C.B., 09/04/2022
Hablar del testamento es algo que en muchas familias sigue siendo tabú, ya sea por superstición o por no entrar en temas que pueden generar polémica en casa. Sin embargo, no conviene dejarlo pasar ya que no es cuestión baladí.
Toda persona que quiera dejar su patrimonio a familiares o seres queridos debe dejarse asesorar y decidir de manera sosegada las opciones disponibles para hacerlo.
Según la comunidad autónoma en la que se resida, existen varias ventajas y desventajas respecto a la donación en vida o dejar los bienes en el testamento, pero lo que sí está meridianamente claro es que hay que hacerlo.
Además, realizar un testamento no es excluyente frente a la donación en vida, por lo que se pueden realizar ambos sin ningún problema.
Dejar una herencia o hacer una donación en Andalucía
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha cambiado en Andalucía en los últimos años. La subida de 1 millón de € al mínimo exento de Sucesiones y la bonificación en muchos casos al 99% de las donaciones a parientes directos ha hecho que muchas familias respiren tranquilas.
Anteriormente, las herencias han sido un calvario para muchas familias que han tenido que rechazar o en muchos casos endedudarse para poder asumirla por el alto coste que suponía el impuesto.
Actualmente, el mínimo exento se fija en 1.000.000 € para cada heredero que sea pariente directo del difunto. Esto hace que la gran mayoría de personas no tengan que pagar impuesto por recibir la herencia.
No obstante, es importante conocer los entresijos de la ley para no cometer errores fiscales ya que la medida, entre otras cuestiones, no afecta a hermanos, sobrinos, tíos y primos hermanos, que siguen con la tributación habitual.
Asimismo, en la comunidad andaluza también se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del impuesto en adquisiciones, tanto en sucesiones como en donaciones con familiares directos.
Según explican los expertos, con esta bonificación los padres pueden anticipar la transmisión de bienes a hijos o descendientes, evitando que el impuesto sea un obstáculo. De esta forma, se favorece a los hijos afrontar sus dificultades económicas en vida de los padres.
Es requisito indispensable para disfrutar de esta bonificación que la donación se haga ante notario en escritura pública.
Diferencias importantes entre herencia y donación
Si se quiere favorecer la ayuda directa a familiares lo normal es realizar una donación en vida. De esta manera los bienes se entregan de manera inmediata. Por el contrario, la herencia conlleva esperar necesariamente al fallecimiento de la persona. Además, son necesarios el cumplimiento de ciertos trámites obligatorios, antes de que se pueda realizar la transmisión.
Los expertos también señalan situaciones patrimoniales concretas en la que puede ser conveniente realizar una donación en vida. Aunque en cada caso debe estar asesorado por una persona que estudie la situación en particular. Por norma general, las donaciones pueden ser beneficiosas en lo personal cuando pueda haber disputas entre herederos, cuando haya acciones de empresas de por medio o cuando la cantidad de dinero es realmente elevada.
Lo que sí hay que tener en cuenta es que una vez realizada la donación se pierde el control del patrimonio que se done. Por este motivo, no se suele donar el patrimonio personal, sino el patrimonio sobrante.
Las donaciones en vida solo tiene algunos casos en los que puede ser reversible: si hay contrato de por medio y se incumplen las condiciones impuestas previamente por el donador o si el donatario comete un delito contra el donador.
Por el contrario, el testamento si se puede modificar cuantas veces se quiera. Solo la última versión del mismo tendrá validez cuando llegue la hora de leerlo ante el notario.
Hablar del testamento es algo que en muchas familias sigue siendo tabú, ya sea por superstición o por no entrar en temas que pueden generar polémica en casa. Sin embargo, no conviene dejarlo pasar ya que no es cuestión baladí.
Toda persona que quiera dejar su patrimonio a familiares o seres queridos debe dejarse asesorar y decidir de manera sosegada las opciones disponibles para hacerlo.
Según la comunidad autónoma en la que se resida, existen varias ventajas y desventajas respecto a la donación en vida o dejar los bienes en el testamento, pero lo que sí está meridianamente claro es que hay que hacerlo.
Además, realizar un testamento no es excluyente frente a la donación en vida, por lo que se pueden realizar ambos sin ningún problema.
Dejar una herencia o hacer una donación en Andalucía
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones ha cambiado en Andalucía en los últimos años. La subida de 1 millón de € al mínimo exento de Sucesiones y la bonificación en muchos casos al 99% de las donaciones a parientes directos ha hecho que muchas familias respiren tranquilas.
Anteriormente, las herencias han sido un calvario para muchas familias que han tenido que rechazar o en muchos casos endedudarse para poder asumirla por el alto coste que suponía el impuesto.
Actualmente, el mínimo exento se fija en 1.000.000 € para cada heredero que sea pariente directo del difunto. Esto hace que la gran mayoría de personas no tengan que pagar impuesto por recibir la herencia.
No obstante, es importante conocer los entresijos de la ley para no cometer errores fiscales ya que la medida, entre otras cuestiones, no afecta a hermanos, sobrinos, tíos y primos hermanos, que siguen con la tributación habitual.
Asimismo, en la comunidad andaluza también se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del impuesto en adquisiciones, tanto en sucesiones como en donaciones con familiares directos.
Según explican los expertos, con esta bonificación los padres pueden anticipar la transmisión de bienes a hijos o descendientes, evitando que el impuesto sea un obstáculo. De esta forma, se favorece a los hijos afrontar sus dificultades económicas en vida de los padres.
Es requisito indispensable para disfrutar de esta bonificación que la donación se haga ante notario en escritura pública.
Diferencias importantes entre herencia y donación
Si se quiere favorecer la ayuda directa a familiares lo normal es realizar una donación en vida. De esta manera los bienes se entregan de manera inmediata. Por el contrario, la herencia conlleva esperar necesariamente al fallecimiento de la persona. Además, son necesarios el cumplimiento de ciertos trámites obligatorios, antes de que se pueda realizar la transmisión.
Los expertos también señalan situaciones patrimoniales concretas en la que puede ser conveniente realizar una donación en vida. Aunque en cada caso debe estar asesorado por una persona que estudie la situación en particular. Por norma general, las donaciones pueden ser beneficiosas en lo personal cuando pueda haber disputas entre herederos, cuando haya acciones de empresas de por medio o cuando la cantidad de dinero es realmente elevada.
Lo que sí hay que tener en cuenta es que una vez realizada la donación se pierde el control del patrimonio que se done. Por este motivo, no se suele donar el patrimonio personal, sino el patrimonio sobrante.
Las donaciones en vida solo tiene algunos casos en los que puede ser reversible: si hay contrato de por medio y se incumplen las condiciones impuestas previamente por el donador o si el donatario comete un delito contra el donador.
Por el contrario, el testamento si se puede modificar cuantas veces se quiera. Solo la última versión del mismo tendrá validez cuando llegue la hora de leerlo ante el notario.
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