http://www.publico.es/espana/367993/valencia-aprueba-la-custodia-compartida
Valencia aprueba la custodia compartida
El texto establece que esta opción deben imponerla los tribunales si los padres no llegan a un acuerdo.
PSOE e IU votaron en contra
BELÉN TOLEDO VALENCIA 25/03/2011.
Los jueces que tengan que decidir sobre divorcios con hijos en el País Valencià tienen una nueva norma a la que atenerse.
Se trata de la Ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, que se aprobó este jueves en Les Corts Valencianes y entrará en vigor en poco más de 1 mes. El texto establece la custodia compartida como la opción que deben imponer los tribunales si los padres no llegan a un acuerdo, salvo en el caso en que haya indicios de violencia de género o los informes técnicos aconsejen otra opción.
La ley ha sido aprobada con el apoyo del PP y del grupo Compromís.
Marisol Linares, del PP, defendió la norma porque es una "demanda social" que avanza en la igualdad real entre hombres y mujeres.
Mónica Oltra, de Compromís, insistió en que la ley impulsará "un modelo de corresponsabilidad y coparentalidad en el cuidado de los hijos".
Según Oltra, el hecho de que hasta ahora la inmensa mayoría de los jueces den la custodia a las madres "transmite un mensaje: que los hijos son cosa de las mujeres".
La ley contó con el rechazo de PSOE e IU.
Ambos grupos insistieron en que la custodia compartida puede perjudicar a los hijos si se impone en una situación de conflicto entre los padres.
La oposición reprochó al PP que no haya aceptado las enmiendas dirigidas a potenciar la mediación entre los padres antes de llegar a juicio.
El Código Civil regula la cuestión en toda España, y lo hace dejando libertad al juez para decidir dependiendo de las circunstancias de cada caso.
Además del País Valencià, Aragón y Catalunya han aprobado leyes en las que se potencia la custodia compartida
Ley Publicada en el Boletin Oficial:
http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/2011_3975.pdf
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 26 de marzo de 2011
La custodia compartida primará, aun con "malas relaciones" de los padres
http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/custodia/compartida/primara/malas/relaciones/padres/elpepuespval/20110325elpval_6/Tes
La custodia compartida primará, aun con "malas relaciones" de los padres.
La ley crea tensión en el PP y enfrenta a Compromís con socialistas y Esquerra Unida.
ADOLF BELTRAN - Valencia - 25/03/2011
Las Cortes Valencianas aprobaron ayer una ley que da la vuelta como un calcetín al régimen de custodia de los hijos que recoge de manera preferente el Código Civil.
La Ley de Relaciones Familiares de los Hijos cuyos Progenitores no Conviven, más conocida como Ley de Custodia Compartida, establece que la autoridad judicial "como regla general, atribuirá a ambos progenitores, de manera compartida, el régimen de convivencia con los hijos y con las hijas menores de edad, sin que sea obstáculo para ello la oposición de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ellos".
Imponer la custodia compartida agravará los conflictos, según el PSPV y EU.
La atribución a la madre da veto a una de las partes, dice Compromís.
La norma, aprobada ayer en el denominado pleno escoba de la legislatura, cuya celebración descartó inicialmente el PP, ha causado tensiones en las filas populares -ayer no estuvo en la votación el vicepresidente Juan Cotino, cabeza visible del sector más conservador, aunque sí el consejero de Gobernación, Serafín Castellano, que promovió el proyecto-, y ha enfrentado a Compromís con los otros grupos de la oposición.
Mientras Marga Sanz, de Esquerra Unida, calificó de "inmenso error" que se dé prevalencia a la custodia compartida y criticó con dureza que, además, el PP haya rechazado introducir en la ley mecanismos de mediación, Mònica Oltra, de Compromís, hizo una ardiente defensa de la propuesta para evitar que, con la preferencia de la custodia por la madre, se otorgue "derecho de veto a una de las partes".
Lola Huesca, del PSPV-PSOE, coincidió con Sanz en la defensa de un sistema que no dé prevalencia a ninguna de las modalidades y puso de ejemplo la ley promovida en Navarra por socialistas y populares en ese sentido.
Huesca advirtió que imponer la custodia compartida "solo puede empeorar la convivencia" y perjudicar el interés del menor, que debe ser el objetivo último, y aventuró que la ley será recurrida al Tribunal Constitucional por la Administración central dado que la Comunidad Valenciana, aunque haya introducido en el Estatut d'Autonomia de 2006 una referencia al derecho foral, no tiene competencias para legislar ex novo.
La popular Marisol Llinares dijo que la ley pretende "devolver a la familia su debilitado papel", en alusión al denominado "pacto de convivencia familiar" que establecerá las condiciones de la convivencia entre los separados o divorciados e incluso entre los abuelos de los menores.
Llinares acusó a los socialistas de no aceptar para los valencianos lo que han aceptado en Aragón o Cataluña y recordó a Esquerra Unida que incluyó en su programa la preferencia de la custodia compartida.
La diputada aseguró, para salir al paso de las divisiones en su grupo:
"Esta ley ha tenido unanimidad del Ejecutivo al legislativo".
Sanz acentuó su rechazo a la custodia compartida "impuesta" y dijo que el programa de Esquerra Unida aclarará esa postura.
Añadió que "los derechos de las personas deberían estar regulados por el Estado" y no diferir en unas comunidades autónomas y otras.
Oltra la criticó por "cargarse" 2 viejas reivindicaciones de Esquerra Unida, la custodia compartida y el derecho foral.
La diputada de Compromís también acusó a los socialistas de inconsecuencia con el Estatut d'Autonomia que aprobaron junto al PP y que recogía el derecho civil valenciano.
La socialista Huesca advirtió que el PP lo que busca es un nuevo enfrentamiento con el Gobierno central.
(.........)
La custodia compartida primará, aun con "malas relaciones" de los padres.
La ley crea tensión en el PP y enfrenta a Compromís con socialistas y Esquerra Unida.
ADOLF BELTRAN - Valencia - 25/03/2011
Las Cortes Valencianas aprobaron ayer una ley que da la vuelta como un calcetín al régimen de custodia de los hijos que recoge de manera preferente el Código Civil.
La Ley de Relaciones Familiares de los Hijos cuyos Progenitores no Conviven, más conocida como Ley de Custodia Compartida, establece que la autoridad judicial "como regla general, atribuirá a ambos progenitores, de manera compartida, el régimen de convivencia con los hijos y con las hijas menores de edad, sin que sea obstáculo para ello la oposición de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ellos".
Imponer la custodia compartida agravará los conflictos, según el PSPV y EU.
La atribución a la madre da veto a una de las partes, dice Compromís.
La norma, aprobada ayer en el denominado pleno escoba de la legislatura, cuya celebración descartó inicialmente el PP, ha causado tensiones en las filas populares -ayer no estuvo en la votación el vicepresidente Juan Cotino, cabeza visible del sector más conservador, aunque sí el consejero de Gobernación, Serafín Castellano, que promovió el proyecto-, y ha enfrentado a Compromís con los otros grupos de la oposición.
Mientras Marga Sanz, de Esquerra Unida, calificó de "inmenso error" que se dé prevalencia a la custodia compartida y criticó con dureza que, además, el PP haya rechazado introducir en la ley mecanismos de mediación, Mònica Oltra, de Compromís, hizo una ardiente defensa de la propuesta para evitar que, con la preferencia de la custodia por la madre, se otorgue "derecho de veto a una de las partes".
Lola Huesca, del PSPV-PSOE, coincidió con Sanz en la defensa de un sistema que no dé prevalencia a ninguna de las modalidades y puso de ejemplo la ley promovida en Navarra por socialistas y populares en ese sentido.
Huesca advirtió que imponer la custodia compartida "solo puede empeorar la convivencia" y perjudicar el interés del menor, que debe ser el objetivo último, y aventuró que la ley será recurrida al Tribunal Constitucional por la Administración central dado que la Comunidad Valenciana, aunque haya introducido en el Estatut d'Autonomia de 2006 una referencia al derecho foral, no tiene competencias para legislar ex novo.
La popular Marisol Llinares dijo que la ley pretende "devolver a la familia su debilitado papel", en alusión al denominado "pacto de convivencia familiar" que establecerá las condiciones de la convivencia entre los separados o divorciados e incluso entre los abuelos de los menores.
Llinares acusó a los socialistas de no aceptar para los valencianos lo que han aceptado en Aragón o Cataluña y recordó a Esquerra Unida que incluyó en su programa la preferencia de la custodia compartida.
La diputada aseguró, para salir al paso de las divisiones en su grupo:
"Esta ley ha tenido unanimidad del Ejecutivo al legislativo".
Sanz acentuó su rechazo a la custodia compartida "impuesta" y dijo que el programa de Esquerra Unida aclarará esa postura.
Añadió que "los derechos de las personas deberían estar regulados por el Estado" y no diferir en unas comunidades autónomas y otras.
Oltra la criticó por "cargarse" 2 viejas reivindicaciones de Esquerra Unida, la custodia compartida y el derecho foral.
La diputada de Compromís también acusó a los socialistas de inconsecuencia con el Estatut d'Autonomia que aprobaron junto al PP y que recogía el derecho civil valenciano.
La socialista Huesca advirtió que el PP lo que busca es un nuevo enfrentamiento con el Gobierno central.
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El Divorcio en el Cine Español
Buenos dias, hemos mantenido una Reunión entre la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) Con el Coordinador de Actividades Culturales de la Academia de las Artes y Ciencias Cinematograficas ( La Academia de los Goyas).
La intención de la reunión era Organizar un Ciclo de Cine Español con la temática del Divorcio, como nucleo de la Pelicula.
Tenemos más de 30 films que tratan la temática del Divorcio desde distintas opticas, desde directores renombrados hasta nuevos valores cinematográficos.
La idea es Organizar dicho Ciclo de Cine Español del 14 al 18 de Noviembre de 2011
Seria en las Instalaciones de la Academia de Cine: Capacidad para 175 personas
El Coste de Alquiler de las películas en 35 mm y el tecnico son de 3.000 € los 5 dias
La Fundación de la Academia se encarga de Alquilar la pelicula de 35 mm, pagar los derechos de Autor, Exhibición, etc.............
La entrada es Gratuita durante toda la Semana.
Este mensaje ha sido enviado por email a más de 2000 personas, os pedimos desde La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) si entre todos podemos colaborar con 1 Euro, podemos hacer el ciclo de Cine.
Tanto la Academia como PAMAC nos encargaremos de hacer la Campaña de Promoción del Ciclo de Cine en los distintos Medios de Comunicación, parasensibilizar a la sociedad de la grave problemática que supone la ruptuta de la convivencia en pareja.
Esperamos vuestra colaboración en este proyecto, para conseguir la Modificación de la Actual ley del Divorcio y de la ley Integral de Violencia,........
Podeis hacer las donaciones en la Cuenta de la Asociación PAMAC, dejando claro vuestro nombre y apellido y el Concepto:Semana de Cine
En la Cuenta Corriente de Caja Madrid : 2038 - 1893 - 75 - 6000068701.
Entre todos podemos.
Saludos Cordiales
PAMAC
La intención de la reunión era Organizar un Ciclo de Cine Español con la temática del Divorcio, como nucleo de la Pelicula.
Tenemos más de 30 films que tratan la temática del Divorcio desde distintas opticas, desde directores renombrados hasta nuevos valores cinematográficos.
La idea es Organizar dicho Ciclo de Cine Español del 14 al 18 de Noviembre de 2011
Seria en las Instalaciones de la Academia de Cine: Capacidad para 175 personas
El Coste de Alquiler de las películas en 35 mm y el tecnico son de 3.000 € los 5 dias
La Fundación de la Academia se encarga de Alquilar la pelicula de 35 mm, pagar los derechos de Autor, Exhibición, etc.............
La entrada es Gratuita durante toda la Semana.
Este mensaje ha sido enviado por email a más de 2000 personas, os pedimos desde La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) si entre todos podemos colaborar con 1 Euro, podemos hacer el ciclo de Cine.
