rubia más televisiva no sabe nada de él desde hace ya una semana. ¿Separación a la vista?
Tensa, seria y algo nerviosa. Así se mostraba Belén Esteban recién aterrizada de Milán.
Y es que ha sido poner los pies en territorio español y su programa, Sálvame, anunciaba una nueva separación de su marido, Fran Álvarez.
Acompañada por su representante, Toño Sanchís, solamente respondió a las preguntas relacionadas con su estancia en Italia: "Todo muy bien y muy bonito".
Mientras tanto, en su programa de Telecinco, Jorge Javier Vázquez lo tenía así de claro: "Creo que esta vez sí es la definitiva".
Desde su boda en junio de 2008 ya van 8 crisis, pero el miércoles pasado Belén, muy enfadada, se subía al coche que conducía Fran.
A las pocas horas, la Esteban era abandonada por su marido.
De hecho, su compañera Lidia Lozano era quien confirmaba que el todavía marido de la co-presentadora de Sálvame "lleva desde el miércoles sin aparecer por casa".
"Anoche él estuvo de copas en una discoteca con unos amigos", añadía la periodista a Europa Press a la salida del estreno de la obra de Arturo Fernández.
También Kiko Hernández se subía al carro y afirmaba que Belén y Fran están separados. Para el colaborador, esta vez "parece la definitiva. Por los datos que tengo creo que sí. Ya no se van a dar ninguna oportunidad más".
Y, por si quedaba alguna duda, el representante de la Princesa del Pueblo intervenía telefónicamente en Sálvame para confirmar la información:
"Me he quedado muy sorprendido. Siempre he sido un defensor incondicional de Fran, siempre he creído en esa pareja".
Pero es que al parecer, la ex de Jesulín está tan convencida de su decisión que ya ha pedido a Toño Sanchís que se encargue de los trámites legales:
"Belén me ha pedido que me pusiera en comunicación con el abogado para pedirle los papeles de la separación".
Finalmente, el representante apuntaba que Belén Esteban está "muy triste y muy disgustada", pero también "con los ojos abiertos".
¿Estaremos ante el divorcio definitivo? Solo el tiempo lo dirá.....
Marina Danko coloca a Bono en la prensa rosa
http://www.elperiodico.com/es/noticias/gente/marina-danko-coloca-bono-prensa-rosa-1157256
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO NIEGA LA RELACIÓN:
Marina Danko coloca a Bono en la prensa rosa
Jueves, 22 de septiembre del 2011 CARMEN MUÑOZ/BARCELONA
Desde hace unas semanas, un insistente runrún atribuía un romance a Marina Danko, exmujer del torero Palomo Linares, con un influyente político en activo también separado. Ayer la revista Diez Minutos puso nombre al personaje: José Bono, presidente del Congreso de los Diputados.
Con el titular Marina Danko se refugia en José Bono, la publicación habla de la gran amistad que une a la pareja y del apoyo que el político está dando a Danko en estos momentos, en los que se haya en pleno proceso de divorcio con Linares.
Otra publicación, Semana, titula Marina Danko, nuevo amor, aunque se limita a señalar que se trata de alguien importante, sin dar su nombre.
Tanto el político socialista como Danko han desmentido la relación.
Bono y Danko se conocen desde hace tiempo, cuando cada uno por su lado formaban una familia feliz con Ana Rodríguez y Palomo Linares, respectivamente.
Bono se separó el pasado año de su mujer Ana Rodríguez y desde entonces ha llevado una vida casi monacal.
Su estrecha amistad con Marina Danko ha disparado los rumores desde que esta confirmara que se ha separado del torero.
Tras 34 años juntos, hace 1 mes, abandonó su finca de Aranjuez y se trasladó a vivir a Madrid con 2 de sus hijos.
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO NIEGA LA RELACIÓN:
Marina Danko coloca a Bono en la prensa rosa
Jueves, 22 de septiembre del 2011 CARMEN MUÑOZ/BARCELONA
Desde hace unas semanas, un insistente runrún atribuía un romance a Marina Danko, exmujer del torero Palomo Linares, con un influyente político en activo también separado. Ayer la revista Diez Minutos puso nombre al personaje: José Bono, presidente del Congreso de los Diputados.
Con el titular Marina Danko se refugia en José Bono, la publicación habla de la gran amistad que une a la pareja y del apoyo que el político está dando a Danko en estos momentos, en los que se haya en pleno proceso de divorcio con Linares.
Otra publicación, Semana, titula Marina Danko, nuevo amor, aunque se limita a señalar que se trata de alguien importante, sin dar su nombre.
Tanto el político socialista como Danko han desmentido la relación.
Bono y Danko se conocen desde hace tiempo, cuando cada uno por su lado formaban una familia feliz con Ana Rodríguez y Palomo Linares, respectivamente.
Bono se separó el pasado año de su mujer Ana Rodríguez y desde entonces ha llevado una vida casi monacal.
Su estrecha amistad con Marina Danko ha disparado los rumores desde que esta confirmara que se ha separado del torero.
Tras 34 años juntos, hace 1 mes, abandonó su finca de Aranjuez y se trasladó a vivir a Madrid con 2 de sus hijos.
Una empresa considera que cuidar a un hijo es cosa de mujeres
http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/una-empresa-cree-que-cuidar-hijo-cosa-mujeres-1156885
CONCILIACIÓN LABORAL: Una empresa considera que cuidar a un hijo es cosa de mujeres.
Un empleado ve rechazada por escrito su petición de reducción de jornada aludiendo a que debe ser la esposa la responsable de esa tarea
Miércoles, 21 de septiembre del 2011/ AGENCIAS / Barcelona
Veto a la igualdad de sexos.
La empresa alicantina Goldcar de alquiler de vehículos ha rechazado por escrito a un empleado la reducción de jornada para el cuidado de un hijo al entender que ese papel debería realizarlo la madre.
La compañía, situada en el aeropuerto alicantino de El Altet, ha solicitado que aporte pruebas de que la mujer no puede atender al menor.
CCOO ha indicado que la empresa ha pedido que aporte el contrato de trabajo o certificado de empresa de su esposa donde conste el horario que realiza o, en su defecto, una acreditación válida de por qué ella no puede atender al niño.
Para la secretaria de Igualdad de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO Comarques del Sud, Mayte Aracil, se trata de un claro ejemplo de "discriminación y machismo", al entender que el cuidado de los menores "es cosa de las mujeres" cuando en realidad es de los padres.
En declaraciones a Efe, Aracil ha recordado que "las medidas de conciliación son tanto para mujeres como para hombres" y que lo que se pretende es que "no haya que recurrir a los juzgados cada vez que se produzca un caso similar".
Según Aracil, de momento al empleado le "están cambiando los turnos de trabajo, en horarios partidos y sin ninguna justificación" con la posible intención de que sea "el propio trabajador quien abandone la empresa".
Aracil ha afirmado sentirse sorprendida por estos hechos, sobre todo porque "pocas empresas dejan constancia por escrito de un caso tal de machismo".
CONCILIACIÓN LABORAL: Una empresa considera que cuidar a un hijo es cosa de mujeres.
Un empleado ve rechazada por escrito su petición de reducción de jornada aludiendo a que debe ser la esposa la responsable de esa tarea
Miércoles, 21 de septiembre del 2011/ AGENCIAS / Barcelona
Veto a la igualdad de sexos.
La empresa alicantina Goldcar de alquiler de vehículos ha rechazado por escrito a un empleado la reducción de jornada para el cuidado de un hijo al entender que ese papel debería realizarlo la madre.
La compañía, situada en el aeropuerto alicantino de El Altet, ha solicitado que aporte pruebas de que la mujer no puede atender al menor.
CCOO ha indicado que la empresa ha pedido que aporte el contrato de trabajo o certificado de empresa de su esposa donde conste el horario que realiza o, en su defecto, una acreditación válida de por qué ella no puede atender al niño.
Para la secretaria de Igualdad de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO Comarques del Sud, Mayte Aracil, se trata de un claro ejemplo de "discriminación y machismo", al entender que el cuidado de los menores "es cosa de las mujeres" cuando en realidad es de los padres.
En declaraciones a Efe, Aracil ha recordado que "las medidas de conciliación son tanto para mujeres como para hombres" y que lo que se pretende es que "no haya que recurrir a los juzgados cada vez que se produzca un caso similar".
Según Aracil, de momento al empleado le "están cambiando los turnos de trabajo, en horarios partidos y sin ninguna justificación" con la posible intención de que sea "el propio trabajador quien abandone la empresa".
Aracil ha afirmado sentirse sorprendida por estos hechos, sobre todo porque "pocas empresas dejan constancia por escrito de un caso tal de machismo".
jueves, 22 de septiembre de 2011
Banesto vende pisos en su web desde 9 euros diarios de hipoteca.
http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/banesto-vende-pisos-web-hipoteca-1157588
REBAJAS PARA LIQUIDAR ESTOC.
Banesto vende pisos en su web desde 9 euros diarios de hipoteca.
El banco ofrece financiación hasta a 40 años sobre el 100% del importe.
Jueves, 22 de septiembre del 2011 - AGENCIAS / Barcelona
Banesto, a través de su inmobiliaria Casaktua.com, ha puesto a la venta 1.000 viviendas ubicadas en distintas ciudades españolas y con un precio que permite pagar una cuota hipotecaria de 270 euros mensuales, esto es, menos de 9 euros al día, según informó la entidad.
El banco ofrece asimismo otros 1.200 pisos a un importe que arroja una letra de entre 9 y 12 euros diarios.
En este caso, en su mayoría se trata de viviendas ubicadas en la costa mediterránea.
En cuanto al primer lote de pisos, están ubicados en zonas urbanas, cuentan con una superficie de unos 80 m2 y con 3 habitaciones.
Su precio medio por m2 se sitúa en los 689 euros, menos de la mitad respecto a la media nacional, según destaca la entidad.
