La tasa de sentencias que declaran la culpabilidad supera el 90% en Badajoz y Cáceres y baja hasta el 63% en Mérida.
ANTONIO ARMERO, Cáceres,
13.12.2016
Hace unos días, las
páginas webs de los principales periódicos españoles y las televisiones
emitieron un vídeo que mostraba a un joven golpeando y arrastrando por el suelo
a una mujer. Ocurrió en un portal de San Juan de Alicante, y la grabación la
difundió la Guardia Civil con el permiso de la víctima, que prefirió no
denunciar la agresión. A pesar de esto, el caso sigue su proceso judicial
porque se trata de un delito público y el Ministerio Fiscal actúa de oficio.
«Ante la prueba que supone ese vídeo, es probable que la abogada del acusado le
haya aconsejado aceptar una sentencia de conformidad», apunta Filo Peláez,
décana del Colegio de Abogados de Badajoz y presidenta de la Subcomisión de
Igualdad y Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española.
016.Es un teléfono para llamar si eres víctima de maltrato o si conoces un caso
cercano de violencia de género. Es gratuito, funciona las 24 horas del día los
365 días del año y no deja rastro en la factura del teléfono. Nadie sabrá que
has llamado. Es confidencial.
Sin embargo, el presunto maltratador
ha preferido ir a juicio. No ha aceptado el acuerdo entre las partes. O sea, ha
hecho lo que es más habitual en esa comunidad autónoma, Valencia, donde este
tipo de final que pactan Fiscalía y acusado solo se da en 1/3 de los
casos que se ven en los juzgados penales. Una realidad muy distinta a la de
Extremadura, donde 8 de cada 10 hombres que son declarados culpables de
algún delito de violencia de género aceptan sentencias condenatorias dictadas
por conformidad. Es decir, admiten su culpa.
La proporción es con diferencia la más
alta de España, según los últimos datos publicados por el CGPJ (Consejo General
del Poder Judicial). A lo largo del 2º trimestre de este año, la
jurisdicción penal de la comunidad autónoma emitió 94 sentencias sobre este
tipo de casos, de las que 80 declararon la culpabilidad del acusado. O sea, el
85 %. Y de esas 80, 64 fueron de conformidad. En este tipo de
fallos, el acusado reconoce los hechos que se le imputan y acepta la condena,
más baja que la que el Código Penal establece para ese delito. A cambio,
renuncia a recurrir el fallo, ya que previamente ha manifestado que está de
acuerdo con él. Es decir, las sentencias de conformidad son siempre firmes.
No hay ninguna región que se acerque siquiera a la proporción extremeña. La 2ª en esta clasificación es Baleares, que alcanza el 57 %, y la 3ª Murcia, que se queda en el 45 %. En el otro extremo aparece Castilla La
Mancha, donde la conformidad entre las partes solo se alcanza en 19 de cada 100 casos, un punto porcentual menos que Madrid y Cataluña.
«Es difícil encontrar la causa que explique
las diferencias entre unas comunidades autónomas y otras», anticipa Filo
Peláez, que conoce la materia de 1ª mano porque tiene una larga trayectoria
como letrada en casos de este tipo. «Lo que hacemos los abogados -explica la
décana- es analizar los datos, la documentación, valorar todos los elementos y
explicárselos al defendido, que es siempre quién decide si se acepta o no una
sentencia de conformidad». Partiendo de esta base, la situación es distinta si
se ejerce la defensa del acusado o de la víctima. «En ocasiones -reflexiona la
abogada extremeña-, la conformidad es favorable para la víctima porque supone
garantizarse una condena y que la medida de alejamiento, por ejemplo, entre en
vigor de forma inmediata». «Y en el caso del acusado -continúa-, este tipo de
fallo le supone una rebaja de 1/3 en la condena, lo que puede llegar a
implicar incluso que no vaya a prisión, pero insisto en que la premisa de
partida es que se cumpla la voluntad del defendido».
Los datos por partido judicial
La realidad cambia con cada caso. Incluso con
cada partido judicial. En Extremadura hay 21, aunque el CGPJ no ofrece la tasa
de condenas para 6 de ellos (Olivenza, Herrera del Duque, Castuera, Montijo,
Valencia de Alcántara y Logrosán). De los 15 sobre los que sí existen
datos, hay 8 en los que la ratio de condenas es del 100 %, aunque en
ningún caso se especifica la proporción de fallos alcanzados previa conformidad
entre las partes.
Estos 8 partidos judiciales donde no hubo
ninguna sentencia absolutoria en el 2º trimestre de este año son los de
Almendralejo, Zafra, Jerez de los Caballeros, Don Benito, Fregenal de la
Sierra, Villafranca de los Barros, Coria y Navalmoral de la Mata.
En Badajoz,
la ratio es de casi 98 sentencias condenatorias por cada 100 casos, y en
Cáceres, 91. En Llerena es del 80 %, y del 75 en Plasencia, Trujillo y
Villanueva de la Serena.
La tasa más baja la presenta Mérida, donde la
proporción de fallos condenatorios entre abril y junio pasados fue del 63 %.
Hay que tener en cuenta que el movimiento de
asuntos varía de unos partidos judiciales a otros, sobre todo porque unos
cubren a más población que otros. Mientras que en Fregenal de la Sierra ingresó 1 asunto en todo el trimestre, y 2 en Logrosán, en el de Badajoz fueron 250,
126 en el de Cáceres, 96 en Mérida y 74 en Plasencia.
Nota: ¿Que pasa con los acusados absueltos? O no condenados.....Ni palabra.....
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