Tanto la Academia como PAMAC nos encargaremos de hacer la Campaña de Promoción del Ciclo de Cine en los distintos Medios de Comunicación, parasensibilizar a la sociedad de la grave problemática que supone la ruptuta de la convivencia en pareja.
Esperamos vuestra colaboración en este proyecto, para conseguir la Modificación de la Actual ley del Divorcio y de la ley Integral de Violencia,........
Podeis hacer las donaciones en la Cuenta de la Asociación PAMAC, dejando claro vuestro nombre y apellido y el Concepto:Semana de Cine
En la Cuenta Corriente de Caja Madrid : 2038 - 1893 - 75 - 6000068701.
Entre todos podemos.
Saludos Cordiales
PAMAC
Posible Inconstitucionalidad de la ley Valenciana sobre la Custodia Compartida
http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2011/03/25/pp-aprueba-custodia-compartida-pese-reparos-cristianos-ausencia-cotino/793166.html
El PP aprueba la custodia compartida pese a los reparos de los ´cristianos´ y en ausencia de Cotino.
Marí expresa en el grupo sus dudas sobre la constitucionalidad de la ley y la preferencia de este régimen con carácter general.
Los socialistas auguran que el Gobierno recurrirá la norma al Tribunal Constitucional y afirman que se perjudicará a los menores
Comunitat Valenciana JUANJO GARCÍA GÓMEZ VALENCIA. Viernes 25.o3.2011
Los reparos del sector "cristiano" del PP y las dudas jurídicas de informes del propio Consell sobre la ley de custodia compartida no han sido suficientes para frenar la norma que establece como preferente este régimen sobre el cuidado de los hijos en las separaciones cuando hay conflicto.
Las Corts aprobaron ayer con los votos del PP y de Compromís y el rechazo del PSPV y Esquerra Unida el proyecto de ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.
Los diputados populares próximos al vicepresidente Juan Cotino, cabeza visible del sector "cristiano", votaron el texto aunque no ocultaron en algún caso la discrepancia.
Cotino no fue al pleno al asistir en Madrid al Pleno del Consejo del Agua.
"El jefe de filas se ha buscado una coartada para marcar posición", se interpretó en el PP. Promesa electoral del presidente Camps, éste tampoco asistió.
En la reunión de diputados del PP previa al último pleno de la legislatura, el secretario general adjunto del grupo, José Marí, próximo a Cotino, pidió la palabra para "explicar" su posición sobre la ley, tras haber recibido, dijo, SMS y correos electrónicos ofensivos.
Marí, tras recalcar que su postura reacia al texto era "personal" y no ideológica y lamentar que se haya mezclado a Cotino en este asunto, expresó sus dudas sobre la constitucionalidad del texto al no tener claro que la Generalitat tenga competencias para legislar en materia civil.
Por ello, apuntó que habría sido más "prudente" dejar sobre la mesa el texto, a la espera del pronunciamiento del Constitucional.
El diputado, abogado del Estado y ex Abogado General de la Generalitat, también cuestionó que se fije un régimen (la custodia compartida o la individual, como a su juicio hace el Código Civil) como regla general, al defender que sea el juez, en función de cada caso, el que decida. Pese a estos reparos, anunció que iba a votar la ley "por responsabilidad".
Marí matizó a este periódico que de no ser por sus dudas legales, no habría puesto "la más mínima objeción a la ley".
"No estoy a favor ni en contra de la custodia compartida, ni de la individual; que decida el juez", insistió.
Le contestó Alicia de Miguel, quien recalcó que si el Consell ha tramitado el proyecto, tendrá sus asesores jurídicos que lo avalen.
Marí: "¡Que no he sido yo!"
La anécdota se produjo en la votación.
Los errores por despistes llevaron a la popular Marisol Linares, ponente y defensora de la ley, a emitir un voto negativo a uno de los artículos.
Marí se giró al resto del grupo y bromeó: "¡Que quede claro que no he sido yo!"
En pasillos, el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, enfatizó que el anteproyecto y el proyecto pasaron por el Consell sin una voz crítica allí.
Y sostuvo que el Estatuto de 2006 habilita a la Generalitat para legislar en derecho civil.
La diputada socialista Dolores Huesca auguró que la ley será recurrida por el Gobierno por ser inconstitucional, al igual que ocurrió con la del Régimen Económico Matrimonial.
Huesca mantuvo que imponer la custodia compartida perjudicará al menor al trasladar, apuntó, el conflicto de los progenitores a los hijos, algo de lo que ya advirtió en un informe el director general del Menor, Antonio Gastaldi.
Tanto Huesca como Marga Sanz, de EU, defendieron que sea el juez el que decida en cada caso en función del interés del menor.
La socialista defendió que se introdujera un proceso previo de mediación para forzar un acuerdo.
La misma petición hicieron Compromís y EU. El PP no lo aceptó.
Huesca recordó que tanto Gastaldi como el Consejo Jurídico y el CES han cuestionado que el Consell tenga competencias.
A su juicio, la intención del Ejecutivo con esta norma es la de "ganar la guerra abierta en el partido, plegarse a un colectivo por un puñado de votos y tener otra excusa de conflicto con el Estado".
Sanz avisó de que la ley "pone a los pies de los caballos a la parte más débil de la separación" que en la mayoría de los casos es la mujer, dijo.
Mònica Oltra, de Compromís, dijo que la norma es un "avance antropológico" porque se "avanza en la igualdad de hombres y mujeres".
La ley se aplicará a las separaciones en marcha salvo recurso al TC
La nueva ley, que fija la prioridad de la custodia compartida en las separaciones y divorcios cuando haya conflicto, se aplicará a los procesos actualmente en marcha, tal como se modificó en comisión, salvo que un eventual recurso al Constitucional del Gobierno llevara al TC a suspender la aplicación.
La entrada en vigor de la norma es inminente, a los 30 días de su publicación en el "DOCV". Con todo, lo más relevante es la eliminación del límite de 2 años desde la entrada en vigor para que un progenitor al que se le aplicó la legislación anterior pida la revisión conforme a la nueva regulación. Ahora, lo podrán hacer pasen los años que pasen.
La norma otorga prioridad al "pacto de convivencia familiar" que deberá ser judicialmente aprobado y que tendrá que establecer el régimen de convivencia y/o relaciones familiares de los progenitores con los hijos, los hermanos y abuelos.
Pero, si no hay acuerdo, se establece la custodia compartida como regla general y habilita al juez para decidir al respecto atendiendo a las circunstancias de cada caso. Por otro lado, el Col·lectiu Lambda de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales lamentó ayer que la ley "haga de nuevo invisibles" las familias formadas con miembros del mismo sexo. (.....)
El PP aprueba la custodia compartida pese a los reparos de los ´cristianos´ y en ausencia de Cotino.
Marí expresa en el grupo sus dudas sobre la constitucionalidad de la ley y la preferencia de este régimen con carácter general.
Los socialistas auguran que el Gobierno recurrirá la norma al Tribunal Constitucional y afirman que se perjudicará a los menores
Comunitat Valenciana JUANJO GARCÍA GÓMEZ VALENCIA. Viernes 25.o3.2011
Los reparos del sector "cristiano" del PP y las dudas jurídicas de informes del propio Consell sobre la ley de custodia compartida no han sido suficientes para frenar la norma que establece como preferente este régimen sobre el cuidado de los hijos en las separaciones cuando hay conflicto.
Las Corts aprobaron ayer con los votos del PP y de Compromís y el rechazo del PSPV y Esquerra Unida el proyecto de ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.
Los diputados populares próximos al vicepresidente Juan Cotino, cabeza visible del sector "cristiano", votaron el texto aunque no ocultaron en algún caso la discrepancia.
Cotino no fue al pleno al asistir en Madrid al Pleno del Consejo del Agua.
"El jefe de filas se ha buscado una coartada para marcar posición", se interpretó en el PP. Promesa electoral del presidente Camps, éste tampoco asistió.
En la reunión de diputados del PP previa al último pleno de la legislatura, el secretario general adjunto del grupo, José Marí, próximo a Cotino, pidió la palabra para "explicar" su posición sobre la ley, tras haber recibido, dijo, SMS y correos electrónicos ofensivos.
Marí, tras recalcar que su postura reacia al texto era "personal" y no ideológica y lamentar que se haya mezclado a Cotino en este asunto, expresó sus dudas sobre la constitucionalidad del texto al no tener claro que la Generalitat tenga competencias para legislar en materia civil.
Por ello, apuntó que habría sido más "prudente" dejar sobre la mesa el texto, a la espera del pronunciamiento del Constitucional.
El diputado, abogado del Estado y ex Abogado General de la Generalitat, también cuestionó que se fije un régimen (la custodia compartida o la individual, como a su juicio hace el Código Civil) como regla general, al defender que sea el juez, en función de cada caso, el que decida. Pese a estos reparos, anunció que iba a votar la ley "por responsabilidad".
Marí matizó a este periódico que de no ser por sus dudas legales, no habría puesto "la más mínima objeción a la ley".
"No estoy a favor ni en contra de la custodia compartida, ni de la individual; que decida el juez", insistió.
Le contestó Alicia de Miguel, quien recalcó que si el Consell ha tramitado el proyecto, tendrá sus asesores jurídicos que lo avalen.
Marí: "¡Que no he sido yo!"
La anécdota se produjo en la votación.
Los errores por despistes llevaron a la popular Marisol Linares, ponente y defensora de la ley, a emitir un voto negativo a uno de los artículos.
Marí se giró al resto del grupo y bromeó: "¡Que quede claro que no he sido yo!"
En pasillos, el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, enfatizó que el anteproyecto y el proyecto pasaron por el Consell sin una voz crítica allí.
Y sostuvo que el Estatuto de 2006 habilita a la Generalitat para legislar en derecho civil.
La diputada socialista Dolores Huesca auguró que la ley será recurrida por el Gobierno por ser inconstitucional, al igual que ocurrió con la del Régimen Económico Matrimonial.
Huesca mantuvo que imponer la custodia compartida perjudicará al menor al trasladar, apuntó, el conflicto de los progenitores a los hijos, algo de lo que ya advirtió en un informe el director general del Menor, Antonio Gastaldi.
Tanto Huesca como Marga Sanz, de EU, defendieron que sea el juez el que decida en cada caso en función del interés del menor.
La socialista defendió que se introdujera un proceso previo de mediación para forzar un acuerdo.
La misma petición hicieron Compromís y EU. El PP no lo aceptó.
Huesca recordó que tanto Gastaldi como el Consejo Jurídico y el CES han cuestionado que el Consell tenga competencias.
A su juicio, la intención del Ejecutivo con esta norma es la de "ganar la guerra abierta en el partido, plegarse a un colectivo por un puñado de votos y tener otra excusa de conflicto con el Estado".
Sanz avisó de que la ley "pone a los pies de los caballos a la parte más débil de la separación" que en la mayoría de los casos es la mujer, dijo.
Mònica Oltra, de Compromís, dijo que la norma es un "avance antropológico" porque se "avanza en la igualdad de hombres y mujeres".
La ley se aplicará a las separaciones en marcha salvo recurso al TC
La nueva ley, que fija la prioridad de la custodia compartida en las separaciones y divorcios cuando haya conflicto, se aplicará a los procesos actualmente en marcha, tal como se modificó en comisión, salvo que un eventual recurso al Constitucional del Gobierno llevara al TC a suspender la aplicación.
La entrada en vigor de la norma es inminente, a los 30 días de su publicación en el "DOCV". Con todo, lo más relevante es la eliminación del límite de 2 años desde la entrada en vigor para que un progenitor al que se le aplicó la legislación anterior pida la revisión conforme a la nueva regulación. Ahora, lo podrán hacer pasen los años que pasen.
La norma otorga prioridad al "pacto de convivencia familiar" que deberá ser judicialmente aprobado y que tendrá que establecer el régimen de convivencia y/o relaciones familiares de los progenitores con los hijos, los hermanos y abuelos.