Hasta 40 años de plazo
Entre estas viviendas, figura:
a.- 1 casa en Granada capital de 102 m2 por 66.000 euros (8,50 euros al día de hipoteca),
b.- 1 piso en el distrito de Villaverde, en Madrid, de 45 m2 y 2 dormitorios por 67.030 €
c.- 1 piso de 80 m2 en Palma de Mallorca por 55.000 euros.
d.- En Barcelona, en el Guinardó, se pueden encontrar pisos de 73 m2 por 200.000 euros.
Banesto destacó en un comunicado que estas promociones cuentan con "condiciones preferentes de financiación", de forma que:
1.- se puede costear hasta el 100% de la vivienda,
2.- con un plazo máximo de amortización de 40 años y
3.- una carencia de hasta 3 años al principio, si así lo solicitan.
REBAJAS PARA LIQUIDAR ESTOC.
Banesto vende pisos en su web desde 9 euros diarios de hipoteca.
El banco ofrece financiación hasta a 40 años sobre el 100% del importe.
Jueves, 22 de septiembre del 2011 - AGENCIAS / Barcelona
Banesto, a través de su inmobiliaria Casaktua.com, ha puesto a la venta 1.000 viviendas ubicadas en distintas ciudades españolas y con un precio que permite pagar una cuota hipotecaria de 270 euros mensuales, esto es, menos de 9 euros al día, según informó la entidad.
El banco ofrece asimismo otros 1.200 pisos a un importe que arroja una letra de entre 9 y 12 euros diarios.
En este caso, en su mayoría se trata de viviendas ubicadas en la costa mediterránea.
En cuanto al primer lote de pisos, están ubicados en zonas urbanas, cuentan con una superficie de unos 80 m2 y con 3 habitaciones.
Su precio medio por m2 se sitúa en los 689 euros, menos de la mitad respecto a la media nacional, según destaca la entidad.
Hasta 40 años de plazo
Entre estas viviendas, figura:
a.- 1 casa en Granada capital de 102 m2 por 66.000 euros (8,50 euros al día de hipoteca),
b.- 1 piso en el distrito de Villaverde, en Madrid, de 45 m2 y 2 dormitorios por 67.030 €
c.- 1 piso de 80 m2 en Palma de Mallorca por 55.000 euros.
d.- En Barcelona, en el Guinardó, se pueden encontrar pisos de 73 m2 por 200.000 euros.
Banesto destacó en un comunicado que estas promociones cuentan con "condiciones preferentes de financiación", de forma que:
1.- se puede costear hasta el 100% de la vivienda,
2.- con un plazo máximo de amortización de 40 años y
3.- una carencia de hasta 3 años al principio, si así lo solicitan.
La crisis deja a los padres separados al borde del abismo
http://eldiadigital.es/not/32570/la_crisis_deja_a_los_padres_separados_al_borde_del_abismo
El impago de pensiones alimenticias creció un 35% en 2010.
La crisis deja a los padres separados al borde del abismo.
Martes, 20 septiembre 2011. F. J. Llana
La difícil situación que atraviesa el mercado laboral ha incrementando la preocupación de los padres separados o divorciados, ya que en la mayoría de los casos son ellos los que tienen que abonar una prestación para la manutención de sus hijos.
Algo que para aquellos que han perdido su empleo se convierte en una auténtica odisea y en muchos casos imposible de cumplir.
Los padres separados se sienten discriminados frente a las mujeres.
"La mera posibilidad de que se pueda perder el puesto de trabajo se ha convertido actualmente en una espada de damocles para los hombres separados y divorciados que hayan tenido algún hijo en su relación". Con estas palabras, el presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) de Castilla-La Mancha, José Manuel Alberça, resumía a EL DIA el sentimiento de preocupación existente en este colectivo ante el temor de que al quedarse sin empleo no se pueda hacer frente a la pensión alimenticia acordada por el juez tras el proceso de separación o divorcio.
"Especialmente en aquellos casos en los que se hayan firmado convenios reguladores donde se especifica el pago de la misma cantidad con independencia de la situación económica que se atraviese", añade.
Algo que ocurre prácticamente en la mitad de los procesos de separación tramitados por los juzgados y que en momentos como el actual se ha tornado en una seria amenaza, ya que si el padre deja de abonar la cuantía estipulada durante 2 meses puede ir a prisión.
Con estos parámetros, no es de extrañar que en los últimos meses se haya incrementado de manera importante, tanto el número de padres que piden al juez que reduzca la pensión alimenticia que deben pasar a sus hijos, como el de mujeres que deciden denunciar al ex cónyuge por no pagarla.
No en vano, sólo durante el pasado año se incoaron en Castilla-La Mancha 166 diligencias previas por impago de pensiones, lo que supone un 35,2% más que las incoadas en 2010.
"El principal problema radica en que los juzgados están saturados y el plazo medio que deben esperar los padres o madres separadas que se quedan el paro hasta recibir la sentencia es de 5 o 6 meses", apunta Alberça.
Último recurso
En la mayoría de ocasiones son las madres las que reclaman la pensión alimenticia, ya que es a ellas a quien se les suele conceder la custodia de los menores.
Y aunque se suele inicial mediante la vía civil, el impago reiterado de la pensión alimenticia puede constituir un delito, tipificado en el Código Penal y que conlleva pena de cárcel.
La revisión de la pensión -es decir, un cambio en la cantidad a abonar en concepto de manutención en virtud de las nuevas condiciones económicas del cónyuge- es solicitada en muchas ocasiones para evitar los embargos, ya que el progenitor obligado a pasar la pensión puede haber reducido los ingresos.
El impago de pensiones alimenticias creció un 35% en 2010.
La crisis deja a los padres separados al borde del abismo.
Martes, 20 septiembre 2011. F. J. Llana
La difícil situación que atraviesa el mercado laboral ha incrementando la preocupación de los padres separados o divorciados, ya que en la mayoría de los casos son ellos los que tienen que abonar una prestación para la manutención de sus hijos.
Algo que para aquellos que han perdido su empleo se convierte en una auténtica odisea y en muchos casos imposible de cumplir.
Los padres separados se sienten discriminados frente a las mujeres.
"La mera posibilidad de que se pueda perder el puesto de trabajo se ha convertido actualmente en una espada de damocles para los hombres separados y divorciados que hayan tenido algún hijo en su relación". Con estas palabras, el presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) de Castilla-La Mancha, José Manuel Alberça, resumía a EL DIA el sentimiento de preocupación existente en este colectivo ante el temor de que al quedarse sin empleo no se pueda hacer frente a la pensión alimenticia acordada por el juez tras el proceso de separación o divorcio.
"Especialmente en aquellos casos en los que se hayan firmado convenios reguladores donde se especifica el pago de la misma cantidad con independencia de la situación económica que se atraviese", añade.
Algo que ocurre prácticamente en la mitad de los procesos de separación tramitados por los juzgados y que en momentos como el actual se ha tornado en una seria amenaza, ya que si el padre deja de abonar la cuantía estipulada durante 2 meses puede ir a prisión.
Con estos parámetros, no es de extrañar que en los últimos meses se haya incrementado de manera importante, tanto el número de padres que piden al juez que reduzca la pensión alimenticia que deben pasar a sus hijos, como el de mujeres que deciden denunciar al ex cónyuge por no pagarla.
No en vano, sólo durante el pasado año se incoaron en Castilla-La Mancha 166 diligencias previas por impago de pensiones, lo que supone un 35,2% más que las incoadas en 2010.
"El principal problema radica en que los juzgados están saturados y el plazo medio que deben esperar los padres o madres separadas que se quedan el paro hasta recibir la sentencia es de 5 o 6 meses", apunta Alberça.
Último recurso
En la mayoría de ocasiones son las madres las que reclaman la pensión alimenticia, ya que es a ellas a quien se les suele conceder la custodia de los menores.
Y aunque se suele inicial mediante la vía civil, el impago reiterado de la pensión alimenticia puede constituir un delito, tipificado en el Código Penal y que conlleva pena de cárcel.
La revisión de la pensión -es decir, un cambio en la cantidad a abonar en concepto de manutención en virtud de las nuevas condiciones económicas del cónyuge- es solicitada en muchas ocasiones para evitar los embargos, ya que el progenitor obligado a pasar la pensión puede haber reducido los ingresos.
miércoles, 21 de septiembre de 2011
Inhabilitado el juez Sergio Molina de Figueres por lento y dejado
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/inhabilitado-juez-figueres-por-lento-dejado-1155683
A PETICIÓN DE LA AUDIENCIA DE GIRONA:
Inhabilitado un juez de Figueres por lento y dejado
El Consejo General del Poder Judicial observa numerosos defectos técnicos en las sentencias de Sergio Molina
Martes, 20 de septiembre del 2011. EFE / Barcelona
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha destituido a Sergio Molina, juez sustituto del juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4 de Figueres (Alt Empordà), por la lentitud y falta de motivación de sus sentencias, así como por su "dejación" en la gestión de los asuntos penales.
En una resolución del pasado 7 de septiembre, el Consejo acuerda la inhabilitación del juez sustituto a raíz del expediente de idoneidad que le abrió la sala de gobierno del TSJC a petición del presidente de la Audiencia de Girona, Fernando Lacaba.
El informe del tribunal superior concluía que, en la jurisdicción civil, el juez dicta "resoluciones estereotipadas" que adolecen de 2 defectos esenciales:
a.- no valorar la prueba practicada respecto a los puntos de divergencia de las partes y
b.- extender el pronunciamiento judicial a cuestiones parciales debatidas pero que no han sido objeto de análisis en la parte argumentativa de la sentencia.
En el ámbito de instrucción, el TSJC sostiene que el juez "no daba instrucciones al personal", salvo que fuera requerido por los funcionarios, y mantenía una "dejación de aquellos asuntos que quedaban sobre su mesa para minutar", lo que acabó doblando el número de asuntos penales pendientes en su juzgado.
