lunes, 20 de abril de 2020

Divorcio y covid-19 y cumplimiento del regimen de visitas

Padres que no pueden ver a sus hijos y acuerdos de custodia que no se cumplen por el coronavirus
Expertos aconsejan decidir «lo mejor para los niños antes que nuestro propio interés como progenitores».
José Pedro Botella, Cádiz, 20/04/2020
El distanciamiento social provocado por la desoladora irrupción del COVID-19 ha generado problemas a los gaditanos en el extranjero –turistas y residentes–, que querían regresar a su país natal, a los desconsolados familiares que pretendían despedir con honores a sus seres queridos y también a muchos progenitores que han visto reducido, o incluso suprimido, su tiempo con sus hijos
La custodia compartida y el régimen de visita, tal como explica la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), «quedan vigentes», de modo que se encontraría «en manos de cada juez decidir la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia», es decir, no se suspenden directamente estas medidas.
Acuerdos en Cádiz durante el confinamiento
El pasado 18 de marzo, la Junta Sectorial de Jueces de 1ª Instancia de Cádiz acordó los principios básicos sobre la custodia compartida y el régimen de visita que se mantendrán durante el confinamiento por el coronavirus. La Junta estableció que «en los casos de custodia compartida, se deben efectuar los intercambios en las fecha que correspondan, arbitrando la forma en que el menor resulte menos expuesto al contagio». Las comunicaciones de fines de semana se mantienen, «tanto en supuestos de custodia compartida como individual, exista o no pernocta». Por otro lado, «se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y se mantienen las que son con pernocta», junto a las «visitas tuteladas en el Punto de Encuentro Familiar»
El acuerdo gaditano advierte a los progenitores que «la situación excepcional del país no debe servir de excusa para amparar –salvo supuestos excepcionales justificados– el incumplimiento de las medidas establecidas en resoluciones judiciales». Además acuerda tramitar «con carácter urgente las peticiones para el cumplimiento de las resoluciones dictadas en los procedimientos de familia en materia de custodias y visitas».
Intereses encontrados de los progenitores
Mª Luisa Barquín es abogada especialista en mediación y derecho familiar, la experta observa que «la situación actual ha producido un impacto en la convivencia de las distintas familias y afecta a su organización». Aludiendo a razones de salud o prevención, cuenta María Luisa Barquín, «los padres recurren al derecho superior del menor para justificar que se paralice el régimen de visitas y que éste permanezca confinado en el domicilio en el que se encuentre actualmente», lógicamente esto puede entrar en conflicto con los intereses del progenitor que haya visto mermado o eliminado su derecho a visitas por estos motivos. La dificultad de comunicación que pueda existir entre 2 progenitores que compartan custodia «se agudiza en estos momentos», lo que podría suponer –a juicio de la experta– «la mayor de las complicaciones a la hora de facilitar este proceso». Sin embargo, tal como recuerda, «el ordenamiento jurídico y las bases no se han visto alteradas por el Estado de Alarma, la reglamentación es la misma. Solo se han adaptado ciertos principios por seguridad».
Sentido común
«Una de las principales cuestiones que me hacen es si se puede hacer uso de algún vehículo con el fin de recoger o dejar al menor», comenta Barquín. En este caso, la abogada alude al «sentido común»: «se puede permitir, manteniendo la mayor distancia posible dentro del vehículo, portando elementos de protección y desinfectando el interior antes y después de hacer uso del mismo», además advierte que «es obligatorio llevar la copia de la sentencia», en caso de detención por parte de las autoridades en alguno de los controles. La AEAFA aclaró, mediante un comunicado, que en el caso de existir alguna «prueba fehaciente» de que alguno de los progenitores no cumple con las indicaciones sanitarias, «el progenitor custodio podrá negarse a la entrega, si bien paralelamente deberá presentar una solicitud del 158 del Código Civil para que el Juez resuelva lo procedente».