Pero, si no hay acuerdo, se establece la custodia compartida como regla general y habilita al juez para decidir al respecto atendiendo a las circunstancias de cada caso. Por otro lado, el Col·lectiu Lambda de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales lamentó ayer que la ley "haga de nuevo invisibles" las familias formadas con miembros del mismo sexo. (.....)
La custodia compartida en Valencia, una realidad ¿o no?
http://firmas.lasprovincias.es/avtabogados/2011/03/custodia-compartida-valencia-ley/
La custodia compartida en Valencia, una realidad
24 de Marzo de 2011, valencia. Ana Valdivieso
Hoy, 24 de marzo, Les Corts ha aprobado en un 'pleno escoba' la "Ley de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven", una ley que ha provocado un intenso debate social ya que instaura en la Comunitat Valencia el sistema de custodia compartida como regla general.
Debo empezar definiendo qué es la custodia compartida y, por custodia compartida se entiende:
1.- todo sistema de relaciones entre padres, que ya no conviven, e hijos,
2.- en el que el hijo está con ambos progenitores el mismo periodo de tiempo,
3.- con la finalidad de que el hijo no vea mermado su derecho de crecer y vivir con ambos progenitores y de mantener la relación con otros parientes.
En la actualidad, el régimen por excelencia que se suele pactar:
a.- cuando el divorcio es de mutuo acuerdo, o
b.-el que se establece por sentencia, cuando el procedimiento es contencioso,
es el que coloquialmente llamamos "régimen de visitas", consistente en fines de semana alternos y vacaciones por mitad para el progenitor que no ha obtenido la custodia de los menores (generalmente el padre).
El problema de este sistema tan extendido es que los menores son los que acaban sufriendo las consecuencias de la ruptura de sus padres, pues son ellos los que, al fin y al cabo, se ven privados de un padre o de una madre (salvo uno de cada 2 fines de semana y la mitad de vacaciones), pero no sólo eso, sino que también se ven privados de poder disfrutar de las relaciones con otros parientes, como son los abuelos, tíos o primos, entre otros.
Pues bien, con el sistema de la custodia compartida, lo que se pretende evitar precisamente es eso, que el menor no sufra esas consecuencias, pues no debemos olvidar que en estos casos lo que prima es, siempre, el interés del menor.
Con la Ley 15/2005, de 8 de julio, se modificó el Código Civil en materia de separación y divorcio y se añadió la posibilidad de la custodia compartida, pero si bien es cierto que de eso ya hace 6 años, la realidad es que en Valencia no se ha estado acordando dicha medida salvo raras excepciones.
Y digo "no se ha estado" porque desde la sentencia del pasado 1/10/2010, la cosa ha cambiado al revocar el Tribunal Supremo una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que se oponía a la custodia compartida establecida por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Valencia.
Hasta entonces lo habitual era que, si un Juzgado de Primera Instancia establecía el régimen de custodia compartida, la Audiencia Provincial, al resolver el recurso, con el famoso "corta y pega" incluyese un famoso párrafo (que todos los que nos dedicamos a esto en Valencia, conocemos de sobra) en contra de que se estableciese la custodia compartida.
Desde esta famosa sentencia han aumentado considerablemente los casos en los que, generalmente los padres, no se conforman con los fines de semana alternos e intentan acordar una custodia compartida o la solicitan si el procedimiento no es amistoso.
No debe pasarse por alto que para que se establezca la custodia compartida debe existir un informe psicológico que concluya que este sistema es el que mas favorece al menor en cuestión.
De todas maneras, este sistema de custodia seguirá dando de que hablar, pues el Código Civil nada establece con respecto a que pasa, en estos casos, con el uso de la vivienda familiar, la pensión de alimentos... temas que trataré en un futuro.
La custodia compartida en Valencia, una realidad
24 de Marzo de 2011, valencia. Ana Valdivieso
Hoy, 24 de marzo, Les Corts ha aprobado en un 'pleno escoba' la "Ley de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven", una ley que ha provocado un intenso debate social ya que instaura en la Comunitat Valencia el sistema de custodia compartida como regla general.
Debo empezar definiendo qué es la custodia compartida y, por custodia compartida se entiende:
1.- todo sistema de relaciones entre padres, que ya no conviven, e hijos,
2.- en el que el hijo está con ambos progenitores el mismo periodo de tiempo,
3.- con la finalidad de que el hijo no vea mermado su derecho de crecer y vivir con ambos progenitores y de mantener la relación con otros parientes.
En la actualidad, el régimen por excelencia que se suele pactar:
a.- cuando el divorcio es de mutuo acuerdo, o
b.-el que se establece por sentencia, cuando el procedimiento es contencioso,
es el que coloquialmente llamamos "régimen de visitas", consistente en fines de semana alternos y vacaciones por mitad para el progenitor que no ha obtenido la custodia de los menores (generalmente el padre).
El problema de este sistema tan extendido es que los menores son los que acaban sufriendo las consecuencias de la ruptura de sus padres, pues son ellos los que, al fin y al cabo, se ven privados de un padre o de una madre (salvo uno de cada 2 fines de semana y la mitad de vacaciones), pero no sólo eso, sino que también se ven privados de poder disfrutar de las relaciones con otros parientes, como son los abuelos, tíos o primos, entre otros.
Pues bien, con el sistema de la custodia compartida, lo que se pretende evitar precisamente es eso, que el menor no sufra esas consecuencias, pues no debemos olvidar que en estos casos lo que prima es, siempre, el interés del menor.
Con la Ley 15/2005, de 8 de julio, se modificó el Código Civil en materia de separación y divorcio y se añadió la posibilidad de la custodia compartida, pero si bien es cierto que de eso ya hace 6 años, la realidad es que en Valencia no se ha estado acordando dicha medida salvo raras excepciones.
Y digo "no se ha estado" porque desde la sentencia del pasado 1/10/2010, la cosa ha cambiado al revocar el Tribunal Supremo una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que se oponía a la custodia compartida establecida por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Valencia.
Hasta entonces lo habitual era que, si un Juzgado de Primera Instancia establecía el régimen de custodia compartida, la Audiencia Provincial, al resolver el recurso, con el famoso "corta y pega" incluyese un famoso párrafo (que todos los que nos dedicamos a esto en Valencia, conocemos de sobra) en contra de que se estableciese la custodia compartida.
Desde esta famosa sentencia han aumentado considerablemente los casos en los que, generalmente los padres, no se conforman con los fines de semana alternos e intentan acordar una custodia compartida o la solicitan si el procedimiento no es amistoso.
No debe pasarse por alto que para que se establezca la custodia compartida debe existir un informe psicológico que concluya que este sistema es el que mas favorece al menor en cuestión.
De todas maneras, este sistema de custodia seguirá dando de que hablar, pues el Código Civil nada establece con respecto a que pasa, en estos casos, con el uso de la vivienda familiar, la pensión de alimentos... temas que trataré en un futuro.
Les Corts aprueba la ley de custodia compartida ¿Que va a solucionar?
http://www.lasprovincias.es/v/20110325/politica/corts-aprueba-custodia-compartida-20110325.html
Les Corts aprueba la ley de custodia compartida sin fisuras en el PP.
La norma sale con los votos a favor de populares y Compromís y el PSPV insinúa que será recurrida por inconstitucional
25.03.11 - 00:10 - HÉCTOR ESTEBAN.VALENCIA.
En el PP hubo quórum. De los que estaban, todos votaron a favor.
Los que no lo pudieron hacer fueron los ausentes como Juan Cotino, al que se le señala como uno de los instigadores de intentar parar la aprobación de la nueva norma.
El conseller no pudo acudir ayer al pleno al encontrarse en Madrid en el pleno del Consejo Nacional del Agua.
Desde la tribuna de invitados, David Calatayud, uno de sus hombres de confianza, tomó buena nota de todo.
Entre las ausencias destacó también la de Gemma Amor.
La diputada de Benidorm, que se huele que no va a seguir, hace días que no aparece por la Cámara y dedica sus esfuerzos a su futuro municipal.
Lo único cierto es que salió adelante la ley de custodia compartida para satisfacción del conseller Serafín Castellano, que todavía tiene en barbecho desde hace meses la de las herencias.
PP y Compromís apoyaron la medida en una votación que contó con un montón de errores a la hora de apretar el botón.
En la bancada socialista, que está a lo suyo, hubo más huecos que en la dentadura de un mellado.
Con la nueva ley, la custodia compartida será el régimen de convivencia de los progenitores con sus hijos.
Se terminó el tiempo en el que los vástagos quedaban en la mayoría de los casos bajo el manto protector de la madre en el domicilio familiar.
La norma contempla el pacto de convivencia que pueden cerrar ambos cónyuges.
El objetivo es que los hijos tengan una relación equilibrada y continuada con sus progenitores. El pacto contempla también la relación de los niños con sus abuelos así como el reparto de la vivienda.
En caso de no haber acuerdo entre los padres, será el juez el que dictamine una vez oído el Ministerio Fiscal con la máxima de que regirá la custodia compartida como sistema preferente.
La popular Marisol Linares defendió la norma y destacó que era una promesa electoral de su partido.
Añadió que la ley redundará en la felicidad de muchos niños de la Comunitat al ver que tienen un trato con sus padres equilibrado aunque no exista el matrimonio.
Compromís también apoyó la norma aunque no logró que sirviera para que se le diera el mismo trato a las parejas del mismo sexo.
Un rechazo que lamentó el colectivo Lambda en un comunicado.
Mónica Oltra también echó de menos la figura del mediador.
La socialista Loli Huesca defendió el voto en contra de su partido al apuntar que se podría tratar de una norma inconstitucional.
El Gobierno ya recurrió en su día la de la separación de bienes para el régimen económico matrimonial.
Huesca recordó que el Consell Jurídic, el Económico y Social y el defensor del menor dudan de la nueva norma.
EU también rechazó la nueva norma.
Les Corts también aprobó la ley de movilidad, la nueva norma de emergencias y la modificación de la de Régimen Local.
LAS CLAVES.
¿Qué es la custodia compartida? La ley que permitirá que los progenitores tengan un trato igualitario en su relación con los hijos una vez se extinga el matrimonio.
¿A quién afectará la ley y cuándo entrará en vigor? A los empadronados en la Comunitat Valenciana. La norma entrará en vigor 1 mes después de que se haya publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. Ahora se está a la espera de que pueda ser recurrida por el Gobierno como insinuó la diputada socialista Dolores Huesca.
¿Qué es el pacto de convivencia familiar? Acuerdo al que llegan los progenitores sobre el cuidado de sus hijos.
Incluye también el trato con los abuelos e incluso quién se queda en el domicilio familiar.
¿Y si no hay acuerdo entre los padres? Será el juez el que dictamine oído el Ministerio Fiscal. Siempre prevalecerá la custodia compartida sobre la monoparental en el caso de que no haya acuerdo.
El juez podrá escuchar a los hijos y valorar los distintos informes sociales que existan.
¿Quién se quedará en la vivienda familiar? En principio, el progenitor que tenga más complicado acceder a una nueva vivienda. Si el inmueble es propiedad total o en parte del que se va, este recibiría una compensación económica. ¿¿¿¿????????
¿El ajuar? En principio los muebles se quedan en el domicilio familiar salvo pacto contrario entre los progenitores.
¿Y la manutención? Se establecerá una cantidad económica para hacer frente a los gastos ordinarios. El dinero se establecerá en función de los recursos de cada uno.
Los extraordinarios, como pudiera ser un seguro médico privado, se asumirán a partes iguales entre los progenitores..
La ley de la custodia compartida dio ayer su paso definitivo en Les Corts al ser aprobada con los votos de PP y Compromís. Ahora sólo faltan 2 cosas:
a.- que sea publicada en el Diario Oficial para que entre en vigor un mes después y
b.- que al Gobierno no le dé por recurrirla por inconstitucional, algo que no sería raro.
Les Corts aprueba la ley de custodia compartida sin fisuras en el PP.
La norma sale con los votos a favor de populares y Compromís y el PSPV insinúa que será recurrida por inconstitucional
25.03.11 - 00:10 - HÉCTOR ESTEBAN.VALENCIA.
En el PP hubo quórum. De los que estaban, todos votaron a favor.