Largo retraso para levantar un cadáver
El informe reprocha el "largo retraso" en que incurrió en una ocasión el juez para atender una diligencia de levantamiento de cadáver y las "quejas verbales" que varios abogados hicieron llegar sobre él al presidente de la Audiencia de Girona.
Además, añade la sala de gobierno del tribunal catalán, la propia Fiscalía de Girona ha remitido al TSJC un informe en el que reproduce las quejas que ha planteado verbalmente en otras ocasiones por las "notorias deficiencias técnicas y jurídicas" de Sergio Molina.
El juzgado que dirigía Sergio Molina, abogado que consiguió la plaza de sustituto de uno de los juzgados de Figueres, investiga desde septiembre del año pasado una trama de favorecimiento de la inmigración ilegal y la prostitución vinculada al burdel de Roses (Alt Empordà) Club Flamingo.
Providencias en el burdel
Según publica hoy el periódico El País, en el registro de las oficinas del Club Flamingo efectuadas el pasado mes de marzo se encontraron varias providencias del juez Sergio Molina que autorizaban a la intervención de los teléfonos del burdel.
Ese tipo de diligencias deben declararse secretas --sin que sepan de ellas más que el juez y la fiscalía--, ya que pierden sentido si los interlocutores de las escuchas telefónicas son conscientes de que sus conversaciones están siendo intervenidas por la policía.
De probarse que en el caso del Club Flamingo se ha producido una filtración de informaciones secretas bajo investigación judicial, ese hecho podría constituir un delito castigado con penas de entre 3 años y medio y 5 de prisión, añade El País.
A PETICIÓN DE LA AUDIENCIA DE GIRONA:
Inhabilitado un juez de Figueres por lento y dejado
El Consejo General del Poder Judicial observa numerosos defectos técnicos en las sentencias de Sergio Molina
Martes, 20 de septiembre del 2011. EFE / Barcelona
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha destituido a Sergio Molina, juez sustituto del juzgado de 1ª instancia e instrucción nº 4 de Figueres (Alt Empordà), por la lentitud y falta de motivación de sus sentencias, así como por su "dejación" en la gestión de los asuntos penales.
En una resolución del pasado 7 de septiembre, el Consejo acuerda la inhabilitación del juez sustituto a raíz del expediente de idoneidad que le abrió la sala de gobierno del TSJC a petición del presidente de la Audiencia de Girona, Fernando Lacaba.
El informe del tribunal superior concluía que, en la jurisdicción civil, el juez dicta "resoluciones estereotipadas" que adolecen de 2 defectos esenciales:
a.- no valorar la prueba practicada respecto a los puntos de divergencia de las partes y
b.- extender el pronunciamiento judicial a cuestiones parciales debatidas pero que no han sido objeto de análisis en la parte argumentativa de la sentencia.
En el ámbito de instrucción, el TSJC sostiene que el juez "no daba instrucciones al personal", salvo que fuera requerido por los funcionarios, y mantenía una "dejación de aquellos asuntos que quedaban sobre su mesa para minutar", lo que acabó doblando el número de asuntos penales pendientes en su juzgado.
Largo retraso para levantar un cadáver
El informe reprocha el "largo retraso" en que incurrió en una ocasión el juez para atender una diligencia de levantamiento de cadáver y las "quejas verbales" que varios abogados hicieron llegar sobre él al presidente de la Audiencia de Girona.
Además, añade la sala de gobierno del tribunal catalán, la propia Fiscalía de Girona ha remitido al TSJC un informe en el que reproduce las quejas que ha planteado verbalmente en otras ocasiones por las "notorias deficiencias técnicas y jurídicas" de Sergio Molina.
El juzgado que dirigía Sergio Molina, abogado que consiguió la plaza de sustituto de uno de los juzgados de Figueres, investiga desde septiembre del año pasado una trama de favorecimiento de la inmigración ilegal y la prostitución vinculada al burdel de Roses (Alt Empordà) Club Flamingo.
Providencias en el burdel
Según publica hoy el periódico El País, en el registro de las oficinas del Club Flamingo efectuadas el pasado mes de marzo se encontraron varias providencias del juez Sergio Molina que autorizaban a la intervención de los teléfonos del burdel.
Ese tipo de diligencias deben declararse secretas --sin que sepan de ellas más que el juez y la fiscalía--, ya que pierden sentido si los interlocutores de las escuchas telefónicas son conscientes de que sus conversaciones están siendo intervenidas por la policía.
De probarse que en el caso del Club Flamingo se ha producido una filtración de informaciones secretas bajo investigación judicial, ese hecho podría constituir un delito castigado con penas de entre 3 años y medio y 5 de prisión, añade El País.
Caamaño urge al pacto político para desatascar la justicia
http://www.cincodias.com/articulo/economia/caamano-urge-pacto-politico-desatascar-justicia/20110920cdscdieco_8/
Caamaño urge al pacto político para desatascar la justicia.
Será clave tras el 20-N un "consenso" en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la de los Tribunales de Instancia.
Lola Fernández - Madrid - 20/09/2011
Para el titular de Justicia, Francisco Caamaño, existe una gran necesidad de "avanzar no solo en el terreno económico, sino en el del Derecho".
Por eso, solicitó ayer, ante una audiencia de ilustres juristas, que los 2 debates abiertos que han quedado sin resolver por el adelanto electoral -la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de los Tribunales de Instancia- tengan en un futuro una respuesta "consensuada, sistemática, ordenada y completa", porque desde su punto de vista resultan "más que razonables" para desatascar la justicia.
En la entrega de los Premios de los Jóvenes Juristas de la Fundación Garrigues, el ministro aseguró que "lo normal es que los asuntos penales se mueran tras 2 años o 3 de investigación" e instó a los profesionales a solucionar este problema.
"De los casi 7 millones de casos penales, menos del 20% llegan a juicio", concretó.
Caamaño incidió en que lo importante de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no suponía determinar si es el juez o el fiscal quien tiene que llevar la responsabilidad de la investigación, sino que "el sujeto importante es el ciudadano y las víctimas, y por ello no se puede dejar todo esto en una norma que data de 1882".
Además, reconoció que la solución "nunca será perfecta, siempre será criticable, pero los casos no deberían prolongarse tanto".
También detalló la importancia de la Ley de los Tribunales de Instancia "para superar el modelo actual de juzgados-islas", explicó el ministro.
Su idea era que cada juzgado estuviera controlado por 4 jueces, que compartieran homogeneidad de criterios y permitieran una mayor eficiencia de los recursos, al poderse sustituir entre ellos.
"Así se hubiera evitado que profesionales que no son jueces de carrera, aunque lo hagan muy bien, ejerzan como tales", apostilló Caamaño.
Pero no es la única consecuencia positiva del sistema propuesto por Caamaño y que en general ha contado con un gran respaldo político.
Desde su punto de vista, el diseño que finalmente no ha podido ver la luz perseguía un mayor control de los gastos.
"Si actualmente cada vez que se necesita un juez o un secretario judicial es necesario crear un nuevo juzgado, con esta norma se podía ampliar juez o secretario judicial sin tener que crear un tribunal", según detalló el ministro.
Caamaño, que reconoció como éxito de su equipo la modernización del Registro Civil -"ahora todo el mundo puede obtener su partida de nacimiento desde casa y sin hacer colas"-, instó al consenso político para agilizar la justicia.
"En el último periodo de la legislatura, hemos intentado que la gran mayoría de las leyes que se aprobaran fueran por unanimidad, porque esa es la fórmula para que los modelos permanezcan", aclaró.
Se refirió, finalmente, a la nueva Ley de Acceso a la Abogacía, que entrará en vigor el próximo 31 de octubre, con la que se hizo un gran esfuerzo para que universidades, colegios de abogados, Educación y Justicia estuvieran de acuerdo.
"Ha sido una norma que no se ajustaba mucho a los postulados de Bolonia, pero que gracias al diálogo se encontró una solución común", reconoció.
El decano del Colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández-Gil, aprovechó su intervención para señalar que "en tiempos de crisis nunca se insistirá suficiente en la importancia de la formación de todos", subrayando el "todos".
"Los juristas deben responder a la crisis"
El ministro Francisco Caamaño hizo ayer un ejercicio de valentía, al exhortar a los juristas reunidos a que "arriesgaran" a hacer una reflexión sobre la situación económica actual. Primero lanzó la pregunta de si era el euro (€)una moneda española y segundo, si era posible explicar la propiedad financiera.
"Los juristas tenemos que decidir las normas que deben regular al sistema financiero", señaló el ministro.
En este sentido, explicó que expropiar un bien resulta algo sencillo, pero no tanto expropiar los patrimonios financieros, porque "estos son una cosa cuando abre la Bolsa de Tokio y se convierten en otra diferente cuando cierra Wall Street".
"Los juristas debemos dar respuesta a estas cuestiones de la crisis", repitió.
El titular de Justicia comentó que se requiere una reflexión y la búsqueda de mayor consenso para "avanzar".
Antonio Garrigues, por su parte, valoró la búsqueda de "consenso político" que ha caracterizado la gestión del ministro de Justicia y catedrático de Constitucional.
Los jóvenes juristas galardonados fueron:
1.- Iván Pérez, en la modalidad de joven profesional, y
2.- Enrique Gandía, de la Universidad Autónoma de Madrid, como estudiante.
Caamaño urge al pacto político para desatascar la justicia.
Será clave tras el 20-N un "consenso" en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la de los Tribunales de Instancia.
Lola Fernández - Madrid - 20/09/2011
Para el titular de Justicia, Francisco Caamaño, existe una gran necesidad de "avanzar no solo en el terreno económico, sino en el del Derecho".
Por eso, solicitó ayer, ante una audiencia de ilustres juristas, que los 2 debates abiertos que han quedado sin resolver por el adelanto electoral -la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de los Tribunales de Instancia- tengan en un futuro una respuesta "consensuada, sistemática, ordenada y completa", porque desde su punto de vista resultan "más que razonables" para desatascar la justicia.
