El reparto de gastos divide. EP
La Audiencia declara que ser pobre no exime de
sostener a los hijos.
El tribunal obliga a un padre a pagar la
manutención de los pequeños a pesar de que está enfermo y solo cobra 426 euros
al mes. Le recuerda
además que no abonó nada en 9 años.
Paula Vilariño,Lugo/ Jueves 25 de Agosto de 2016 |
Una sentencia de la A.P. de Lugo concluye
que vivir del Risga no puede ser excusa para dejar de pagar la pensión de
alimentos a los hijos. La Sala obliga a un lucense a colaborar en la
manutención de los dos niños que tuvo con su exmujer, a pesar de que está
enfermo y tan solo cobra una ayuda de 426 euros al mes. El Tribunal
reconoce que el hombre atraviesa una situación económica complicada, pero no
abonó ni una sola mensualidad en 9 años y el pago de los alimentos a los
menores es una cuestión de "indiscutible preferencia", por lo
considera que es autor de un delito de abandono de familia.
Con este fallo, la Audiencia de Lugo revoca la sentencia
del juzgado de lo Penal nº 2, que lo había absuelto al considerar que el
hombre no podía realmente pagar la pensión a los menores, aunque esa fuera su
voluntad.
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