Los que no lo pudieron hacer fueron los ausentes como Juan Cotino, al que se le señala como uno de los instigadores de intentar parar la aprobación de la nueva norma.
El conseller no pudo acudir ayer al pleno al encontrarse en Madrid en el pleno del Consejo Nacional del Agua.
Desde la tribuna de invitados, David Calatayud, uno de sus hombres de confianza, tomó buena nota de todo.
Entre las ausencias destacó también la de Gemma Amor.
La diputada de Benidorm, que se huele que no va a seguir, hace días que no aparece por la Cámara y dedica sus esfuerzos a su futuro municipal.
Lo único cierto es que salió adelante la ley de custodia compartida para satisfacción del conseller Serafín Castellano, que todavía tiene en barbecho desde hace meses la de las herencias.
PP y Compromís apoyaron la medida en una votación que contó con un montón de errores a la hora de apretar el botón.
En la bancada socialista, que está a lo suyo, hubo más huecos que en la dentadura de un mellado.
Con la nueva ley, la custodia compartida será el régimen de convivencia de los progenitores con sus hijos.
Se terminó el tiempo en el que los vástagos quedaban en la mayoría de los casos bajo el manto protector de la madre en el domicilio familiar.
La norma contempla el pacto de convivencia que pueden cerrar ambos cónyuges.
El objetivo es que los hijos tengan una relación equilibrada y continuada con sus progenitores. El pacto contempla también la relación de los niños con sus abuelos así como el reparto de la vivienda.
En caso de no haber acuerdo entre los padres, será el juez el que dictamine una vez oído el Ministerio Fiscal con la máxima de que regirá la custodia compartida como sistema preferente.
La popular Marisol Linares defendió la norma y destacó que era una promesa electoral de su partido.
Añadió que la ley redundará en la felicidad de muchos niños de la Comunitat al ver que tienen un trato con sus padres equilibrado aunque no exista el matrimonio.
Compromís también apoyó la norma aunque no logró que sirviera para que se le diera el mismo trato a las parejas del mismo sexo.
Un rechazo que lamentó el colectivo Lambda en un comunicado.
Mónica Oltra también echó de menos la figura del mediador.
La socialista Loli Huesca defendió el voto en contra de su partido al apuntar que se podría tratar de una norma inconstitucional.
El Gobierno ya recurrió en su día la de la separación de bienes para el régimen económico matrimonial.
Huesca recordó que el Consell Jurídic, el Económico y Social y el defensor del menor dudan de la nueva norma.
EU también rechazó la nueva norma.
Les Corts también aprobó la ley de movilidad, la nueva norma de emergencias y la modificación de la de Régimen Local.
LAS CLAVES.
¿Qué es la custodia compartida? La ley que permitirá que los progenitores tengan un trato igualitario en su relación con los hijos una vez se extinga el matrimonio.
¿A quién afectará la ley y cuándo entrará en vigor? A los empadronados en la Comunitat Valenciana. La norma entrará en vigor 1 mes después de que se haya publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. Ahora se está a la espera de que pueda ser recurrida por el Gobierno como insinuó la diputada socialista Dolores Huesca.
¿Qué es el pacto de convivencia familiar? Acuerdo al que llegan los progenitores sobre el cuidado de sus hijos.
Incluye también el trato con los abuelos e incluso quién se queda en el domicilio familiar.
¿Y si no hay acuerdo entre los padres? Será el juez el que dictamine oído el Ministerio Fiscal. Siempre prevalecerá la custodia compartida sobre la monoparental en el caso de que no haya acuerdo.
El juez podrá escuchar a los hijos y valorar los distintos informes sociales que existan.
¿Quién se quedará en la vivienda familiar? En principio, el progenitor que tenga más complicado acceder a una nueva vivienda. Si el inmueble es propiedad total o en parte del que se va, este recibiría una compensación económica. ¿¿¿¿????????
¿El ajuar? En principio los muebles se quedan en el domicilio familiar salvo pacto contrario entre los progenitores.
¿Y la manutención? Se establecerá una cantidad económica para hacer frente a los gastos ordinarios. El dinero se establecerá en función de los recursos de cada uno.
Los extraordinarios, como pudiera ser un seguro médico privado, se asumirán a partes iguales entre los progenitores..
La ley de la custodia compartida dio ayer su paso definitivo en Les Corts al ser aprobada con los votos de PP y Compromís. Ahora sólo faltan 2 cosas:
a.- que sea publicada en el Diario Oficial para que entre en vigor un mes después y
b.- que al Gobierno no le dé por recurrirla por inconstitucional, algo que no sería raro.
jueves, 24 de marzo de 2011
Un ciudadano logra que se cambien las normas de empadronamiento de los menores
http://www.alertadigital.com/2011/03/23/un-ciudadano-logra-que-se-cambien-las-normas-de-empadronamiento-de-los-menores-no-emancipados/
Un ciudadano logra que se cambien las normas de empadronamiento de los menores no emancipados
23/3/2011 - REDACCION AD
Un ciudadano español, Jesús Ayala Carcedo, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas instrucciones a los ayuntamientos españoles para el empadronamiento de menores no emancipados.
En el año 2.002, se promulgó la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores.
Por la misma, se modificaron los artículos 103 y 158 del Código Civil, que permitía pedir y autorizar medidas judiciales que impidiese el desplazamiento de menores.
Este ciudadano, después de diversas gestiones relacionadas con el desplazamiento de una niña desde Burgos a las Islas Baleares, sin que la madre solicitara, previamente, la modificación del convenio que amparaba los derechos de esa menor, solicitó al Defensor del Pueblo que se modificaran las normas de empadronamiento de menores no emancipados, en evitación de los gravísimos conflictos que se producen en estos casos entre padres, y que provocan perjuicios a los hijos así como elevados costes judiciales.
Jesús Ayala ha logrado que la nota informativa sobre la forma de actuación de los ayuntamientos ante el empadronamiento de menores no emancipados con 1 solo de los progenitores sea distribuida, junto con un modelo de declaración responsable, a los presidentes y secretarios de las secciones provinciales del Consejo de Empadronamiento, ubicadas en las delegaciones provinciales del INE, para su conocimiento y a efecto de que a su vez den traslado de las mismas a los ayuntamientos de la respectiva provincia.
También se ha informado de estos cambios a los responsables del Padrón del Instituto Nacional de Estadística.
“La importancia de todo esto es que el modelo de declaración responsable, tiene efectos legales probatorios, en su caso, de falsedad documental, y se contempla que se requiera autorización judicial previa para el desplazamiento de menores no emancipados, que antes no se contemplaba”, señala Ayala a AD.
“Solicitar que cualquier cambio de domicilio se haga con autorización judicial previa no es quitar ningún derecho a nadie, sino impedir que los convenios de menores sean papel mojado, y prevenir gravísimos problemas, con costos emocionales y económicos tremendos”, añade la misma fuente.
Hasta ahora, la tenencia de la guardia y custodia del menor permitía a la madre desplazarse con ellos a cualquier punto de España o del extranjero, sin autorización previa.
Lo que cambia ahora es que los padres podrán reclamar judicialmente la autorización previa. “Si la conceden en sentencia o disposición judicial, esos niños tienen una protección legal ante esos desplazamientos”, recalca Ayala, quien adierte de que los incumplimientos a partir de ahora llevarían aparejadas “consecuencias legales”.
Un ciudadano logra que se cambien las normas de empadronamiento de los menores no emancipados
23/3/2011 - REDACCION AD
Un ciudadano español, Jesús Ayala Carcedo, a través del Defensor del Pueblo, ha conseguido que se den nuevas instrucciones a los ayuntamientos españoles para el empadronamiento de menores no emancipados.
En el año 2.002, se promulgó la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores.
Por la misma, se modificaron los artículos 103 y 158 del Código Civil, que permitía pedir y autorizar medidas judiciales que impidiese el desplazamiento de menores.
Este ciudadano, después de diversas gestiones relacionadas con el desplazamiento de una niña desde Burgos a las Islas Baleares, sin que la madre solicitara, previamente, la modificación del convenio que amparaba los derechos de esa menor, solicitó al Defensor del Pueblo que se modificaran las normas de empadronamiento de menores no emancipados, en evitación de los gravísimos conflictos que se producen en estos casos entre padres, y que provocan perjuicios a los hijos así como elevados costes judiciales.
Jesús Ayala ha logrado que la nota informativa sobre la forma de actuación de los ayuntamientos ante el empadronamiento de menores no emancipados con 1 solo de los progenitores sea distribuida, junto con un modelo de declaración responsable, a los presidentes y secretarios de las secciones provinciales del Consejo de Empadronamiento, ubicadas en las delegaciones provinciales del INE, para su conocimiento y a efecto de que a su vez den traslado de las mismas a los ayuntamientos de la respectiva provincia.
También se ha informado de estos cambios a los responsables del Padrón del Instituto Nacional de Estadística.
“La importancia de todo esto es que el modelo de declaración responsable, tiene efectos legales probatorios, en su caso, de falsedad documental, y se contempla que se requiera autorización judicial previa para el desplazamiento de menores no emancipados, que antes no se contemplaba”, señala Ayala a AD.
“Solicitar que cualquier cambio de domicilio se haga con autorización judicial previa no es quitar ningún derecho a nadie, sino impedir que los convenios de menores sean papel mojado, y prevenir gravísimos problemas, con costos emocionales y económicos tremendos”, añade la misma fuente.
Hasta ahora, la tenencia de la guardia y custodia del menor permitía a la madre desplazarse con ellos a cualquier punto de España o del extranjero, sin autorización previa.
Lo que cambia ahora es que los padres podrán reclamar judicialmente la autorización previa. “Si la conceden en sentencia o disposición judicial, esos niños tienen una protección legal ante esos desplazamientos”, recalca Ayala, quien adierte de que los incumplimientos a partir de ahora llevarían aparejadas “consecuencias legales”.
Aprobada la ley de custodia compartida en el último pleno de las Cortes Valencianas
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/24/valencia/1300962388.html
Ley de relaciones familiares: Aprobada la ley de custodia compartida en el último pleno de las Cortes Valencianas.
La norma establece que a falta de acuerdo se impondrá la custodia compartida.
Ha salido adelante con 50 votos a favor y con las ausencias de Camps y Cotino.
El PSPV y EU votan en contra, mientras que PP y Compromís votan a favor
Los socialistas creen que la ley 'sólo puede empeorar la convivencia familiar'.
Rodrigo Terrasa.Valencia. jueves 24/03/2011
Las Cortes Valencianas han aprobado en el último pleno de esta legislatura, convocado de forma extraordinaria, la Ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, más conocida como ley de custodia compartida.
Ha salido adelante con 50 votos a favor y 38 en contra y con las notables ausencias en el hemiciclo del presidente Francisco Camps y de su vicepresidente Juan Cotino, principal representante dentro del Partido Popular del sector contrario a esta ley.
La nueva norma, que dará prioridad al acuerdo entre los progenitores, establece el principio general de custodia compartida en los casos en los que el pacto no sea posible.
La ley fija que el pacto de convivencia familiar deberá ser judicialmente aprobado y establecerá el régimen de convivencia y relaciones familiares de los progenitores con los hijos y de estos con sus hermanos, abuelos y parientes.
Asimismo, el pacto deberá incluir el destino de la vivienda y el ajuar familiar, además de la cuantía y el modo de sufragar los gastos ordinarios y extraordinarios de atención de los hijos.
En aquellos casos en los que no sea posible alcanzar ese pacto, el texto establece el principio general de custodia compartida, si bien habilita al juez para decidir la custodia individual atendiendo a las circunstancias de cada caso.
El pleno escoba de este jueves fue reclamado a la junta por la Federación Valenciana por la Igualdad y la Coparentalidad después de que las diferentes opiniones en el seno del PP valenciano retrasasen su aprobación.
La ley ha salido adelante con la oposición de Esquerra Unida y PSPV.
Los socialistas han reiterado este jueves su posición contraria a una norma que "impone judicialmente la custodia compartida", una circunstancia que, según la diputada Dolores Huesca, "sólo puede empeorar la convivencia familiar".