En la entrega de los Premios de los Jóvenes Juristas de la Fundación Garrigues, el ministro aseguró que "lo normal es que los asuntos penales se mueran tras 2 años o 3 de investigación" e instó a los profesionales a solucionar este problema.
"De los casi 7 millones de casos penales, menos del 20% llegan a juicio", concretó.
Caamaño incidió en que lo importante de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no suponía determinar si es el juez o el fiscal quien tiene que llevar la responsabilidad de la investigación, sino que "el sujeto importante es el ciudadano y las víctimas, y por ello no se puede dejar todo esto en una norma que data de 1882".
Además, reconoció que la solución "nunca será perfecta, siempre será criticable, pero los casos no deberían prolongarse tanto".
También detalló la importancia de la Ley de los Tribunales de Instancia "para superar el modelo actual de juzgados-islas", explicó el ministro.
Su idea era que cada juzgado estuviera controlado por 4 jueces, que compartieran homogeneidad de criterios y permitieran una mayor eficiencia de los recursos, al poderse sustituir entre ellos.
"Así se hubiera evitado que profesionales que no son jueces de carrera, aunque lo hagan muy bien, ejerzan como tales", apostilló Caamaño.
Pero no es la única consecuencia positiva del sistema propuesto por Caamaño y que en general ha contado con un gran respaldo político.
Desde su punto de vista, el diseño que finalmente no ha podido ver la luz perseguía un mayor control de los gastos.
"Si actualmente cada vez que se necesita un juez o un secretario judicial es necesario crear un nuevo juzgado, con esta norma se podía ampliar juez o secretario judicial sin tener que crear un tribunal", según detalló el ministro.
Caamaño, que reconoció como éxito de su equipo la modernización del Registro Civil -"ahora todo el mundo puede obtener su partida de nacimiento desde casa y sin hacer colas"-, instó al consenso político para agilizar la justicia.
"En el último periodo de la legislatura, hemos intentado que la gran mayoría de las leyes que se aprobaran fueran por unanimidad, porque esa es la fórmula para que los modelos permanezcan", aclaró.
Se refirió, finalmente, a la nueva Ley de Acceso a la Abogacía, que entrará en vigor el próximo 31 de octubre, con la que se hizo un gran esfuerzo para que universidades, colegios de abogados, Educación y Justicia estuvieran de acuerdo.
"Ha sido una norma que no se ajustaba mucho a los postulados de Bolonia, pero que gracias al diálogo se encontró una solución común", reconoció.
El decano del Colegio de Abogados de Madrid, Antonio Hernández-Gil, aprovechó su intervención para señalar que "en tiempos de crisis nunca se insistirá suficiente en la importancia de la formación de todos", subrayando el "todos".
"Los juristas deben responder a la crisis"
El ministro Francisco Caamaño hizo ayer un ejercicio de valentía, al exhortar a los juristas reunidos a que "arriesgaran" a hacer una reflexión sobre la situación económica actual. Primero lanzó la pregunta de si era el euro (€)una moneda española y segundo, si era posible explicar la propiedad financiera.
"Los juristas tenemos que decidir las normas que deben regular al sistema financiero", señaló el ministro.
En este sentido, explicó que expropiar un bien resulta algo sencillo, pero no tanto expropiar los patrimonios financieros, porque "estos son una cosa cuando abre la Bolsa de Tokio y se convierten en otra diferente cuando cierra Wall Street".
"Los juristas debemos dar respuesta a estas cuestiones de la crisis", repitió.
El titular de Justicia comentó que se requiere una reflexión y la búsqueda de mayor consenso para "avanzar".
Antonio Garrigues, por su parte, valoró la búsqueda de "consenso político" que ha caracterizado la gestión del ministro de Justicia y catedrático de Constitucional.
Los jóvenes juristas galardonados fueron:
1.- Iván Pérez, en la modalidad de joven profesional, y
2.- Enrique Gandía, de la Universidad Autónoma de Madrid, como estudiante.
Los Padres y la labor de los abuelos con sus nietos
http://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/2011-09-19/abuelos/2011091918033600713.html
Abuelos
nuevatribuna.es/Victor Moreno /19 Septiembre 2011
Uno pensaba solicitar a los poderes públicos la erección -no se alarmen por la palabreja- de un monumento a la labor desplegada por los abuelos con sus nietos, en los momentos en que éstos son más histéricos, más insoportables y más polimorfos.
Pero, después de haber leído lo que he leído, parece que sería un grave error hacerlo.
¿Por qué? Porque no sólo mostraría a las claras el fracaso estrepitoso de los padres modernos en la crianza de sus hijos, sino que, para más vergüenza, dejaría a la posteridad un monumento dedicado a recordar permanentemente su inutilidad.
Y no sólo por esa sutilísima razón, sino, especialmente, porque, debido a la educación y los modales que reciben de sus abuelos, los niños regresan a la sociedad mucho más histéricos, mucho más consentidos y más insoportables de lo que ya lo son por naturaleza.
Yo, a los datos estadísticos me remito: el 70 % de alumnos con problemas de disciplina en las escuelas y en los institutos pasan más tiempo -televisión aparte- con sus abuelos que con sus padres. Y si la sociología lo dice, por algo será.
Sobrecoge, ciertamente, el dictamen sociológico, pero no podemos aislarlo en la cámara interior de nuestra indiferencia. Dura sentencia, pero inapelable:
De la relación entre abuelos y nietos nada bueno se deriva para la conformación espiritual del cerebro y corazón de dichos imberbes.
La mayoría de los niños, que pasan más tiempo con sus abuelos que con un puzzle, padecen del síndrome de autoridad.
Como los niños hacen con sus abuelos lo mismo que con sus osos de peluche y mecanos de plástico, tienden a pensar que todos los adultos están fabricados con la misma mantequilla autoritaria.
Y como estos niños no andan escasos de pensamiento hipotético-deductivo, cuando se enfrentan a un adulto con las amígdalas autoritarias bien puestas, el conflicto resulta inevitable: o, el niño se cae con todo su apolillado equipo de imágenes formadas sobre el poder del adulto o, en su defecto, si el niño no es niño, sino un hombretón de la ESO, quien lo paga suele ser el profesor que ha tenido la mala baba del azar de toparse con un alumno educado por sus abuelos.
Los hay que, al igual que hacían con el abuelo, hacen con el profesor: darle de guantazos hasta hacerle callar y regalarle una baja.
Que los abuelos son un estorbo en esta sociedad, excepto ellos, nadie lo pone en duda.
Los viejos, como los niños, son insoportables.
Por eso, la manera más inteligente de domesticarlos es hacer que se despedacen entre ellos en el asilo o, como se dice ahora, en una residencia de la tercera edad.
Cuando el abuelo se queda solo en esta deliciosa vida, está obligado a pensar, como profilaxis, que su sitio natural está en el asilo, junto a otros chopos en proceso de celulosa.
El ya ha cumplido su ciclo.
Lo único que le queda es prepararse para sobar eternamente el vacío y nada mejor para este viaje a la definitiva Ítaca que hacerlo en compañía de otros senectos Ulises insersibles.
¿Para qué, leches, tratar de hacerse el vivo, cuando uno percibe en su entorno familiar que es un estorbo?
Nada más patético que alardear de un vitalismo que no sirve ni para hincarle la dentada a un buen solomillo.
La sociedad repite una y otra vez que los abuelos no tienen sitio en esta sociedad.
Y en la familia, tampoco.
El ritmo de vida, que hemos imprimido a nuestro tiempo, es incompatible con perderlo con los abuelos, y, dicho de paso, con nadie.
Y la prisa es enemiga de toda ternura y de toda amistad. Y tanto la ternura como la amistad requieren tiempo, dedicación, en suma, horizontes sin futuro.
Pero todos, sin excepción, tenemos una prisa impresionante.
Nadie está dispuesto a perder un cuarto kilo de su tiempo charlando con alguien de quien no se espera absolutamente nada, porque ya no tiene futuro.
Ni está dispuesto a aprender de la experiencia ajena, porque la experiencia no enseña nada.
Toda situación siempre es nueva. Menos para los abuelos.
Abuelos
nuevatribuna.es/Victor Moreno /19 Septiembre 2011
Uno pensaba solicitar a los poderes públicos la erección -no se alarmen por la palabreja- de un monumento a la labor desplegada por los abuelos con sus nietos, en los momentos en que éstos son más histéricos, más insoportables y más polimorfos.
Pero, después de haber leído lo que he leído, parece que sería un grave error hacerlo.
¿Por qué? Porque no sólo mostraría a las claras el fracaso estrepitoso de los padres modernos en la crianza de sus hijos, sino que, para más vergüenza, dejaría a la posteridad un monumento dedicado a recordar permanentemente su inutilidad.
Y no sólo por esa sutilísima razón, sino, especialmente, porque, debido a la educación y los modales que reciben de sus abuelos, los niños regresan a la sociedad mucho más histéricos, mucho más consentidos y más insoportables de lo que ya lo son por naturaleza.
Yo, a los datos estadísticos me remito: el 70 % de alumnos con problemas de disciplina en las escuelas y en los institutos pasan más tiempo -televisión aparte- con sus abuelos que con sus padres. Y si la sociología lo dice, por algo será.
Sobrecoge, ciertamente, el dictamen sociológico, pero no podemos aislarlo en la cámara interior de nuestra indiferencia. Dura sentencia, pero inapelable:
De la relación entre abuelos y nietos nada bueno se deriva para la conformación espiritual del cerebro y corazón de dichos imberbes.
La mayoría de los niños, que pasan más tiempo con sus abuelos que con un puzzle, padecen del síndrome de autoridad.
Como los niños hacen con sus abuelos lo mismo que con sus osos de peluche y mecanos de plástico, tienden a pensar que todos los adultos están fabricados con la misma mantequilla autoritaria.
