El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha dictado una resolución en la que pide "simplificar" y "agilizar" los trámites para la expedición del título de familia monoparental, en los supuestos de madres o padres que tienen la custodia de los hijos/as y no perciben la pensión por alimentos, por lo que se encuentran inmersos en un proceso de reclamación judicial a la espera de una sentencia firme que acredite el impago de esta pensión.
Según ha informado la entidad en un comunicado, la resolución está encaminada a solventar las trabas burocráticas para obtener el título de familia monoparental en este supuesto "muy concreto y a la vez nada excepcional".
Al no haber sentencia firme, estas familias monoparentales "no solo tienen que solicitar cada 6 meses la renovación del título de familia monoparental, sino que, previamente, tiene que presentar una nueva demanda por reclamación de la pensión de alimentos, trámite que conlleva un nuevo desembolso económico y que coloca a personas con menores a su cargo en situación de mayor precariedad".
Según el síndic, este es el caso de la ciudadana que presentó queja al defensor del pueblo valenciano, madre de 2 niños que asume en solitario la responsabilidad principal de su cuidado y educación.
En agosto de 2016 presentó solicitud para obtener el carnet de familia monoparental, "que tardó 5 meses y medio en resolverse".
"Irónicamente, el carnet que le dieron caducaba a los nueve días", señala el síndic, quien precisa que el periodo de vigencia del documento en situaciones como ésta, a la espera de sentencia firme sobre la reclamación de la pensión de alimentos, "es de 6 meses que comienzan a contar desde la presentación de la solicitud y no desde la resolución de la misma".
Tal y como alega la Conselleria, la norma marca un plazo legal de 6 meses para resolver la concesión de Título de Familia Monoparental, por lo que la solicitud de esta afectada "se resolvió dentro del término establecido". Sin embargo, el Síndic considera que, al "apurar tanto" este plazo, las familias "apenas pueden disfrutar unos días de los derechos y prestaciones reconocidas".
Aunque la Conselleria recuerda que el decreto que regula las familias monoparentales establece que los beneficios concedidos surten efectos desde la fecha de la prestación de la solicitud o renovación del título oficial, "la realidad es que en numerosas ocasiones resulta difícil, si no imposible, retrotraer derechos o reclamar gastos soportados durante la tramitación del título, con los consiguientes perjuicios económicos para estas familias, muchas de ellas inmersas en complejas coyunturas económicas".
RECOMENDACIONES DEL SÍNDIC
Asimismo, la Conselleria adelantaba en su informe al síndic que actualmente están desarrollando un nuevo decreto con el objetivo de ampliar la casuística y tipología de las familias que pueden beneficiarse de este reconocimiento. Partiendo de ese punto, el síndic ha recomendado que, hasta que esta nueva norma entre en vigor, "agilice la expedición del título en los supuestos que nos ocupan y que se renueve de forma automática y de oficio".
Igualmente, el síndic ha propuesto a la Conselleria que valore la posibilidad de solicitar una "declaración jurada" de la persona afectada en lugar de exigir una nueva demanda por impago cada vez que se tenga que renovar el título.
"Irónicamente, el carnet que le dieron caducaba a los nueve días", señala el síndic, quien precisa que el periodo de vigencia del documento en situaciones como ésta, a la espera de sentencia firme sobre la reclamación de la pensión de alimentos, "es de 6 meses que comienzan a contar desde la presentación de la solicitud y no desde la resolución de la misma".
Tal y como alega la Conselleria, la norma marca un plazo legal de 6 meses para resolver la concesión de Título de Familia Monoparental, por lo que la solicitud de esta afectada "se resolvió dentro del término establecido". Sin embargo, el Síndic considera que, al "apurar tanto" este plazo, las familias "apenas pueden disfrutar unos días de los derechos y prestaciones reconocidas".
Aunque la Conselleria recuerda que el decreto que regula las familias monoparentales establece que los beneficios concedidos surten efectos desde la fecha de la prestación de la solicitud o renovación del título oficial, "la realidad es que en numerosas ocasiones resulta difícil, si no imposible, retrotraer derechos o reclamar gastos soportados durante la tramitación del título, con los consiguientes perjuicios económicos para estas familias, muchas de ellas inmersas en complejas coyunturas económicas".
RECOMENDACIONES DEL SÍNDIC
Asimismo, la Conselleria adelantaba en su informe al síndic que actualmente están desarrollando un nuevo decreto con el objetivo de ampliar la casuística y tipología de las familias que pueden beneficiarse de este reconocimiento. Partiendo de ese punto, el síndic ha recomendado que, hasta que esta nueva norma entre en vigor, "agilice la expedición del título en los supuestos que nos ocupan y que se renueve de forma automática y de oficio".
Igualmente, el síndic ha propuesto a la Conselleria que valore la posibilidad de solicitar una "declaración jurada" de la persona afectada en lugar de exigir una nueva demanda por impago cada vez que se tenga que renovar el título.
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