El PSPV ha defendido la necesidad de "valorar caso por caso" las situaciones de no convivencia, ha vaticinado "otro recurso de inconstitucionalidad" contra la norma aprobada, ha recordado la oposición de la Dirección de Justicia del menor y ha atribuido la aprobación de la ley a la intención del PP de "montar un circo para desviar la atención por los casos de corrupción que acosan al presidente Camps".
Esquerra Unida, por su parte, ha considerado un "tremendo error" la aprobación de la ley, ha criticado la "irresponsabilidad" del PP y ha asegurado que la norma de custodia compartida "generará grandes conflictos que sólo perjudicarán al menor".
Marga Sanz ha defndido la custodia compartida sólo cuando haya acuerdo pero ha reclamado que en ausencia de acuerdo, "el juez decida la forma más adecuada según los intereses del menor".
EU también ha reprochado al PP que apruebe una norma "sin demanda social" y ha dicho que la mayoría de casos se resuelven de mutuo acuerdo.
"Esta ley pone a los pies de los caballos a quien es la parte más débil en el 90% de los casos, que es la mujer, fragiliza su posición", ha concluido.
'Igualdad de hombres y mujeres'
Compromís, que ha respaldado la aprobación, ha asegurado que la de custodia compartida es "la ley más importante de esta legislatura" porque "cambiará la vida de muchas personas y promoverá la felicidad de todos los días".
Mónica Oltra, que ha defendido la postura de su grupo, ha recordado sus enmiendas, desestimadas, para incluir en la regulación de la ley al colectivo de gays, lesbianas, transexuales y bisexuales, y para añadir la figura de la "mediación" en el trámite de la custodia.
También ha pedido que en los casos de posibles malos tratos sólo se imposibilite la custodia compartida cuando haya sentencia firme o medidas cautelares específicas hacia los hijos.
Oltra ha asegurado que la ley "avanza en la igualdad de hombres y mujeres" y ayuda a eliminar la idea de que "los hijos son responsabilidad única de las mujeres y no responsabilidad compartida".
El PP, por último, ha defendido el "compromiso pionero en España" de su grupo y la "sensibilidad del gobierno de Camps" para "velar por los intereses supremos del menor". Marisol Llinares ha reprochado al PSPV que se oponga a una norma que "votan a favor en Cataluña y Aragón".
"Esta norma establece la norma real y efectiva entre hombres y mujeres", ha sentenciado Llinares, que ha replicado las críticas a los conflictos internos de los 'populares' valencianos anunciando el voto a favor en bloque de su grupo.
La diputada del PP ha cerrado su discurso apelando al resto de diputados:
"Hoy no les veo a ustedes veo a niños y niñas que quieren tener a su padre, a su madre, a su abuelo y a su abuela".
Ley de relaciones familiares: Aprobada la ley de custodia compartida en el último pleno de las Cortes Valencianas.
La norma establece que a falta de acuerdo se impondrá la custodia compartida.
Ha salido adelante con 50 votos a favor y con las ausencias de Camps y Cotino.
El PSPV y EU votan en contra, mientras que PP y Compromís votan a favor
Los socialistas creen que la ley 'sólo puede empeorar la convivencia familiar'.
Rodrigo Terrasa.Valencia. jueves 24/03/2011
Las Cortes Valencianas han aprobado en el último pleno de esta legislatura, convocado de forma extraordinaria, la Ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, más conocida como ley de custodia compartida.
Ha salido adelante con 50 votos a favor y 38 en contra y con las notables ausencias en el hemiciclo del presidente Francisco Camps y de su vicepresidente Juan Cotino, principal representante dentro del Partido Popular del sector contrario a esta ley.
La nueva norma, que dará prioridad al acuerdo entre los progenitores, establece el principio general de custodia compartida en los casos en los que el pacto no sea posible.
La ley fija que el pacto de convivencia familiar deberá ser judicialmente aprobado y establecerá el régimen de convivencia y relaciones familiares de los progenitores con los hijos y de estos con sus hermanos, abuelos y parientes.
Asimismo, el pacto deberá incluir el destino de la vivienda y el ajuar familiar, además de la cuantía y el modo de sufragar los gastos ordinarios y extraordinarios de atención de los hijos.
En aquellos casos en los que no sea posible alcanzar ese pacto, el texto establece el principio general de custodia compartida, si bien habilita al juez para decidir la custodia individual atendiendo a las circunstancias de cada caso.
El pleno escoba de este jueves fue reclamado a la junta por la Federación Valenciana por la Igualdad y la Coparentalidad después de que las diferentes opiniones en el seno del PP valenciano retrasasen su aprobación.
La ley ha salido adelante con la oposición de Esquerra Unida y PSPV.
Los socialistas han reiterado este jueves su posición contraria a una norma que "impone judicialmente la custodia compartida", una circunstancia que, según la diputada Dolores Huesca, "sólo puede empeorar la convivencia familiar".
El PSPV ha defendido la necesidad de "valorar caso por caso" las situaciones de no convivencia, ha vaticinado "otro recurso de inconstitucionalidad" contra la norma aprobada, ha recordado la oposición de la Dirección de Justicia del menor y ha atribuido la aprobación de la ley a la intención del PP de "montar un circo para desviar la atención por los casos de corrupción que acosan al presidente Camps".
Esquerra Unida, por su parte, ha considerado un "tremendo error" la aprobación de la ley, ha criticado la "irresponsabilidad" del PP y ha asegurado que la norma de custodia compartida "generará grandes conflictos que sólo perjudicarán al menor".
Marga Sanz ha defndido la custodia compartida sólo cuando haya acuerdo pero ha reclamado que en ausencia de acuerdo, "el juez decida la forma más adecuada según los intereses del menor".
EU también ha reprochado al PP que apruebe una norma "sin demanda social" y ha dicho que la mayoría de casos se resuelven de mutuo acuerdo.
"Esta ley pone a los pies de los caballos a quien es la parte más débil en el 90% de los casos, que es la mujer, fragiliza su posición", ha concluido.
'Igualdad de hombres y mujeres'
Compromís, que ha respaldado la aprobación, ha asegurado que la de custodia compartida es "la ley más importante de esta legislatura" porque "cambiará la vida de muchas personas y promoverá la felicidad de todos los días".
Mónica Oltra, que ha defendido la postura de su grupo, ha recordado sus enmiendas, desestimadas, para incluir en la regulación de la ley al colectivo de gays, lesbianas, transexuales y bisexuales, y para añadir la figura de la "mediación" en el trámite de la custodia.
También ha pedido que en los casos de posibles malos tratos sólo se imposibilite la custodia compartida cuando haya sentencia firme o medidas cautelares específicas hacia los hijos.
Oltra ha asegurado que la ley "avanza en la igualdad de hombres y mujeres" y ayuda a eliminar la idea de que "los hijos son responsabilidad única de las mujeres y no responsabilidad compartida".
El PP, por último, ha defendido el "compromiso pionero en España" de su grupo y la "sensibilidad del gobierno de Camps" para "velar por los intereses supremos del menor". Marisol Llinares ha reprochado al PSPV que se oponga a una norma que "votan a favor en Cataluña y Aragón".
"Esta norma establece la norma real y efectiva entre hombres y mujeres", ha sentenciado Llinares, que ha replicado las críticas a los conflictos internos de los 'populares' valencianos anunciando el voto a favor en bloque de su grupo.
La diputada del PP ha cerrado su discurso apelando al resto de diputados:
"Hoy no les veo a ustedes veo a niños y niñas que quieren tener a su padre, a su madre, a su abuelo y a su abuela".
Fernando de Rosa: Amenazas y coacciones de una mujer contra él y su familia.
http://www.lasprovincias.es/v/20110324/comunitat/juez-investiga-amenazas-coacciones-20110324.html
Un juez investiga amenazas y coacciones a Fernando de Rosa y su familia
24.03.11 - A. G. VALENCIA.
Un juzgado de Madrid investiga la denuncia presentada por el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, por amenazas y coacciones de una mujer contra él y su familia.
De Rosa, quien ya ha declarado en el juzgado por estos hechos, conoció a la persona que ahora le persigue cuando esta acudió a su despacho en busca de ayuda.
Pedía al exconseller de Justicia que mediara en diversos asuntos que tiene abiertos en los juzgados porque, según la mujer, existía una conspiración de jueces y fiscales contra su persona. Lógicamente, De Rosa le dijo que no le podía ayudar en el problema que planteaba.
Fue entonces, hace casi 1 año, cuando la mujer inició una auténtica persecución contra el vicepresidente del CGPJ.
Las cartas amenazantes y las llamadas de teléfono a su domicilio en la capital del Turia se convirtieron en una constante.
Perfil peligroso
La Policía estudió detalladamente las amenazas y concluyó que la mujer presentaba un perfil muy peligroso y que el riesgo era real.
Desde entonces, la seguridad en el entorno más cercano de De Rosa se ha reforzado considerablemente.
El último incidente se produjo durante una reciente visita del juez a Valencia.
La mujer, que disfruta de un elevado poder adquisitivo y se desplaza desde Madrid simplemente para acosarle, le amenazó cuando este paseaba por el centro de la ciudad.
De Rosa denunció el incidente ante la Policía.
Un juez investiga amenazas y coacciones a Fernando de Rosa y su familia
24.03.11 - A. G. VALENCIA.
Un juzgado de Madrid investiga la denuncia presentada por el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, por amenazas y coacciones de una mujer contra él y su familia.
De Rosa, quien ya ha declarado en el juzgado por estos hechos, conoció a la persona que ahora le persigue cuando esta acudió a su despacho en busca de ayuda.
Pedía al exconseller de Justicia que mediara en diversos asuntos que tiene abiertos en los juzgados porque, según la mujer, existía una conspiración de jueces y fiscales contra su persona. Lógicamente, De Rosa le dijo que no le podía ayudar en el problema que planteaba.
Fue entonces, hace casi 1 año, cuando la mujer inició una auténtica persecución contra el vicepresidente del CGPJ.
Las cartas amenazantes y las llamadas de teléfono a su domicilio en la capital del Turia se convirtieron en una constante.
Perfil peligroso
La Policía estudió detalladamente las amenazas y concluyó que la mujer presentaba un perfil muy peligroso y que el riesgo era real.
Desde entonces, la seguridad en el entorno más cercano de De Rosa se ha reforzado considerablemente.
El último incidente se produjo durante una reciente visita del juez a Valencia.
La mujer, que disfruta de un elevado poder adquisitivo y se desplaza desde Madrid simplemente para acosarle, le amenazó cuando este paseaba por el centro de la ciudad.
De Rosa denunció el incidente ante la Policía.
Ley de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven
http://www.lasprovincias.es/v/20110324/opinion/valenciana-custodia-compartida-20110324.html
Ley valenciana de custodia compartida
24.03.11 - 00:17 - ISIDRO NIÑEROLA GIMÉNEZ. Presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.
Hoy se aprobará previsiblemente en el Parlamento valenciano, la llamada 'Ley de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven'.
Quizás hubiese sido más fácil llamarla Ley de Relaciones Familiares, si bien los Abogados de Familia, estamos encantados que la Administración comience a preocuparse de los problemas gravísimos que tienen los ciudadanos que pasan por una ruptura conyugal, y no sólo con respecto a la custodia compartida, sino también con respecto al uso del domicilio familiar y las pensiones alimenticias.
No obstante, existen una serie de estadios intermedios que no supondrían un reparto aritmético por mitad de tiempos y que permitirán también una relación fluida entre padres e hijos, alternando los tiempos de convivencia.
Me refiero en concreto a los fines de semana alternos de viernes a lunes y a las pernoctas intersemanales, que ya se están determinando por Sentencia judicial y que han dejado atrás los regímenes standards de fines de semana alternos y 2 tardes entre semana.
Estamos ante una cuestión cultural y generacional, dado que hoy en día es difícil encontrar a una persona de mediana edad, hombre o mujer, que diga que la custodia compartida no es buena para los hijos, y si se intenta buscar una justificación por los detractores de ésta, no existe ningún argumento válido salvo que la custodia se utilice como elemento de poder contra el otro progenitor, o se utilice como ariete de su propia frustración, pero éstas serían personas que rozarían lo patológico.