Y como estos niños no andan escasos de pensamiento hipotético-deductivo, cuando se enfrentan a un adulto con las amígdalas autoritarias bien puestas, el conflicto resulta inevitable: o, el niño se cae con todo su apolillado equipo de imágenes formadas sobre el poder del adulto o, en su defecto, si el niño no es niño, sino un hombretón de la ESO, quien lo paga suele ser el profesor que ha tenido la mala baba del azar de toparse con un alumno educado por sus abuelos.
Los hay que, al igual que hacían con el abuelo, hacen con el profesor: darle de guantazos hasta hacerle callar y regalarle una baja.
Que los abuelos son un estorbo en esta sociedad, excepto ellos, nadie lo pone en duda.
Los viejos, como los niños, son insoportables.
Por eso, la manera más inteligente de domesticarlos es hacer que se despedacen entre ellos en el asilo o, como se dice ahora, en una residencia de la tercera edad.
Cuando el abuelo se queda solo en esta deliciosa vida, está obligado a pensar, como profilaxis, que su sitio natural está en el asilo, junto a otros chopos en proceso de celulosa.
El ya ha cumplido su ciclo.
Lo único que le queda es prepararse para sobar eternamente el vacío y nada mejor para este viaje a la definitiva Ítaca que hacerlo en compañía de otros senectos Ulises insersibles.
¿Para qué, leches, tratar de hacerse el vivo, cuando uno percibe en su entorno familiar que es un estorbo?
Nada más patético que alardear de un vitalismo que no sirve ni para hincarle la dentada a un buen solomillo.
La sociedad repite una y otra vez que los abuelos no tienen sitio en esta sociedad.
Y en la familia, tampoco.
El ritmo de vida, que hemos imprimido a nuestro tiempo, es incompatible con perderlo con los abuelos, y, dicho de paso, con nadie.
Y la prisa es enemiga de toda ternura y de toda amistad. Y tanto la ternura como la amistad requieren tiempo, dedicación, en suma, horizontes sin futuro.
Pero todos, sin excepción, tenemos una prisa impresionante.
Nadie está dispuesto a perder un cuarto kilo de su tiempo charlando con alguien de quien no se espera absolutamente nada, porque ya no tiene futuro.
Ni está dispuesto a aprender de la experiencia ajena, porque la experiencia no enseña nada.
Toda situación siempre es nueva. Menos para los abuelos.
La Audiencia devolverá a un separado un piso cuando su hijo cumpla once años
http://www.heraldo.es/noticias/la_audiencia_devolvera_separado_piso_cuando_hijo_cumpla_once_anos.html
Aragón TRIBUNALES:
La Audiencia devolverá a un separado un piso cuando su hijo cumpla 11 años
RAMÓN J. CAMPO. Zaragoza 19/09/2011
Una sentencia aplica la limitación temporal de atribuir la vivienda a un progenitor. La ley de custodia compartida otorga al juez el poder de fijarlo por las circunstancias familiares.
La ley aragonesa de custodia compartida acaba de cumplir 1 año y ha modificado los parámetros de las separaciones y divorcios.
Uno de los más singulares es que si la vivienda es del padre existe un límite temporal del uso en favor de la madre y el hijo.
Si no hay acuerdo entre las partes, la ley otorga el poder de fijarlo al juez.
La Audiencia de Zaragoza dictó esta semana una sentencia en la que sitúa el límite en los 11 años del niño para devolver el piso al padre.
La sentencia señala que la vivienda es privativa del padre, el hijo tiene 5 años y la madre, que tiene la custodia, es administrativa.
"Teniendo en cuenta la actual situación del mercado inmobiliario parece adecuado que el uso de la vivienda en interés del menor se prorrogue durante 6 años", argumenta el fallo de la Audiencia de Zaragoza.
De esta manera, la sentencia se inclina hacia el padre, defendido por la letrada Marimar Martínez, porque el fiscal solicitaba que ese límite temporal se estableciera en los 16 años del niño y la defensa de la madre reclamaba permanecer en la casa hasta que el chico tuviera 26 años.
En el pleito de la separación estaba en disputa si el uso de la vivienda familiar debía regirse por:
1.- la independencia económica del menor, como solicitaba la defensa de la madre, o
2.- la situación económica de la familia, como argüía el padre.
El Juzgado de Primera Instancia nº16 de Zaragoza ya motivó su fallo porque el piso es privativo del padre (que gana 1.200 euros al mes) y la madre puede acceder a la jornada completa (ahora está en reducción de jornada y gana 900 euros) y recientemente percibió una herencia de un inmueble familiar, que al venderlo ha ganado una cuarta parte de lo recibido.
Si el juzgado situó el límite en 3 años el uso temporal de la vivienda, la Audiencia lo amplió hasta 6.
En cualquier caso, el tribunal ha tenido en cuanta las circunstancias concretas de la familia para entender que no puede quedarse más allá de que el menor tenga 11 años.
La abogada Marimar Martínez valora que "se puede decir que es un hito" porque supone un "plazo razonable" de la convivencia del piso en un juicio de divorcio "al aplicar el artículo 83.1 del Código Foral de Aragón, que incluye la ley aragonesa de custodia compartida".
"Entre medio había salido una sentencia del Tribunal Supremo que ampliaba ese plazo, pero la Audiencia ha aplicado nuestra ley", señala la letrada.
Alimentos sin compensatoria
La Audiencia decide que la pensión por alimentos a favor del hijo que el padre debe aportar mensualmente son 250 euros, después de los gastos fijos del matrimonio que se reparten (100 euros de la comunidad de vecinos, 274 de la hipoteca del piso privativo y 110 por el préstamo de un coche).
En cuanto a la pensión compensatoria reclamada por la madre al padre de 200 euros mensuales, la Audiencia niega esta petición.
El fallo recuerda que esta cantidad tiene un fin reequilibrador y no debe generar desigualdades.
Aragón TRIBUNALES:
La Audiencia devolverá a un separado un piso cuando su hijo cumpla 11 años
RAMÓN J. CAMPO. Zaragoza 19/09/2011
Una sentencia aplica la limitación temporal de atribuir la vivienda a un progenitor. La ley de custodia compartida otorga al juez el poder de fijarlo por las circunstancias familiares.
La ley aragonesa de custodia compartida acaba de cumplir 1 año y ha modificado los parámetros de las separaciones y divorcios.
Uno de los más singulares es que si la vivienda es del padre existe un límite temporal del uso en favor de la madre y el hijo.
Si no hay acuerdo entre las partes, la ley otorga el poder de fijarlo al juez.
La Audiencia de Zaragoza dictó esta semana una sentencia en la que sitúa el límite en los 11 años del niño para devolver el piso al padre.
La sentencia señala que la vivienda es privativa del padre, el hijo tiene 5 años y la madre, que tiene la custodia, es administrativa.
"Teniendo en cuenta la actual situación del mercado inmobiliario parece adecuado que el uso de la vivienda en interés del menor se prorrogue durante 6 años", argumenta el fallo de la Audiencia de Zaragoza.
De esta manera, la sentencia se inclina hacia el padre, defendido por la letrada Marimar Martínez, porque el fiscal solicitaba que ese límite temporal se estableciera en los 16 años del niño y la defensa de la madre reclamaba permanecer en la casa hasta que el chico tuviera 26 años.
En el pleito de la separación estaba en disputa si el uso de la vivienda familiar debía regirse por:
1.- la independencia económica del menor, como solicitaba la defensa de la madre, o
2.- la situación económica de la familia, como argüía el padre.
El Juzgado de Primera Instancia nº16 de Zaragoza ya motivó su fallo porque el piso es privativo del padre (que gana 1.200 euros al mes) y la madre puede acceder a la jornada completa (ahora está en reducción de jornada y gana 900 euros) y recientemente percibió una herencia de un inmueble familiar, que al venderlo ha ganado una cuarta parte de lo recibido.
Si el juzgado situó el límite en 3 años el uso temporal de la vivienda, la Audiencia lo amplió hasta 6.
En cualquier caso, el tribunal ha tenido en cuanta las circunstancias concretas de la familia para entender que no puede quedarse más allá de que el menor tenga 11 años.
La abogada Marimar Martínez valora que "se puede decir que es un hito" porque supone un "plazo razonable" de la convivencia del piso en un juicio de divorcio "al aplicar el artículo 83.1 del Código Foral de Aragón, que incluye la ley aragonesa de custodia compartida".
"Entre medio había salido una sentencia del Tribunal Supremo que ampliaba ese plazo, pero la Audiencia ha aplicado nuestra ley", señala la letrada.
Alimentos sin compensatoria
La Audiencia decide que la pensión por alimentos a favor del hijo que el padre debe aportar mensualmente son 250 euros, después de los gastos fijos del matrimonio que se reparten (100 euros de la comunidad de vecinos, 274 de la hipoteca del piso privativo y 110 por el préstamo de un coche).
En cuanto a la pensión compensatoria reclamada por la madre al padre de 200 euros mensuales, la Audiencia niega esta petición.
El fallo recuerda que esta cantidad tiene un fin reequilibrador y no debe generar desigualdades.
El TJUE respalda la Imposición de la orden de Alejamiento a la victima
http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=es
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA:
RESPALDO A LA IMPOSICIÓN DE ALEJAMIENTO AUNQUE LA VÍCTIMA QUIERA ANULARLO.
El TJUE ha dictado sentencia en los asuntos acumulados C-483/09, Gueye, y C-1/10, Salmerón Sánchez.
En los supuestos de malos tratos en el ámbito familiar, los órganos jurisdiccionales españoles han de imponer sanciones penales y, en todo caso, de modo preceptivo, una pena que prohíbe al autor de los actos de violencia aproximarse a su víctima.
Esta medida de alejamiento, con una determinada duración mínima, está dirigida a la protección de la víctima.
El incumplimiento de la medida de alejamiento constituye una infracción penal.
Los Sres. Gueye y Salmerón Sánchez fueron condenados por maltratos a sus respectivas parejas.
Entre otras sanciones, se les impuso sendas penas que les prohibían aproximarse a sus víctimas o comunicarse con ellas durante un determinado período.