La recomendación de María Luisa Barquín a los progenitores es que éstos «hagan esfuerzos y sean generosos». «Existe un riesgo para la salud en la salida del menor al domicilio. En ocasiones, en el hogar también se encuentran personas de riesgo». Algunos padres, opina la abogada, «deberían renunciar por generosidad a su derecho a tener a su hijo en el domicilio para evitar contagios». Según Barquín, el hecho de compartir y querer continuar con los acuerdos del régimen de visitas previamente establecido, «supone un riesgo que no se debería asumir». La mediadora aconseja decidir «lo mejor para los niños antes que nuestro propio interés como progenitores».
Compensación del tiempo
Adoración posee la patria potestad de su hija de 16 años, además comparte la guardia y custodia. Antes de la alerta sanitaria, el régimen de visita consistía en que el padre recogía a la menor 2 tardes a la semana, de lunes a viernes, y ésta pasaba un fin de semana con cada progenitor. Ambos padres viven en municipios distintos, debido a esta situación «el padre ha redactado un papel donde dice que cede las 2 tardes que le correspondía a la semana, por más tiempo de vacaciones», explica Adoración. De esta manera, la menor ha pasado toda la Semana Santa en casa de su padre.
David comparte la custodia de su hijo de 10 años, él es personal laboral esencial, «trabajo cada día y regreso por la tarde». El acuerdo que alcanzaron los progenitores posibilita que su hijo pase una semana con cada tutor legal y 2 tardes durante la semana alterna. Tras el comienzo del confinamiento, ambos progenitores han renunciado a sus 2 tardes semanales hasta el fin de la cuarentena, «nos quedamos una semana entera sin verle, pero luego podemos disfrutar juntos», cuenta David. Distinto es el caso de José. Él no posee la custodia compartida de su hijo de 4 años. «Al encontrarse el lugar de residencia de mi hijo en San Fernando y yo estar en Cádiz, cuando empezó el confinamiento estaba con la madre y ya se ha quedado allí», dice José. Con el fin de evitar desplazamientos y contagios –el padre de José es paciente de riesgo–, José ha acordado suprimir el régimen de visitas durante los fines de semana para obtener «una compensación futura de más días de vacaciones».
Estos acuerdos en la compensación del tiempo con el menor «dependen, en la mayoría de las ocasiones, de la buena voluntad y la cordialidad entre progenitores», explica María Luisa Barquín. Por su parte, la AEAFA explica que, en caso de acreditar un incumplimiento intencionado de las visitas de uno de los progenitores durante el Estado de Alarma, «podría obtenerse del tribunal una resolución que estimase la compensación de los días». No obstante, aboga por alcanzar «la compensación de días pactada» entre los propios progenitores.
Videollamadas, como mínimo
En el caso de que no se mantenga el régimen de visitas durante el confinamiento, la alternativa a la que más se recurre es al contacto a distancia mediante aparatos electrónicos, como podría ser la realización de videollamadas a través de dispositivos móviles. 
La AEAFA, ante la posibilidad de que un progenitor niegue al otro el contacto telemático con el menor, responde que «es lo mínimo que el progenitor que tiene consigo a los niños, debe procurar, el mantenimiento del mayor contacto posible entre los niños y el progenitor». Lo contrario es «una irresponsabilidad, y daña injustificadamente a los niños».
Custodia compartida en Cádiz
Según los datos de la Estadística de Divorcios, Separaciones y Nulidades en Andalucía que elabora el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, durante el año 2018 la custodia fue otorgada a la madre en el 73,0% de los casos de divorcio o separación, al padre en un 4,2% y fue compartida en el 22,3% de los casos. En la provincia de Cádiz, según datos por provincias del estudio 'Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios', elaborado por el INE la custodia compartida fue otorgada en el 9,4% de los casos de divorcio y separación de parejas con hijos, mientras que en el resto de España fue en el 33,8%.
Un estudio de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) sostiene que «El 77% de los jueces mantiene la custodia compartida durante el estado de Alarma por Coronavirus». «Es una labor de conciencia, honestidad y responsabilidad de los padres y de las madres cumplir con las resoluciones judiciales, salvo que exista en cada caso concreto motivos de suficiente entidad para no hacerlo, en cuyo caso se deberán adoptar medidas alternativas consensuadas», aclara AEAFA.

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