Es necesario acudir a los informes psicosociales que elaborados por expertos cualificados puedan:
1.- determinar lo que es más beneficioso para los hijos, y
2.- puedan también determinar si un progenitor está, o no capacitado para una custodia compartida, para un régimen de visitas o para no fijar régimen de comunicación alguno, en su caso.
El tema es más profundo y de mayor calado de lo que parece dado que con la custodia compartida se consigue garantizar la presencia de ambos progenitores en la vida diaria de los hijos, evitando el sentimiento de pérdida por parte de éstos.
Nuestra comunidad ya reguló en el artículo 22 de la Ley de la Infancia y Adolescencia que en los casos de ruptura, se regulase una convivencia igualitaria con ambos progenitores.
La Ley se pone a la vanguardia de las últimas tendencias en Derecho de Familia, y aunque sería deseable llegar a conseguir un Código de Derecho Civil valenciano, bueno es que tengamos la Ley de Régimen Económico Matrimonial y la presente Ley.
Las innovaciones más importantes, suponen la sustitución del término Convenio Regulador por Pacto de Convivencia Familiar, que regula el régimen de convivencia de padres e hijos, así como hermanos, hermanas y abuelos, la vivienda familiar, otras residencias y los alimentos que los denomina como gastos de atención a los hijos.
La custodia compartida la denomina régimen de convivencia compartido que será preferente, cumpliéndose unos requisitos que establece, como edad, cercanía de domicilios, opinión de los mayores de 12 años, dedicación pasada a la familia, informes psicosociales, arraigo social, escolar y familiar, así como la disponibilidad de cada uno de los progenitores para mantener trato directo con cada hijo.
Regula lo que es una constante en las leyes, que no procederá cuando una de las partes esté incursa en un proceso penal o indicios fundados de violencia.
Sin embargo lo que es preocupante, es que deja sin régimen de convivencia al otro progenitor en estos supuestos, por lo que deberá clarificarse esta cuestión, pues vuelve de nuevo a regular una Ley, cuestiones que son propias de la esfera penal y no de la esfera civil, y habrá que ver el contexto exacto en que se encuadran esos indicios.
El uso de la vivienda familiar, se establece como temporal, debiendo fijar la autoridad judicial el plazo máximo de atribución y la innovación es que en los casos de convivencia compartida, si se adjudica a uno de los progenitores, se fijará una compensación económica que deberá satisfacer el adjudicatario del derecho.
La Jurisprudencia de nuestra Audiencia en este terreno ha evolucionado y en los casos de custodia compartida, se está obligando a la venta de la vivienda familiar, y a que sean los padres quienes salgan del domicilio y no los hijos.
Con respecto a los alimentos que denomina gastos de atención a los hijos, confunde gastos ordinarios con extraordinarios y establece una proporcionalidad en los gastos necesarios de educación y de salud no cubiertos por la Seguridad Social, olvidando que en los casos de convivencia individual, como denomina la Ley, que son los supuestos de custodia materna o paterna, en su caso, uno de los progenitores presta directamente los alimentos.
Se debería haber acudido al Código Civil, mejorando el precepto y estableciendo que los gastos de atención de los hijos, es todo lo que es indispensable para el sustento, vivienda, vestido, asistencia médica y formación, tanto escolar como extraescolar de los hijos, existente al momento de la ruptura.
También hubiese sido deseable regular los gastos extraordinarios, como todos aquellos no cubiertos por la sanidad pública y todos aquellos que se precisen para el desarrollo mental, emocional e intelectual de los hijos, cuya necesidad se deberá acreditar fehacientemente, y en cuanto al resto de gastos extraordinarios, será necesario el consentimiento de ambos progenitores, y en su caso, de cargo del que desee dicho gasto, si no hay consenso.
Es muy interesante la disposición adicional, pero en el texto existe una omisión grave, pues para la modificación del Pacto de Convivencia, se aplicará la Ley Procesal Civil para los procesos de mutuo acuerdo, pero se tendría que añadir que para las modificaciones habrá que estar, cuando sea contencioso el procedimiento, a la legislación procesal civil para las Modificaciones de Medidas definitivas.
No menos interesantes son las Disposiciones Transitorias, en cuanto a la revisión de medidas adoptadas con la legislación anterior y también la aplicación a los procesos pendientes de Sentencia en el momento de la entrada en vigor.
En este mismo rotativo, en fecha 13 de Junio de 2009, manifestaba que sería deseable que la Generalidad, cuando aprobase la Ley, no confundiese hijos con ladrillos y de hecho, este proyecto es también innovador, con respecto al derecho de uso de la vivienda familiar, y esperamos que en un futuro tengamos de verdad un Código Civil de Derecho Valenciano, que aglutine todas las esferas de la persona, la familia, el patrimonio y las sucesiones.
Ley valenciana de custodia compartida
24.03.11 - 00:17 - ISIDRO NIÑEROLA GIMÉNEZ. Presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.
Hoy se aprobará previsiblemente en el Parlamento valenciano, la llamada 'Ley de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven'.
Quizás hubiese sido más fácil llamarla Ley de Relaciones Familiares, si bien los Abogados de Familia, estamos encantados que la Administración comience a preocuparse de los problemas gravísimos que tienen los ciudadanos que pasan por una ruptura conyugal, y no sólo con respecto a la custodia compartida, sino también con respecto al uso del domicilio familiar y las pensiones alimenticias.
No obstante, existen una serie de estadios intermedios que no supondrían un reparto aritmético por mitad de tiempos y que permitirán también una relación fluida entre padres e hijos, alternando los tiempos de convivencia.
Me refiero en concreto a los fines de semana alternos de viernes a lunes y a las pernoctas intersemanales, que ya se están determinando por Sentencia judicial y que han dejado atrás los regímenes standards de fines de semana alternos y 2 tardes entre semana.
Estamos ante una cuestión cultural y generacional, dado que hoy en día es difícil encontrar a una persona de mediana edad, hombre o mujer, que diga que la custodia compartida no es buena para los hijos, y si se intenta buscar una justificación por los detractores de ésta, no existe ningún argumento válido salvo que la custodia se utilice como elemento de poder contra el otro progenitor, o se utilice como ariete de su propia frustración, pero éstas serían personas que rozarían lo patológico.
Es necesario acudir a los informes psicosociales que elaborados por expertos cualificados puedan:
1.- determinar lo que es más beneficioso para los hijos, y
2.- puedan también determinar si un progenitor está, o no capacitado para una custodia compartida, para un régimen de visitas o para no fijar régimen de comunicación alguno, en su caso.
El tema es más profundo y de mayor calado de lo que parece dado que con la custodia compartida se consigue garantizar la presencia de ambos progenitores en la vida diaria de los hijos, evitando el sentimiento de pérdida por parte de éstos.
Nuestra comunidad ya reguló en el artículo 22 de la Ley de la Infancia y Adolescencia que en los casos de ruptura, se regulase una convivencia igualitaria con ambos progenitores.
La Ley se pone a la vanguardia de las últimas tendencias en Derecho de Familia, y aunque sería deseable llegar a conseguir un Código de Derecho Civil valenciano, bueno es que tengamos la Ley de Régimen Económico Matrimonial y la presente Ley.
Las innovaciones más importantes, suponen la sustitución del término Convenio Regulador por Pacto de Convivencia Familiar, que regula el régimen de convivencia de padres e hijos, así como hermanos, hermanas y abuelos, la vivienda familiar, otras residencias y los alimentos que los denomina como gastos de atención a los hijos.
La custodia compartida la denomina régimen de convivencia compartido que será preferente, cumpliéndose unos requisitos que establece, como edad, cercanía de domicilios, opinión de los mayores de 12 años, dedicación pasada a la familia, informes psicosociales, arraigo social, escolar y familiar, así como la disponibilidad de cada uno de los progenitores para mantener trato directo con cada hijo.
Regula lo que es una constante en las leyes, que no procederá cuando una de las partes esté incursa en un proceso penal o indicios fundados de violencia.
Sin embargo lo que es preocupante, es que deja sin régimen de convivencia al otro progenitor en estos supuestos, por lo que deberá clarificarse esta cuestión, pues vuelve de nuevo a regular una Ley, cuestiones que son propias de la esfera penal y no de la esfera civil, y habrá que ver el contexto exacto en que se encuadran esos indicios.
El uso de la vivienda familiar, se establece como temporal, debiendo fijar la autoridad judicial el plazo máximo de atribución y la innovación es que en los casos de convivencia compartida, si se adjudica a uno de los progenitores, se fijará una compensación económica que deberá satisfacer el adjudicatario del derecho.
La Jurisprudencia de nuestra Audiencia en este terreno ha evolucionado y en los casos de custodia compartida, se está obligando a la venta de la vivienda familiar, y a que sean los padres quienes salgan del domicilio y no los hijos.
Con respecto a los alimentos que denomina gastos de atención a los hijos, confunde gastos ordinarios con extraordinarios y establece una proporcionalidad en los gastos necesarios de educación y de salud no cubiertos por la Seguridad Social, olvidando que en los casos de convivencia individual, como denomina la Ley, que son los supuestos de custodia materna o paterna, en su caso, uno de los progenitores presta directamente los alimentos.
Se debería haber acudido al Código Civil, mejorando el precepto y estableciendo que los gastos de atención de los hijos, es todo lo que es indispensable para el sustento, vivienda, vestido, asistencia médica y formación, tanto escolar como extraescolar de los hijos, existente al momento de la ruptura.
También hubiese sido deseable regular los gastos extraordinarios, como todos aquellos no cubiertos por la sanidad pública y todos aquellos que se precisen para el desarrollo mental, emocional e intelectual de los hijos, cuya necesidad se deberá acreditar fehacientemente, y en cuanto al resto de gastos extraordinarios, será necesario el consentimiento de ambos progenitores, y en su caso, de cargo del que desee dicho gasto, si no hay consenso.
Es muy interesante la disposición adicional, pero en el texto existe una omisión grave, pues para la modificación del Pacto de Convivencia, se aplicará la Ley Procesal Civil para los procesos de mutuo acuerdo, pero se tendría que añadir que para las modificaciones habrá que estar, cuando sea contencioso el procedimiento, a la legislación procesal civil para las Modificaciones de Medidas definitivas.
No menos interesantes son las Disposiciones Transitorias, en cuanto a la revisión de medidas adoptadas con la legislación anterior y también la aplicación a los procesos pendientes de Sentencia en el momento de la entrada en vigor.
En este mismo rotativo, en fecha 13 de Junio de 2009, manifestaba que sería deseable que la Generalidad, cuando aprobase la Ley, no confundiese hijos con ladrillos y de hecho, este proyecto es también innovador, con respecto al derecho de uso de la vivienda familiar, y esperamos que en un futuro tengamos de verdad un Código Civil de Derecho Valenciano, que aglutine todas las esferas de la persona, la familia, el patrimonio y las sucesiones.
La Comisión Europea y los derechos del niño
http://www.fundacionluisvives.org/actualidad/noticias/archivo/2011/03/22/nueva_agenda_europea_para_los_derechos_del_nino.html
Nueva agenda europea para los derechos del niño.
La Comisión Europea abordará 11 medidas concretas en los próximos años para reforzar las políticas de la UE en esta materia.
Lorena Álvarez de Sotomayor · 22 de Marzo de 2011
..Esta iniciativa tiene como objetivo reafirmar el compromiso de las instituciones de la Unión Europea y de los Estados miembros de promover, proteger y hacer respetar los derechos del niño en todas las políticas europeas y que esto se manifieste en resultados concretos.
Para ello, la Comisión hace hincapié en que durante los próximos años las políticas comunitarias que afectan a los niños de forma directa o indirecta serán diseñadas, implementadas y controladas teniendo como base fundamental el principio de "interés superior del menor".