Poco tiempo después de las condenas, los Sres. Gueye y Salmerón Sánchez reanudaron la convivencia con sus respectivas parejas, a petición de éstas.
Ambos fueron detenidos y condenados por incumplir las medidas de alejamiento que se les había impuesto. Los 2 recurrieron su condena ante la Audiencia Provincial de Tarragona.
Con el apoyo de sus parejas, ambos condenados alegan que la reanudación de la convivencia libremente consentida por sus parejas no constituye un delito de quebrantamiento de la pena de alejamiento.
En este contexto, la Audiencia Provincial de Tarragona desea saber si la Decisión marco relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal se opone a una normativa nacional que, en los supuestos de malos tratos en el ámbito familiar, obliga al juez penal a imponer preceptivamente al autor de la violencia una medida de alejamiento, aun en caso de que la víctima se oponga a la aplicación de tal sanción y desee reanudar la convivencia con el autor.
En su sentencia el TJUE señala que la Decisión marco no contiene ninguna disposición relativa a las clases y graduación de las penas que los Estados miembros han de establecer en su normativa para sancionar las infracciones penales.
Por consiguiente, habida cuenta de dicho objetivo, el TJUE concluye que la Decisión marco no implica que una medida de alejamiento preceptiva como la controvertida no pueda imponerse en contra de la opinión de la víctima.
Seguidamente, el TJUE examina el alcance del derecho de la víctima a ser oída, reconocido por la Decisión marco, y los efectos de ese derecho sobre las penas que han de imponerse a los autores de infracciones penales, precisando que, si bien el derecho de la víctima a ser oída debe proporcionar a la oportunidad de exponer su punto de vista, este derecho procesal no confiere a la víctima el derecho a elegir la clase ni la graduación de las pena aplicable al autor de los hechos en virtud de las normas del Derecho penal nacional.
Por consiguiente, el TJUE declara que la Decisión marco no se opone a la imposición de una medida de alejamiento preceptiva con una duración mínima, prevista por el Derecho penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ámbito familiar, aun en el supuesto de que las víctimas de esa violencia se opongan a la aplicación de tal medida.
Finalmente, declara que la Decisión marco permite a los Estados miembros, en atención a la tipología específica de las infracciones cometidas en el ámbito familiar, excluir la mediación en todos los procesos penales relativos a tales infracciones.
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA:
RESPALDO A LA IMPOSICIÓN DE ALEJAMIENTO AUNQUE LA VÍCTIMA QUIERA ANULARLO.
El TJUE ha dictado sentencia en los asuntos acumulados C-483/09, Gueye, y C-1/10, Salmerón Sánchez.
En los supuestos de malos tratos en el ámbito familiar, los órganos jurisdiccionales españoles han de imponer sanciones penales y, en todo caso, de modo preceptivo, una pena que prohíbe al autor de los actos de violencia aproximarse a su víctima.
Esta medida de alejamiento, con una determinada duración mínima, está dirigida a la protección de la víctima.
El incumplimiento de la medida de alejamiento constituye una infracción penal.
Los Sres. Gueye y Salmerón Sánchez fueron condenados por maltratos a sus respectivas parejas.
Entre otras sanciones, se les impuso sendas penas que les prohibían aproximarse a sus víctimas o comunicarse con ellas durante un determinado período.
Poco tiempo después de las condenas, los Sres. Gueye y Salmerón Sánchez reanudaron la convivencia con sus respectivas parejas, a petición de éstas.
Ambos fueron detenidos y condenados por incumplir las medidas de alejamiento que se les había impuesto. Los 2 recurrieron su condena ante la Audiencia Provincial de Tarragona.
Con el apoyo de sus parejas, ambos condenados alegan que la reanudación de la convivencia libremente consentida por sus parejas no constituye un delito de quebrantamiento de la pena de alejamiento.
En este contexto, la Audiencia Provincial de Tarragona desea saber si la Decisión marco relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal se opone a una normativa nacional que, en los supuestos de malos tratos en el ámbito familiar, obliga al juez penal a imponer preceptivamente al autor de la violencia una medida de alejamiento, aun en caso de que la víctima se oponga a la aplicación de tal sanción y desee reanudar la convivencia con el autor.
En su sentencia el TJUE señala que la Decisión marco no contiene ninguna disposición relativa a las clases y graduación de las penas que los Estados miembros han de establecer en su normativa para sancionar las infracciones penales.
Por consiguiente, habida cuenta de dicho objetivo, el TJUE concluye que la Decisión marco no implica que una medida de alejamiento preceptiva como la controvertida no pueda imponerse en contra de la opinión de la víctima.
Seguidamente, el TJUE examina el alcance del derecho de la víctima a ser oída, reconocido por la Decisión marco, y los efectos de ese derecho sobre las penas que han de imponerse a los autores de infracciones penales, precisando que, si bien el derecho de la víctima a ser oída debe proporcionar a la oportunidad de exponer su punto de vista, este derecho procesal no confiere a la víctima el derecho a elegir la clase ni la graduación de las pena aplicable al autor de los hechos en virtud de las normas del Derecho penal nacional.
Por consiguiente, el TJUE declara que la Decisión marco no se opone a la imposición de una medida de alejamiento preceptiva con una duración mínima, prevista por el Derecho penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ámbito familiar, aun en el supuesto de que las víctimas de esa violencia se opongan a la aplicación de tal medida.
Finalmente, declara que la Decisión marco permite a los Estados miembros, en atención a la tipología específica de las infracciones cometidas en el ámbito familiar, excluir la mediación en todos los procesos penales relativos a tales infracciones.
Personas sin hogar: "los gobiernos asuman su responsabilidad"
http://www.europarl.europa.eu/es/headlines/content/20110916STO26849/html/Personas-sin-hogar-es-hora-de-que-los-gobiernos-asuman-su-responsabilidad
PERSONAS SIN HOGAR: LOS GOBIERNOS DEBEN ASUMIR SU RESPONSABILIDAD
El Parlamento Europeo votó la semana pasada una resolución que exige una mayor iniciativa a nivel europeo para que los gobiernos de los distintos Estados miembros asumen su responsabilidad respecto a la personas sin techo, ya que la crisis económica ha agravado en los últimos años el problema de las personas sin hogar.
La Unión Europea adoptó en diciembre 2010 la Estrategia de la UE en relación con las personas sin hogar.
Durante la última sesión plenaria del PE, se formuló una pregunta a la Comisión para conocer los avances realizados estos últimos meses.
Al mismo tiempo los eurodiputados también adoptaron una resolución en la que se instaba a la Comisión y a los Estados miembros a acelerar las acciones encaminadas a combatir y prevenir la falta de vivienda.
No obstante la Comisión afirmó que la responsabilidad en este asunto debe asumirla cada Estado, y que la UE tan sólo puede ejercer una labor de asistencia.
PERSONAS SIN HOGAR: LOS GOBIERNOS DEBEN ASUMIR SU RESPONSABILIDAD
El Parlamento Europeo votó la semana pasada una resolución que exige una mayor iniciativa a nivel europeo para que los gobiernos de los distintos Estados miembros asumen su responsabilidad respecto a la personas sin techo, ya que la crisis económica ha agravado en los últimos años el problema de las personas sin hogar.
La Unión Europea adoptó en diciembre 2010 la Estrategia de la UE en relación con las personas sin hogar.
Durante la última sesión plenaria del PE, se formuló una pregunta a la Comisión para conocer los avances realizados estos últimos meses.
Al mismo tiempo los eurodiputados también adoptaron una resolución en la que se instaba a la Comisión y a los Estados miembros a acelerar las acciones encaminadas a combatir y prevenir la falta de vivienda.
No obstante la Comisión afirmó que la responsabilidad en este asunto debe asumirla cada Estado, y que la UE tan sólo puede ejercer una labor de asistencia.
El CGPJ no recoge las Ordenes de Protección a favor de los Hombres Maltratados
From: Ildefonso Villán Criado
Date: 2011/9/20
Subject: solicitud datos al CGPJ
To: usedimad@gmail.com
Hola, desde la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) - http://www.padresdivorciados.es/ - hemos preguntado al Consejo General del poder Judicial los datos sobre Ordenes de Protección a favor de los Hombres Maltratados.
Según los datos que manejamos son que existen unas 2.600 Ordenes de Protección a favor del Hombre y más de 600 en Madrid.
La Respuesta del CGPJ es la siguiente:
Buenos dias, en relación a su petición de datos sobre numero de hombres maltratados con orden de protección solicitada lamento decirle que dicho dato no se recoge en la Estadística judicial
Un saludo
Ildefonso Villán Criado
Jefe de la Sección de Estadística Judicial
CGPJ
tel: 91 700 63 13
Date: 2011/9/20
Subject: solicitud datos al CGPJ
To: usedimad@gmail.com
Hola, desde la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) - http://www.padresdivorciados.es/ - hemos preguntado al Consejo General del poder Judicial los datos sobre Ordenes de Protección a favor de los Hombres Maltratados.
Según los datos que manejamos son que existen unas 2.600 Ordenes de Protección a favor del Hombre y más de 600 en Madrid.
La Respuesta del CGPJ es la siguiente:
Buenos dias, en relación a su petición de datos sobre numero de hombres maltratados con orden de protección solicitada lamento decirle que dicho dato no se recoge en la Estadística judicial
Un saludo
Ildefonso Villán Criado
Jefe de la Sección de Estadística Judicial
CGPJ
tel: 91 700 63 13
martes, 20 de septiembre de 2011
Más de 1,2 millones de matrimonios han acudido al divorcio desde que se legalizó
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Familias/medida/elpepisoc/20110618elpepisoc_1/Tes
Familias a la medida:
Más de 1,2 millones de matrimonios han acudido al divorcio desde que se legalizó, hace ahora 30 años.
1 de cada 3 niños nace ya de parejas no casadas.
El número de bodas está descendiendo desde hace más de un lustro.
