Elena L. Villalvilla, 06 Abril 2024
Tras el divorcio o una separación, son muchos padres, los que, de tener hijos de por medios, deben tener en cuenta qué tipo de pensiones deben de retribuir a sus hijos.
Tras el divorcio o una separación, son muchos padres, los que, de tener hijos de por medios, deben tener en cuenta qué tipo de pensiones deben de retribuir a sus hijos.
En muchos casos, hasta que alcancen la mayoría de edad.
La pensión alimenticia es una de ellas, y también es un concepto básico de la guarda y custodia. Por ello, cuando una pareja se separa, en el caso de tener un hijo juntos, hay que establecer una pensión de alimentos.
La pensión viene regida por el Código Penal
La pensión alimenticia comprende todo lo necesario para el cuidado, desarrollo y manutención de los hijos. Según el Código Civil, se define “alimentos” como “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. Según Sage Abogados, la cuantía de la pensión de alimentos mínima en España es de 50 euros aproximadamente, aunque hay que tener en cuenta varios factores.
La pensión alimenticia es una de ellas, y también es un concepto básico de la guarda y custodia. Por ello, cuando una pareja se separa, en el caso de tener un hijo juntos, hay que establecer una pensión de alimentos.
La pensión viene regida por el Código Penal
La pensión alimenticia comprende todo lo necesario para el cuidado, desarrollo y manutención de los hijos. Según el Código Civil, se define “alimentos” como “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. Según Sage Abogados, la cuantía de la pensión de alimentos mínima en España es de 50 euros aproximadamente, aunque hay que tener en cuenta varios factores.
Sin embargo, por ley no hay una cuantía fija. Son los jueces los que deciden la cantidad económica que se destina, ya que como indica el art. 146 del ya mencionado Código Civil, menciona que “la cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe”.
La web de abogados asegura que esta pensión depende del número de hijos, o la situación financiera de cada uno de los padres, entre otros. Sin embargo, existen casos en que el progenitor, que está obligado a pagar la pensión de alimentos, no tiene recursos suficientes .Por tanto, le impiden poder dar una pensión de alimentos mínima a sus hijos o simplemente no tiene ingresos.
Pero quien esté obligado al pago tiene que pagar un mínimo, de pensión de alimentos y cubrir así los gastos para la atención y cuidado del menor.
Cómo calcular la cuantía final
Como cada caso es particular y hay numerosos factores que interviene, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dispone de una página web para calcular el pago de la pensión alimenticia. Para acceder a ella basta con introducir este enlace en el buscador: https://www6.poderjudicial.es/PensionAlimenticiaWeb/frmGeneral.aspx
Entre los datos a rellenar se encuentra la comunidad autónoma, la provincia y la localidad, así como el número de hijos. Como también influye si la custodia es monoparental o compartida, la web ofrece elegir entre ambos.
En el caso de custodia compartida, hay que rellenar datos como el ingreso de los progenitores, el número de días al año de la permanencia del menor, los importes de la custodia compartida, así como la aportación al progenitor obligado.
Cómo calcular la cuantía final
Como cada caso es particular y hay numerosos factores que interviene, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dispone de una página web para calcular el pago de la pensión alimenticia. Para acceder a ella basta con introducir este enlace en el buscador: https://www6.poderjudicial.es/PensionAlimenticiaWeb/frmGeneral.aspx
Entre los datos a rellenar se encuentra la comunidad autónoma, la provincia y la localidad, así como el número de hijos. Como también influye si la custodia es monoparental o compartida, la web ofrece elegir entre ambos.
En el caso de custodia compartida, hay que rellenar datos como el ingreso de los progenitores, el número de días al año de la permanencia del menor, los importes de la custodia compartida, así como la aportación al progenitor obligado.
En cambio, en la custodia monoparenal, habrá que introducir el ingreso del custodio y el no custodio, además de la pensión inicial, la comunidad autónoma, la localidad y el total de la pensión.
Pese a que la página es una estimación y no es definitiva, permite hacer un resultado aproximado.
Pese a que la página es una estimación y no es definitiva, permite hacer un resultado aproximado.
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