PENSIÓN DE VIUDEDAD. PAREJA DE HECHO.
Tendrá derecho a la pensión de viudedad quien se encontrara unido al
causante en el momento de su fallecimiento, formando pareja de hecho y
acreditara que sus ingresos durante el año natural anterior, no
alcanzaron el 50% de la suma de los propios y los del causante.
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