sábado, 12 de agosto de 2017

Proceso de Divorcio: ¿Los niños, primero ? Part.II


Nota: parece ser que la izquierda se está dando cuenta de sus meteduras de pata desde el año 2004.
"Ni el interés de la madre ni el del padre son los que están en juego sino el de los menores".
"Los procedimientos de familia son muy complejos y más si entran en juego jurisdicciones de distintos países, pero mal vamos si aceptamos que una parte, con mayor, menor o toda la razón, se tome la justicia por su mano". 
Gonzalo Boye Tuset, 10/08/2017
¿Corren peligro los hijos de Juana Rivas si regresan a Italia?
Según se desprende del informe elaborado por el Equipo Técnico que asesoró a la Juez María del Carmen Siles del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Granada, no habría ningún riesgo para la vida o para la integridad física o psíquica de los menores, es más, lo que dicen es que "El menor considera que ambos progenitores lo quieren y lo cuidan bien" y que "El menor manifiesta que quiere vivir con su madre, aunque no le importaría pasar el verano con su padre en la isla".
Y es este informe el que lleva a la Juez Maria del Carmen Siles a concluir que: "Las pruebas obrantes no acreditan el peligro que la restitución pueda comportar para los menores" y que "sin desconocer que en los progenitores han existido algunos episodios de violencia doméstica, no consta que los episodios protagonizados por el padre les afectasen directamente a los menores, todo ello sin desconocer lo negativo que para los menores supone presenciar episodios de violencia en el seno familiar", criterio que ha sido ratificado por la A.P. de Granada y apoyado tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado.
Lo más importante es que la Juez sí ha hecho una valoración de los datos existentes, es decir, sí ha valorado que estamos ante una separación en la cual han existido episodios de violencia de género y cómo podría esa violencia de género repercutir en los menores y, por tanto, no estamos ante una omisión del tema sino ante una ponderación del mismo de manera individualizada, que es como se deben abordar estos asuntos si lo que realmente se pretende es proteger, ante todo, el superior interés de los menores.
¿A qué se enfrenta Juana Rivas?
Mucho se ha escrito al respecto, pero para mí lo más relevante es que Juana Rivas, pretendiendo en todo momento hacer lo que ella ha considerado mejor para sus hijos, incluso y sin duda, saltándose la Ley, se ha metido en un jardín jurídico del que tiene difícil escapatoria y que como pena más grave, desde la perspectiva de cualquier madre o padre, estará la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad por plazo de hasta 10 años y ello sin perjuicio de las penas de cárcel a las que se enfrenta por cada uno de los delitos presuntamente cometidos tal cual comenta, acertadamente, Elisa Beni.
Nadie está en condiciones de ponerse en la piel de Juana Rivas ni saber qué la ha llevado a actuar de esta forma, pero sí debemos tener presente que si bien las leyes no siempre son justas ni legítimas, el sistema de protección de los intereses superiores y derechos de los menores no debe verse puesto en juego por decisiones unilaterales que se adopten al margen de ese sistema que tanto ha costado poner en funcionamiento y transformarlo, con mayor o menor acierto, en un andamiaje legal útil para garantizar esos derechos.
Los procedimientos de familia son muy complejos y más si entran en juego jurisdicciones de distintos países, pero mal vamos si aceptamos que una parte, con mayor, menor o toda la razón, se tome la justicia por su mano.
En este caso, no estamos ante una decisión arbitraria, sino ante un auténtico procedimiento, instado por la Abogacía del Estado, en el cual se han garantizado los derechos e intereses de los menores a quienes incluso se les ha oído y, también, se ha ponderado lo alegado por Juana Rivas. El resultado puede no gustar, pero mucho menos nos gustará lo que vendrá si destruimos lo que ahora existe, que es un convenio internacional que garantiza un mínimo a todos aquellos que se ven afectados por este tipo de situaciones.
El superior interés de los menores nos obliga, a todos, a actuar con altura de miras y dejando de lado las pasiones para que, de forma serena, profesional y documentadamente, se adopten aquellas decisiones que sirvan, de la mejor forma posible, para garantizar el normal y adecuado desarrollo de la infancia de aquellos niños que, lamentablemente, se ven afectados por la ruptura familiar y/o por la violencia de género porque, ante todo, los niños son lo primero.

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