CHARO NOGUEIRA 18/06/2011
Abrió la espita a los profundos cambios que ha sufrido la familia española.
Van a cumplirse 30 años desde que, el 22 de junio de 1981, el Parlamento aprobaba de nuevo el divorcio, un derecho establecido en la República y que Franco derogó.
Atrás quedaban los tiempos del cónyuge para toda la vida, al hilo de la doctrina católica. Desde entonces, más de 1,2 millones de matrimonios se han disuelto y la familia se ha convertido en las familias.
Los cambios han vestido de diversidad esta fórmula que se mantiene, con crecientes variaciones, como el modo de vida más frecuente.
Uniones de hecho, hogares monoparentales (incluidos los de quienes eligen tener hijos en solitario), familias reconstituidas (nuevas uniones tras las rupturas), formadas por personas del mismo sexo (alcanzaron su derecho al matrimonio en 2005).
Un menú variado para un plato basado en la afectividad y la vida compartida.
La cifra de divorcios aumenta un 3% tras la tendencia a la baja de los últimos años.
Los divorcios aumentaron un 4,7% en 2010 tras los descensos de los últimos años
En 1 de cada 5 enlaces, al menos un cónyuge es extranjero.
Las uniones civiles superarán a las religiosas desde 2009.
Los divorcios caen desde 2008 por la crisis económica, según los expertos.
"Hay que garantizar a los hijos la igualdad de oportunidades", pide un sociólogo.
"Casi nadie se sorprende con las fórmulas distintas de la familia tradicional. Incluso se acepta la maternidad subrogada en parejas del mismo sexo. En 30 años se ha producido un vuelco ideológico plasmado en la realidad legal y en las expectativas de las personas", asegura Gerardo Meil, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).
Esa "tolerancia" y esa normalización de las distintas fórmulas familiares se debe en parte a una "reacción contra el franquismo" y en parte a un "proceso de individualización muy fuerte con caída del control social", dice.
Para otro experto en los modos de convivencia como Lluís Flaquer, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Barcelona, la tolerancia siempre estuvo ahí.
"Los cambios se producían antes de que las leyes los recogieran, pero luego las normas han contribuido a impulsar la diversidad, acelerada desde 2000", explica.
"Se ha demostrado la gran capacidad de adaptación del grupo familiar a los tiempos", plantea el también catedrático de Sociología Julio Iglesias de Ussel, de la Universidad Complutense. Para él, la diversidad familiar siempre ha estado presente, aunque fuera a escondidas.
Cree que la tolerancia es, en realidad, "indiferencia" y que la situación española es similar a la europea.
"El cambio fundamental de los últimos tiempos es la igualdad entre hombres y mujeres. La relación de pareja es más profunda porque es más igualitaria", continúa Iglesias de Ussel.
"La incorporación femenina al mercado de trabajo ha sido un factor clave para la diversidad", añade Flaquer.
La directora general del Instituto de la Mujer, Laura Seara, da una vuelta más:
"La creciente igualdad ha favorecido la diversidad familiar, y viceversa".
A estas alturas del siglo XXI, se ha consagrado el derecho a vivir como se quiera sin censura social.
"Lo que me sorprende es que la gente siga casándose aunque ese paso ya no es obligatorio para convivir", plantea Meil.
La clave, según él, está en que en "el rito" de la boda se busca "la seguridad".
"La creencia generalizada es que el matrimonio es para toda la vida, salvo que fracase, mientras que la unión de hecho dura lo que dura", afirma.
Con todo, las bodas ya no son lo que eran: van en declive.
En número, caen desde 2004, cuando se registraron 216.149.
El descenso se ha acelerado en los tiempos de crisis económica (177.144 en 2009).
Si se analiza el nº de nuevos matrimonios por cada 1.000 habitantes, la caída comienza mucho antes.
De los 5,8 de 1980 a los 3,8 de ahora, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Menos tendencia al matrimonio, cada vez más tardío (33 años para los hombres y 30,8 las mujeres al contraer la primera unión) y nuevas variedades forzadas por el modo de vida, como los "matrimonios de fin de semana" que destaca Meil: parejas que viven separadas de lunes a viernes porque trabajan en distintas ciudades.
Otra novedad, alentada por la inmigración y la creciente movilidad, es el aumento de los matrimonios con al menos un contrayente extranjero: ya son 1 de cada 5.
Menos bodas y, sobre todo, civiles, reflejo de la creciente secularización de la sociedad española.
Hace 30 años eran el 5,6%. Ahora son mayoría.
En 2009 los matrimonios ante el altar fueron minoría por primera vez (54,8% de bodas civiles).
Las uniones en el juzgado se han visto engrosadas por el matrimonio homosexual, un derecho reconocido en 2005 y sobre el que aún debe pronunciarse el Tribunal Constitucional tras el recurso del Partido Popular.
Se celebran en torno a 3.000 al año y predominan los contraidos entre varones.
Como el de David Jericó y Jesús Santos:
"Casarnos nos ha dado tranquilidad, con mayúsculas", dice el primero.
"La ley de 2005 ha sido un paso de gigante, pero para nosotros el gran paso fue adoptar a Gabriel hace 7 años".
"Teníamos miedo a muchas cosas: ¿qué pasaría en el pediatra?, ¿qué ocurriría en el colegio?", prosigue Jericó.
Y no ha pasado nada, salvo alguna anécdota de lo que él califica como "discriminación positiva".
La protagonizan parientes y amigas que "corrigen o aleccionan" a la pareja sobre cómo vestir al chaval o qué darle de merienda.
"El niño dice que tiene 2 papás y nadie se mete con él", resume Jericó.
Frente a los matrimonios, las parejas de hecho siguen ganando terreno.
Según los últimos datos que ha elaborado el catedrático Meil a partir de varias encuestas, el 19,3% de las parejas heterosexuales que conviven lo hacen sin casarse. En 2001 eran el 9%.
Flaquer cree que se han convertido en una opción normalizada, lejos de la "militancia" que antaño mostraban muchos de los que elegían esta fórmula.
No obstante, muchas uniones de hecho se convierten en matrimonios cuando deciden tener hijos.
Los hijos, precisamente, dan claves de un cambio que incluye a las parejas de hecho y también a las mujeres que deciden procrear solas.
En 1981, solo el 4,4% de los bebés nacían fuera del matrimonio. Ahora lo hace 1 de cada 3 (el 34,4% de los nacidos en 2009 son de madre no casada, según el INE).
Inma Palma está al frente de 1 de los 558.000 hogares monoparentales españoles, una fórmula que crece rápidamente (en 2002 eran 303.200).
Lo eligió. "Quería ser madre y no tenía pareja. Me planteé si tener un hijo biológico o adoptar", relata.
Se decantó por lo último y cumplió su deseo hace un lustro. Está feliz y solo encuentra un problema: "Es más difícil conciliar siendo un solo progenitor", relata.
La mayor parte de las familias monoparentales están encabezadas por mujeres (el 86%), aunque ganan terreno las dirigidas por hombres.
El origen principal de estos hogares es el divorcio, una práctica tan frecuente como asumida socialmente.
Y más rápida desde 2005. Ese año se eliminó:
1.- la separación como requisito previo -introducido de cara a los católicos, religión que no admite el divorcio- y
2.- desapareció la necesidad de alegar causas para la ruptura, que puede pedirse 3 meses después de la boda.
Cayeron en picado las separaciones y aumentaron los divorcios, que tocaron techo en 2007 (137.510 disoluciones y 11.583 separaciones civiles).
Pero desde entonces, las rupturas se han frenado (106.166 divorcios y 7.680 separaciones en 2009). La mala situación económica tiene mucho que ver con ello.
"La crisis ha hecho que muchos matrimonios sigan juntos", asegura Susana Moya, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.
"Para muchas parejas resulta inasumible económicamente la situación posterior al divorcio. Supone 2 casas, de entrada, y en ocasiones ni siquiera se puede pagar la hipoteca de 1 o los gastos del colegio de los niños si falla 1 de los 2 sueldos", afirma Ángela Cerrillo, al frente de la asociación de mujeres juristas Themis.
"Hay parejas que optan por aguantar porque no se pueden permitir el divorcio. Les resulta insostenible porque les dejaría sin capacidad para seguir viviendo", añade esta letrada.
Según Moya, las facilidades para la custodia compartida, implantadas a partir de 2005, también actúan como freno al divorcio en algunos casos.
"Antes, una mujer estaba prácticamente segura de quedarse con la guarda y custodia de los hijos y en el domicilio familiar, pero eso ha desaparecido radicalmente", asegura Moya.
"La custodia compartida se concede si hay mutuo acuerdo y no resulta perjudicial para los hijos", explica Cerrillos.
2 de las 4 comunidades que han legislado sobre ella (Aragón y Comunidad Valenciana), le dan "carácter preferente", critica la letrada.
Tras el divorcio llega, a menudo, la familia reconstituida, formada por hijos procedentes de las uniones anteriores de la nueva pareja a los que, eventualmente, se suman nuevos descendientes. Son familias que crecen o menguan según los días.
La diversidad familiar está fuera de cuestión, pero hay quien se preocupa por la desigualdad que puede entrañar, sobre todo para los hijos.
"Está claro que las familias monoparentales y los divorcios tienen consecuencias económicas y sociales", plantea Lluís Flaquer.
Cita:
1.- la precariedad de ingresos de los hogares monoparentales de mujeres (según sus datos, el 40% de los hijos no percibe la pensión que deben pasarles sus padres) y
2.- los peores resultados escolares de los chicos que crecen con un solo progenitor o inmersos en un divorcio.
"Esas cuestiones tienen un coste colectivo", afirma.
"Sin ser conservador, creo que hay que generar un debate social para garantizar la igualdad de oportunidades en un contexto de diversidad familiar", propone Flaquer.
Familias a la medida:
Más de 1,2 millones de matrimonios han acudido al divorcio desde que se legalizó, hace ahora 30 años.
