viernes, 8 de enero de 2016

GUARDA Y CUSTODIA. TRASLADO DEL MENOR.

Para determinar quién es el obligado a trasladar y retornar al menor del domicilio de cada uno de los progenitores se estará a lo acordado por las partes, y en defecto de pacto, el progenitor con régimen de visitas recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio. TS Civil 19/11/2015

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Hola, solo se podra responder a los comentarios o preguntas si nos indicas un email de contacto.