miércoles, 26 de enero de 2022

Un juez otorga la custodia compartida por semanas de un bebé de 6 meses

....... de Ejea de los Caballeros..
Cree que, al no ser lactante, no tiene dependencia biológica de la madre y será beneficioso para él ser cuidado por los 2.
MARTA GARÚ24/1/2022 
No es habitual que se concedan custodias compartidas de niños menores de 3 años y, normalmente, se otorgan a la madre, aunque el padre tenga un amplio régimen de visitas. La razón principal es que los bebés, como media hasta los 2 años, son lactantes. Pero cuando esta circunstancia no se da, al juez se le abre una puerta que, en el caso del titular del Juzgado número 1 de Ejea de los Caballeros, ha traspasado.
En auto dictado el pasado 13 de enero, el juez Carlos Lasala Royo decide, como medida provisional, otorgar la custodia de un niño de 6 meses a ambos progenitores. La madre había solicitado que se la concedieran a ella de manera individual con un régimen de visitas para el padre, demanda en la que estaba respaldada por la Fiscalía. El padre, por su parte, pidió que fuera compartida por periodos de 24 horas.
Tras analizar la situación de los 2 adultos y valorar las pruebas presentadas –entre ellas las de "aptitud", "capacidad", "predisposición" y "circunstancias" de ambos–, llega a la conclusión que lo "más beneficioso" para el menor es que sea criado y cuidado por los 2. Sobre todo porque, como recoge en su auto, el bebé no tiene una "dependencia biológica de la progenitora para su alimento, al no ser lactante (...)".
Expone que ambos progenitores presentan una "resuelta voluntad para asegurar la estabilidad de su hijo, gozan de amplias facultades para conciliar su vida familiar y profesional y dicho régimen es realizable dada la escasa distancia entre los domicilios de ambos".
Como el lapso de 24 horas propuesto por el padre le parece "precipitado" y "poco conveniente" para el interés del menor "dado el trasiego y cambios continuos de domicilio que este habría de padecer en un escasísimo periodo de tiempo", el juez fija que sea cada semana, lo que dará "más estabilidad" al menor.
En concepto de alimentos, establece que sea cada uno el que satisfaga sus necesidades cuando surjan mientras tengan la custodia y, respecto a los gastos extraordinarios, detalla que deben ser sufragados en un 40% por la madre y un 60% por el padre, dado su mejor salario.
La pareja acudió al tribunal con desavenencias, disputas y posturas discrepantes sobre su papel en la crianza del hijo. La madre expuso que el padre no estaba capacitado, puesto que tenía problemas de autocontrol derivados del consumo abusivo de alcohol mezclado con fármacos y sustancias tóxicas, además de que ejercía una conducta "autoritaria" e "impositiva".
También se aducía que el bebé era lactante y que la persona que había ejercido un cuidado preponderante hasta entonces era la madre, cuestión que la Fiscalía también creía, de acuerdo con las circunstancias planteadas. Sin embargo, el juez llega a la conclusión de que el niño no es lactante desde agosto de 2021 porque la madre lo "admitió abiertamente" en la vista por estas medidas. Se apoyó igualmente en una conversación telefónica grabada por el varón en el que salió a relucir este tema.
Una vez descartada la lactancia, el instructor analiza las situaciones de los demandantes y recoge que la madre regenta un negocio en Ejea, puede organizarse para atender al niño y cuenta con una amplia red de apoyo familiar. El padre presentó un informe elaborado por detectives que indicaba que tiene una trabajadora, lo que le permite mayor autonomía. 
La mujer no presenta ninguna alteración de pensamiento y tiene rasgos de personalidad adecuados.
El varón, por su parte, trabaja en una empresa familiar y se redujo la jornada de 9.00 a 13.00, situación que asegura mantendrá hasta que el niño cumpla 12 años, y puede tele trabajar. Como su expareja, tiene una amplia red de apoyo familiar. En cuanto a las afirmaciones de un consumo abusivo de alcohol, su abogada, Xenia Cabello, presentó un informe de un médico-psiquiatra que lo desmiente rotundamente.
Durante la vista celebrada para determinar las medidas provisionales se narraron episodios de enfrentamientos entre la pareja que el tribunal reprocha y califica de "perniciosas" para el adecuado desarrollo del niño. Pero entiende que estas fueron "limitadas" en el tiempo y, en definitiva, como considera que ambos tienen patrones de personalidad y conducta adecuados que les capacitan para ejercer las obligaciones de guardia y custodia, se la otorga a ambos de manera compartida.

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