1 de cada 3 niños nace ya de parejas no casadas.
El número de bodas está descendiendo desde hace más de un lustro.
CHARO NOGUEIRA 18/06/2011
Abrió la espita a los profundos cambios que ha sufrido la familia española.
Van a cumplirse 30 años desde que, el 22 de junio de 1981, el Parlamento aprobaba de nuevo el divorcio, un derecho establecido en la República y que Franco derogó.
Atrás quedaban los tiempos del cónyuge para toda la vida, al hilo de la doctrina católica. Desde entonces, más de 1,2 millones de matrimonios se han disuelto y la familia se ha convertido en las familias.
Los cambios han vestido de diversidad esta fórmula que se mantiene, con crecientes variaciones, como el modo de vida más frecuente.
Uniones de hecho, hogares monoparentales (incluidos los de quienes eligen tener hijos en solitario), familias reconstituidas (nuevas uniones tras las rupturas), formadas por personas del mismo sexo (alcanzaron su derecho al matrimonio en 2005).
Un menú variado para un plato basado en la afectividad y la vida compartida.
La cifra de divorcios aumenta un 3% tras la tendencia a la baja de los últimos años.
Los divorcios aumentaron un 4,7% en 2010 tras los descensos de los últimos años
En 1 de cada 5 enlaces, al menos un cónyuge es extranjero.
Las uniones civiles superarán a las religiosas desde 2009.
Los divorcios caen desde 2008 por la crisis económica, según los expertos.
"Hay que garantizar a los hijos la igualdad de oportunidades", pide un sociólogo.
"Casi nadie se sorprende con las fórmulas distintas de la familia tradicional. Incluso se acepta la maternidad subrogada en parejas del mismo sexo. En 30 años se ha producido un vuelco ideológico plasmado en la realidad legal y en las expectativas de las personas", asegura Gerardo Meil, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM).
Esa "tolerancia" y esa normalización de las distintas fórmulas familiares se debe en parte a una "reacción contra el franquismo" y en parte a un "proceso de individualización muy fuerte con caída del control social", dice.
Para otro experto en los modos de convivencia como Lluís Flaquer, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Barcelona, la tolerancia siempre estuvo ahí.
"Los cambios se producían antes de que las leyes los recogieran, pero luego las normas han contribuido a impulsar la diversidad, acelerada desde 2000", explica.
"Se ha demostrado la gran capacidad de adaptación del grupo familiar a los tiempos", plantea el también catedrático de Sociología Julio Iglesias de Ussel, de la Universidad Complutense. Para él, la diversidad familiar siempre ha estado presente, aunque fuera a escondidas.
Cree que la tolerancia es, en realidad, "indiferencia" y que la situación española es similar a la europea.
"El cambio fundamental de los últimos tiempos es la igualdad entre hombres y mujeres. La relación de pareja es más profunda porque es más igualitaria", continúa Iglesias de Ussel.
"La incorporación femenina al mercado de trabajo ha sido un factor clave para la diversidad", añade Flaquer.
La directora general del Instituto de la Mujer, Laura Seara, da una vuelta más:
"La creciente igualdad ha favorecido la diversidad familiar, y viceversa".
A estas alturas del siglo XXI, se ha consagrado el derecho a vivir como se quiera sin censura social.
"Lo que me sorprende es que la gente siga casándose aunque ese paso ya no es obligatorio para convivir", plantea Meil.
La clave, según él, está en que en "el rito" de la boda se busca "la seguridad".
"La creencia generalizada es que el matrimonio es para toda la vida, salvo que fracase, mientras que la unión de hecho dura lo que dura", afirma.
Con todo, las bodas ya no son lo que eran: van en declive.
En número, caen desde 2004, cuando se registraron 216.149.
El descenso se ha acelerado en los tiempos de crisis económica (177.144 en 2009).
Si se analiza el nº de nuevos matrimonios por cada 1.000 habitantes, la caída comienza mucho antes.
De los 5,8 de 1980 a los 3,8 de ahora, según el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Menos tendencia al matrimonio, cada vez más tardío (33 años para los hombres y 30,8 las mujeres al contraer la primera unión) y nuevas variedades forzadas por el modo de vida, como los "matrimonios de fin de semana" que destaca Meil: parejas que viven separadas de lunes a viernes porque trabajan en distintas ciudades.
Otra novedad, alentada por la inmigración y la creciente movilidad, es el aumento de los matrimonios con al menos un contrayente extranjero: ya son 1 de cada 5.
Menos bodas y, sobre todo, civiles, reflejo de la creciente secularización de la sociedad española.
Hace 30 años eran el 5,6%. Ahora son mayoría.
En 2009 los matrimonios ante el altar fueron minoría por primera vez (54,8% de bodas civiles).
Las uniones en el juzgado se han visto engrosadas por el matrimonio homosexual, un derecho reconocido en 2005 y sobre el que aún debe pronunciarse el Tribunal Constitucional tras el recurso del Partido Popular.
Se celebran en torno a 3.000 al año y predominan los contraidos entre varones.
Como el de David Jericó y Jesús Santos:
"Casarnos nos ha dado tranquilidad, con mayúsculas", dice el primero.
"La ley de 2005 ha sido un paso de gigante, pero para nosotros el gran paso fue adoptar a Gabriel hace 7 años".
"Teníamos miedo a muchas cosas: ¿qué pasaría en el pediatra?, ¿qué ocurriría en el colegio?", prosigue Jericó.
Y no ha pasado nada, salvo alguna anécdota de lo que él califica como "discriminación positiva".
La protagonizan parientes y amigas que "corrigen o aleccionan" a la pareja sobre cómo vestir al chaval o qué darle de merienda.
"El niño dice que tiene 2 papás y nadie se mete con él", resume Jericó.
Frente a los matrimonios, las parejas de hecho siguen ganando terreno.
Según los últimos datos que ha elaborado el catedrático Meil a partir de varias encuestas, el 19,3% de las parejas heterosexuales que conviven lo hacen sin casarse. En 2001 eran el 9%.
Flaquer cree que se han convertido en una opción normalizada, lejos de la "militancia" que antaño mostraban muchos de los que elegían esta fórmula.
No obstante, muchas uniones de hecho se convierten en matrimonios cuando deciden tener hijos.
Los hijos, precisamente, dan claves de un cambio que incluye a las parejas de hecho y también a las mujeres que deciden procrear solas.
En 1981, solo el 4,4% de los bebés nacían fuera del matrimonio. Ahora lo hace 1 de cada 3 (el 34,4% de los nacidos en 2009 son de madre no casada, según el INE).
Inma Palma está al frente de 1 de los 558.000 hogares monoparentales españoles, una fórmula que crece rápidamente (en 2002 eran 303.200).
Lo eligió. "Quería ser madre y no tenía pareja. Me planteé si tener un hijo biológico o adoptar", relata.
Se decantó por lo último y cumplió su deseo hace un lustro. Está feliz y solo encuentra un problema: "Es más difícil conciliar siendo un solo progenitor", relata.
La mayor parte de las familias monoparentales están encabezadas por mujeres (el 86%), aunque ganan terreno las dirigidas por hombres.
El origen principal de estos hogares es el divorcio, una práctica tan frecuente como asumida socialmente.
Y más rápida desde 2005. Ese año se eliminó:
1.- la separación como requisito previo -introducido de cara a los católicos, religión que no admite el divorcio- y
2.- desapareció la necesidad de alegar causas para la ruptura, que puede pedirse 3 meses después de la boda.
Cayeron en picado las separaciones y aumentaron los divorcios, que tocaron techo en 2007 (137.510 disoluciones y 11.583 separaciones civiles).
Pero desde entonces, las rupturas se han frenado (106.166 divorcios y 7.680 separaciones en 2009). La mala situación económica tiene mucho que ver con ello.
"La crisis ha hecho que muchos matrimonios sigan juntos", asegura Susana Moya, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia.
"Para muchas parejas resulta inasumible económicamente la situación posterior al divorcio. Supone 2 casas, de entrada, y en ocasiones ni siquiera se puede pagar la hipoteca de 1 o los gastos del colegio de los niños si falla 1 de los 2 sueldos", afirma Ángela Cerrillo, al frente de la asociación de mujeres juristas Themis.
"Hay parejas que optan por aguantar porque no se pueden permitir el divorcio. Les resulta insostenible porque les dejaría sin capacidad para seguir viviendo", añade esta letrada.
Según Moya, las facilidades para la custodia compartida, implantadas a partir de 2005, también actúan como freno al divorcio en algunos casos.
"Antes, una mujer estaba prácticamente segura de quedarse con la guarda y custodia de los hijos y en el domicilio familiar, pero eso ha desaparecido radicalmente", asegura Moya.
"La custodia compartida se concede si hay mutuo acuerdo y no resulta perjudicial para los hijos", explica Cerrillos.
2 de las 4 comunidades que han legislado sobre ella (Aragón y Comunidad Valenciana), le dan "carácter preferente", critica la letrada.
Tras el divorcio llega, a menudo, la familia reconstituida, formada por hijos procedentes de las uniones anteriores de la nueva pareja a los que, eventualmente, se suman nuevos descendientes. Son familias que crecen o menguan según los días.
La diversidad familiar está fuera de cuestión, pero hay quien se preocupa por la desigualdad que puede entrañar, sobre todo para los hijos.
"Está claro que las familias monoparentales y los divorcios tienen consecuencias económicas y sociales", plantea Lluís Flaquer.
Cita:
1.- la precariedad de ingresos de los hogares monoparentales de mujeres (según sus datos, el 40% de los hijos no percibe la pensión que deben pasarles sus padres) y
2.- los peores resultados escolares de los chicos que crecen con un solo progenitor o inmersos en un divorcio.
"Esas cuestiones tienen un coste colectivo", afirma.
"Sin ser conservador, creo que hay que generar un debate social para garantizar la igualdad de oportunidades en un contexto de diversidad familiar", propone Flaquer.