martes, 13 de diciembre de 2016

El 80% de los condenados por delitos de violencia de género admite su culpa.

La tasa de sentencias que declaran la culpabilidad supera el 90% en Badajoz y Cáceres y baja hasta el 63% en Mérida.

ANTONIO ARMERO, Cáceres, 13.12.2016

Hace unos días, las páginas webs de los principales periódicos españoles y las televisiones emitieron un vídeo que mostraba a un joven golpeando y arrastrando por el suelo a una mujer. Ocurrió en un portal de San Juan de Alicante, y la grabación la difundió la Guardia Civil con el permiso de la víctima, que prefirió no denunciar la agresión. A pesar de esto, el caso sigue su proceso judicial porque se trata de un delito público y el Ministerio Fiscal actúa de oficio. «Ante la prueba que supone ese vídeo, es probable que la abogada del acusado le haya aconsejado aceptar una sentencia de conformidad», apunta Filo Peláez, décana del Colegio de Abogados de Badajoz y presidenta de la Subcomisión de Igualdad y Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española.

016.Es un teléfono para llamar si eres víctima de maltrato o si conoces un caso cercano de violencia de género. Es gratuito, funciona las 24 horas del día los 365 días del año y no deja rastro en la factura del teléfono. Nadie sabrá que has llamado. Es confidencial.
Sin embargo, el presunto maltratador ha preferido ir a juicio. No ha aceptado el acuerdo entre las partes. O sea, ha hecho lo que es más habitual en esa comunidad autónoma, Valencia, donde este tipo de final que pactan Fiscalía y acusado solo se da en 1/3 de los casos que se ven en los juzgados penales. Una realidad muy distinta a la de Extremadura, donde 8 de cada 10 hombres que son declarados culpables de algún delito de violencia de género aceptan sentencias condenatorias dictadas por conformidad. Es decir, admiten su culpa.
La proporción es con diferencia la más alta de España, según los últimos datos publicados por el CGPJ (Consejo General del Poder Judicial). A lo largo del 2º trimestre de este año, la jurisdicción penal de la comunidad autónoma emitió 94 sentencias sobre este tipo de casos, de las que 80 declararon la culpabilidad del acusado. O sea, el 85 %. Y de esas 80, 64 fueron de conformidad. En este tipo de fallos, el acusado reconoce los hechos que se le imputan y acepta la condena, más baja que la que el Código Penal establece para ese delito. A cambio, renuncia a recurrir el fallo, ya que previamente ha manifestado que está de acuerdo con él. Es decir, las sentencias de conformidad son siempre firmes.

No hay ninguna región que se acerque siquiera a la proporción extremeña. La 2ª en esta clasificación es Baleares, que alcanza el 57 %, y la 3ª Murcia, que se queda en el 45 %. En el otro extremo aparece Castilla La Mancha, donde la conformidad entre las partes solo se alcanza en 19 de cada 100 casos, un punto porcentual menos que Madrid y Cataluña.
«Es difícil encontrar la causa que explique las diferencias entre unas comunidades autónomas y otras», anticipa Filo Peláez, que conoce la materia de 1ª mano porque tiene una larga trayectoria como letrada en casos de este tipo. «Lo que hacemos los abogados -explica la décana- es analizar los datos, la documentación, valorar todos los elementos y explicárselos al defendido, que es siempre quién decide si se acepta o no una sentencia de conformidad». Partiendo de esta base, la situación es distinta si se ejerce la defensa del acusado o de la víctima. «En ocasiones -reflexiona la abogada extremeña-, la conformidad es favorable para la víctima porque supone garantizarse una condena y que la medida de alejamiento, por ejemplo, entre en vigor de forma inmediata». «Y en el caso del acusado -continúa-, este tipo de fallo le supone una rebaja de 1/3 en la condena, lo que puede llegar a implicar incluso que no vaya a prisión, pero insisto en que la premisa de partida es que se cumpla la voluntad del defendido».
Los datos por partido judicial
La realidad cambia con cada caso. Incluso con cada partido judicial. En Extremadura hay 21, aunque el CGPJ no ofrece la tasa de condenas para 6 de ellos (Olivenza, Herrera del Duque, Castuera, Montijo, Valencia de Alcántara y Logrosán). De los 15 sobre los que sí existen datos, hay 8 en los que la ratio de condenas es del 100 %, aunque en ningún caso se especifica la proporción de fallos alcanzados previa conformidad entre las partes.
Estos 8 partidos judiciales donde no hubo ninguna sentencia absolutoria en el 2º trimestre de este año son los de Almendralejo, Zafra, Jerez de los Caballeros, Don Benito, Fregenal de la Sierra, Villafranca de los Barros, Coria y Navalmoral de la Mata. 
En Badajoz, la ratio es de casi 98 sentencias condenatorias por cada 100 casos, y en Cáceres, 91. En Llerena es del 80 %, y del 75 en Plasencia, Trujillo y Villanueva de la Serena. 
La tasa más baja la presenta Mérida, donde la proporción de fallos condenatorios entre abril y junio pasados fue del 63 %.

Hay que tener en cuenta que el movimiento de asuntos varía de unos partidos judiciales a otros, sobre todo porque unos cubren a más población que otros. Mientras que en Fregenal de la Sierra ingresó 1 asunto en todo el trimestre, y 2 en Logrosán, en el de Badajoz fueron 250, 126 en el de Cáceres, 96 en Mérida y 74 en Plasencia.
Nota: ¿Que pasa con los acusados absueltos? O no condenados.....Ni palabra.....

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