EXPANSIÓN, 16 Sept 2023
La compañía de Defensa Jurídica ARAG y EXPANSIÓN explican los efectos fiscales más comunes derivados de los procesos de divorcio.
Los divorcios son procesos civiles complejos en los que se trata de establecer las nuevas medidas que regirán las relaciones entre los excónyuges.
En algunos casos, las relaciones podrán finalizar para siempre como, por ejemplo, si no hay hijos en común.
En otros casos, las relaciones continuarán manteniéndose porque hay hijos o bienes en común.
En cualquiera de los casos, existe un cambio de circunstancias personales que tienen obligadamente su reflejo en la fiscalidad: Hacienda quiere conocer el nuevo escenario de la familia por si hubiese que rendir cuentas.
Una vez la pareja decide poner punto final a su relación, el proceso de divorcio se puede iniciar de mutuo acuerdo, cuando ambos miembros del matrimonio están conformes, o a través de una demanda judicial cuando la expareja no está de acuerdo. La abogada especialista en fiscalidad de ARAG, Mª Esther González, detalla que "en el caso del mutuo acuerdo se acaba redactando el convenio regulador y, posteriormente, tiene que llevarse ante un notario o ratificarse ante un juez".
"Parece evidente que, si se trata de una cuestión de tiempo, todo el mundo acabaría firmando su divorcio ante un notario", añade González.
Una vez la pareja decide poner punto final a su relación, el proceso de divorcio se puede iniciar de mutuo acuerdo, cuando ambos miembros del matrimonio están conformes, o a través de una demanda judicial cuando la expareja no está de acuerdo. La abogada especialista en fiscalidad de ARAG, Mª Esther González, detalla que "en el caso del mutuo acuerdo se acaba redactando el convenio regulador y, posteriormente, tiene que llevarse ante un notario o ratificarse ante un juez".
"Parece evidente que, si se trata de una cuestión de tiempo, todo el mundo acabaría firmando su divorcio ante un notario", añade González.
Sin embargo, continúa la fiscalista, "la normativa únicamente permite explorar esta posibilidad en determinados supuestos". Para poder acudir al divorcio ante notario debe tratarse de un divorcio acordado por ambos cónyuges, que hayan transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio y, además, que no haya hijos menores de edad no emancipados o mayores de edad respecto de los cuales la autoridad judicial haya establecido medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
Por supuesto, puntualiza la abogada de ARAG, "si los cónyuges no están de acuerdo con los pactos interpondrán una demanda judicial que acabará con el inicio de las correspondientes medidas por parte del juez".
Una vez obtenida la escritura pública de divorcio ante notario o la sentencia judicial, empezarán las consecuencias fiscales en los ámbitos familiar y patrimonial. Así que, la abogada fiscalista analiza, a continuación, las principales consecuencias fiscales derivadas en caso de divorcio.
Por supuesto, puntualiza la abogada de ARAG, "si los cónyuges no están de acuerdo con los pactos interpondrán una demanda judicial que acabará con el inicio de las correspondientes medidas por parte del juez".
Una vez obtenida la escritura pública de divorcio ante notario o la sentencia judicial, empezarán las consecuencias fiscales en los ámbitos familiar y patrimonial. Así que, la abogada fiscalista analiza, a continuación, las principales consecuencias fiscales derivadas en caso de divorcio.
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