sábado, 5 de diciembre de 2015

Navarra y la Custodia Compartida sin ley especifica al respecto

Cuatro de cada diez parejas que se divorcian comparten ya la custodia de los hijos en Navarra Una pareja con 2 niños pequeños en la playa a la orilla de mar. DN . 
4 de cada 10 parejas que se divorcian comparten ya la custodia de los hijos en Navarra.
SONSOLES ECHAVARREN. PAMPLONA |05/12/2015   
Los juzgados de familia reciben una “avalancha” de peticiones de este tipo.
La custodia única, la que tiene la madre o el padre, es aún mayoritaria pero la compartida se está acercando cada vez másUna semana con mamá y otra, con papá. O 3 días con uno y 4 con otro. O cambio de casa cada quincena. Cada vez hay más niños y adolescentes que viven a caballo entre 2 viviendas o siguen en la misma pero conviven unos días con su madre y otros con su padre. La custodia compartida es cada vez más habitual entre las parejas que se divorcian tanto de mutuo acuerdo como por medio de un juicio. Y de hecho, ya son 4 de cada 10 las parejas navarras que disponen de este tipo de guarda para sus hijos menores. Aunque la custodia única o exclusiva (para la madre o el padre y régimen de visitas para el otro progenitor) sigue estando por delante (el 60% de los casos), la compartida cada vez “va a más” y casi “se están equiparando”. Así lo cree la magistrada del juzgado de primera instancia nº 3 de Familia y Protección del Menor de Pamplona, Margarita Pérez-Salazar Resano, que ejerce la profesión desde hace 22 años. “Ha habido un cambio radical. En los últimos 2 años se ha registrado una verdadera avalancha de custodias compartidas. Algo que antes era una excepción ahora se está convirtiendo en lo habitual”. En 2014 se registraron en toda Navarra 1.261 divorcios. En los juzgados de Pamplona, hay una media de un centenar al mes.
La juez Margarita Pérez-Salazar reconoce que la mayoría de las custodias compartidas se acuerdan en caso de que la pareja de divorcie de mutuo acuerdo. Pero cada vez, añade, hay más casos “por lo contencioso”. “Es decir, en muchos juicios los jueces determinamos que se establezca este tipo de guarda legal. Pero hay que tener en cuenta cada caso”. Los criterios del Tribunal Supremo, recuerda, sobre este tipo de custodia son “muy claros”; “es lo deseable, no puede ser excepcional, hay que valorar cada caso y hay que actuar en función del interés del menor”.
MÁS LEGISLACIÓN
Además de que es una tendencia cada vez más habitual, en los últimos años esta práctica cuenta también con un respaldo legal. La 1ª ley sobre custodias fue la de Aragón (2005). Le siguió la de Cataluña (que modificó su Código Civil) y la 3ª fue la de Navarra (2011); la Ley foral sobre la custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres. Después vinieron las de la Comunidad Valencia y el País Vasco (esta última de este año). “Hasta hace 10 años ha habido muchos prejuicios. Ahora se está normalizando todo. La custodia compartida no tiene que ser excepcional. Lo que es excepcional es no llegar a un acuerdo”.
Pérez-Salazar hace hincapié en que en los casos en que las parejas han decidido la guarda compartida de mutuo acuerdo existen “muchas más modalidades”. “Son ellos los que deciden cómo les va bien y cómo se reparten los días”. Cuando es el juez el que la dicta, la variedad es menor. “Algunos me dicen que como yo quiera. ¿Pero cómo voy a decidir yo cómo se organizan? Es mejor que sean ellos los que digan qué les va mejor. En casos de mucho conflicto, vienen con ‘la tarea sin hacer’. No han dialogado ni ellos ni sus abogados”, lamenta.

Nota: Sin datos de los procesos contenciosos; se falsea la realidad de las normativas autonómicas y para los Mutuos Acuerdos no sirven las leyes.

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