Así, se velará de forma especial por el bienestar y la seguridad de la infancia a través de la promoción de la justicia, con una protección especial para los menores víctimas de la delincuencia y de la violencia y con la revisión de las normas vigentes en casos de custodia transfronteriza.
Además, se promoverá un Internet más seguro para los niños, formándoles como usuarios de tecnologías on line y mostrándoles los riesgos existentes en la red.
La Comisión también informará a los menores sobre sus derechos y sobre las políticas de la UE a través de una ventanilla única para ellos en el portal EUROPA con información fácilmente accesible desde la que se creará conciencia y se desarrollará una ciudadanía activa entre los niños.
La nueva agenda de la Comisión sobre los derechos del niño forma parte de sus esfuerzos para aplicar la Carta de Derechos Fundamentales, que es jurídicamente vinculante para las instituciones de la Unión cuando se proponen leyes y para los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la UE.
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/11/156&format=HTML&aged=0&language=EN&guiLanguage=en
Listado de 11 acciones
La Comisión va a contribuir a que los sistemas de justicia en la UE más favorable a los niños ya mejorar el bienestar de los niños en particular:
1.la adopción, en 2011, una propuesta de Directiva relativa a los derechos de las víctimas de elevar el nivel de protección de las víctimas vulnerables, incluidos los niños;2.presentación, en 2012, una propuesta de Directiva relativa a las salvaguardias especiales para las personas sospechosas o acusadas que están vulnerables , incluidos los niños;
3.revisión, en 2013, la legislación de la UE para facilitar el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones sobre responsabilidad parental con el fin de garantizar, en el interés superior del niño, que las decisiones puedan ser reconocidas y ejecutadas lo más rápidamente posible, incluso, cuando proceda, el establecimiento de normas mínimas comunes;
4.la promoción del uso del Consejo de Europa Directrices de 17 de noviembre de 2010, sobre la justicia de menores de usar y tenerlas en cuenta en futuros instrumentos jurídicos en el ámbito de la justicia civil y penal;
5.apoyar y fomentar el desarrollo de actividades de formación para jueces y otros profesionales a nivel europeo con respecto a la mejor participación posible de niños en los sistemas judiciales.
6.apoyar el intercambio de mejores prácticas y la mejora de la formación de tutores, las autoridades públicas y otros actores que están en contacto cercano con los niños no acompañados (2011-2014);
7.prestando especial atención a los niños en el contexto del Marco de la UE para la integración de los romaníes Nacional de Estrategias , que se aprobará en la primavera de 2011 y en particular a promover el uso eficiente más de los fondos estructurales para la integración de los romaníes;
8.fuertemente fomentar y apoyar a todos los Estados miembros para garantizar la rápida introducción y el funcionamiento completo de la línea telefónica 000 116 para los niños desaparecidos y los mecanismos de alerta del niño (2011-2012);
9.apoyar a los Estados miembros y otras partes interesadas en el fortalecimiento de la prevención, el empoderamiento y la participación de los niños a aprovechar al máximo las tecnologías en línea y la lucha contra el ciberacoso comportamiento, la exposición a contenidos nocivos, y otros riesgos en línea a saber, a través del programa Safer Internet y la cooperación con la industria a través iniciativas de auto-regulación (2009-2014);
10.continuar con la implantación del 2007 Directrices de la UE sobre la Protección y Promoción de los Derechos del Niño que se centran en la lucha contra todas las formas de violencia contra los niños .
La UE también evaluará la aplicación de las Directrices.
La UE pondrá en práctica la Directrices de la UE sobre los niños y los conflictos armados sobre la base de la estrategia revisada de 2010 de Aplicación;
11.creación, en el curso de 2011, un único punto de entrada en EUROPA, con información para los niños en la UE y sobre los derechos del niño .
La Comisión invitará a otras instituciones de la UE a sumarse a esta iniciativa.
Nueva agenda europea para los derechos del niño.
La Comisión Europea abordará 11 medidas concretas en los próximos años para reforzar las políticas de la UE en esta materia.
Lorena Álvarez de Sotomayor · 22 de Marzo de 2011
..Esta iniciativa tiene como objetivo reafirmar el compromiso de las instituciones de la Unión Europea y de los Estados miembros de promover, proteger y hacer respetar los derechos del niño en todas las políticas europeas y que esto se manifieste en resultados concretos.
Para ello, la Comisión hace hincapié en que durante los próximos años las políticas comunitarias que afectan a los niños de forma directa o indirecta serán diseñadas, implementadas y controladas teniendo como base fundamental el principio de "interés superior del menor".
Así, se velará de forma especial por el bienestar y la seguridad de la infancia a través de la promoción de la justicia, con una protección especial para los menores víctimas de la delincuencia y de la violencia y con la revisión de las normas vigentes en casos de custodia transfronteriza.
Además, se promoverá un Internet más seguro para los niños, formándoles como usuarios de tecnologías on line y mostrándoles los riesgos existentes en la red.
La Comisión también informará a los menores sobre sus derechos y sobre las políticas de la UE a través de una ventanilla única para ellos en el portal EUROPA con información fácilmente accesible desde la que se creará conciencia y se desarrollará una ciudadanía activa entre los niños.
La nueva agenda de la Comisión sobre los derechos del niño forma parte de sus esfuerzos para aplicar la Carta de Derechos Fundamentales, que es jurídicamente vinculante para las instituciones de la Unión cuando se proponen leyes y para los Estados miembros cuando aplican el Derecho de la UE.
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/11/156&format=HTML&aged=0&language=EN&guiLanguage=en
Listado de 11 acciones
La Comisión va a contribuir a que los sistemas de justicia en la UE más favorable a los niños ya mejorar el bienestar de los niños en particular:
1.la adopción, en 2011, una propuesta de Directiva relativa a los derechos de las víctimas de elevar el nivel de protección de las víctimas vulnerables, incluidos los niños;2.presentación, en 2012, una propuesta de Directiva relativa a las salvaguardias especiales para las personas sospechosas o acusadas que están vulnerables , incluidos los niños;
3.revisión, en 2013, la legislación de la UE para facilitar el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones sobre responsabilidad parental con el fin de garantizar, en el interés superior del niño, que las decisiones puedan ser reconocidas y ejecutadas lo más rápidamente posible, incluso, cuando proceda, el establecimiento de normas mínimas comunes;
4.la promoción del uso del Consejo de Europa Directrices de 17 de noviembre de 2010, sobre la justicia de menores de usar y tenerlas en cuenta en futuros instrumentos jurídicos en el ámbito de la justicia civil y penal;
5.apoyar y fomentar el desarrollo de actividades de formación para jueces y otros profesionales a nivel europeo con respecto a la mejor participación posible de niños en los sistemas judiciales.
6.apoyar el intercambio de mejores prácticas y la mejora de la formación de tutores, las autoridades públicas y otros actores que están en contacto cercano con los niños no acompañados (2011-2014);
7.prestando especial atención a los niños en el contexto del Marco de la UE para la integración de los romaníes Nacional de Estrategias , que se aprobará en la primavera de 2011 y en particular a promover el uso eficiente más de los fondos estructurales para la integración de los romaníes;
8.fuertemente fomentar y apoyar a todos los Estados miembros para garantizar la rápida introducción y el funcionamiento completo de la línea telefónica 000 116 para los niños desaparecidos y los mecanismos de alerta del niño (2011-2012);
9.apoyar a los Estados miembros y otras partes interesadas en el fortalecimiento de la prevención, el empoderamiento y la participación de los niños a aprovechar al máximo las tecnologías en línea y la lucha contra el ciberacoso comportamiento, la exposición a contenidos nocivos, y otros riesgos en línea a saber, a través del programa Safer Internet y la cooperación con la industria a través iniciativas de auto-regulación (2009-2014);
10.continuar con la implantación del 2007 Directrices de la UE sobre la Protección y Promoción de los Derechos del Niño que se centran en la lucha contra todas las formas de violencia contra los niños .
La UE también evaluará la aplicación de las Directrices.
La UE pondrá en práctica la Directrices de la UE sobre los niños y los conflictos armados sobre la base de la estrategia revisada de 2010 de Aplicación;
11.creación, en el curso de 2011, un único punto de entrada en EUROPA, con información para los niños en la UE y sobre los derechos del niño .
La Comisión invitará a otras instituciones de la UE a sumarse a esta iniciativa.
Cuidado con los errores en la declaración de la renta
http://es.finance.yahoo.com/news/Cuidado-errores-declaraci%C3%B3n-economia-2551556035.html?x=0
Cuidado con los errores en la declaración de la renta.
El sistema financiero español necesitaría 64.000 millones de euros adicionales en el peor escenario imaginable.
Roberto Arnaz - martes 22 de marzo de 2011,
Por un simple descuido, o de manera totalmente consciente, equivocarse en la declaración de la renta no es difícil.
Por ello, para no dejar de percibir descuentos que nos corresponden o evitar sanciones (que dependiendo de su gravedad, pueden ser llegar hasta el 150% del importe de la cantidad no declarada a Hacienda), es importante prestar atención a cuáles son los errores más comunes para no cometerlos y eludir un mal trago con el fisco.
Y es que, en Hacienda, no se perdona a los infractores.
Entre los errores más comunes cometidos por los contribuyentes destaca la inclusión u omisión de datos que resultan en una cantidad a ingresar inferior en las declaraciones positivas o una devolución más alta, en el caso de las negativas.
Si observa este tipo de anomalías en su declaración y quiere evitar una multa, lo mejor es que se ponga en contacto con la Agencia Tributaria y se prepare para presentar una declaración complementaria.
Hacienda también se equivoca
Sin embargo, no sólo los declarantes comenten errores.
Un tercio de los borradores que Hacienda envía a los contribuyentes tiene errores, según los datos del colectivo de técnicos de Hacienda (Gestha).
La falta de información o la inclusión de datos no actualizados, derivaron en 3,7 millones de declaraciones con errores en 2010.
El fallo más común en el borrador de la Renta es la omisión de la compensación del pago anual del préstamo del domicilio habitual, comprada antes del 20 de enero de 2006.
Un error que comenten el 57% de los declarantes con ingresos entre 6.000 y 12.000 euros que deducían de su vivienda, cifra que se dispara hasta el 98 % entre quienes ganan entre 1.500 y 6.000 euros y pagaban un préstamo hipotecario.
Los divorcios y los niños desgravan
En ocasiones la Agencia Tributaria también se olvida de los matrimonios o separaciones que se hayan producido a lo largo del año fiscal que se está declarando.
Es muy importante fijarse bien en este punto, ya que este tipo de situaciones dan pie a importantes deducciones, como la que se obtienen por el importe de las pensiones compensatorias al ex cónyuge o de las anualidades para la manutención de los hijos comunes.
Otro error que se puede dar en los borradores de Hacienda, es que la deducción por maternidad esté mal calculada o que figure como "pendiente de rectificar".
Las ayudas del plan DAMA —las mujeres trabajadoras tienen derecho a la devolución de sus cotizaciones mensuales a la seguridad social hasta llegar a un máximo de 100 euros— o
Del plan CUNA —2.500 euros por hijo nacido o adoptado— pueden interferir en el cómputo de esta desgravación.
Comprobar siempre los gastos
Por último, los técnicos de la Agencia Tributaria también advierten de errores en unos 50.000 borradores de personas afectadas por una minusvalía sobrevenida en 2009, a las que los borradores no aplican las ventajas fiscales de las personas con discapacidad.
En el caso de que usted haya solicitado el borrador de la declaración de la Renta, compruebe a conciencia que todos los gastos son correctos.
En caso de que haya algún error o datos incompletos, póngase en contacto con el teléfono de información de la Agencia Tributaria para el IRPF (901 33 55 33) para ponerle remedio y evitar posibles complicaciones.
Cuidado con los errores en la declaración de la renta.
El sistema financiero español necesitaría 64.000 millones de euros adicionales en el peor escenario imaginable.
Roberto Arnaz - martes 22 de marzo de 2011,
Por un simple descuido, o de manera totalmente consciente, equivocarse en la declaración de la renta no es difícil.
