Áragón es una de la comunidades donde la legislación favorece la coparentalidad.
Efe/Barcelona, 06/11/2017
Los acuerdos de custodia compartida de los hijos en casos de separaciones o divorcios se han doblado en los últimos 5 años en España, donde han pasado de representar el 12% de los casos en 2011 al 28% en 2016.
Esta es la conclusión de un estudio del Centro de Estudios Demográficos de la Universidad Autónoma de Barcelona (CED-UAB) que publica hoy la revista 'Perspectivas Demográficas' y que ha sido hecho a partir del vaciado de 5.894 sentencias judiciales de separaciones y divorcios con hijos y datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
El estudio refleja que los mayores aumentos de acuerdos de custodia compartida se producen en las comunidades autónomas que tienen una legislación favorable a la coparentalidad, como son Aragón, Cataluña, Valencia, País Vasco y Navarra, aunque en las Baleares y Rioja, también aumentan pese a no disponer de ley propia.
El trabajo, titulado 'La custodia compartida: ¿un paso más hacia la igualdad de género?', concluye que el pacto entre los cónyuges es el elemento principal para dar un paso más hacia la igualdad de género, mediante la guarda compartida de los niños después de una ruptura.
A partir del vaciado de las sentencias judiciales, los investigadores han caracterizado que en las rupturas de parejas de hecho se dan menos custodias compartidas que en los divorcios y que las personas que forman una unión sin papeles muestran un mayor grado de conflicto en términos judiciales que las parejas casadas y, además, tienen menos custodias compartidas.
El estudio también constata que es 4 veces más probable que una pareja obtenga la custodia compartida cuando ambos miembros son españoles que cuando ninguno de los 2 lo es y observa, además, que el lugar de nacimiento de él incide mucho más que el de ella, ya que se pactan más custodias compartidas cuando el padre es español y la madre extranjera que en la situación inversa.
Otra conclusión es que la mayoría de custodias compartidas se otorgan cuando los hijos tienen entre 6 y 11 años y que las parejas con rentas más altas acuerdan en un 42% de los casos la custodia compartida, mientras en las rentas más bajas la prevalencia es sólo del 24%, y del 32% entre las clases medias.
El trabajo también detecta que es 3 veces más probable obtener una custodia compartida si los términos de la separación se pactan -separación de mutuo acuerdo-, que si hay conflicto y es el juez quien debe terminar decidiendo en un contencioso.
Aunque el estudio no permite profundizar sobre la sostenibilidad de los acuerdos que se toman, sí analiza estos acuerdos y concreta que en los casos de custodia compartida de mutuo acuerdo, hay equidad entre el padre y la madre tanto en tiempo de cuidado como en los gastos de los niños.
Según las sentencias, en las custodias compartidas de mutuo acuerdo, la igualdad en el tiempo de cuidado es absoluta: los menores de 18 años duermen la mitad de las noches en casa de cada uno de los progenitores, y lo hacen con independencia del tipo de día, y es habitual que no haya ninguna pensión o que sean los 2 miembros de la pareja quienes paguen.
"La respuesta legislativa adecuada no debe consistir en imponer la custodia compartida, sino que debe tener en cuenta las condiciones de cuidado previas a la ruptura", han defendido Montse Solsona y Marc Ajenjo, autores del estudio del CED-UAB.
Nota: Las Custodias Compartidas se dan sobre todo en los Procesos de Mutuo Acuerdo y no en los Contenciosos. Fracaso de un modelo Cultural: Madre cuidadora y normativa injusta, que aleja al padre de la Educación, Formación, Cuidado de sus hijos.
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