A lo largo de este 24º Encuentro de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) que se viene celebrando este fin de semana se han puesto sobre la mesa diferentes temas de actualidad.
El análisis de la jurisprudencia del Supremo por parte de los magistrados de su Sala Civil, José Antonio Seijas y Eduardo Baena y del Constitucional, a cargo de Juan Antonio Xiol y Encarna Roca, abrió el debate a la custodia compartida y su regulación en nuestro país.
Confilegal ha preguntado a diferentes juristas asistentes a este evento por cómo habría que regularse esta práctica.
Isabel Winkels, socia directora de Winkels Abogados y presidenta de la sección de Derecho de Familia en el ICAM, indica que “Sin ningún género de dudas la ley de Custodia Compartida que se necesita es estatal. Se trata de evitar la desigualdad regulatoria en los diferentes territorios del Estado español para que esos menores sujetos a controversia tengan la misma protección en cualquier lugar”.
Para esta jurista hay que regularlo todo por igual “los niños son personas con derechos vivan donde vivan”. Desde su punto de vista parece que no es prioritario para el político aprobar una norma que regule esta realidad cada vez más evidente.
Debería ser el interés del menor quien estableciera en cada caso que tipo de custodia hay que aplicar en cada caso concreto.
Para esta experta abogada en derecho familia no se entiende es como 2 anteproyectos de ley sobre la materia, casi concluidos estén ahora en un cajón, olvidados, uno del anterior ministro Ruiz-Gallardón y otro del actual, Rafael Catalá “Creo que Justicia debería desempolvar uno de esos borradores y trabajar en ello a corto plazo. Se trata de buscar el interés de los menores y su seguridad jurídica”. A su juicio soy partidaria de que sea preferente, debe ser el interés del menor el que determine en cada caso que tipo de custodia se elige “Sus fallos van creando doctrina jurisprudencial mientras nuestro Código Civil está obsoleto.
Ana Clara Belio es la socia directora de ABA Abogadas, firma que acaba de inaugurar nuevas oficinas “Es necesario un marco jurídico que regule la custodia compartida y modifique el art. 92,6 que sigue estableciendo esta práctica como excepcional y no como normal y deseable que viene señalando el propio Tribunal Supremo. En estos momentos el Tribunal Supremo “legisla” ante la falta de una normativa clara y se extralimita al situarla como opción preferente. Creo que el modelo que ha expuesto Encarna Roca de una normativa autonómica dentro de un marco estatal sería lo ideal”.
La custodia compartida debe ser una opción norma y no excepcional como ahora se regula. Creo que el Supremo se extralimita en sus fallos.
Para esta jurista esta nueva normativa “debería también considerar otra reforma pendiente como es la liquidación de sociedad de gananciales, cuestión que ya venía en el anteproyecto del exministro Ruiz-Gallardón que no se llegó a aprobar en anterior legislatura.
Isabel Winkels, socia directora de Winkels Abogados y presidenta de la sección de Derecho de Familia en el ICAM, indica que “Sin ningún género de dudas la ley de Custodia Compartida que se necesita es estatal. Se trata de evitar la desigualdad regulatoria en los diferentes territorios del Estado español para que esos menores sujetos a controversia tengan la misma protección en cualquier lugar”.
Para esta jurista hay que regularlo todo por igual “los niños son personas con derechos vivan donde vivan”. Desde su punto de vista parece que no es prioritario para el político aprobar una norma que regule esta realidad cada vez más evidente.
Debería ser el interés del menor quien estableciera en cada caso que tipo de custodia hay que aplicar en cada caso concreto.
Para esta experta abogada en derecho familia no se entiende es como 2 anteproyectos de ley sobre la materia, casi concluidos estén ahora en un cajón, olvidados, uno del anterior ministro Ruiz-Gallardón y otro del actual, Rafael Catalá “Creo que Justicia debería desempolvar uno de esos borradores y trabajar en ello a corto plazo. Se trata de buscar el interés de los menores y su seguridad jurídica”. A su juicio soy partidaria de que sea preferente, debe ser el interés del menor el que determine en cada caso que tipo de custodia se elige “Sus fallos van creando doctrina jurisprudencial mientras nuestro Código Civil está obsoleto.
Ana Clara Belio es la socia directora de ABA Abogadas, firma que acaba de inaugurar nuevas oficinas “Es necesario un marco jurídico que regule la custodia compartida y modifique el art. 92,6 que sigue estableciendo esta práctica como excepcional y no como normal y deseable que viene señalando el propio Tribunal Supremo. En estos momentos el Tribunal Supremo “legisla” ante la falta de una normativa clara y se extralimita al situarla como opción preferente. Creo que el modelo que ha expuesto Encarna Roca de una normativa autonómica dentro de un marco estatal sería lo ideal”.
La custodia compartida debe ser una opción norma y no excepcional como ahora se regula. Creo que el Supremo se extralimita en sus fallos.
Para esta jurista esta nueva normativa “debería también considerar otra reforma pendiente como es la liquidación de sociedad de gananciales, cuestión que ya venía en el anteproyecto del exministro Ruiz-Gallardón que no se llegó a aprobar en anterior legislatura.
“Esperemos que se alcance un consenso político suficiente para que la iniciativa que hay en estos momentos del PP sobre esta materia fructifique a nivel normativo.” A su juicio, la custodia compartida debería ser el modelo normal “ ya depende de cada familia el optar por ella o no. A priori, no debería ser ninguna prioritaria por delante de las demás”.
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