Por ello, para no dejar de percibir descuentos que nos corresponden o evitar sanciones (que dependiendo de su gravedad, pueden ser llegar hasta el 150% del importe de la cantidad no declarada a Hacienda), es importante prestar atención a cuáles son los errores más comunes para no cometerlos y eludir un mal trago con el fisco.
Y es que, en Hacienda, no se perdona a los infractores.
Entre los errores más comunes cometidos por los contribuyentes destaca la inclusión u omisión de datos que resultan en una cantidad a ingresar inferior en las declaraciones positivas o una devolución más alta, en el caso de las negativas.
Si observa este tipo de anomalías en su declaración y quiere evitar una multa, lo mejor es que se ponga en contacto con la Agencia Tributaria y se prepare para presentar una declaración complementaria.
Hacienda también se equivoca
Sin embargo, no sólo los declarantes comenten errores.
Un tercio de los borradores que Hacienda envía a los contribuyentes tiene errores, según los datos del colectivo de técnicos de Hacienda (Gestha).
La falta de información o la inclusión de datos no actualizados, derivaron en 3,7 millones de declaraciones con errores en 2010.
El fallo más común en el borrador de la Renta es la omisión de la compensación del pago anual del préstamo del domicilio habitual, comprada antes del 20 de enero de 2006.
Un error que comenten el 57% de los declarantes con ingresos entre 6.000 y 12.000 euros que deducían de su vivienda, cifra que se dispara hasta el 98 % entre quienes ganan entre 1.500 y 6.000 euros y pagaban un préstamo hipotecario.
Los divorcios y los niños desgravan
En ocasiones la Agencia Tributaria también se olvida de los matrimonios o separaciones que se hayan producido a lo largo del año fiscal que se está declarando.
Es muy importante fijarse bien en este punto, ya que este tipo de situaciones dan pie a importantes deducciones, como la que se obtienen por el importe de las pensiones compensatorias al ex cónyuge o de las anualidades para la manutención de los hijos comunes.
Otro error que se puede dar en los borradores de Hacienda, es que la deducción por maternidad esté mal calculada o que figure como "pendiente de rectificar".
Las ayudas del plan DAMA —las mujeres trabajadoras tienen derecho a la devolución de sus cotizaciones mensuales a la seguridad social hasta llegar a un máximo de 100 euros— o
Del plan CUNA —2.500 euros por hijo nacido o adoptado— pueden interferir en el cómputo de esta desgravación.
Comprobar siempre los gastos
Por último, los técnicos de la Agencia Tributaria también advierten de errores en unos 50.000 borradores de personas afectadas por una minusvalía sobrevenida en 2009, a las que los borradores no aplican las ventajas fiscales de las personas con discapacidad.
En el caso de que usted haya solicitado el borrador de la declaración de la Renta, compruebe a conciencia que todos los gastos son correctos.
En caso de que haya algún error o datos incompletos, póngase en contacto con el teléfono de información de la Agencia Tributaria para el IRPF (901 33 55 33) para ponerle remedio y evitar posibles complicaciones.
Zapatero en contra de devolver el piso para anular la hipoteca, como en EE.UU.,....
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/zapatero-insiste-que-devolver-piso-para-anular-hipoteca-pondria-riesgo-sistema-financiero/950697.shtml
Zapatero insiste en que devolver el piso para anular la hipoteca "pondría en riesgo el sistema financiero"
A preguntas del republicano Joan Ridao, el presidente dice estar "dispuesto" a tomar más medidas para proteger a los deudores, pero no concreta.
El jefe del Ejecutivo, según fuentes republicanas, propone que una subcomisión del Congreso estudie la dación en pago
Miércoles, 23 de marzo del 2011/ JUAN RUIZ SIERRA / Madrid
No se ha movido esta mañana el Gobierno de su tesis de que la devolución de la vivienda para anular la hipoteca supondría, de aprobarse, un peligro para la salud de los bancos.
El republicano Joan Ridao le ha preguntado en el Congreso al jefe del Ejecutivo si consideraba "justo" que las personas hipotectadas, tras perder la vivienda que las entidades de crédito valoraron y aceptaron como garantía de pago, sigan siendo deudoras de estas.
Desde el 2007 ha habido más de 230.000 embargos.
Para Zapatero, que ha citado diversas medidas aprobadas para ayudar a las personas en esta situación (como el endurecimiento, en el 2009, de la regulación para evitar abusos de los intermediarios de hipotecas), el sistema actual "ha permitido razonablemente las hipotecas y la garantía financiera".
Aun así, el presidente ha dicho, sin mayores concreciones, estar "dispuesto a evaluar nuevas medidas", porque ha considerado necesario "proteger más a los deudores hipotecarios".
"Los bancos o la buena gente"
"Devolver la vivienda al banco debería ser suficiente para cancelar la hipotecta, ha señalado Ridao. Es lo que pasa en Francia, en Gran Bretaña o en EEUU. Lo de aquí no es justo.
¿De qué lado están ustedes, de los bancos o de la buena gente?"
"El problema es que la buena gente tiene su dinero en los bancos, así que parece razonable que queramos preservar la solvencia de los bancos, le ha contestado Zapatero. Hay que prevenir sobre endeudamiento, y eso es mejor que cualquier medida que pueda poner en riesgo la solvencia del sistema financiero".
Tras este intercambio, Ridao y Zapatero han conversado en los pasillos de la Cámara.
Según fuentes republicanas, el presidente ha sostenido que la dación en pago era "interesante", pero "no fácil" de llevar a cabo.
También ha propuesto que una subcomisión del Congreso estudie este sistema alternativo.
Vuelta al 'Faisán'
Más allá de esta cuestión, la primera parte de la sesión de control ha discurrido por los cauces habituales.
La diputada de UPyD, Rosa Díez, ha pedido elecciones generales anticipadas, que, en su opinión, deberían celebrarse el próximo 22 de mayo, junto a las autonómicas y municipales.
El líder de la oposición, Mariano Rajoy, en el papel poco confrontativo que utiliza en los últimos tiempos, ha preguntado a Zapatero por el paro y las empresas españolas.
Y después los diputados del PP han sido mucho más agresivos en su ataque al Gobierno: ya sea en las preguntas al vicepresidente IIIº, Manuel Chaves, a cuenta del caso de los ERE en Andalucía (han vuelto a pedir su dimisión y este les ha contestado con el caso Gürtel), o en la intervención del diputado popular Ignacio Gil-Lázaro sobre el caso Faisán, el presunto chivatazo a ETA durante la pasada tregua.
Rubalcaba y Amaral
Gil-Lázaro ha interrogado al vicepresidente Iº y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, en más de 30 ocasiones sobre esta cuestión.
Rubalcaba ha contestado así al conservador:
"¿Qué haría ud los miércoles si no estuviera yo? A ud le ocurre como la canción de Amaral: 'Sin ti no soy nada'.
Zapatero insiste en que devolver el piso para anular la hipoteca "pondría en riesgo el sistema financiero"
A preguntas del republicano Joan Ridao, el presidente dice estar "dispuesto" a tomar más medidas para proteger a los deudores, pero no concreta.
El jefe del Ejecutivo, según fuentes republicanas, propone que una subcomisión del Congreso estudie la dación en pago
Miércoles, 23 de marzo del 2011/ JUAN RUIZ SIERRA / Madrid
No se ha movido esta mañana el Gobierno de su tesis de que la devolución de la vivienda para anular la hipoteca supondría, de aprobarse, un peligro para la salud de los bancos.
El republicano Joan Ridao le ha preguntado en el Congreso al jefe del Ejecutivo si consideraba "justo" que las personas hipotectadas, tras perder la vivienda que las entidades de crédito valoraron y aceptaron como garantía de pago, sigan siendo deudoras de estas.
Desde el 2007 ha habido más de 230.000 embargos.
Para Zapatero, que ha citado diversas medidas aprobadas para ayudar a las personas en esta situación (como el endurecimiento, en el 2009, de la regulación para evitar abusos de los intermediarios de hipotecas), el sistema actual "ha permitido razonablemente las hipotecas y la garantía financiera".
Aun así, el presidente ha dicho, sin mayores concreciones, estar "dispuesto a evaluar nuevas medidas", porque ha considerado necesario "proteger más a los deudores hipotecarios".
"Los bancos o la buena gente"
"Devolver la vivienda al banco debería ser suficiente para cancelar la hipotecta, ha señalado Ridao. Es lo que pasa en Francia, en Gran Bretaña o en EEUU. Lo de aquí no es justo.
¿De qué lado están ustedes, de los bancos o de la buena gente?"
"El problema es que la buena gente tiene su dinero en los bancos, así que parece razonable que queramos preservar la solvencia de los bancos, le ha contestado Zapatero. Hay que prevenir sobre endeudamiento, y eso es mejor que cualquier medida que pueda poner en riesgo la solvencia del sistema financiero".
Tras este intercambio, Ridao y Zapatero han conversado en los pasillos de la Cámara.
Según fuentes republicanas, el presidente ha sostenido que la dación en pago era "interesante", pero "no fácil" de llevar a cabo.
También ha propuesto que una subcomisión del Congreso estudie este sistema alternativo.
Vuelta al 'Faisán'
Más allá de esta cuestión, la primera parte de la sesión de control ha discurrido por los cauces habituales.
La diputada de UPyD, Rosa Díez, ha pedido elecciones generales anticipadas, que, en su opinión, deberían celebrarse el próximo 22 de mayo, junto a las autonómicas y municipales.
El líder de la oposición, Mariano Rajoy, en el papel poco confrontativo que utiliza en los últimos tiempos, ha preguntado a Zapatero por el paro y las empresas españolas.
Y después los diputados del PP han sido mucho más agresivos en su ataque al Gobierno: ya sea en las preguntas al vicepresidente IIIº, Manuel Chaves, a cuenta del caso de los ERE en Andalucía (han vuelto a pedir su dimisión y este les ha contestado con el caso Gürtel), o en la intervención del diputado popular Ignacio Gil-Lázaro sobre el caso Faisán, el presunto chivatazo a ETA durante la pasada tregua.
Rubalcaba y Amaral
Gil-Lázaro ha interrogado al vicepresidente Iº y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, en más de 30 ocasiones sobre esta cuestión.
Rubalcaba ha contestado así al conservador:
"¿Qué haría ud los miércoles si no estuviera yo? A ud le ocurre como la canción de Amaral: 'Sin ti no soy nada'.
miércoles, 23 de marzo de 2011
Efectos del Divorcio: Sustracción de Menores y Liquidación de Bienes Gananciales
Hola, desde el Programa de A3TV: Espejo Publico, nos piden personas que quieran acudir al programa para tratar los siguientes temas:
1.- La Sustracción de Menores: Sera entre los dias 5-6 de Abril por la mañana.
Se encargan de pagar los Gastos de Desplazamiento: Transporte y Alojamiento. Ya hicieron un programa en Noviembre pasado y quieren volver a tocarlo pero con invitados distintos.
2.- Liquidación de los Bienes Gananciales: Para la siguiente semana: Efectos y situaciones de no haber Liquidado los Bienes Gananciales tras la ruptura de la convivencia en Pareja: Embargos, avales fallidos, subastas, progenitores en la calle, etc.....
Los Interesados poneros en contacto con la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) info@padresdivorciados.es
Utilicemos las posibilidades que nos dan para dar a conocer nuestra situación y nuestras reivindicaciones.
saludos
PAMAC
1.- La Sustracción de Menores: Sera entre los dias 5-6 de Abril por la mañana.
Se encargan de pagar los Gastos de Desplazamiento: Transporte y Alojamiento. Ya hicieron un programa en Noviembre pasado y quieren volver a tocarlo pero con invitados distintos.
2.- Liquidación de los Bienes Gananciales: Para la siguiente semana: Efectos y situaciones de no haber Liquidado los Bienes Gananciales tras la ruptura de la convivencia en Pareja: Embargos, avales fallidos, subastas, progenitores en la calle, etc.....
Los Interesados poneros en contacto con la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) info@padresdivorciados.es
Utilicemos las posibilidades que nos dan para dar a conocer nuestra situación y nuestras reivindicaciones.
saludos
PAMAC